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Documento BOE-A-2024-13021

Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Delegación en España de la Fundación British Council, para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 27 de junio de 2024, páginas 74402 a 74403 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-13021

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Delegación en España de la Fundación British Council, han suscrito, con fecha 18 de junio de 2024, una adenda de prórroga al Convenio para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 19 de junio de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.

 ANEXO
Adenda de prórroga al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Delegación en España de la Fundación British Council para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas

REUNIDOS

De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, nombrada por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de noviembre), actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, en virtud de las competencias que le atribuye el Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y de acuerdo al artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Germán Velázquez Corona, con DNI n.º ***4438**, vecino de Madrid, en nombre y representación de la Delegación en España de la Fundación British Council (en lo sucesivo «British Council»), entidad convertida en Delegación de Fundación Extranjera en virtud de Escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco Javier Cedrón López Guerrero, el día 12 de diciembre de 2008 con el número 2587 de orden de su protocolo; inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 847 CUL-EXT; el compareciente hace uso para este acto de los poderes otorgados a su favor mediante Escritura otorgada ante el Notario con poder a estos efectos otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Pablo Ramallo Taboada, el 21 de diciembre de 2016, número 3.633 de su orden de protocolo.

Todas las partes, en la representación que ostentan, tienen y se reconocen mutua capacidad legal para obligarse, y a tal fin:

MANIFIESTAN

Primero.

Que con fecha 6 de junio de 2020 las partes suscribieron un convenio para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas.

Segundo.

Que la cláusula undécima del citado convenio establece que será eficaz tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y que tendrá una duración de cuatro años. Asimismo, se añade que, con anterioridad a su terminación, las partes podrán acordar su prórroga, por un período de hasta cuatro años.

Tercero.

Que es voluntad de las partes prorrogar el convenio, cuya vigencia finaliza el 23 de junio de 2024, de acuerdo con la cláusula undécima del mismo.

En consecuencia, las partes acuerdan la presente adenda, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga de vigencia del convenio.

Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio por un periodo de un año.

Segunda. Efectos.

El convenio seguirá produciendo efectos por el periodo de un año en los términos que en el mismo se establecen.

Tercera. Eficacia.

Esta prórroga resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, antes de la fecha de extinción del convenio, y producirá efectos por un plazo de un (1) año. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Madrid, 11 de junio de 2024, el Director Financiero y de Recursos de la Delegación en España de la Fundación British Council, German Velázquez Corona.–Madrid, 18 de junio de 2024, la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.

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