De conformidad con lo dispuesto en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de esta Orden, que se desarrollarán con arreglo a las siguientes
Bases
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario de carrera que se encuentre en cualquier situación administrativa, salvo la de suspensión de funciones, que reúna los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 3.1 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes se presentarán a través de los siguientes medios electrónicos:
– A través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP-Mis servicios de RR.HH.–Convocatoria libre designación.
– En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común al código «EA0041848 Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios», debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Además de los datos personales y número de registro de personal que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas que se relacionan en el anexo III.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, la presente convocatoria incluirá la celebración de entrevistas en los términos establecidos en la Orden TDF/379/2024.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por otro mes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de noviembre de 2024.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, P.D. (Orden TES/1217/2021 de 29 de octubre, BOE 9 de noviembre de 2021), el Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José Ramón del Prado Cortés.
N.º Orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR / SB | Admon | Tit. req. | Funciones | Meritos | Observaciones |
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1 |
ORG.EST.INSPEC.DE TRAB.Y SEG.SOCIAL O.A. ESCUELA DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECTOR / DIRECTORA DE LA ESCUELA INSPECCION TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (4734321). |
MADRID - MADRID | 30 | 29112.02 | A1 | AE |
- Organización, dirección y evaluación de cursos, programas y acciones formativas orientados a la formación permanente. - Asistencia y colaboración con los tribunales previstos en las convocatorias de procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como la organización de los correspondientes cursos selectivos. - Propuesta y gestión de acciones específicas, con la finalidad de promover el análisis y la investigación de las nuevas situaciones con impacto en la formación inspectora. |
- Experiencia en puestos de jefatura de equipo superior a tres años. - Experiencia como ponente en el área de formación permanente de la Escuela. - Experiencia como miembro de tribunal en las convocatorias de acceso a los Cuerpos del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. - Experiencia en la elaboración de informes sobre proyectos de normas con incidencia en materia sociolaboral, así como en la elaboración de consultas y criterios técnicos en el ámbito de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. |
- Pertenencia al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social con experiencia de más de cinco años. |
N.º Orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR / SB | Admon | Tit. req. | Funciones | Meritos | Observaciones |
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2 |
ORG.EST.INSPEC.DE TRAB.Y SEG.SOCIAL O.A. OFICINA NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL (4846278) |
MADRID - MADRID | 30 | 31222.38 | A1 | AE |
- Elaboración de programas y planes generales de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de lucha contra el trabajo no declarado, el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social. - Establecimiento de mecanismos de cooperación y colaboración con los Centros Directivos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. - Definición de métodos de trabajo y procedimientos de investigación y comprobación inspectora en materia de lucha contra el fraude. - Coordinación de actuaciones con otros Departamentos o Administraciones Públicas que colaboran en la lucha contra el fraude en el marco de los correspondientes convenios. - Control y seguimiento de las actuaciones realizadas y evaluación periódica sobre su grado de cumplimiento y eficacia. |
- Experiencia en puestos de jefatura superior a tres años. - Formación en competencias y habilidades directivas. |
- Pertenencia al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social con experiencia de más de cinco años. |
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
TITULACIONES:
Convocatoria: Resolución de fecha ………… («Boletín Oficial del Estado» de …………)
Puesto: ………………………………………………………………………………………
Nombre y apellidos: ………………………………………………………………………
Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas referidas.
Área competencial | Competencia | Puntuación (1 a 5) |
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I. Liderazgo transformador. | 1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización. | |
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos. | ||
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública. | ||
4. Cooperar eficazmente con otros actores. | ||
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades. | ||
II. Gestión estratégica de proyectos. | 1. Planificar y tener visión estratégica. | |
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales. | ||
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales. | ||
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos. | ||
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios. | ||
III. Comunicación y relaciones interpersonales. | 1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos. | |
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores. | ||
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal). | ||
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional. | ||
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. | 1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios. | |
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno. | ||
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos. | ||
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información. | ||
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. | 1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público. | |
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad. | ||
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización. | ||
4. Actuar con ética profesional e integridad pública. | ||
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos. |
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