EL REAL DECRETO 408/1988, DE 29 DE ABRIL, DE MODIFICACION PARCIAL DEL REAL DECRETO 1/1987, DE 1 DE ENERO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA, ATRIBUYE AL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DETERMINADAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PENSIONES CAUSADAS POR EL PERSONAL MILITAR.
RAZONES DE AGILIDAD ADMINISTRATIVA ACONSEJAN DELEGAR ESTAS FUNCIONES EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES DE ESTE MINISTERIO,
EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 22, APARTADO 5, DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, HA TENIDO A BIEN RESOLVER:
PRIMERO. QUEDAN DELEGADAS EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES LAS FUNCIONES ATRIBUIDAS AL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL EN EL ARTICULO 2. 2.10 DEL REAL DECRETO 408/1988, DE 29 DE ABRIL, EN MATERIA DE PENSIONES CAUSADAS POR EL PERSONAL MILITAR.
SEGUNDO.
LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA SUBDIRECCION GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES EN MATERIA DE PENSIONES MILITARES, PONDRAN FIN A LA VIA ADMINISTRATIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 1.
DE LA ORDEN DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE 10 DE JULIO DE 1961.
TERCERO. EN TODO MOMENTO EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL PODRA AVOCAR PARA SI EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUALQUIER ASUNTO DE LOS COMPRENDIDOS EN LA DELEGACION QUE SE OTORGA.
CUARTO. LAS DELEGACIONES DE LAS COMPETENCIAS DE LA PRESENTE RESOLUCION, ENTRARAN EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 1 DE JULIO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL, JOSE ENRIQUE SERRANO MARTINEZ.
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