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Documento BOE-A-2024-13097

Resolución de 13 de junio de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Renta Markets, SV, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 2024, páginas 74725 a 74725 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2024-13097

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa y deviniendo, en consecuencia, firmes en dicha vía las sanciones impuestas a Miralta Finance Bank, SA, por la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en los artículos 283.12 y 283.3 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 31 de mayo de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:

– Imponer a Renta Markets, SV, SA (actualmente Miralta Finance Bank, SA), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.12 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento grave de la obligación recogida en el artículo 208 bis, en relación con el artículo 193, ambos de la norma citada, al no haber establecido las medidas obligadas de identificación, gestión y control en relación con los conflictos de interés derivados de las operaciones personales de sus operadores, multa por importe de 80.000 euros (ochenta mil euros).

– Imponer a Renta Markets, SV, SA (actualmente Miralta Finance Bank, SA), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.3 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento grave y reiterado de la obligación recogida en el artículo 194, en relación con el artículo 193, ambos de la norma citada al presentar deficiencias en los registros de operaciones y justificantes de órdenes de clientes, multa por importe de 100.000 euros (cien mil euros).

Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa, la Resolución que impone las sanciones, antes citadas, únicamente ha devenido firme en dicha vía, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 13 de junio de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

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