El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS) y el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (CCCB) han suscrito, con fecha 4 de noviembre de 2024, un Convenio para la organización y producción conjunta de la exposición «En el aire conmovido», por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 4 de noviembre de 2024.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.
En Madrid, a 4 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en lo sucesivo, MNCARS), con domicilio a estos efectos en C/ Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, España, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del MNCARS, y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del MNCARS, en lo sucesivo, MNCARS.
Y, de otra parte, doña Judit Carrera Escudé, Directora del Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (CCCB), con CIF NIF P-5800017-E y domicilio en Barcelona, en la calle Montalegre, 5, y código postal 08001, actuando en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 16 de los Estatutos de dicha entidad.
Ambas partes, actuando en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas y en nombre de las instituciones que representan, reconociéndose mutua capacidad legal para intervenir en este acto
EXPONEN
I. El MNCARS es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura cuyo objetivo estatutario es promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas y visuales. Para la consecución de este objetivo, el MNCARS desarrolla como actividades principales la exhibición ordenada de sus colecciones en condiciones adecuadas a su contemplación y estudio, garantizando la protección, conservación y restauración de sus bienes culturales; el desarrollo de programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo; la realización de actividades de divulgación, de formación, didácticas y de asesoramiento en relación con sus contenidos; y el establecimiento de relaciones de colaboración con otros museos e instituciones culturales, nacionales o extranjeras, para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos, y para organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales y otros proyectos culturales.
II. Que el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (en adelante, «CCCB») es un consorcio formado por la Diputación de Barcelona y el Ayuntamiento de Barcelona, que tiene entre sus principales objetivos organizar y producir exposiciones y programas que fomenten la creación y el debate sobre la cultura contemporánea, dando un espacio central en su programación a proyectos que traten de manera integrada la cultura del siglo XXI y las grandes transformaciones de este tiempo, desde la ciencia, la innovación tecnológica y social, y los cambios políticos y económicos.
III. Que el MNCARS y el CCCB consideran que, atendiendo a sus respectivos objetivos estatutarios y a sus intereses comunes en la difusión del arte contemporáneo, resulta conveniente colaborar en la coproducción de la exposición inicialmente titulada «En el aire conmovido».
IV. La exposición «En el aire conmovido…» explora el pensamiento de las emociones y de los afectos en respuesta a los nuevos fascismos. Comisariada por el filósofo e historiador del arte Georges Didi-Huberman, autor de numerosas publicaciones sobre la historia y la teoría de las imágenes, la muestra se propone articular una antropología política de la emoción en clave poética, esbozando vías de respiración y resistencia que han confrontado la persuasiva dialéctica del poder. La muestra explora, de esta forma, la búsqueda del origen de ese poder que tienen las emociones, diferente de los poderes que tratan de instrumentalizarlas, y trata de trazar su recorrido a través de las reflexiones teóricas y gráficas de diferentes artistas y filósofos.
V. Por todo lo anterior y en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir un convenio para la organización y producción conjunta de la referida exposición, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
1. El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos de colaboración entre el MNCARS y el CCCB para la organización y producción conjunta de la exposición inicialmente titulada «En el aire conmovido» (en lo sucesivo, la «Exposición») como mecanismo de difusión de las reflexiones y obras de diferentes artistas y filósofos y, con ello, de la cultura y el patrimonio artístico.
2. La Exposición se presentará de manera sucesiva en las siguientes sedes y fechas:
– MNCARS, Madrid, entre el 5 de noviembre del 2024 y el l 17 de marzo de 2025
– CCCB, Barcelona, entre el 7 de mayo y el 28 de septiembre de 2025
3. Cada parte determinará las fechas para sus eventos de inauguración oficial, ruedas de prensa, presentaciones previas y presentaciones a los medios de comunicación que tengan lugar en su propia sede y las notificará previamente a la otra parte.
1. Comisariado: tareas para la definición conceptual y de los principales temas a abordar en la exposición, proponiendo la selección de obras de arte.
2. Exposición: selección de obras de arte representativas de la trayectoria de un artista o del tema que trate la exposición que se presenta al público durante un periodo determinado.
3. Gastos compartidos: gastos derivados de la organización conjunta de la itinerancia que contrata directamente cada una de las Partes según los compromisos acordados y se coordina de manera conjunta entre las Partes.
4. Gastos locales: gastos derivados exclusivamente de la presentación de la exposición en cada sede y que gestiona independientemente y contrata directamente cada Parte y que no forman parte de los costes de la itinerancia y se coordina de manera independiente por cada una de las Partes.
5. Prestadores: instituciones y coleccionistas privados que tienen en propiedad obras de arte que ceden en préstamo temporal para su inclusión en la exposición.
6. Correos: especialistas en la conservación de obras de arte que supervisan la manipulación de las obras de arte a requerimiento de los prestadores durante las tareas de desembalaje, montaje, reembalaje y, en ocasiones, trasportes). Los correos verifican el estado de conservación de las obras y firman los Informes de estado de estas por parte de los prestadores.
7. Sedes: lugares físicos de las instituciones donde se presenta la exposición
8. Obras compartidas: obras de arte integrantes de la exposición en el MNCARS y en el CCCB y que crean el discurso temático de la misma.
9. Obras adicionales: obras de arte integrantes de la exposición pero que sólo se exhiben en una sede.
10. Packing List: Listado detallado de embalajes de las obras compartidas con información de medidas y volúmenes.
En el CCCB:
– Directora.
– Coordinadora de la Exposición.
– Jefe de Exposiciones.
– Jefe de Proyecto.
– Coordinadora de la Exposición.
En el MNCARS:
– Director.
– Jefa de Exposiciones.
– Responsable Gestión de Exposiciones.
– Coordinadora de la Exposición.
1. El comisario de la Exposición es Georges Didi- Huberman (en adelante, el «Comisario»).
2. El Comisario colaborará con el CCCB y el MNCARS en la selección de Obras, la adaptación conceptual de la exposición en cada sede, el seguimiento de la solicitud de los préstamos y propuesta de obras de sustitución si fuera necesario, elaboración de los textos de la exposición, y a requerimiento de los organizadores atenderán a la prensa y participarán en aquellas actividades vinculadas a las tareas de difusión de la muestra que se puedan organizar en ambas sedes.
3. Cada sede se encargará de organizar y abonar los gastos de viaje del Comisario durante las fases de planificación, instalación e inauguración de la Exposición en su sede.
1. La Exposición estará integrada por las obras compartidas de arte (en adelante, las Obras) incluidas en el listado adjunto al presente convenio como anexo I.
2. El MNCARS informará a los prestadores de la organización de la presentación de la exposición en ambas sedes. Y posteriormente cada Parte remitirá a los prestadores su correspondiente solicitud de préstamo de las obras compartidas. Aunque el seguimiento de estas solicitudes de préstamo para cada sede será responsabilidad de cada Parte, cualquier información respecto al estatus de las solicitudes será transmitida a la otra Parte.
3. Cada Parte gestionará y abonará directamente a los prestadores de las obras del anexo I el coste de las cuotas de préstamo que eventualmente exijan. Únicamente en el caso de que los prestadores requieran en el pago de una cuota de préstamo conjunta para ambas sedes, este coste será asumido como primera sede por EL MNCARS, que facturará al CCCB el importe correspondiente al 50 % de dicho gasto. El MNCARS informará con la suficiente antelación al CCCB de estos eventuales costes. Los gastos derivados de este concepto tienen la consideración de gasto compartido, incluyéndose en el Presupuesto de Gastos compartidos de Organización (anexo II).
