Habiendo sido suscrita el 6 de noviembre de 2024 la «Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades, y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias» y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 7 de noviembre de 2024.–La Secretaria General de Investigación, Eva Ortega Paíno.
En Madrid y Barcelona, a 6 de noviembre de 2024.
De una parte, la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) y en su representación Doña Diana Morant Ripoll, Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrada para dicho cargo por el Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE núm. 278, de 21 de noviembre) actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, la Administración de la Generalidad de Cataluña, y, en su representación, la Hble. Sra. Núria Montserrat Pulido, Consejera de Investigación y Universidades, y la Hble. Sra. Olga Pané Mena, Consejera de Salud, nombradas por Decreto 134/2024, de 11 de agosto, haciendo uso de las facultades que les atribuye el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y en virtud de la autorización efectuada por el Acuerdo del Gobierno de 22 de octubre de 2024.
Y de otra parte, la Fundación Centre de Regulació Genòmica (CRG), domiciliada en Carrer Doctor Aiguader 88, 5.ª planta, 08003 de Barcelona, con NIF G-62426937, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Catalunya, con el número 1487, y, actuando en su representación, por una parte, don Luis Serrano Pubul, en calidad de Director del CRG, en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden, en virtud de la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Barcelona, don Jaime Agustín Justribó, en fecha 3 de agosto de 2022 y con el número 1956 de su protocolo y, por otra parte, don Joan Vives Tomás, en calidad de Gerente del CRG, en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden, en virtud de la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Barcelona, don Pedro Angel Casado Martín, en fecha 1 de febrero de 2022 y con el número 108 de su protocolo, y después de que el Patronato del CRG, en su sesión de 15 de noviembre de 2022, aprobase el convenio.
Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente adenda y, al efecto
EXPONEN
I. Que el día 29 de diciembre de 2022 se suscribió el convenio entre la Administración General del Estado (el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades, y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias.
II. Que el Consejo Rector, en sesión celebrada el 27 de julio de 2023, actuando en virtud de la cláusula cuarta.b) del citado convenio que atribuye a dicho órgano las funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control del mismo, incluyendo la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en su desarrollo, planteó la necesidad de aclarar qué anualidades de la financiación aportada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante MICIU) corresponden a la financiación ordinaria a aportar al consorcio al 50 % con la Administración de la Generalidad de Cataluña (en adelante GENCAT), y qué anualidades corresponden a la aportación adicional de 2.250.000 euros a financiar por MICIU en concepto de pagos adicionales realizados por la GENCAT en el periodo 2009-2021. Asimismo, se planteaba determinar si la interpretación adoptada tenía algún efecto en la adscripción del consorcio. En dicha sesión el Consejo Rector acordó interpretar la cláusula Tercera («Financiación y compromisos de las partes») del convenio de manera que la aportación de 2.250.000 euros de la anualidad 2022 corresponda íntegramente a la aportación adicional que satisfará la Administración General del Estado (en adelante AGE) en concepto de pagos adicionales realizados por la GENCAT en el periodo 2009-2021; correspondiendo las restantes anualidades 2023 en adelante a la financiación ordinaria a aportar por MICIU al consorcio, por un importe global de 8.999.000 euros, y cofinanciada globalmente por GENCAT con el mismo importe. Asimismo, el Consejo Rector consideró que lo anterior no produce efecto o alteración alguna sobre la adscripción del consorcio. Adicionalmente, el Consejo Rector consideró que el acervo patrimonial traspasado desde la fundación CRG al consorcio CNAG en la fecha efectiva de escisión parcial, que se integra en el patrimonio del consorcio, es atribuible a efectos de dicha integración a ambas partes consorciadas en los porcentajes recogidos en el artículo 15.a) de los estatutos del consorcio, esto es, al 50 %. Por consiguiente, la integración del acervo Patrimonial traspasado al nuevo consorcio respeta en su valoración los porcentajes establecidos en el convenio de creación del consorcio para la financiación de la entidad por las administraciones consorciadas, esto es, el 50 %.
En consecuencia, se estima conveniente actualizar la cláusula tercera apartado 1 del convenio para reflejar este acuerdo, y para recoger el hecho de que el pago de la anualidad 2022 de MICIU del convenio se ha realizado de manera efectiva en el ejercicio 2023.
III. Que se ha considerado necesario modificar la naturaleza de las transferencias del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU) del periodo 2024-2027 a fin de destinarlas a la financiación de operaciones corrientes del consorcio.
