Lengua de procedimiento: francés
Demandante: Alkarim for Trade and Industry LLC (Tal Kurdi, Siria) (representantes: J.-P. Buyle y L. Cloquet, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y A. Limonet, agentes)
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación, en la medida en que dichos actos afectan a la demandante, de la Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1245 del Consejo, de 10 de julio de 2017, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2017, L 178, p. 13), del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1241 del Consejo, de 10 de julio de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2017, L 178, p. 1), de la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2018, L 131, p. 16), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/774 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2018, L 131, p. 1).
1) Anular, en la medida en que afectan a Alkarim for Trade and Industry LLC, la Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1245 del Consejo, de 10 de julio de 2017, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, y el Reglamento (UE) n.o 36/2012, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011, en la redacción que le dieron el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1241 del Consejo, de 10 de julio de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/774 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por el que se aplica el Reglamento n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.
2) Mantener respecto de Alkarim for Trade and Industry los efectos de la Decisión de Ejecución 2017/1245 y de la Decisión 2018/778 hasta que finalice el plazo de interposición de recurso de casación o, si en dicho plazo se interpone recurso de casación, hasta la posible desestimación de este.
3) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de Alkarim for Trade and Industry.
(1) DO C 437 de 18.12.2017.
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