4. Cada Parte gestionará y abonará directamente a los prestadores los costes de preparación y restauración de las obras del anexo I que eventualmente puedan requerir los prestadores. Estos costes incluirán operaciones asociadas a la restauración (transporte al taller de restauración y seguro, coste de la restauración, material y mano de obra). Únicamente en el caso de que los prestadores requieren el pago de estos eventuales costes de manera conjunta, este coste será asumido como primera sede por EL MNCARS, que facturará al CCCB el importe correspondiente al 50 % de dicho gasto. El MNCARS informará con la suficiente antelación al CCCB de estos eventuales costes. Los gastos derivados de este concepto tienen la consideración de gasto compartido, incluyéndose en el Presupuesto de Gastos compartidos de Organización (anexo II).
5. Cada Parte gestionará y abonará directamente a los prestadores de las obras del anexo I el coste de las copias de exposición (material de archivo y audiovisual, etc.), transcripciones, traducciones y subtitulados que los prestadores de las obras puedan requerir realizar directamente o con sus proveedores locales requeridos. Únicamente en el caso de que los prestadores requieren el pago de estos costes de manera conjunta, este coste será asumido como primera sede por EL MNCARS, que facturará al CCCB el importe correspondiente al 50 % de dicho gasto. El MNCARS informará con la suficiente antelación al CCCB de estos eventuales costes. Los gastos derivados de este concepto tienen la consideración de gasto compartido, incluyéndose en el Presupuesto de Gastos compartidos de Organización (anexo II).
6. Las partes informarán mutuamente de la existencia de todos los eventuales requerimientos de los prestadores correspondientes a las Obras del anexo I (cuotas de préstamo, seguros, intervenciones de restauración o preparación y gastos asociados) y se coordinarán para la gestión de estos, de acuerdo con lo indicado en los puntos 3, 4 y 5 anteriores.
7. Las partes se comprometen a respetar todas las condiciones de préstamo estipuladas por los prestadores en lo relativo al transporte, seguro y condiciones de exposición (condiciones climáticas, manipulación, vigilancia y seguridad).
8. En consulta y coordinación con el comisario, ambas sedes podrán añadir obras adicionales a las especificadas en el anexo I para exhibirlas en su sede. La gestión de los préstamos de tales obras, así como sus costes asociados (cuotas de préstamo, transporte, seguro, correos, restauración, etc.) serán responsabilidad exclusiva de cada sede.
9. En caso de haber obras de arte pertenecientes a la colección del MNCARS que formen parte del anexo I, la salida de las mismas fuera del MNCARS requerirá la previa autorización de la Comisión Permanente del Real Patronato, conforme al artículo 7.2.d) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, así como la correspondiente Orden ministerial que autorice el préstamo, conforme al artículo 7.2.b) del citado Estatuto así como el artículo 8.1 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos. Todos los eventuales costes asociados a la preparación de las obras pertenecientes a la Colección del MNCARS incluidas la construcción de embalajes y otros requerimientos del préstamo como Correos, etc. será responsabilidad exclusiva del CCCB.
1. Como primera sede, el MNCARS gestionará y abonará la fabricación de los embalajes necesarios para transportar las Obras compartidas a ambas sedes (anexo I). EL MNCARS, que facturará al CCCB el importe correspondiente al 50 % de dicho gasto. Los gastos derivados de este concepto tienen la consideración de gasto compartido, incluyéndose en el Presupuesto de Gastos compartidos de Organización (anexo II).
2. Cada parte será la encargada de reemplazar y/o reparar los materiales de embalaje de las Obras compartidas en caso de producirse algún desgaste o daño. Dicho gasto será asumido por la sede donde se produzca.
3. Cada sede será la única responsable de la gestión y del coste de las cajas y los materiales de embalaje que precisen las Obras adicionales.
4. Todo el material de embalaje y empaquetado debe fabricarse de conformidad con las normativas internacionales de aplicación en materia de museos, aptos para el transporte de ultramar y cumplir las condiciones requeridas.
5. Cada sede se ocupará de los gastos derivados del servicio de embalaje y desembalaje de las Obras compartidas, así como de las Obras adicionales. También asumirá los costes derivados de los materiales requeridos para la ejecución de dichos trabajos. Por lo tanto, el MNCARS se ocupará de los servicios durante la concentración y en el reembalaje de las Obras compartidas, mientras que el CCCB hará lo mismo en el desembalaje y reembalaje para la dispersión.
6. Tan pronto el MNCARS tenga conocimiento del Packing List completo con las medidas y volúmenes de los embalajes fabricados para las obras del anexo I se lo facilitará al CCCB. La fecha límite para la remisión al CCCB del Packing List por parte del MNCARS es el 5 de septiembre de 2024.
1. El MNCARS se encargará de contratar y abonar el servicio de transporte de las Obras compartidas detalladas en el anexo I desde el domicilio de los respectivos prestadores hasta sus salas expositivas en Madrid. Dichos costes tienen la consideración de gasto local.
2. El CCCB se encargará de contratar y abonar el servicio de transporte de las obras compartidas detalladas en el anexo I desde Madrid hasta la sede del CCCB en Barcelona, así como de la devolución de las obras hasta los domicilios indicados por los prestadores desde Barcelona hasta origen. Dichos costes tienen la consideración de gasto local.
3. Ambas Partes contratarán a una empresa de transporte acreditada que deberá cumplir con las garantías habitualmente exigibles para el transporte, manipulación y la gestión de las obras de arte.
4. Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados a la descarga/carga de las obras en su sede, dichos costes se considerarán gastos locales.
5. Desde la finalización de la exposición en Madrid, hasta el momento de recogida de las Obras detalladas en el anexo I de las salas expositivas del MNCARS al CCCB, el MNCARS conservará en buen estado las Obras detalladas en el anexo I y el material de embalaje, los almacenarán en lugares donde las condiciones de humedad y temperatura sean equivalentes a las reinantes en las salas de la Exposición, y preservarán cualesquiera materiales de empaquetado sueltos en el embalaje al que pertenezcan.
6. Las Partes conservarán en buen estado los embalajes y el material de embalaje, los almacenarán en lugares donde las condiciones de humedad y temperatura sean equivalentes a las reinantes en las salas de la Exposición, y preservarán cualesquiera materiales de empaquetado sueltos en el embalaje al que pertenezcan. Si debieran almacenarse embalajes vacíos en zonas carentes de control ambiental, habrán de devolverse a un lugar con condiciones de humedad y temperatura equivalentes a las de las galerías de la Exposición y dejarse abiertos para aclimatarse durante 24 horas antes de volver a proceder al reembalaje. La retirada de las tapas de las cajas debería acelerar este proceso.
7. Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados al desembalaje/reembalaje de obras y almacenaje de embalajes vacíos en su sede de exposición u otro almacén, dichos costes se considerarán gastos locales.
Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los viajes de los Correos requeridos por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación, instalación y desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras en su sede: desplazamiento, alojamiento y dietas y/o honorarios. Dichos costes se considerarán gastos locales.
1. Cada una de las partes se responsabilizará del diseño de la Exposición en su sede, bajo la supervisión del Comisario.
2. Cada Parte contratará y pagará los gastos de montaje y desmontaje de la exposición en su sede, así como los correspondientes gastos asociados (construcción de muros y mobiliario, pintura muros, instalación y desinstalación de las Obras de arte, equipo audiovisual y demás elementos de exposición, iluminación y materiales gráficos.)
1. El MNCARS se encargará de gestionar y abonar un seguro comercial para las Obras que formarán parte de la Exposición en su sede (anexo I), para el periodo comprendido entre el momento de recogida en el domicilio de los prestadores y su transporte a Madrid, durante la estancia en su sede y hasta la verificación del estado de conservación de las obras previo al reembalaje de las obras en su sede para su salida y transporte al CCCB. Este coste tiene la consideración de gasto local.