IV. Que el Consejo Rector, en su reunión del día 21 de mayo de 2024, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, ha acordado proponer a las partes una modificación del convenio para modificar la naturaleza de las transferencias de MICIU en el periodo 2024-2027. Esta propuesta ha de ser ratificada por las instituciones que forman el Consorcio.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Esta adenda tiene por objeto la modificación con fines aclaratorios de la cláusula de financiación, la modificación de la naturaleza de las transferencias de MICIU en el periodo 2024-2027, la modificación de la atribución y ampliación de las funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control del convenio y la eliminación del anexo VI del convenio.
Se modifica la redacción del punto 1 y la tabla de la cláusula tercera «Financiación y compromiso de las partes», que queda como sigue:
«1. La financiación del Consorcio en aplicación del presente convenio es la siguiente:
a) La financiación ordinaria del Consorcio en el período 2022-2027 asciende a 17.998.000 euros. Dicho importe será financiado por la AGE y la GENCAT al 50 % a través de este convenio, aportando cada administración 8.999.000 euros de acuerdo con la siguiente distribución global del gasto por anualidades:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2024
–
Euros
Total AGE. 0 2.250.000 1.500.000 GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 750.000 750.000 750.000 GENCAT-Departamento de Salud. 750.000 750.000 750.000 Total GENCAT. 1.500.000 1.500.000 1.500.000 Total. 1.500.000 3.750.000 3.000.000
2025
–
Euros
2026
–
Euros
2027
–
Euros
Total
–
Euros
Total AGE. 1.500.000 1.874.000 1.875.000 8.999.000 GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 750.000 749.500 750.000 4.499.500 GENCAT-Departamento de Salud. 750.000 749.500 750.000 4.499.500 Total GENCAT. 1.500.000 1.499.000 1.500.000 8.999.000 Total. 3.000.000 3.373.000 3.375.000 17.998.000 b) Adicionalmente, en 2023 la AGE ha aportado al consorcio 2.250.000 euros en concepto de financiación complementaria a los pagos adicionales realizados por la GENCAT a la unidad productiva CNAG en el periodo 2009-2021.»
Se modifica la redacción del primer párrafo del punto 2 letra a) la cláusula tercera «Financiación y compromiso de las partes» que queda como sigue:
«a) Transferencias y aportaciones de sus presupuestos respectivos.
Las transferencias del MICIU correspondientes a la anualidad 2023 del punto 1.a) de la cláusula tercera y al punto 1.b) de dicha cláusula se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 28.07.463B.74919 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2023.
Las transferencias del MICIU correspondientes a las anualidades 2024 a 2027 del punto 1.a) de la cláusula tercera se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 28.07.463B.44917 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2024, o equivalente que la sustituya en ejercicios sucesivos.
Las aportaciones del Departamento de Investigación y Universidades de la GENCAT correspondientes a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente, mediante resoluciones de transferencia de 21 de marzo de 2022, a favor de la Fundación CRG, y de 20 de febrero de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las aportaciones durante el período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio CNAG.
Las aportaciones del Departamento de Salud de la GENCAT correspondientes a los años 2022 y 2023 se transfirieron, respectivamente, mediante resoluciones de transferencia de 3 de febrero de 2022, a favor de la Fundació CRG, y de 28 de marzo de 2023, a favor del Consorcio CNAG. Las aportaciones durante el período 2024-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio CNAG.»
Se modifica la redacción de la cláusula cuarta «Seguimiento del convenio», que queda como sigue:
«Las partes acuerdan atribuir a la Comisión Ejecutiva del Consorcio las funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control de este convenio, que serán:
a) Velar por el cumplimiento del presente convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.
c) Proponer aquellas otras iniciativas que considere oportuno con ocasión de la ejecución del presente convenio, su mejora y eventual prórroga.
d) Aceptar la documentación justificativa requerida en la cláusula tercera del presente convenio para el libramiento de las aportaciones anuales de las partes.
En todo lo no dispuesto expresamente en esta cláusula, será de aplicación lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.»
Se suprime el anexo VI del convenio «Anexo interpretativo al convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias».
De acuerdo con el artículo 123.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de junio, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda resultará eficaz con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, la presente adenda será publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».
Y, en prueba de conformidad, las partes firman esta adenda al convenio, mediante firma electrónica.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant Ripoll.–La Consellera de Recerca I Universitats, Núria Montserrat Pulido.–El director de la Fundació Centre de Regulació Genómica, Luis Serrano Pubul.–La Consellera de Salut, Olga Pané Mena.–El Gerente de la Fundación Centre de Regulació Genómica, Joan Vives Tomás.
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