Por Resolución de 15 de diciembre de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades se han concedido las subvenciones de la modalidad B del Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, de conformidad con la convocatoria de 21 de mayo de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio).
En el anexo IV de la citada resolución figuran los beneficiarios que han optado por solicitar la ayuda en colaboración con la Comisión Fulbright y que, al haber obtenido una evaluación científica igual o superior a 9 puntos, fueron propuestos por la Comisión de Selección como candidatos a beneficiarios de estancias Fulbright.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19.7, corresponde a la Comisión Fulbright seleccionar entre dichos candidatos a los beneficiarios para realizar la estancia en colaboración con dicha institución. La Comisión Fulbright convocó a los 10 candidatos propuestos por la Comisión de Selección a una entrevista personal el 24 de noviembre de 2014. Hubo tres candidatos que renunciaron a participar en la entrevista y solo siete asistieron a la misma.
De conformidad con la propuesta de la Comisión Fulbright, una vez celebradas las entrevistas, he resuelto:
Hacer pública, en el anexo, la relación de beneficiarios seleccionados por la Comisión Fulbright para realizar la estancia en EE.UU., con los servicios complementarios que el Programa Fulbright les ofrece, según consta en el artículo 3 de la convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la convocatoria, la Comisión Fulbright recibirá como compensación económica por los servicios complementarios prestados a los beneficiarios seleccionados una cuantía total de 22.400,00 euros, que será imputada a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado con cargo al ejercicio 2015.
El pago de esta compensación se efectuará en los términos previstos en el Convenio de colaboración con la Comisión Fulbright. Para proceder al pago de la misma será requisito indispensable que en el Ministerio haya tenido entrada la documentación acreditativa de la incorporación de los beneficiarios a los centros receptores.
La Comisión, como entidad colaboradora, deberá acreditar previamente estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Asimismo, habrá de presentar un certificado con la relación de beneficiarios y la cuantía de la aportación por la gestión de sus servicios a cada uno de ellos.
Madrid, 14 de abril de 2015.–El Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.
Candidatos seleccionados por la Comisión Fulbright |
Número solicitud |
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Estévez Domenech, Jorge |
CAS14/00213 |
Gil Gómez de Liaño, Beatriz Teresa |
CAS14/00317 |
Osma López, Jorge Javier |
CAS14/00237 |
Pallares Ranz, Javier |
CAS14/00329 |
Roldán Ramírez, Joaquín Javier |
CAS14/00295 |
Sánchez García, Ana Belén |
CAS14/00220 |
Vanwalleghem, Tom S K |
CAS14/00349 |
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