2. El CCCB gestionará y abonará el seguro para el período comprendido tras la verificación de las obras y reembalaje de las mismas en el MNCARS incluyendo el posible almacenaje en MNCARS, transporte al CCCB y estancia en su sede hasta su traslado y devolución a los prestadores. Este coste tiene la consideración de gasto local.
3. La póliza de seguro comercial contratada por ambas partes será contra todo riesgo, en la modalidad «clavo a clavo». Incluyendo dentro de las diferentes cláusulas de cobertura la exoneración a transportistas, manipuladores y organizadores.
4. En el supuesto de Obras cuyos prestadores requieran los servicios de una aseguradora determinada, la primera sede, el MNCARS, gestionará la póliza de seguro correspondiente y solicitará a la compañía aseguradora que facture el % correspondiente a cada una de las Partes. Si la compañía aseguradora no facturara el 50 % a cada parte, el MNCARS abonará la factura única emitida por la compañía aseguradora y repercutirá el coste al CCCB. Este coste tiene consideración de gasto compartido.
5. Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los Prestadores antes de la salida de las Obras de los domicilios de origen. El CCCB remitirá a los prestadores los certificados de seguro previamente al transporte de las obras desde Madrid hasta Barcelona.
1. Con motivo de la Exposición se editará una publicación ilustrada con la contribución de un largo ensayo del comisario que operará como catálogo de la exposición. Se editarán tres versiones separadas en castellano, catalán e inglés.
2. El MNCARS asume el compromiso de llevar a cabo la coordinación editorial de la publicación, lo que incluye las labores de solicitud, edición y corrección de textos, solicitud de imágenes y gestión de los derechos para su reproducción, seguimiento del diseño, tratamiento de imágenes e impresión de los ejemplares y elaboración y gestión del calendario y del presupuesto estimado de los gastos compartidos asumidos por el MNCARS y CCCB.
3. Las partes acuerdan las siguientes condiciones para la elaboración y edición del catálogo:
a) El índice final y las características técnicas generales de la publicación deberá será acordado por ambas partes.
b) El presupuesto final de la publicación deberá ser acordado por ambas partes, así como la distribución de los gastos a asumir por cada uno de los coeditores.
c) Las páginas de créditos incluirán el personal de ambas partes involucrado en la organización de cada una de las exposiciones, así como los correspondientes textos institucionales.
d) El MNCARS trasladará al CCCB las maquetas para su supervisión. Ambas partes supervisarán el contenido, diseño y las consiguientes maquetas hasta las artes finales, que deberán constar con la aprobación de ambos coeditores antes de su impresión.
Ambas Partes revisarán conjuntamente y determinarán de común acuerdo la forma en que aparecerán los créditos mencionados y logotipos de forma previa a su impresión o difusión. A tal efecto, el citado material será remitido con antelación suficiente por parte de cada institución a la otra.
e) El catálogo incluirá la siguiente leyenda «Publicación coeditada por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona».
f) La tirada de la publicación, que será definida de común acuerdo entre las Partes, será compartida proporcionalmente a la aportación de cada una de las instituciones.
g) El Precio de venta al público, PVP, será acordado por ambas partes.
4. Las partes se repartirán de manera equitativa el envío de los catálogos a los prestadores comunes y cada institución se hará cargo del envío de los prestadores propios.
5. Una vez finalizada ambas exposiciones, una versión digital en pdf o Issuu en baja resolución de las publicaciones podrá ponerse a disposición en las webs de ambas instituciones coeditoras, para lo cual se habrán gestionados los derechos pertinentes en su caso, durante el proceso de la producción editorial.
1. Las partes se obligan a no abrir los embalajes hasta que hayan permanecido en sus sedes durante un periodo mínimo de 24 horas, para permitir su aclimatación. Toda manipulación deberá ser realizada por personal de las partes cualificado para la manipulación de objetos de arte.
2. Cada parte, a la llegada y desembalaje; reembalaje y salida de las obras en sus sedes, realizará con restauradores cualificados los informes de estado de conservación de cada una de las piezas.
3. Los informes y reflejarán el estado de las obras y cualquier cambio que se produzca en su estado durante la itinerancia de las mismas. Los informes, completados y firmados por los mencionados restauradores también serán firmados, si procediera, por un representante oficial del prestador (correo).
4. En calidad de primera sede, el MNCARS elaborará los informes del estado de conservación de las obras Compartidas, incluyendo como mínimo una imagen. Una vez finalizada la exposición en la sede del MNCARS y chequeados de nuevo los informes de condición para la salida, estos serán remitidos al CCCB para que se revise el estado de conservación a partir de esta documentación previa. Los informes y el archivo fotográfico generado a partir de la revisión de las piezas, permanecerán en el CCCB al menos dos años.
1. Las Partes exhibirán las Obras prestadas con todas las garantías habituales y exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes requisitos:
– Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
– Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la naturaleza de las obras.
– Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las obras expuestas estarán vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el esquema de montaje de la exposición, a criterio de cada uno de los servicios de seguridad de las Partes. Durante las horas de cierre de la exposición, además de la puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección electrónica, se vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
– Durante el montaje y el desmontaje de la exposición, las salas de exposición deberán ser objeto de vigilancia permanente, y el acceso a las salas deberá limitarse a las personas y a los equipos encargados de la operación. En ausencia del personal, las salas permanecerán cerradas.
– Los informes sobre todos los desplazamientos de las Obras compartidas seleccionadas estarán al día.
– Durante el periodo de montaje y desmontaje de las Obras compartidas seleccionadas, no podrá realizarse ningún tipo de obras, y sólo los equipos responsables de efectuar estas operaciones podrán acceder a los espacios de exposición.
2. Las Partes se comprometen a respetar cualquier condición o medida específica de conservación y seguridad que haya sido exigida por los Prestadores.
3. Cada Parte informará a los prestadores y a la otra Parte de toda incidencia relacionada con las Obras cedidas para la exposición y acaecida en su sede o durante el transporte, así como a la compañía aseguradora. En el caso de que una Parte hubiera de retirar alguna de las Obras o si alguna de estas Obras resultase dañada, destruida, robada o pareciese estar en condiciones no estables o vulnerable, dicha Parte se compromete a informar al Prestador y a la otra Parte inmediatamente, y a enviar seguidamente fotografías de alta resolución e informe escrito que den cuenta de la incidencia, circunstancias y acciones llevadas a cabo al Prestador y a la otra Parte así como, en su caso, informar a la compañía aseguradora. Así mismo, se compromete a cumplir con toda instrucción ulterior del Prestador respecto a esa/s obra/s. Excepto en caso de emergencia, y a fin exclusivamente de prevenir daños más graves, el Prestador no realizará ni permitirá que se efectúe tarea de restauración ni intervención alguna sobre la obra hasta recibir autorización escrita del prestador.
1. Todo el material editado con motivo de la Exposición (carteles, invitaciones, dossier de prensa, catálogo, etc.), incluirá el logotipo del Ministerio de Cultura y del MNCARS; de la Diputación de Barcelona, del Ayuntamiento de Barcelona y del CCCB.
2. El citado material también deberá incluir, en lugar relevante, la siguiente línea de crédito:
En el MNCARS aparecerá:
«Exposición organizada por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS) y el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (CCCB)»
En el CCCB aparecerá:
«Exposición organizada por el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (CCCB) y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS)»
Esta línea de crédito también aparecerá en la entrada de las salas de exposición.
