Sentencia del Tribunal General de 4 de septiembre de 2019 — Hamas/Consejo
(Asunto T-308/18) (1)
(«Política exterior y de seguridad común—Medidas restrictivas dirigidas a determinadas personas, grupos yentidades en el marco de la lucha contra el terrorismo—Congelación de fondos—Posibilidad de considerar a una autoridad de un Estado tercero una autoridad competente en el sentido de la Posición común 2001/931/PESC—Fundamento de hecho de las decisiones de congelación de fondos—Obligación de motivación—Error de apreciación—Principio de no injerencia—Derecho de defensa—Derecho a la tutela judicial efectiva—Autenticación de los actos del Consejo»)(2019/C 357/37)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Hamas (Doha, Qatar) (representante: L. Glock, abogada)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente B. Driessen y A. Sikora- Kalėda, posteriormente B. Driessen y S. Van Overmeire, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE y por el que se solicita la anulación, por una parte, de la Decisión (PESC) 2018/475 del Consejo, de 21 de marzo de 2018, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y por la que se deroga la Decisión (PESC) 2017/1426 (DO 2018, L 79, p. 26), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/468 del Consejo, de 21 de marzo de 2018, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1420 (DO 2018, L 79, p. 7), y, por otra parte, de la Decisión (PESC) 2018/1084 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/475 (DO 2018, L 194, p.144), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1071 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/468 (DO 2018, L 194, p. 23).
Fallo
1) Anular, en la medida en que afecten a «Hamas», incluido «Hamas-Izz al-Din al-Qassem»: la Decisión (PESC) 2018/475 del Consejo, de 21 de marzo de 2018, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y por la que se deroga la Decisión (PESC) 2017/1426; el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/468 del Consejo, de 21 de marzo de 2018, por el que se aplica el artículo 2, apartado3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1420; la Decisión (PESC) 2018/1084 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/475; y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1071 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por el que se aplica el artículo 2, apartado3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/468.
2) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de Hamas.
(1) DO C 259 de 23.7.2018.
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