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Documento BOE-A-2024-11612

Resolución de 29 de mayo de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la Universidad Autónoma de Barcelona, para la ejecución de proyecto de I+D sobre "Susceptibilidad individual de riesgo asociado con la edad ante exposición a dosis bajas y moderadas de radiación".

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 7 de junio de 2024, páginas 66843 a 66845 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2024-11612

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y la vicerrectora de Innovación, Transferencia y Emprendimiento de la Universitat Autònoma de Barcelona han suscrito, con fecha 28 de mayo de 2024, la Adenda de modificación y prórroga al convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad Autónoma de Barcelona, para la ejecución de proyecto de I+D sobre «Susceptibilidad individual de riesgo asociado con la edad ante exposición a dosis bajas y moderadas de radiación».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 29 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Adenda de modificación y prórroga al convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad Autónoma de Barcelona, para la ejecución de proyecto de I+D sobre «Susceptibilidad individual de riesgo asociado con la edad ante exposición a dosis bajas y moderadas de radiación»

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante CSN), cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 275/2022, de 12 de abril, en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE núm. 282, de 22 de noviembre).

De otra parte, la doctora doña Rosa María Sebastián Pérez, vicerrectora de Innovación, Transferencia y Emprendimiento de la Universitat Autònoma de Barcelona (en lo sucesivo UAB), según nombramiento del rector de 1 de setiembre de 2022, y en uso de las atribuciones que le confieren la resolución de 7 de noviembre de 2022, que confiere autorización a los vicerrectores de Investigación y a los Innovación, Transferencia y Emprendimiento para las suscripción de convenios y contratos de investigación por parte de la UAB, con sede social en el Campus Universitari s/n, 08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès), y número de identificación fiscal (NIF) Q-0818002-H.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad legal para la formalización de esta adenda,

EXPONEN

Primero.

Que el 22 de junio de 2020 las partes suscribieron un convenio cuyo objeto es la realización del proyecto de I+D titulado «Susceptibilidad individual de riesgo asociado con la edad ante exposición a dosis bajas y moderadas de radiación», que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de julio de 2020, estando sus actividades detalladas en la Memoria Técnica contenida en el anexo 1 del citado convenio.

Segundo.

Que en la cláusula undécima del convenio se establecen cuatro años como periodo de vigencia, así como la posibilidad de prorrogarse por otros cuatro años más mediante la formalización de la oportuna cláusula adicional.

Tercero.

Que en la cláusula sexta se indica que los términos del citado convenio se podrán revisar o modificar en cualquier momento a petición de cualquiera de las partes, de manera que puedan introducirse, de mutuo acuerdo, tales modificaciones o revisiones.

Cuarto.

Que, debido a que hay previsión de realizar algunos experimentos y actividades de diseminación cuyos resultados no estarán disponibles para la fecha de finalización prevista del convenio, se ha tenido que realizar una revisión de la planificación y duración previstas inicialmente para este proyecto.

Quinto.

Que, con el fin de poder ejecutar de forma adecuada los trabajos previstos que están detallados en la Memoria Técnica del citado convenio, ambas partes convienen en formalizar la presente adenda.

Y, en consecuencia,

ACUERDAN

Primero. Prórroga.

Se acuerda prorrogar la duración del convenio por un período de dieciséis meses tras la finalización del plazo de vigencia inicial, quedando como fecha de finalización del convenio el 2 de noviembre de 2025.

Segundo. Modificación de los anexos 1 y 2 del convenio.

1. Con respecto a la Memoria Técnica del convenio (anexo 1 del mismo) se modifica el cronograma detallado de las tareas indicado en el punto 4.2 del convenio suscrito, de forma que la nueva secuencia temporal sea la siguiente:

«Actividad Primer año Segundo año Tercer año Cuarto año Quinto año
T1. Transducción de BPECs con hTERT + SV40-Lt/st e irradiación de las muestras. X        
T2. Control de la eficacia de transducción mediante qPCR y WB.   X      
T3. Ensayos de proliferación independiente de anclaje de BPECs irradiadas.   X X    
T4. Detección de cambios morfogenéticos en esferoides de BPECs irradiadas.   X X    
T5. Análisis de expresión de genes relacionados con la proliferación celular y la regulación de checkpoints.     X X X
T6. Propagación e irradiación de células epiteliales de donantes sanas de dos grupos de edad. X X      
T7. Valoración de la inducción de DSBs y cinética de reparación de las lesiones en donantes de distinta edad.   X X X X

Los últimos cuatro meses del proyecto serán para la redacción del informe final, una vez concluidas las tareas indicadas.»

2. Con respecto a la Memoria Económica del convenio (anexo 2 del mismo) se modifica la distribución de los pagos del CSN a la UAB del coste total inicial previsto del convenio, que permanece invariable, teniendo en cuenta la ampliación del plazo de vigencia, quedando del modo en que se indica a continuación: 

«Concepto 1 mes después de la firma del convenio (tras informe preliminar) 1 año después de la firma del convenio (tras informe anual de resultados) 2 años después de la firma del convenio (tras informe anual de resultados) 3 años después de la firma del convenio (tras informe anual de resultados) 4 años después de la firma del convenio (tras informe anual de resultados) Tras aprobación del informe final de resultados
Gastos de ejecución. 33.926,91 33.926,91 67.853,82 16.963,46 6.963,45 10.000,00
Canon universidad.  9.017,77  9.017,77 18.035,55  4.508,89 1.850,89  2.658,00
 Total. 42.944,68 42.944,68 85.889,37 21.472,34 8.814,34 12.658,00»
Tercero. Ratificación.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Cuarto. Perfeccionamiento y eficacia.

Esta Adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El CSN será responsable de los trámites para la publicación en el BOE de esta adenda.

En prueba de conformidad se firma la presente adenda en Madrid, a 28 de mayo de 2024.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Universitat Autònoma de Barcelona, la vicerrectora de Innovación, Transferencia y Emprendimiento, Rosa María Sebastián Pérez.

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