3. Ambas Partes se reservan el derecho de revisar y aprobar la forma en que aparece el crédito mencionado en todo el material al que se refiere esta cláusula, de forma previa a su impresión o difusión. A tal efecto, el citado material será remitido con antelación suficiente.
Las Partes podrán acordar con terceros el patrocinio de la Exposición en sus sedes para la financiación de los gastos propios. Los convenios que a tal efecto se firmen respetarán en todo caso lo previsto en las cláusulas del presente Convenio.
1. Gastos compartidos: El importe estimado de los Gastos Compartidos de Organización asumido por las Partes se detalla en anexo II (Presupuesto de Organización) que es parte integral de este Convenio. Los costes de los gastos se desglosan, distribuidos por año fiscal con su imputación específica en el presupuesto de las Partes. Dichos conceptos de gasto no incluirán IVA o impuestos locales de similar naturaleza. Los Gastos Compartidos incluyen los siguientes conceptos:
a) Gastos de embalajes de las obras (ver cláusula 6).
b) Eventuales gastos de cuotas de préstamo, preparación y restauración de Obras y copias de exposición, transcripciones y subtitulado cuyo pago sea requerido en una única factura por parte de los Prestadores (ver cláusula 5).
2. Gastos locales: Cada Parte contratará, gestionará y abonará los costes locales directamente derivados de la celebración de la Exposición en su sede. Dichos costes incluyen, a título no limitativo:
a) Gastos de viaje del Comisario (ver cláusula 4).
b) Gastos de cuotas de préstamo, preparación y restauración de Obras y copias de exposición, transcripciones y subtitulado (ver cláusula 5).
c) Gastos de transporte, carga y descarga de las Obras, embalaje y desembalaje de las Obras, almacenamiento de los embalajes vacíos durante la celebración de la Exposición en cada sede (ver cláusula 7).
d) Gastos de viajes de los Correos requeridos por los Prestadores (ver cláusula 8).
e) Gastos de diseño, montaje y desmontaje de la Exposición (ver cláusula 9).
f) Gastos de seguro de obras (ver cláusula 10).
Los Gastos Locales asumidos por el MNCARS para la celebración de la exposición en su sede se detallan en el anexo III (Gastos Locales del MNCARS), que forma parte integral de este Convenio. Los costes de los gastos se desglosan, distribuidos por año fiscal con su imputación específica en el presupuesto del MNCARS.
Todos los contratos firmados por MNCARS en la ejecución de este convenio cumplirán con la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora de la actividad del MNCARS, y los términos y condiciones allí estipulados, y con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación con el Sector Público (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de noviembre). El MNCARS declara que ninguna de las cláusulas de este Convenio puede ser impugnada o derogada por ningún requisito establecido en la legislación antes mencionada.
De este convenio se deriva la liquidación de los gastos compartidos detallados en el Presupuesto de Gastos compartidos de Organización (anexo II) Ver cláusula 16. Punto 1. El MNCARS facturará al CCCB una vez inaugurada la exposición en su sede el 50 % de dichos gastos compartidos.
1. Se constituirá un comité conjunto para supervisar y realizar el seguimiento del cumplimiento de este Convenio. Dicho comité trabajará para garantizar el adecuado cumplimiento de los términos aquí establecidos y resolverá las dudas sobre su interpretación y ejecución que puedan surgir.
2. El Comité, de composición conjunta, se reunirá cuantas veces lo estime oportuno y estará integrada por un máximo de cuatro miembros:
3. En nombre del MNCARS: la Jefa del Área de Exposiciones y la Coordinadora de la Exposición.
4. En nombre del CCCB: el Jefe del Departamento de Exposiciones, y la Jefa de proyecto.
5. El Comité se regirá en términos de funcionamiento y régimen jurídico, con respecto a lo no expresamente establecido en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Las Partes podrán acordar, en el marco de la comisión de supervisión y seguimiento, algunos aspectos detallados de la ejecución del Convenio, no formando dichos acuerdos parte del Convenio ni estando incluidos en sus cláusulas. En este caso, no se requerirá una modificación del Convenio, sino más bien el simple acuerdo entre las partes, siempre que ello no afecte al contenido mínimo y esencial del Convenio, que no puede ser modificado por el Comité de Supervisión y Seguimiento.
El Convenio constituye una declaración expresa de la intención de las Partes con respecto a su objeto. Cualquier modificación o enmienda del mismo deberá realizarse por escrito y firmarse por un representante autorizado de cada Parte y se tramitará de conformidad con el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Este Convenio será válido desde el momento de su firma por las Partes y se hará efectivo una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Organismos de Cooperación e Instrumentos aplicable al sector público del Estado, siendo posteriormente publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con arreglo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativa al Régimen Jurídico del Sector Público. Es el MNCARS quien asume la obligación de publicación. El convenio permanecerá en vigor hasta el 28 de enero de 2026 (cuatro meses después de la clausura de la Exposición, en el CCCB).
1. Este Convenio terminará con el cumplimiento total de todos los requisitos contenidos en este documento o a su finalización, confirmando esto último por escrito.
2. Las siguientes son causas de extinción de este Convenio:
a) Finalización del periodo de vigencia del Convenio sin prórroga del mismo.
b) El consenso unánime de todos los firmantes para extinguir el Convenio.
c) Incumplimiento de los deberes y obligaciones aceptados por cualquiera de las Partes del Convenio. En este caso, cualquiera de las Partes podrá enviar una notificación por escrito, a la dirección indicada en la primera página de este Convenio, a la Parte incumplidora, exigiendo el cumplimiento de sus deberes y obligaciones incumplidas dentro de un cierto período de tiempo. Dicha notificación se enviará a la persona responsable de realizar el seguimiento, supervisar y controlar el cumplimiento del Convenio y a todas las Partes. Si el incumplimiento no se subsana dentro de este plazo estipulado (que, salvo en casos de emergencia, no será inferior a 10 días), la Parte requirente notificará al resto la existencia de una causa de extinción, momento en el que se considerará extinguido el Convenio. La extinción del Convenio por esta causa podrá resultar en una indemnización por daños, teniendo en cuenta el importe de los costes asumidos por la parte perjudicada hasta el momento de la extinción.
d) Una decisión judicial que declare el Convenio nulo y sin efecto.
e) Fuerza mayor.
f) Cualquier otro motivo distinto a los anteriores y contemplado en la legislación española aplicable.
Ninguna de las partes será considerada responsable del incumplimiento de las obligaciones contempladas en el Convenio si dicho incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor, siempre que las circunstancias no puedan atribuirse a la voluntad, negligencia o ausencia de medidas razonables de precaución de la parte afectada. Si la Exposición se cancela o cierra de forma anticipada debido a causas de fuerza mayor, todas las Partes deben llegar a un acuerdo con respecto al pago de los costes de la Exposición incurridos hasta la fecha de su cancelación o cierre anticipado.
3. Circunstancias imprevistas
a) Las Partes extinguirán el Convenio a causa de circunstancias imprevistas ajenas a la organización y a la voluntad de las Partes que imposibiliten el cumplimiento de las obligaciones y deberes aquí establecidos y que puedan conllevar, entre otras consecuencias, la cancelación o cierre anticipado de la Exposición.
b) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la resolución del Convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el fin de establecer las obligaciones y deberes de cada Parte. En tal caso, las Partes deben llegar a un acuerdo para sufragar los costes compartidos y liquidar todas las obligaciones con respecto al transporte, seguro, conservación y almacenamiento de las Obras.
c) Si la liquidación revela que la suma de los gastos incurridos por una Parte es inferior a los fondos que recibió de la otra para cubrir dichos gastos, la primera devolverá el excedente correspondiente a la segunda Parte en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha en que se apruebe la liquidación.
d) Si los fondos excedentes no hubieran sido reembolsados al término de dicho plazo de un mes, la primera Parte pagará también a la segunda, en el plazo de un mes a partir de dicha fecha, los intereses de demora aplicables a dicho reembolso, los cuales serán determinados por la normativa general sobre gasto público y la actividad económico-financiera del sector público.
e) Si la liquidación revela que la suma de los costos incurridos por una Parte es mayor que los fondos que recibió de la otra, la diferencia correspondiente debe pagarse a la Parte en cuestión en un plazo de un mes a partir de la fecha en que se apruebe la liquidación, con el límite del importe máximo que cada Parte haya acordado pagar conforme a los términos de este Convenio. Las Partes firmantes del Convenio no tendrán derecho, en ningún caso, a exigir a la otra Parte el pago de cantidades superiores al máximo mencionado.
f) Sin perjuicio de lo anterior, si surge una causa de extinción cuando las actividades aún estén en curso, las Partes podrán, a propuesta del comité creado para realizar el seguimiento, supervisar y controlar el cumplimiento del Convenio, acordar continuar y concluir cualquiera de las actividades en curso que consideren apropiadas, estableciendo un plazo no renovable para su finalización, después del cual dichas actividades deben finalizar y ser liquidadas de la manera descrita anteriormente.
Cualquier notificación será hecha al:
– Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio a estos efectos en C/ Santa Isabel 52, 28012 Madrid, España.
– Directora del Centre de Cultura Contemporània de Barcelona, con domicilio a estos efectos en c/ Montalegre, 5, 08021 Barcelona, España.
1. Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de la negociación, formalización y ejecución del presente Convenio deberá considerarse información confidencial, amparada por el secreto profesional.
2. En virtud de lo anterior, las partes asumen la obligación de no revelar ni permitir a nadie revelar la información confidencial, así como restringir el acceso a aquellas personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Convenio y que deban tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados.
3. Los deberes de confidencialidad que las partes asumen en virtud del presente Convenio estarán en vigor no solo durante el plazo de vigencia del convenio sino también una vez finalizada esta.
1. Nada de los contenidos expresados en este Convenio se interpretará como constitutivo de una sociedad, empresa conjunta o cualquier otra asociación entre las Partes, que aceptan solo las obligaciones establecidas aquí por escrito, a las que se limitan sus respectivas responsabilidades.
2. Los acuerdos, contratos o pactos que cualquiera de las Partes celebre con cualquier tercero durante la vigencia de este Convenio y que no se estipulen expresamente en este documento serán completamente independientes de la otra Parte y de este Convenio.
3. Las Partes no tienen responsabilidad solidaria ni mancomunada; cada Parte es individual y exclusivamente responsable de sus acciones u omisiones derivadas del presente Convenio.
1. El presente Convenio es un acuerdo de naturaleza administrativa que se rige exclusivamente por el derecho español. Se regirá e interpretará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Cualquier disputa que pueda surgir con respecto a la interpretación, modificación, cumplimiento, extinción o efectos de este Convenio será resuelta por las Partes mediante los mecanismos de supervisión y control del Comité de Supervisión y Seguimiento, agotando todas las vías posibles para llegar a una solución amistosa fuera de los tribunales. Cualquier litigio o controversia que no se pueda resolver por parte del Comité de Supervisión y Seguimiento se someterá a la autoridad de los tribunales españoles de recursos administrativos.
3. En testimonio de lo cual, las Partes firman el presente Convenio en el lugar y la fecha que figuran en su encabezado.
Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Director, Manuel Segade Lodeiro.–Por el CCCB, la Directora, Judit Carrera Escudé.
El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha de 1 de agosto de 2024 y por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática con fecha de 27 de agosto de 2024, y autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha de 29 de agosto de 2024.
Anexo I: Listado de obras de la exposición.
Anexo II: Presupuesto de organización de la itinerancia.
Anexo III: Presupuesto de gastos locales del MNCARS.
N.º: 001.
Camarón de la Isla.
Nana del caballo grande.
N.º: 003.
Frank, Herz.
Par desmit minutem vecaks (Ten minutes older).
1978.
Película con sonido. Duración 10'.
N.º: 004.
García Lorca, Federico.
Romance de la luna luna (Manuscrito).
1934.
Tinta sobre papel verjurado 33,5 x 22 cm (con marco: 49,5 x 37,5 x 2,5 cm).
N.º: 006.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Desastre 50. Madre infeliz!
1811 - 1812 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, aguatinta bruñida y punta seca 15,7 x 20,6 cm (huella), 28,3 x 37 cm (hoja).
N.º: 007.
Miró, Joan.
Prissonier crucifié.
10 de febrero de 1974.
Lápiz de color y bolígrafo sobre papel 21 x 14 cm (con marco: 52 x 43 x 4 cm).
N.º: 018.
Darwin, Charles.
Lágrimas (dentro de «L'expression des émotions chez l'homme et les animaux»).
1872.
23 x 15,5 cm (abierto: 23 x 31 cm).
N.º: 019.
Galle, Theodore.
Typus passionum animae.
Ca. 1617-1623.
329 x 211 mm.
N.º: 022.
Duchenne de Boulogne, Guillaume.
Mécanisme de la physionomie humaine.
1862.
27,5 x 19 cm (abierto: 27,5 x 38 cm).
N.º: 024.
Dumas, Georges.
La vie affective.
1948.
23 x 14,75 cm (abierto: 23 x 29,5 cm).
N.º: 029.
Janet, Pierre.
De l'angoisse à l'extase.
1926-1928.
24 x 16 cm (abierto: 24 x 32 cm).
N.º: 037.
Londe, Albert.
Attaque d’hystérie chez l’homme, planche d’instantanés.
1885.
Chronophotographie 35 x 46 cm (con marco: 51 x 63 cm).
N.º: 039.
Richer, Paul.
1881.
23 x 15,7 cm (abierto: 23 x 31,5 cm).
N.º: 043.
Saint-Simon, Louis de Rouvroy duc de.
Mémoires du duc de Saint-Simon.
1743.
41,5 x 72 x 9 cm.
N.º: 059.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Disparate femenino.
1815-1824 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, aguatinta y punta seca 25,2 x 36,4 cm (huella), 36,4 x 48,7 cm (hoja).
N.º: 060.
Goya y Lucientes, Francisco de.
El caballo raptor.
1815-1824 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, aguatinta bruñida y punta seca 24,3 x 36 cm (huella), 36,5 x 48,7 cm (hoja).
N.º: 061.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Disparate volante.
1815-1824 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte y aguatinta bruñida 33,7 x 35,2 cm (huella), 36,5 x 48,7 cm (hoja).
N.º: 065.
Hölderlin, Friedrich.
Der Winter.
1842.
32,5 x 20,5 cm.
N.º: 077.
Anónimo.
Libro di Sonate del signor Domenico Scarlatti
1752-1782.
27 x 36,5 cm.
N.º: 082.
Stoeving, Curt; Michaelis, Mathias.
Totenmaske Friedrich Nietzsche.
1900.
24,3 x 17,4 x 11,8 cm.
N.º: 085.
Boiffard, Jacques-André.
Bouche (en «Documents: Doctrines, Archéologie, Beaux-arts, Ethnographie», 1930, n.º 5).
1930.
Revista.
N.º: 092.
Picault, Robert.
Diane et Georges Bataille, Michel Leiris (de dos) écoutant chanter Manuel Angeles Ortiz dans la cour du laboratoire d'oenologie d'André Castel à Nîmes.
24 Septembre 1950.
N.º: 095.
Shalev-Gerz, Esther.
Entre l'écoute et la parole: derniers témoins Auschwitz (1945-2005).
2005.
N.º: 096.
Manzon, Jean.
Vaslav Nijinsky [En: Match, 15 de junio de 1939].
1939.
N.º: 098.
Bellmer, Hans.
Untitled (Hands Triptych).
1934.
6,4 x 6, 4 cm cada una (total con marco: 28,6 x 54,7 x 2,5 cm).
N.º: 104.
Sin título.
23 x 18 cm (con marco).
N.º: 105.
Sin título.
23 x 18 cm (con marco).
N.º: 106.
Dalí, Salvador.
La mano cortada.
Ca. 1928.
Tinta sobre papel Medidas con marco: 58 x 47 x 5 cm.
N.º: 107.
Dalí, Salvador; Huguet, Georges.
Onan.
1934.
28,7 x 23,3 x 0,5 cm.
N.º: 120.
Escudero, Vicente.
Mi baile.
1944.
28,9 x 22,2 x 2 cm.
N.º: 121.
Escudero, Vicente.
Pintura que baila.
1950.
18,5 x 12,7 x 1 cm.
N.º: 122.
Farocki, Harun.
La expresión de las manos.
1997.
N.º: 124.
García Lorca, Federico.
Ecce Homo.
1927-1928.
Tinta china sobre papel verjurado recortado 15,5 x 12,5 cm (con marco: 31,5 x 21,5 x 3 cm).
N.º: 126.
García Lorca, Federico.
San Sebastián.
1927.
Tinta china sobre papel verjurado recortado 15,5 x 12,5 cm (con marco: 31,5 x 21,5 x 3 cm).
N.º: 128.
Romero, Pedro G.; García Pelayo, Gonzalo.
Nueve Sevillas.
2020.
N.º: 129.
Byk, Suse.
Tanzerische Pantominen.
1925.
Sin sonido.
N.º: 133.
Man Ray.
Prou del Pilar dansant.
1934.
Epreuve gélatino-argentique 12,1 x 9,2 cm.
N.º: 140.1.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 5).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 140.2.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 6).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 140.3.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 32).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 140.4.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 42).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 140.5.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 56).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 140.6.
Warburg, Aby.
Atlas Mnemosyne (Lámina 77).
1929 (copia moderna).
Tirada moderna, impresión en papel baryta sobre aluminio 100 x 73,3 cm.
N.º: 150.1.
Baraduc, Hyppolyte.
22 x 14,5 cm.
N.º: 150.2.
Baraduc, Hyppolyte.
22 x 14,5 cm.
N.º: 154.
Convert, Pascal.
5 Verdun tree stumps.
1997-2024.
Tree stumps from Verdun, treated and coated in Indian ink.
N.º: 155.
Fontana, Lucio.
Concetto spaziale. Attesa.
1960.
Acrílico sobre lienzo 116 x 89 cm.
N.º: 156.
Fontana, Lucio.
Concetto spaziale.
1952.
Óleo y purpurina sobre papel entelado 80 x 80 cm.
N.º: 179.
Miró, Joan.
La danse des coquelicots (La danza de las amapolas).
1973.
Acrílico sobre lienzo 130 x 195 cm.
N.º: 197.
Sandback, Fred.
Untitled (Diagonal Construction).
1970/2002.
Burgundy red acrylic yarn.
N.º: 199.
Sjöström, Victor.
The Wind.
1928.
N.º: 208.
Balafas, Costas.
The funeral of the teacher and Reservist Officer Lilis. Epirus prefecture, Greece.
1944.
30 x 30 cm.
N.º: 209.
Balafas, Costas.
Scene from the Epitaph at Olympos village on Karpathos island, Greece.
Ca. 1970.
30 x 30 cm.
N.º: 214.
Capa, Robert.
Italy. Naples. October 2, 1943. Women crying at funeral of twenty teenage partisans who had fought the Germans before the Allies entered the city.
1943.
N.º: 216.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Desastre 60. No hay quien los socorra.
1811-1812 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, aguatinta, buril y bruñidor 15,4 x 20,7 cm (huella), 28,3 x 37 cm (hoja).
N.º: 217.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Desastre 65. ¿Qué alboroto es este?
1814-1815 (plancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, aguatinta bruñida, buril y bruñidor 18 x 22,1 cm (huella), 28,3 x 37 cm (hoja).
N.º: 224.
Pasolini, Pier Paolo.
La Rabbia.
1963.
N.º: 227.
Pinna, Franco.
Lucania, Simulazione di un pianto.
1956.
20 x 30 cm.
N.º: 228.
Pinna, Franco.
Una prefica a Pisticci.
1952.
20 x 30 cm.
N.º: 230.
Pinna, Franco.
Lucania, Simulazione di un pianto.
1956.
N.º: 234.
Ubiña, Julio.
Velatorio del cadáver de Carmen Amaya.
1963.
Gelatina de plata 23 x 33,5 cm (con marco: 55,5 x 45,5 x 3,5 cm).
N.º: 235.
Ubiña, Julio.
Velatorio del cadáver de Carmen Amaya.
1963.
Gelatina de plata 27 x 35,5 cm (con marco: 55,5 x 45,5 x 3,5 cm).
N.º 238.
Debord, Guy (Editor).
Internationale situationniste, n.º 12.
1969.
24 x 16,9 x 0,7 cm.
N.º: 239.
Andrieu, Jules.
Désastres de la guerre: les Tuileries, façade principale.
1871.
295 x 375 mm.
N.º: 240.
Andrieu, Jules.
Désastres de la guerre: ruines du Ministère des Finances.
1871.
295 x 375 mm.
N.º: 253.
Elections à la Commune. Scructin du 10 avril 1871.
1871.
63 x 43 cm.
N.º: 254.
Dayot, M. Armand.
Journées révolutionnaires: Rue Saint-Antoine.
1897.
42 x 35 cm (con marco).
N.º: 255.
Dayot, M. Armand.
Journées révolutionnaires: Rue Fuite du Duc de Raguse.
1897.
42 x 35 cm (con marco).
N.º: 271.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Desastre 10. Tampoco.
1810-1814 (pancha), 1930 (edición).
Aguafuerte y buril 14,9 x 21,6 cm (huella), 28,3 x 38 cm (hoja).
N.º: 282.
Marcuse, Herbert.
One dimensional man: studies in the ideology of advance industrial society.
1964.
23,6 x 16 x 3 cm.
N.º: 295.
Rimbaud, Arthur.
Chant de guerre parisien.
15 mai 1871.
Tinta sobre papel 31,5 x 24 x 1 cm.
N.º: 296.
Ringelblum, Emanuel.
Throwing smuggled flour over the wall.
11/03/1942.
N.º: 297.
Ringelblum, Emanuel.
Smugglers throwing bags of flour over the wall.
1941-1942.
N.º: 298.
Ringelblum, Emanuel.
Jewish children in the guetto.
1942.
N.º: 299.
Ringelblum, Emanuel.
Jewish child beginning by the wall.
1942.
N.º: 337.
Goya y Lucientes, Francisco de.
Desastre 30. Estragos de la guerra.
1810-1814 (pancha), 1930 (edición).
Aguafuerte, buril, punta seca y bruñidor 14,1 x 17 cm (huella), 28,3 x 37 cm (hoja).
N.º: 345.
Duchamp, Marcel.
Pliego interior de Boîte-en-valise con cuatro reproducciones de tres Ready Made y una escultura de Marcel Duchamp.
1915-1919.
Collotype with pochoir coloring on tinted 32 x 49,8 cm.
N.º: 355.
Tsukihara, Shiro.
Ver caption en observaciones.
2002.
25,7×36,3.
N.º: 356.
Wada, Koji.
Ver caption en observaciones.
2002.
20,2×30,3.
N.º: 358.
Kihara, Toshiko.
Ver caption en observaciones.
1975.
38×54 cm.
N.º: 362a.
Sandback, Fred.
Untitled [from the series Four Variations of Two Diagonal Lines].
1976.
Etching with aquatint on Rives BFK paper with deckle edge; blind stamped «PB» at lower right 55,9 x 76,2 cm.
N.º: 362b.
Sandback, Fred.
Untitled [from the series Four Variations of Two Diagonal Lines].
1976.
Etching with aquatint on Rives BFK paper with deckle edge; blind stamped «PB» at lower right 55,9 x 76,2 cm
N.º: 362c
Sandback, Fred.
Untitled [from the series Four Variations of Two Diagonal Lines].
1976.
Etching with aquatint on Rives BFK paper with deckle edge; blind stamped «PB» at lower right 55,9 x 76,2 cm.
N.º: 362d.
Sandback, Fred.
Untitled [from the series Four Variations of Two Diagonal Lines].
1976.
Etching with aquatint on Rives BFK paper with deckle edge; blind stamped «PB» at lower right 55,9 x 76,2 cm.
N.º: 363.
Rodin, Auguste.
Main crispée gauche.
1898.
Yeso 11,8 x 9,1 x 7,8 cm.
N.º: 366a.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
n/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 366b.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
n/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 366c.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
s/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 366d.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
s/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 366e.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
s/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 366f.
Anónimo.
Dibujo de niño Guayaki.
n/d.
Crayon sur papier 26,8 x 21 cm cada uno.
N.º: 368a.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 368b.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 368c.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 368d.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 368e.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 368f.
Masotti, Antonio.
Galleria Comunale d'Arte Moderna di Bologna. Intellettuale, performance di Fabio Mauri con la partecipazione di Pier Paolo Pasolini.
1975.
Fotografía 24 x 30 cm.
N.º: 369.
Al-Kateab, Waad.
For Sama.
2019.
N.º: 379.
Val del Omar, José.
Misiones pedagógicas.
1931-1936.
9,8 x 14,8 cm (con marco: 35 x 24 cm).
N.º: 385.
Beethoven, Ludwig van.
Notenmanuskript des Liedes «Wonne der Wehmut» (Trocknet nicht, Trocknet nicht, Trähnen der ewigen Liebe).
1810.
232 x 330 mm.
N.º: 386.
Beradt, Charlotte.
Das Dritte Reich des Traums.
1966.
N.º: 387.
Bergamín, José.
Cahiers d'art, 1-3.
1937.
32 x 25,1 x 1,2 cm.
N.º: 395.
Nietzsche, Friedrich.
Übungsblätter mit Aufzeichnungen von Intervallen, Schlüsselzeichen, Harmonisationsaufgaben alte.
1855.
200 x 157 mm.
N.º: 398.
Warburg, Aby.
Übungen des Kunsthistorischen Instituts zu Florenz, WS 88/89. II. Übungen über die italienische Plastik, fol 16r.
1888/89.
N.º: 399.
Warburg, Aby.
1908.
25 x 18,5 cm (abierto: 25 x 37 cm).
N.º: 406.
Penone, Giuseppe.
Soffi [Breathes].
1975.
19 fotos. Silver selenium prints on baryta paper 37,7 × 50,3 cm/unidad (con marco: 44 x 55 x 3 cm).
N.º: 409.
Pinna, Franco.
Lucania, Simulazione di un pianto.
1956.
20 x 30 cm.
N.º: 410.
Pinna, Franco.
Lucania, Simulazione di un pianto.
1956.
20 x 30 cm.
N.º: 418.
García Lorca, Federico.
Arlequín ahogado.
Ca. 1927.
Tinta china sobre papel verjurado recortado 16 x 12 cm (con marco: 31,5 x 21,5 x 3 cm).
N.º: 419.
García Lorca, Federico.
Pavo Real.
1927.
Tinta china sobre papel verjurado recortado 15,7 x 12 cm (con marco: 31,5 x 21,5 x 3 cm).
N.º: 420.
García Lorca, Federico.
Torero sevillano.
1927.
Tinta china sobre papel verjurado recortado 16 x 12 cm (con marco: 31,5 x 21,5 x 3 cm).
N.º: 422.
Kourkouta, Maria.
Retour à la rue d’Eole.
2013.
3 canales de proyección.
N.º: 426.
Man Ray.
Explosante - Fixe.
Minotaure, n.º 5 Alber Skira (Ed.).
1934.
31,7 x 24,8 x 0,8 cm.
N.º: 427.
Zürn, Unica.
Sans titre.
1960.
Ink, gouache and watercolor on paper 50 x 65 cm (con marco: 79,5 x 93,5 x 1,7 cm).
N.º: 428.
Zürn, Unica.
Sans titre.
1963.
Ink and collage on paper 56 x 48,5 cm (con marco: 78 x 70 x 2 cm).
N.º: 440.
Richter, Gerhard.
Teyde-Landschaft.
1971.
Oil on canvas 120 cm x 180 cm (con marco: 133,5 x 193 x 8 cm).
N.º: 457.
Caron, Gilles.
Londonderry, Northern Ireland, August 12, 1969.
1969.
30 x 40.
N.º: 459.
Caron, Gilles.
Londonderry, Northern Ireland, August 12, 1969. Hoja de contacto.
1969.
30 x 40.
N.º: 462.
Anónimo.
Federico García Lorca en el papel de «Sombra» para la representación por La Barraca del auto sacramental «La vida es sueño», de Calderón de la Barca, con decorados de Benjamín Palencia.
1932 / copia posterior.
12,5 x 16,9 cm.
N.º: 467.
Muñoz, Óscar.
Aliento.
1995.
Serigrafía sobre discos de acero. 12 elementos.
N.º: 476.
Trouvé, Tatiana.
Untitled, from the series Les dessouvenus.
2019.
Pencil and bleach on paper mounted on canvas 153 x 240 cm.
N.º: 482.
Erice, Víctor.
El espíritu de la colmena.
1973.
N.º: 483.
Anónimo.
Federico García Lorca en el papel de «Sombra» para la representación por La Barraca del auto sacramental «La vida es sueño», de Calderón de la Barca, con decorados de Benjamín Palencia.
1932 / copia posterior.
Gelatinobromuro de plata sobre papel 9 x 11 cm.
N.º: 484.
Anónimo.
Federico García Lorca en el papel de «Sombra» para la representación por La Barraca del auto sacramental «La vida es sueño», de Calderón de la Barca, con decorados de Benjamín Palencia.
1932 / copia de época.
Gelatinobromuro de plata sobre papel 11,4 x 9 cm.
N.º: 487.
Salmon, Jacqueline.
Cirrus, diptyque avec Constable (d’après Constable, Study of Cirrus Clouds).
2016.
26,5 x 40 cm.
N.º: 488.
Salmon, Jacqueline.
Ciel noir avec Boudin (d’après Eugène Boudin, Ciel pommelé).
2016.
75 x 60 cm.
N.º: 489.
Picasso, Pablo.
Madre con niño muerto (II). Postscripto de Guernica.
1937.
Óleo sobre lienzo 130 x 195 cm / Con marco 133 x 197,5 x 5 cm.
N.º: 495.
Tarr, Béla.
El caballo de Turín.
2011.
N.º: 497.
Esteva, Jacinto.
Lejos de los árboles.
1963-1972.
Película.
N.º: 499.
Giacometti.
Small Bust on a Base (Rol-Tanguy).
Ca. 1946.
Bronce 11,17 x 5,79 x 5,68 cm.
1994-0210.
N.º: 500.
Giacometti, Alberto.
Head of a Man on a Double Base.
Ca. 1946.
Escayola 11 x 4,50 x 4,29 cm.
N.º: 501.
Giacometti, Alberto.
Petite tête de Diego.
Vers 1936.
Escayola 7,6 x 5,2 x 6,5 cm.
N.º: 502.
Giacometti, Alberto.
Tête.
Vers 1947.
Escayola 40,2 x 12,4 x 18,2 cm.
N.º: 503.
Giacometti, Alberto.
Balzac.
Vers 1946.
Crayon graphite et gomme sur papier vélin 31,9 x 25 cm (con marco: 55 x 42 x 3 cm).
N.º: 504.
Giacometti, Alberto.
Tête d'homme, Le Chariot, et tête sur socle, Tête de Pierre Loeb pour Regard sur la peinture de Pierre Loeb.
1949-1950.
Crayon graphite sur papier vélin 21,7 x 17,5 cm (con marco: 55 x 42 x 3 cm).
N.º: 506.
Mercadier, Corinne.
Serie «Un fois et pas plus» #10.
2000.
Impresión analógica ampliada a partir de una polaroid SX70 103 x 101 cm.
N.º: 507.
Mercadier, Corinne.
Serie «Un fois et pas plus» #43.
2000.
Impresión analógica ampliada a partir de una polaroid SX70 103 x 101 cm.
N.º: 508.
Mercadier, Corinne.
Aus quatre vents. Series «La nuit magnétique».
2022.
Impresión digital sobre papel Hannehmülhe platine 40 x 60 cm.
N.º: 509.
Mercadier, Corinne.
Cristal pintado usado para la serie «Aux quatre vents».
2022.
Impresión analógica ampliada a partir de una polaroid SX70 44 x 54 cm.
N.º: 510.
Mercadier, Corinne.
Un fois et pas plus # 3.
2000.
Impresión analógica ampliada a partir de una polaroid SX70 103 x 101 cm.
N.º: 511.
Hantaï, Simon.
Étude.
1969.
Oil on canvas 116 x 482 cm.
N.º: 512.
Hantaï, Simon.
Étude.
1969.
Oil on canvas 40 x 28 cm.
N.º: 513.
Jahnsen, Astrid.
Desarme.
2024.
Impresión digital 105 x 118 cm.
N.º: 514.
Jamal (sirio, 12 años) y Ahmad (palestino, 12 años), demandantes de asilo bloqueados en un campo de refugiados de Grecia.
Dessin réalisé dans un centre d’éducation informelle animé par l’ONG grecque ARSIS avec le soutien du Haut Commissariat aux Réfugiés. [Información del dibujo en la carpeta del prestador para cartela extendida].
Verano de 2020.
40 x 45 cm.
N.º: 515.
Niño eritreo de 15 años refugiado en el Centro Oficial de Detención de Migrantes de Libia.
Dibujo [Información del dibujo en la carpeta del prestador para cartela extendida].
Octubre de 2019.
19,7 x 26,3 cm (con marco: 29 x 35,5 cm).
N.º: 516.
Niño sirio refugiado en Gaziantep (Turquía).
Dessin réalisé dans un atelier du programme «Colorfull Syria» porté par l’ONG Solinfo avec des acteurs locaux.
2014.
25 x 34,5 cm.
N.º: 517.
Ayah (refugiado sirio en Gaziantep, Turquía)
Dessin réalisé dans un atelier du programme «Colorfull Syria» porté par l’ONG Solinfo avec des acteurs locaux.
2014.
25 x 34,5 cm (la imagen está recortada, el dibujo está en una hoja en horizontal).
N.º: 518.
Vídeo COVID.
N.º: 520.
González, Julio.
Masque de Montserrat criant.
1938-1939.
Fundición a la cera perdida y patinado 22,5 x 15,2 x 12 cm.
N.º: 521.
Klein, Yves.
Antropometría sin título (ANT 56).
1960.
Pigmento seco en resina sintética sobre papel entelado 78,5 x 279 cm.
N.º: 522.
Miró, Joan.
Oiseau dans l'espace.
1976.
Acrílico sobre lienzo 130 x 193,5 cm.
N.º: 523.
Michaux, Henri.
Saisir.
1979.
24 x 18 cm (abierto: 24 x 36 cm).
N.º: 527.
Giacometti, Alberto.
Tête d'homme.
Ca. 1950.
Plâtre peint 8 x 3 x 4,7 cm.
N.º: 533.
Dalí, Salvador.
Escena Erótica.
Prueba para ilustrar el menú del «Banquet des Amis du Roman Philosophique».
Ca. 1933.
Grabado / cartulina, retocado con tinta negra 32,5 x 24,5 cm. Estampación 29,5 x 18,5 cm.
EXPOSICIÓN «EN EL AIRE CONMOVIDO»
Presupuesto estimado para la itinerancia de las obras compartidas, IVA no incluido
Estimado euros | Anualidades | N.º expediente | Concepto Presupuestario | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
MNCARS | CCCB | ||||||
EMBALAJES. Cláusula 6. |
Cajas y material de embalaje (*). | 15.000,00 € | 7.500,00 € | 7.500,00 € | 2024/2025 | 202400000054 | 24.302.333A.223 |
EVENTUALES GASTOS COMPARTIDOS DE PREPARACIÓN DE OBRAS. Cláusula 5. |
Cuotas de préstamo. | 4.352,00 € | 2.176,00 € | 2.176,00 € | 2024/2025 | Varios expedientes mediante ACF | 24.302.333A.224 |
Preparación y Restauración. | |||||||
Copias de exposición, enmarcados, transcripciones, traducciones y subtitulados. | |||||||
TOTALES. | 19.352,00 € | 9.676,00 € | 9.676,00 € | ||||
El MNCARS facturará al CCCB el 50 % de los costes compartidos que asciende a: | 9.676,00 € | ||||||
(*) No incluidos los costes de embalaje de las obras del MNCARS que no son gasto compartido según convenio. |
EXPOSICIÓN «EN EL AIRE CONMOVIDO»
Presupuesto estimado de gastos locales MNCARS, IVA no incluido
Importe | Concepto Presupuestario | N.º expediente | Anualidades | ||
---|---|---|---|---|---|
TRANSPORTE Y GASTOS ASOCIADOS. |
Transporte Prestadores -Madrid. Carga/Descarga. Embalaje/Desembalaje. Almacenaje cajas vacías. Gastos correos. |
199.642,20 € | 24.302.333A.223 | 202400000054 | 2024/2025 |
GASTOS LOCALES DE PREPARACIÓN DE OBRAS (facturados al 50 % por los proveedores). | Cuotas de préstamo, restauraciones, preparaciones, copias de exposición, enmarcados, transcripciones, traducciones y subtitulados. | 10.000,00 € | 24.302.333A.224 | Varios expedientes ACF | 2024/2025 |
Montaje. | Montaje y Desmontaje. | 57.000,00 € | 24.302.333A.227.06 | 202400000110 | 2024/2025 |
COMISARIADO. | Honorarios. | 14.999,00 € | 24.302.333A.227.06 | 202200000116 202400000166 | 2024/2025 |
Costes de catálogo. | Edición. | 45.736,00 € | 24.302.333A.240 // 24.302.333A.240 //: 24.302 33XC.2902706 // 24.302 33XC.2902706 // 24.302.333A.22706 | 202400000050 // 202400000215 // 202200000226 // 202200000179 // 20220000030 | 2024/2025 |
imágenes y derechos reproducción. | 6.000,00 € | ||||
Total. | 333.377,20 € |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid