Está Vd. en

Documento DOUE-L-2025-80305

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/2612 de la Comisión, de 7 de octubre de 2024, que modifica los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de quitosano, clopiralida, difenoconazol, residuos de destilación de grasas, flonicamid, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo en determinados productos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90154, de 20 de febrero de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80305

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 1, en el considerando 5, en la segunda frase:

donde dice:

«procede establecer el nuevo LMR para el difenoconazol en el trigo y el centeno en el nivel de 0,1 mg/kg propuesto por la Autoridad.»,

debe decir:

«procede establecer el nuevo LMR para el difenoconazol en el trigo y el centeno en el nivel de 0,3 mg/kg propuesto por la Autoridad.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2024/2612, de 7 de octubre (Ref. DOUE-L-2024-81477).
Materias
  • Piensos
  • Plaguicidas
  • Productos agrícolas
  • Productos alimenticios
  • Productos animales
  • Residuos
  • Sustancias peligrosas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid