En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024 de 2 de julio (BOE del 3), con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2 de octubre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar procesos selectivos, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
La presente convocatoria se dicta al amparo del Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Las pruebas que integran el proceso selectivo se han establecido atendiendo a la necesidad de que los aspirantes opositores acrediten destreza en el desarrollo teórico de conocimientos, así como su aplicación práctica, correcta expresión y desarrollo oral de conocimientos, y acreditación de idioma extranjero.
Esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 (BOE de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
Ambos procesos son independientes y se regirán por las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE 22 de julio de 2017).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 El artículo 2.9 del Real Decreto 656/2024 de 2 de julio establece que, de conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, las plazas no cubiertas durante la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta de empleo público que las hubiera autorizado, previo informe del departamento ministerial con competencias en materia de función pública.
Así, se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, Código 1604, uno para cubrir 381 plazas por el sistema general de acceso libre (153 correspondientes al Real Decreto 477/2022, de 24 de mayo, 178 correspondientes al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio; y 50 correspondientes al Real Decreto 656/2024 de 2 de julio) y otro para cubrir 297 plazas por el sistema de promoción interna (129 correspondientes al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo; 81 de las comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio; y 87 de las comprendidas en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio).
Del total de las plazas convocadas se reservarán 38 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, de las que 14 pertenecen al Real Decreto 407/2022 (8 de acceso libre y 6 de promoción interna) 13 corresponden al Real Decreto 625/2023 (9 de acceso libre y 4 de promoción interna) y 11 corresponden al Real Decreto 656/2024 (4 de acceso libre y 7 de promoción interna).
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por el sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso general. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por promoción interna, se acumularán a las de acceso general por promoción interna.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna queden vacantes no podrán acumularse a las de acceso libre.
Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
1.2 Las personas aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Procesos selectivos
2.1 Sistema. Los procesos selectivos se realizarán mediante oposición para las personas aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y mediante concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirán la superación de un curso selectivo y un periodo de prácticas, para cuya realización los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.2 Programa. El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta Resolución.
2.3 Desarrollo. De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-Ley 6/2023, las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales, salvo en el caso de los ejercicios segundo y tercero, que podrán celebrarse simultáneamente.
Las fechas de celebración de los ejercicios serán fijadas por el Tribunal y podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra «W» en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Con el fin de agilizar y facilitar el desarrollo y finalización de los procesos selectivos, teniendo en cuenta que el proceso selectivo por el sistema de promoción interna ha de realizarse por el sistema de concurso-oposición y que tanto los Tribunales calificadores como los ejercicios de los procesos han de ser los mismos, en los llamamientos únicos para la realización de los ejercicios, así como en los llamamientos de las lecturas, deberán ser convocadas en primer lugar las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna y, a continuación, las personas aspirantes que concurran por el sistema general de acceso libre.
La publicación de los listados de personas aspirantes que concurren por el sistema de promoción interna que han superado el correspondiente ejercicio, así como la fase de oposición, se realizará de forma independiente a la publicación de los listados de personas aspirantes que concurren por el sistema de acceso libre.
2.4 Comunicaciones. La presente Resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la página web de la Seguridad Social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es. Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias la dirección de correo electrónico es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
En lo que se refiere a la convocatoria de promoción interna, la información se publicará, además, en el Portal Funciona.
3. Participantes
3.1 Titulación. Es necesario estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2 Requisitos específicos del acceso por promoción interna.
3.2.1 Personal funcionario de carrera:
‒ Es necesario pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
‒ Es necesario haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 de la Administración General del Estado, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3.3 Situación de embarazo de riesgo o parto. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
4. Tribunal
La composición de los Tribunales calificadores es la que figura en el anexo III a esta Resolución. Se publicará un breve currículum de cada uno de sus miembros. Además, podrán acordar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para la prueba de idiomas.
Todos los Tribunales calificadores actuarán bajo la dirección y coordinación de la presidencia y la secretaría del Tribunal número Uno, al que corresponderá la resolución de cuantas consultas, interpretaciones o criterios de valoración y unificación puedan plantearse por los restantes Tribunales, los cuales, sin embargo, actuarán con autonomía en cuanto a la calificación de las personas aspirantes. A tal efecto, los presidentes o las presidentas de los Tribunales calificadores serán convocados por el presidente o la presidenta del Tribunal número Uno para la adopción de los acuerdos pertinentes que garanticen la unidad de actuación de los Tribunales, en lo que se refiere al desarrollo del proceso selectivo.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal calificador correspondiente que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria en la fecha que determine el Tribunal.
Corresponderá a cada Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si en cualquier momento del procedimiento un Tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado/a deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
El Tribunal Uno, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud de participación en el proceso selectivo poder participar en las fases del mencionado proceso en igualdad de condiciones con el resto de personas participantes.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal Uno deberá publicar antes de la celebración del primer ejercicio un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas de este proceso selectivo.
Cada Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal Uno acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas de los tribunales deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
Se habilita al Tribunal Uno para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de referencia.
Asimismo, se habilita al Tribunal Uno para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado, en su caso, de las pruebas o de alguna de sus fases.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es
5. Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Cada solicitud tendrá asignado un número de justificante que se utilizará para identificar al aspirante a lo largo de todo el proceso selectivo.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano de selección podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
5.5 La presentación de la solicitud y la inscripción en el proceso selectivo se realizará online, siguiendo el procedimiento indicado en el apartado 5.6. En cualquier caso, la solicitud de participación se dirigirá a la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso se inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o acceder al formulario de consultas/incidencias de IPS (disponible en https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS).
5.6 La presentación de la solicitud de forma electrónica permitirá:
a. La cumplimentación del modelo 790.
b. Anexar documentos escaneados a su solicitud.
c. El pago electrónico de las tasas.
d. El Registro electrónico de la solicitud.
Para ello, en el punto de acceso general anteriormente mencionado se seleccionará el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón «Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción «Realice su inscripción on line» se pulsará el botón «Acceder a Cl@ve» y se seguirán las instrucciones que se indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
Una vez cumplimentados todos los datos solicitados, siguiendo las instrucciones del anexo IV, se pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes de pago y registro de la inscripción.
En relación con el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, podrán presentarlas en las representaciones diplomáticas consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extrajera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.
5.7 El importe de la tasa por derechos de examen, se recoge en el anexo IV, de acuerdo con la actualización de tasas prevista en el artículo 66 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
5.8 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención parcial o total de aquél deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la sustitución del trámite de presentación en el registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
5.9 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5.10 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Para ello será necesario acreditarlo mediante el correspondiente certificado.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y asimismo carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Será necesario para ello acreditar mediante un certificado que se cumplen los requisitos señalados anteriormente y aportar la certificación de la declaración presentada del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio o, en su defecto, del certificado del nivel de renta.
– Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa en el caso de los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50 % los miembros de la familia de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos de la presente exención las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos se realizará, salvo oposición expresa y motivada por parte del aspirante, por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
5.11 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:
Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Los aspirantes extranjeros incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internaciones presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
6. Lista de candidatos del proceso selectivo
De conformidad con el artículo 114.10 del Real Decreto Ley 6/2023 el órgano de selección, en los términos que determine el órgano convocante, previo informe del departamento ministerial con competencias en materia de función pública y de acuerdo con lo previsto en la oferta de empleo público, elaborará la relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino.
Por ello, con objeto de reducir los plazos de incorporación del personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de este personal, una vez finalizado el proceso selectivo, el Tribunal calificador Uno elaborará un listado de personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino del cuerpo al que corresponde esta convocatoria, con la duración, características y funcionamiento que establezca en su caso el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
En este listado se integrarán aquellas personas candidatas que, al menos, hayan concurrido al segundo ejercicio, ordenándose conforme el procedimiento establecido para las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
El listado tendrá validez hasta la publicación de un nuevo listado de personas candidatas resultantes del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
7. Norma final
Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 10.1i) Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 29 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.
El proceso de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre constará de las siguientes fases: oposición y curso selectivo. El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema de promoción interna constará de las siguientes fases: concurso-oposición y curso selectivo.
1. Acceso libre
1.1 Fase de oposición: constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio:
Constará de dos partes. La primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario, eligiendo el opositor cinco preguntas, entre las seis propuestas por el Tribunal, que versarán sobre la parte general (temas 1 a 73) del anexo II del programa. La segunda parte consistirá en desarrollar por escrito un tema susceptible de tratamiento multidisciplinar, a elección del opositor, elegido entre dos propuestos por el Tribunal y que tengan relación con el grupo de materias de la parte específica (temas 1 a 87) del anexo II del programa.
El ejercicio deberá ser leído necesariamente por el opositor en sesión pública y llamamiento único ante el Tribunal. Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, así como la concreción, la capacidad de síntesis y la calidad de expresión escrita y oral.
El tiempo para la realización del ejercicio será de un máximo de cuatro horas.
Segundo ejercicio:
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
La modalidad presencial consistirá en realizar, por escrito, una traducción directa, sin diccionario, durante el tiempo máximo de cuarenta minutos, de un texto determinado por el Tribunal, así como en la elaboración de un resumen, en castellano, de un texto que les será leído, en el idioma elegido, durante un máximo de veinte minutos. El idioma sobre el que versará este ejercicio será el francés o el inglés, a elección del opositor.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo VI, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido y se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Si el aspirante hubiera optado por la acreditación del conocimiento de idiomas mediante titulación y el Tribunal apreciara que la titulación aportada no es válida, lo comunicará al aspirante y le permitirá presentarse a la modalidad presencial. El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo.
La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio en la siguiente dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es
Si no se presentara dicha documentación, o la documentación presentada no coincidiera con la presentada con la solicitud se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el grupo de materias de la parte específica (Temas 1 a 87) contenidas en el anexo II.
Las personas aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios, aportados por ellos mismos antes del acto del examen.
El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por el Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. Si el Tribunal considera ininteligible alguna respuesta, se tendrá como no contestada. El tiempo para la realización del ejercicio será de un máximo de tres horas.
En este ejercicio, en el que se asegurará el anonimato de cada aspirante, se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de síntesis y exposición escrita, así como las conclusiones expuestas.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en exponer oralmente cuatro temas extraídos al azar de los que forman la parte específica contenidos en el anexo II:
– Dos temas del epígrafe: «Seguridad Social» (temas 1 al 50).
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho Administrativo» (temas 51 al 67).
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho del Trabajo y jurisdicción social» (temas 68 al 87).
Para la selección de los dos temas del epígrafe «Seguridad Social», la persona opositora extraerá al azar tres temas, debiendo desechar uno de los tres. Para la selección del tema correspondiente al epígrafe «Derecho Administrativo» y del tema correspondiente al epígrafe «Derecho del Trabajo y jurisdicción social», la persona opositora extraerá al azar dos temas por cada uno de los dos epígrafes, desechando uno de los dos temas extraídos en cada epígrafe.
El tiempo para la realización del ejercicio será de una hora.
Las personas opositoras dispondrán de un período de diez minutos, inmediatamente previo a la exposición oral, para la preparación de este ejercicio sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. La exposición de los temas se efectuará respetando el orden de su extracción.
Durante la exposición, que se realizará en sesión pública, podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado.
Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos quince minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir en cualquier momento que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con la persona opositora, durante un período máximo de diez minutos, sobre aspectos por él expuestos o relacionados con los temas desarrollados.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos expuestos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
En los ejercicios en los que exista un llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Calificación de los ejercicios:
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de la siguiente manera:
En el primer ejercicio, cada parte se evaluará de cero a cinco puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, dos puntos en cada una de las partes y una puntuación total del ejercicio igual o superior a cinco puntos.
El segundo ejercicio, en el caso de las personas aspirantes que participen por la modalidad presencial, se calificará de cero a cinco puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, dos puntos y medio.
En el caso de las personas aspirantes que participen por la modalidad de acreditación, la puntuación se asignará de la manera siguiente: 5 puntos en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel C2, 3,75 en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel C1 y 2,5 en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel B2. La calificación mínima para entender superada la modalidad de acreditación será de 2,5 puntos.
El tercer ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
El cuarto ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el cuarto, tercero, y segundo ejercicio y, en último término atendiendo al orden alfabético de actuación establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
De conformidad con el artículo 3.12 del Real Decreto 656/2024 de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, la persona aspirante que alcance el 50 por ciento de la puntuación máxima prevista para el correspondiente ejercicio y no aprobara la fase de oposición, conservará dicha puntuación y estará exenta de realizar tal ejercicio durante la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando fuese análogo en contenido y puntuación y la persona aspirante se presentase por el mismo sistema de acceso.
Las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad que superen algún ejercicio, y alcancen el 50 por ciento de la puntuación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.
1.2 Fase de curso selectivo y período de prácticas.
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición serán nombradas funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social e incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro sobre igualdad de género.
De conformidad con el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, el curso selectivo y periodo de prácticas no podrán tener una duración superior a seis meses en su conjunto.
Al finalizar el curso selectivo, las personas aspirantes serán evaluadas por la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los responsables de las unidades en que se realice el citado curso. La calificación será de apto o no apto.
Finalizado el curso selectivo y el período de prácticas las personas aspirantes que los hubieran superado permanecerán realizando prácticas hasta la fecha de nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, las personas aspirantes que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen regresarán al mismo hasta la publicación de los nombramientos.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante optar por realizar un curso selectivo u otro.
La Resolución que regule el contenido, desarrollo, duración y modo de evaluación del curso selectivo podrá considerar no lectivo el mes de agosto.
1.3 Calificación final.
La calificación final en el proceso selectivo de las personas aspirantes de acceso libre que hayan superado el curso selectivo vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición, ordenándose según el orden de prelación resultante de la suma total de sus calificaciones.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, conforme al art. 3.21 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
2. Promoción interna
2.1 Fase de oposición: constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un tema susceptible de tratamiento multidisciplinar, a elección de la persona opositora, elegido entre dos propuestos por el Tribunal y que tengan relación con el grupo de materias de la parte específica (Temas 1 a 87) del anexo II del programa.
El ejercicio deberá ser leído necesariamente por la persona opositora en sesión pública y llamamiento único ante el Tribunal. Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, así como la concreción, la capacidad de síntesis y la calidad de expresión escrita y oral.
El tiempo para la realización del ejercicio será de un máximo de dos horas.
Segundo ejercicio:
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
La modalidad presencial consistirá en realizar, por escrito, una traducción directa, sin diccionario, durante el tiempo máximo de cuarenta minutos, de un texto determinado por el Tribunal, así como en la elaboración de un resumen, en castellano, de un texto que les será leído, en el idioma elegido, durante un máximo de veinte minutos. El idioma sobre el que versará este ejercicio será el francés o el inglés, a elección del opositor.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo VI, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido y se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Si el aspirante hubiera optado por la acreditación del conocimiento de idiomas mediante titulación y el Tribunal apreciara que la titulación aportada no es válida, lo comunicará al aspirante y le permitirá presentarse a la modalidad presencial. El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo.
La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio en la siguiente dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es
Si no se presentara dicha documentación, o la documentación presentada no coincidiera con la presentada con la solicitud se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el grupo de materias de la parte específica (Temas 1 a 87) contenidas en el anexo II.
Las personas aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios, aportados por ellos mismos antes del acto del examen.
El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por el Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. Si el Tribunal considera ininteligible alguna respuesta, se tendrá como no contestada. El tiempo para la realización del ejercicio será de un máximo de tres horas.
En este ejercicio, en el que se asegurará el anonimato de cada aspirante, se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de síntesis y exposición escrita, así como las conclusiones expuestas.
Estarán exentas de la realización de este ejercicio las personas aspirantes de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social especialidad Auditoría y Contabilidad o al Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en exponer oralmente cuatro temas extraídos al azar de los que forman la parte específica contenidos en el anexo II:
– Dos temas del epígrafe: «Seguridad Social» (temas 1 al 50),
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho Administrativo» (temas 51 al 67) y
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho del Trabajo y jurisdicción social» (temas 68 al 87).
Para la selección de los dos temas del epígrafe «Seguridad Social», la persona opositora extraerá al azar tres temas, debiendo desechar uno de los tres. Para la selección del tema correspondiente al epígrafe «Derecho Administrativo» y del tema correspondiente al epígrafe «Derecho del Trabajo y jurisdicción social», la persona opositora extraerá al azar dos temas para cada uno de los dos epígrafes, desechando uno de los dos temas extraídos en cada epígrafe.
El tiempo para la realización del ejercicio será de un máximo de una hora.
Las personas opositoras dispondrán de un período de diez minutos, inmediatamente previo a la exposición oral, para la preparación de este ejercicio sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. La exposición de los temas se efectuará respetando el orden de su extracción.
Durante la exposición, que se realizará en sesión pública, podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado.
Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos quince minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir en cualquier momento que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con la persona opositora, durante un período máximo de diez minutos, sobre aspectos por ella expuestos o relacionados con los temas desarrollados.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos expuestos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
En los ejercicios en los que exista un llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Calificación de los ejercicios:
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de la siguiente manera:
El primer ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
El segundo ejercicio, en el caso de las personas aspirantes que participen por la modalidad presencial, se calificará de cero a cinco puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, dos puntos y medio.
En el caso de las personas aspirantes que participen por la modalidad de acreditación, la puntuación se asignará de la manera siguiente: 5 puntos en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel C2, 3,75 en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel C1 y 2,5 en el caso de que se acredite el conocimiento de un nivel B2. La calificación mínima para entender superada la modalidad de acreditación será de 2,5 puntos.
El tercer ejercicio se calificará como apto o no apto.
El cuarto ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el cuarto, y en el segundo ejercicio y en último término atendiendo al orden alfabético de actuación establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
De conformidad con el art. 3.12 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, la persona aspirante que alcance el 50 por ciento de la puntuación máxima prevista para el correspondiente ejercicio y no aprobara la fase de oposición conservará dicha puntuación y estará exenta de realizar tal ejercicio durante la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando fuese análogo en contenido y puntuación y la persona aspirante se presentase por el mismo sistema de acceso.
Las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad que superen algún ejercicio, y alcancen el 50 por ciento de la puntuación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.
2.2 Fase de concurso del turno de promoción interna:
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en los siguientes méritos: servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de formación.
Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna que hayan superado la fase anterior dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, para presentar la certificación de méritos, debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22). La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Resolución.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
a) Servicios prestados: Se valorarán servicios efectivos prestados en Cuerpos y Escalas del subgrupo A2 de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos del Subgrupo A2 o en Cuerpos y Escalas del Subgrupo A2 del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un máximo de 12 puntos:
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 18, 19 ó 20: 0,05 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 21 ó 22: 0,06 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 23 ó 24: 0,07 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 25 ó 26: 0,08 puntos.
Asimismo, se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.13 del R.D. 656/2024, de 2 de julio, a razón de 0,02 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen. A los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2, siempre que, en ambos casos, el puesto de origen o el puesto al que se encuentre adscrito provisionalmente pertenezca a la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería realizar el reingreso, en ambos casos siempre que lo sea a un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
b) Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo V de esta Resolución:
– Hasta el grado 18: 0,80 puntos.
– Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,40 puntos.
– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 4 puntos.
c) Cursos de formación: Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorarán los cursos recibidos o impartidos, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, organizados por las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como los organizados y convocados en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, cualquiera que sea su promotor, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos, los de idiomas y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una duración mínima de quince horas.
Los cursos recibidos o impartidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el anexo V. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1 puntos.
– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25 puntos.
Por la impartición de cursos de formación, con una duración mínima acreditada de 2 horas, se otorgará una puntuación de 0,2 puntos por cada hora o fracción de hora impartida, con un máximo de 1.25 puntos por curso. La impartición deberá acreditarse mediante copia del correspondiente certificado.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación.
La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.
De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aún hubiese lugar para ello, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los méritos de servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de formación, por este orden. Finalmente se atenderá a la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, al día de publicación de la presente convocatoria.
2.3 Fase de curso selectivo y período de prácticas.
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. El curso selectivo incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro sobre igualdad de género.
De conformidad con el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, el curso selectivo y periodo de prácticas no podrán tener una duración superior a seis meses en su conjunto.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los responsables de las unidades en que se realice el citado curso. La calificación será de apto o no apto.
Finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, los aspirantes que los hubieran superado permanecerán realizando prácticas hasta la fecha de nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los aspirantes que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen regresarán al mismo hasta la publicación de los nombramientos.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante optar por realizar un curso selectivo u otro.
La Resolución que regule el contenido, desarrollo, duración y modo de evaluación del curso selectivo podrá considerar no lectivo el mes de agosto.
2.4 Calificación final.
La calificación final en el proceso selectivo de los aspirantes de promoción interna que hayan superado el curso selectivo vendrá determinada por las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, ordenándose según el orden de prelación resultante de la suma total de sus calificaciones.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, conforme al art. 3.21 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
Teoría Política, Derecho Constitucional y Administración Pública
Tema 1. El Estado: distintas concepciones y elementos constitutivos. El Estado democrático de derecho. El Derecho Constitucional: Naturaleza y significación. La Constitución: Contenido y clases. Tendencias del constitucionalismo de nuestro tiempo.
Tema 2. El ordenamiento jurídico internacional y su validez interna en los Estados. El fenómeno de la supranacionalidad. Especial referencia a la Unión Europea.
Tema 3. La estructura territorial del poder del Estado contemporáneo. El federalismo moderno. El Estado unitario descentralizado. Las Comunidades Autónomas: organización política y administrativa.
Tema 4. La Constitución Española: Génesis y significado. Características generales y principios fundamentales. El desarrollo normativo de la Constitución. La reforma constitucional: Modalidades. Iniciativa y procedimiento.
Tema 5. Los partidos políticos y los sindicatos en España. Regulación jurídica. Los partidos políticos en el proceso electoral.
Tema 6. Los derechos y libertades públicas. Los principios rectores de la política social y económica. Distintos tipos de garantías. Especial referencia al recurso de amparo. El Defensor del Pueblo.
Tema 7. La Corona. Posición constitucional del Rey. Funciones. Responsabilidad del Rey.
Tema 8. Las Cortes Generales. La representación política. El sufragio y sus clases. Sistemas electorales mayoritario y proporcional. El sistema electoral español.
Tema 9. Principales funciones de las Cámaras. Organización de las Cortes Generales. Los grupos parlamentarios y el funcionamiento de las Cámaras. El Estatuto de los parlamentarios. Los parlamentos autonómicos. El Estatuto de los parlamentarios autonómicos.
Tema 10. El procedimiento legislativo. Elaboración de las leyes. Los procedimientos legislativos especiales. Análisis de los distintos tipos. Especial referencia a las Leyes de Presupuestos.
Tema 11. El Gobierno: Composición y funciones. El Gobierno y la Administración. El estatuto de los miembros del Gobierno.
Tema 12. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El control parlamentario sobre las disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley. El control parlamentario de la acción del Gobierno.
Tema 13. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Organización y competencias. La regulación constitucional de la justicia.
Tema 14. La defensa jurídica de la Constitución: Sistemas. El Tribunal Constitucional: Naturaleza y funciones. Su composición y competencias. Órganos consultivos de la Administración del Estado. El Consejo de Estado. El Consejo Económico y Social. El Consejo del Trabajo Autónomo.
Tema 15. Conflictos constitucionales. Conflictos de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí. Conflictos entre órganos constitucionales del Estado. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas.
Tema 16. El principio de igualdad de género: Su tratamiento en el Derecho Comunitario y en la Constitución Española. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Tema 17. La organización administrativa. Los Ministerios como unidad básica de la organización administrativa. La división ministerial (referencia). El Ministro y su entorno. Los órganos colegiados del Gobierno.
Tema 18. La Administración General del Estado. La Subsecretaría y sus competencias. Las Secretarías Generales Técnicas. Las unidades de línea jerárquica. Secretarios de Estado y Secretarios Generales. Las Direcciones Generales: Estructura orgánica, potestades y competencias.
Tema 19. Los Órganos Territoriales de la Administración General del Estado. Los Delegados de Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados de Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración General del Estado en el exterior.
Tema 20. Centralización y descentralización: Concepto, requisitos y clases. Tendencias actuales. La descentralización funcional. Concentración y desconcentración: Conceptos, requisitos y clases.
Tema 21. Características de los entes descentralizados. Sus relaciones con la Administración General del Estado. Técnicas de coordinación. La tutela y vigilancia administrativa.
Tema 22. La Administración institucional. Los organismos públicos. Las agencias estatales. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Régimen jurídico. Entidades excluidas de la regulación general.
Tema 23. La construcción del Estado de las Autonomías: Cuestiones generales. Las organizaciones centrales de las Comunidades Autónomas. Potestad de autogobierno y bases del régimen jurídico. Gobierno y administración en las Comunidades Autónomas. La Presidencia de Gobierno o Consejo de las Comunidades Autónomas y los órganos de competencia general.
Tema 24. La organización de las Comunidades Autónomas: Coincidencias y diferencias en su régimen jurídico. La potestad legislativa. Las competencias administrativas. La financiación de las Comunidades Autónomas. Planteamiento constitucional y problemas generales. Su régimen jurídico.
Tema 25. La Administración Local. Regulación constitucional. Legislación en materia de régimen local. Entidades que integran la Administración Local: Municipios, provincias e islas. Otras entidades.
Tema 26. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. Principio constitucional de autonomía local.
Tema 27. Los convenios. Las encomiendas de gestión o encargos a medios propios personificados. Límites en su utilización. La colaboración público-privada en la prestación de los servicios públicos: las concesiones.
Tema 28. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Sistemas contemporáneos. La posición de la Administración ante el Derecho. La presunción de legitimidad de los actos administrativos. Los poderes exorbitantes de la Administración. La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. La discrecionalidad de la Administración: Concepto, fundamento y límites.
Tema 29. El ordenamiento jurídico administrativo (I). La Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales. Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley.
Tema 30. El ordenamiento jurídico administrativo (II). El Reglamento: Concepto y clases. Naturaleza. Fundamento de la potestad reglamentaria. Límites. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. Procedimiento de elaboración. El control de la potestad reglamentaria.
Tema 31. La Gobernanza Pública y el Gobierno abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto. Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización de la información del sector público. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
Tema 32. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: Antecedentes y situación actual. El «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España» y las materias relacionadas con las competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Derecho Comunitario
Tema 33. La Unión Europea. Antecedentes y objetivos. Los Tratados constitutivos. El proceso de integración de España: Tratado y Acta de Adhesión. El Acta Única Europea.
Tema 34. El Tratado de la Unión Europea. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Tema 35. Las instituciones de la Unión Europea (I). El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea: Competencias, estructura y funcionamiento. El Comité de Representantes Permanentes.
Tema 36. Las instituciones de la Unión Europea (II). La Comisión Europea: Composición, competencias y funcionamiento. Especial referencia a la función pública comunitaria.
Tema 37. Las instituciones de la Unión Europea (III). El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Primera Instancia (Tribunal General). Sus procedimientos.
Tema 38. Las instituciones de la Unión Europea (IV). El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones. El Banco Europeo de Inversiones. El Defensor del Pueblo. El Comité de Protección Social.
Tema 39. La aplicación del derecho de la Unión Europea a la ciudadanía: principales derechos y libertades reconocidos en los distintos textos legales para los ciudadanos comunitarios y extracomunitarios.
Tema 40. La protección de datos personales. Reglamento (UE) 216/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios y derechos. Obligaciones. Régimen sancionador. La autoridad estatal de control.
Derecho Civil
Tema 41. Concepto del Derecho. Fuentes del Derecho. Derecho público y privado. Derecho objetivo y Derecho subjetivo. Concepto del Derecho Civil. El Código Civil español y derechos forales.
Tema 42. Interpretación de la norma jurídica: Concepto y clases. La laguna del ordenamiento: La analogía. La eficacia de la norma jurídica. La ignorancia de la Ley. El fraude de Ley y el abuso del Derecho. La fuerza obligatoria de la norma en relación con el espacio y con el tiempo. Cómputo del tiempo. Prescripción y caducidad.
Tema 43. La relación jurídica y el sujeto del derecho. Ejercicio de los derechos. La persona individual y la persona jurídica: Capacidad y representación.
Tema 44. Las obligaciones jurídicas: Concepto, clases y elementos. Efectos de la obligación. Cumplimiento. Protección y garantía del crédito. Derechos del acreedor sobre el patrimonio del deudor. Medios de ejecución. Extinción de las obligaciones. El pago. Naturaleza y requisitos. Formas especiales de pago; imputación de pagos, dación en pago, pago por cesión de bienes y consignación.
Tema 45. El contrato: Concepto, elementos. Clasificación de los contratos. Ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad: Causas y efectos. Confirmación de los contratos. Rescisión: Causas y efectos. La acción revocatoria. Principales figuras contractuales. Contrato de compraventa. El arrendamiento de obras y servicios.
Tema 46. Derechos reales. Concepto, naturaleza y caracteres. Diferencias con el derecho de obligación. Clasificación. El derecho real de dominio. Facultades integrantes del dominio pleno. Las limitaciones del dominio. El Usufructo. Derechos reales de garantía. La prenda y la Hipoteca.
Tema 47. El documento público: Requisitos, clases y efectos. Actos y contratos que deben formalizarse en documento público. El documento privado y su valor.
Tema 48. Derecho de familia. El matrimonio. Régimen económico-matrimonial. Suspensión y cesación de la sociedad conyugal. Nulidad, separación, disolución del matrimonio: Sus causas. Efectos. La filiación. Clases de filiación. La adopción. El parentesco. Grado y líneas. La deuda alimentaria.
Tema 49. La sucesión mortis causa. Sucesión testada o intestada. El testamento: Clases. La aceptación y repudiación de la herencia. Aceptación pura y simple y a beneficio de inventario.
Derecho Mercantil
Tema 50. Derecho Mercantil. Concepto y evolución histórica. Actos de comercio. Sistema español. Las fuentes del Derecho Mercantil. El Código de Comercio de 1885. Los usos del comercio.
Tema 51. La publicidad en el Derecho Mercantil. El Registro Mercantil. Principios básicos de la publicidad registral. Organización estructural y funcional. Los libros de registro y sus asientos. El «Boletín Oficial del Registro Mercantil». Registros mercantiles especiales.
Tema 52. La empresa mercantil. Naturaleza jurídica. Elementos que la forman. La reforma de la empresa. El comerciante individual. Capacidad mercantil. Ejercicio del comercio por personas casadas. Las obligaciones profesionales del empresario.
Tema 53. La sociedad mercantil. Sociedades civiles con forma mercantil. Sociedades colectivas y sociedades comanditarias. Las Sociedades de Capital: concepto, clases y régimen jurídico. La responsabilidad de los administradores.
Tema 54. Las sociedades laborales. Sociedades cooperativas. Sociedades de garantía recíproca. Sociedades profesionales. Agrupaciones de interés económico. Unión temporal de empresas.
Tema 55. Títulos valores: Concepto y clases. La letra de cambio. Su formación histórica y naturaleza. Sistemas cambiarios. El cheque, libranzas, vales y pagarés. Carta-orden de crédito.
Tema 56. Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. La fase de Convenio. La fase de Liquidación.
Hacienda Pública y Economía de la Seguridad Social
Tema 57. Política económica y Estado de bienestar. El gasto social, peso relativo en el conjunto de la economía de los países de la UE y en España. Renta per cápita y comparación con los países de la UE.
Tema 58. La Seguridad Social en relación con la economía española. Evolución de su peso relativo. Las transferencias de la Seguridad Social en el conjunto de los ingresos de los hogares.
Tema 59. La evolución económica del sistema de la Seguridad Social: los gastos. La evolución de la estructura de los gastos en los últimos años, con particular referencia a los gastos por prestaciones. La evolución de los gastos por prestaciones en términos de producto interior bruto. Comparación con otros países de la UE.
Tema 60. La evolución económica del sistema de la Seguridad Social: los ingresos. La evolución de la estructura de los ingresos en los últimos años. La evolución de los ingresos en términos de producto interior bruto. Comparación con otros países de la UE.
Tema 61. Efectos económicos del Sistema actual de la Seguridad Social. Las cotizaciones y su influencia en los costes de trabajo. Efectos sobre los precios, sobre el empleo y sobre la competencia.
Tema 62. Formas alternativas de financiación de las prestaciones sociales. Sus efectos económicos. Las aportaciones del Estado a la Seguridad Social y su distribución.
Tema 63. Los efectos de las transferencias de la Seguridad Social sobre la distribución de la renta. Los perceptores de las prestaciones. Redistribución entre activos y no activos de la población.
Tema 64. Sistemas Financieros aplicables a la Seguridad Social. Sistema de reparto: características, fundamentos y modelos. Sistemas de capitalización: fundamentos y características. Sistema de cuentas nocionales.
Tema 65. Estructura económica española. Sectores productivos, importancia relativa y evolución. Comparativa internacional. Administración Financiera y Hacienda pública. Papel del sector público en una economía de mercado.
Tema 66. La actividad financiera descentralizada y las Haciendas Territoriales en España.
Tema 67. La actividad financiera del sector público y el presupuesto. La eficacia en la asignación de los recursos. Los bienes públicos.
Tema 68. Técnicas presupuestarias. El ciclo del presupuesto. Presupuesto por programas. Presupuesto base cero. Otras técnicas presupuestarias.
Tema 69. El gasto público. Clases y dinámica. El gasto público, la estabilidad económica, la equidad, y el desarrollo.
Tema 70. Los ingresos públicos. Clasificación de los ingresos.
Tema 71. Los principios tributarios. Los ingresos públicos y la distribución de la renta. El impuesto sobre la renta de las personas físicas. El Impuesto sobre la renta de sociedades. El Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. El Impuesto sobre sucesiones. Los impuestos sobre el consumo. El Impuesto sobre el valor añadido.
Tema 72. La Deuda pública. Diversas concepciones y su evolución histórica. Clases de deuda. El ciclo de la deuda. El problema de la carga de la deuda. La oportunidad del endeudamiento del Estado. La gestión de la deuda pública.
Tema 73. El déficit público y su financiación: Principales efectos económicos. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Parte específica
Seguridad Social: Modelos, antecedentes y fuentes
Tema 1. La protección social pública: Antecedentes y clasificación de los mecanismos protectores. Los seguros sociales obligatorios en España y su evolución al Sistema de Seguridad Social. Concepto de Seguridad Social y su previsión constitucional. Las Mutualidades de Previsión Social. Evolución y Régimen Jurídico.
Tema 2. La Armonización y Coordinación de la Seguridad Social en el ámbito internacional. Declaración Universal de los Derechos del Hombre la OIT y el Convenio 102. El Consejo de Europa: La Carta Social Europea y el Código Europeo de Seguridad Social. La OISS y la Declaración de Buenos Aires. La AISS.
Tema 3. Fuentes de la Seguridad Social Internacional Española I. La previsión constitucional para la celebración de tratados y convenios internacionales. Convenios Bilaterales suscritos por España: Características generales y principios que los informan. El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. Convenios de la OIT y del Consejo de Europa ratificados por España.
Tema 4. Fuentes de la Seguridad Social Internacional Española II. EL Derecho Comunitario. La libre circulación de trabajadores en la UE. Los principios informadores de los Reglamentos Comunitarios. Directivas de la UE sobre coordinación de los Sistemas de Seguridad Social y sobre la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social.
Tema 5. Generalidades sobre los modelos de la Seguridad Social. Ámbito subjetivo: Desde la Seguridad Social de los asalariados a la Seguridad Social universalista. Ámbito objetivo: Naturaleza, extensión y estructura de la protección. Ámbito de financiación: Distribución temporal y sectorial de costes. Ámbito de gestión: Unidad o pluralidad gestora.
Sistema español de Seguridad Social
Tema 6. La Seguridad Social en España. La Ley de Bases de la Seguridad Social y sus textos articulados. La Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora del Régimen General de la Seguridad Social. La Seguridad Social en la Constitución Española. Evolución normativa desde el Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre hasta el actual Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 2015.
Tema 7. Ámbito subjetivo de aplicación del sistema: Extensión y caracteres. Estructura del Sistema de Seguridad Social. Ámbito subjetivo de aplicación del Régimen General, inclusiones y exclusiones. Extranjeros y españoles no residentes en territorio nacional. Modalidades de sistemas especiales del Régimen General.
Tema 8. Normas sobre afiliación. El número de Seguridad Social. Altas, bajas y variaciones de datos en el Régimen General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras situaciones asimiladas a la de alta. Encuadramiento e inscripción.
Tema 9. La cotización. La cuota: concepto y naturaleza jurídica. Sujetos obligados y sujetos responsables de la cotización. Bases y tipos de cotización. Régimen jurídico general. Excepciones en relación con la base, con el tipo y con la cuota. Topes máximos y mínimos. Supuestos especiales de cotización.
Tema 10. La gestión recaudatoria: concepto, competencia y objeto. Responsables del pago. Responsables solidarios, subsidiarios y «mortis causa». Aplazamiento y fraccionamiento de pagos. Devolución de cuotas y saldos acreedores.
Tema 11. Recaudación en período voluntario. Plazos, lugar y forma de la liquidación de cuotas. Efectos de la falta de pago en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos. Capitales coste de pensiones. Control de la recaudación.
Tema 12. La recaudación en vía ejecutiva. Normas reguladoras. Títulos ejecutivos. Medidas cautelares. Embargo y enajenación de bienes. Costas del procedimiento créditos incobrables. Deber de información por entidades financieras, funcionarios públicos y profesionales oficiales. Competencias en esta materia.
Tema 13. Revisión de los actos de gestión recaudatoria. Suspensión y terminación del procedimiento recaudatorio.
Tema 14. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de accidente de trabajo. El accidente «in itinere». El concepto de enfermedad profesional. Particularidades en orden a la notificación del accidente de trabajo y de la enfermedad profesional, a la cotización y a las prestaciones.
Tema 15. Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. La revalorización de las pensiones. Complementos para pensiones inferiores a la mínima. Complemento para la reducción de la brecha de género.
Tema 16. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. Recargo en la cuantía de las prestaciones en los casos de falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 17. La incapacidad temporal: Concepto, beneficiarios, duración y cuantía de la prestación. Nacimiento y extinción del derecho. Pago de la prestación. El control de la incapacidad temporal.
Tema 18. La prestación por nacimiento y cuidado del menor, la prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Tema 19. La protección por incapacidad permanente. Clases y grados de incapacidad. Nacimiento, duración y extinción. Cuantía. Compatibilidades e incompatibilidades.
Tema 20. Particularidades de la protección por incapacidad permanente en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Lesiones permanentes no invalidantes. Pensiones extraordinarias de incapacidad por actos de terrorismo. La calificación y revisión de la incapacidad. Invalidez SOVI.
Tema 21. La protección por jubilación. Contingencia protegida. Jubilación ordinaria. Hecho causante. Requisitos de acceso a la prestación. Cuantía de la misma. Compatibilidades e incompatibilidades. Suspensión y extinción de la pensión. Principales novedades en materia de jubilación en cumplimiento de las recomendaciones del Pacto de Toledo.
Tema 22. La protección por jubilación (continuación). Modalidades de jubilación anticipada. La jubilación parcial. La jubilación flexible. Incentivos en el retraso voluntario en el acceso a la jubilación. Vejez SOVI.
Tema 23. La protección por muerte y supervivencia. Hecho causante. Requisitos para las prestaciones de viudedad, de orfandad y en favor de familiares. La cuantía de las prestaciones. Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción. Normas específicas en los casos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, así como por actos de terrorismo. Viudedad SOVI.
Tema 24. La protección a la familia: Normativa vigente. Beneficiarios de las prestaciones. Requisitos. Cuantía de las prestaciones. Protección en supuestos especiales.
Tema 25. Ingreso Mínimo Vital: concepto y naturaleza. Ámbito subjetivo. Acción protectora. Procedimiento y cooperación entre las administraciones públicas. Régimen de incompatibilidades. Obligaciones de los beneficiarios. Procedimiento sancionador.
Tema 26. La protección por desempleo. Concepto y clases. Situación legal de desempleo y formas de acreditación. Tramitación y pago. Obligaciones de empresarios y trabajadores.
Tema 27. La prestación por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del derecho. La protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. Medidas de protección social de las personas trabajadoras afectadas por la aplicación del mecanismo red de flexibilidad y estabilización del empleo.
Tema 28. El subsidio por desempleo. Modalidades y beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del derecho. Disposiciones especiales aplicables a determinados colectivos.
Tema 29. Las pensiones no contributivas. Invalidez no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen jurídico. Jubilación no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen jurídico. Prestaciones por razón de necesidad en favor de españoles residentes en el exterior y de españoles retornados.
Tema 30. El derecho a la salud en la Constitución. El Sistema Nacional de Salud. La Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Tema 31. La asistencia sanitaria pública en España en el sistema español de Seguridad Social. Riesgos protegidos. El acceso al sistema nacional de salud. Titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria pública. Reconocimiento del derecho. Cartera común de servicios. Prestaciones farmacéuticas.
Tema 32. La asistencia social y los servicios sociales. La protección a la tercera edad. La protección a la discapacidad. Otros servicios sociales. La Ley 39/2006 de Promoción de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Antecedentes. Disposiciones Generales. Las prestaciones del Sistema. La dependencia y su valoración. Reconocimiento del derecho. Financiación del Sistema y aportación de los beneficiarios. La calidad y eficacia del Sistema. Infracciones y sanciones.
Tema 33. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Entidades Gestoras de la Seguridad Social y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Régimen jurídico general y estructura actual. La participación de los interesados en la gestión.
Tema 34. La colaboración en la gestión. Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Naturaleza jurídica y caracteres, constitución, organización y funcionamiento. Colaboración de las empresas. Colaboración obligatoria y colaboración voluntaria. Colaboración interadministrativa en la Seguridad Social: Convenios y encomiendas de gestión.
Tema 35. La Intervención General de la Seguridad Social. Naturaleza y estructura. Funciones y competencias. El Tribunal de cuentas. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Funciones y competencias en materia de Seguridad Social.
Tema 36. La función interventora: Ámbito de aplicación y principios de ejercicio. Fases de la función interventora, la fiscalización limitada previa y el control posterior. El control financiero: Ámbito de aplicación y formas de ejercicio. Especial referencia al control financiero de las entidades de la Seguridad Social.
Tema 37. Infracciones y sanciones en el orden social. Regulación y competencia. Procedimiento sancionador. Responsabilidad empresarial.
Tema 38. Lucha contra el fraude en el ámbito de la Seguridad Social. Normativa reguladora. Competencias en la lucha contra el fraude. Delitos contra la Seguridad Social. Medidas de lucha contra el fraude. Impacto del fraude en la Seguridad Social.
Tema 39. Los presupuestos y las cuentas del sistema de la Seguridad Social (I). Elaboración y aprobación del presupuesto de la Seguridad Social Documentación complementaria al presupuesto de la Seguridad Social. Clasificación del presupuesto de gastos y dotaciones.
Tema 40. Los presupuestos y las cuentas del sistema de la Seguridad Social (II). Clasificación del presupuesto de recursos y aplicaciones Los ingresos por transferencias corrientes. Otros ingresos. Las aplicaciones de las dotaciones para reservas.
Tema 41. Régimen económico-financiero del Sistema de la Seguridad Social. Recursos generales del Sistema. Inversiones. El fondo de reserva de la Seguridad Social y los otros fondos del Sistema. Los Planes y Fondos de Pensiones de Empleo de promoción pública abiertos.
Tema 42. Regímenes especiales integrados en el Régimen General. Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios. Campo de aplicación. Cotización y recaudación. Particularidades de la acción protectora. Sistema especial para empleados de hogar. Altas, bajas y cotización. Particularidades de la acción protectora. Peculiaridades de artistas y profesionales taurinos.
Tema 43. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Planteamiento general. Campo de aplicación. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Peculiaridades del trabajador autónomo económicamente dependiente. El Sistema especial de trabajadores agrarios por cuenta propia.
Tema 44. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Planteamiento general. Campo de aplicación. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Asistencia sanitaria de los trabajadores del mar, acciones formativas, prevención de riesgos y convenios internacionales relacionados con dichas materias.
Tema 45. Régimen Especial de la Minería del Carbón. Campo de aplicación. Particularidades en materia de cotización y de la acción protectora con respecto al Régimen General. El Seguro Escolar.
Tema 46. Los Regímenes Especiales externos al sistema institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Administración de Justicia. La integración en el Régimen General del personal de nuevo ingreso.
Tema 47. Reglamentos de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social: principios informadores, Reglamentos (CE) n° 883/2004, n° 987/2009, y n° 1231/2010. Especial referencia al campo de aplicación personal y material. Normas particulares respecto a determinadas prestaciones.
Tema 48. Convenios Bilaterales: Campo de aplicación personal y material. Legislación aplicable. Vigencia de los Convenios bilaterales tras la integración de España en la UE. La coordinación de los Sistemas de la Seguridad Social en relación con Reino Unido. Convenio Multilateral Iberoamericano: Campo de aplicación personal y material. Requisitos.
Tema 49. La protección de datos personales y garantía de derechos digitales en la administración de la Seguridad Social. Principios relativos a los tratamientos. Licitud de los tratamientos y régimen jurídico de la reserva y cesión de datos en materia de Seguridad Social. Responsable y encargado del tratamiento en la Seguridad Social, principales obligaciones y actividades de tratamiento de datos. El delegado de protección de datos de la Seguridad Social. Transparencia y publicidad activa en la Seguridad Social.
Tema 50. Administración electrónica en el ámbito de la Seguridad Social. Registro electrónico de la Seguridad Social. Registro electrónico de apoderamientos. de la Seguridad Social. Servicios electrónicos de la Seguridad Social: oferta de servicios y sistemas de identificación y firma electrónicos. Notificaciones y comunicaciones electrónicas en la Seguridad Social. Tramitación electrónica de procedimientos en materia de Seguridad Social: automatización de la gestión. Intercambio electrónico de datos. La Tarjeta Social Digital.
Derecho administrativo
Tema 51. La relación jurídico-administrativa: Concepto. Sujetos de la relación jurídico-administrativa. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. La capacidad jurídica de las Administraciones Públicas y sus relaciones. Principios generales de las Administraciones Públicas.
Tema 52. La competencia administrativa. Delegación de competencias, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Abstención y recusación. Conflictos de atribuciones y conflictos de jurisdicción entre Administración y Tribunales de Justicia.
Tema 53. El administrado: Concepto y clases. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. Las situaciones especiales de poder y sujeción. Capacidad jurídica y capacidad de obrar en el Derecho Administrativo. Derechos de los ciudadanos en su relación con las Administraciones Públicas.
Tema 54. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases. Requisitos de los actos administrativos. Obligación de resolver y el silencio administrativo. La eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad de los actos administrativos. Ejecución forzosa y vías de hecho.
Tema 55. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho. Anulabilidad. Actos administrativos irregulares. Revisión y revocación de los actos administrativos.
Tema 56. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Sus fases. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.
Tema 57. Los recursos en vía administrativa: Concepto, naturaleza jurídica y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente. Estudio del recurso de alzada y del recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión.
Tema 58. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento ordinario. Peculiaridades del procedimiento abreviado. La sentencia. Recursos de apelación y revisión. Ejecución de las sentencias dictadas.
Tema 59. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La responsabilidad contable.
Tema 60. Funcionamiento electrónico del Sector Público. Sede electrónica. Portal de Internet. Actuación administrativa automatizada. Sistemas de identificación y firma. Interoperabilidad. Relaciones electrónicas entre administraciones. Mi carpeta ciudadana.
Tema 61. Contratación pública (I). Legislación vigente. Directivas Comunitarias en materia de contratación pública. La Ley de contratos del sector público. Objeto y ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. Los contratos del sector público. Clases de contratos. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos.
Tema 62. Contratación pública (II). Contratos de las Administraciones Públicas: Preparación de los contratos. Procedimientos de adjudicación. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Ejecución y modificación de los contratos. Extinción de los contratos.
Tema 63. La gestión de los recursos humanos en las Administraciones públicas. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas: La oferta de empleo público, las relaciones de puestos de trabajo y su provisión.
Tema 64. El Estatuto del empleado público: Ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Cooperación entre las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 65. El empleo público: situaciones administrativas. Derechos económicos, incompatibilidades y régimen disciplinario de los funcionarios.
Tema 66. Derechos de sindicación, participación y huelga. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La negociación colectiva en la Administración.
Tema 67. Personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen general. Contratación. El IV convenio único de la Administración General del Estado.
Derecho del Trabajo y jurisdicción social
Tema 68. El Derecho del Trabajo: Concepto, fines y contenido. El trabajo como objeto del Derecho. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Derecho Internacional del Trabajo. La Organización Internacional del Trabajo: Estructura, funciones, convenios y recomendaciones. Derecho Comunitario. Otras organizaciones internacionales.
Tema 69. El Convenio Colectivo, concepto y naturaleza. Las unidades de contratación, capacidad, legitimación y ámbito de vigencia. Acuerdos de adhesión y actos de extensión. Acuerdos marco. Los efectos del Convenio Colectivo. La interpretación del Convenio Colectivo. Contenido obligacional y normativo: aspectos de Seguridad Social. Convenios Colectivos impropios. Derecho Sindical.
Tema 70. La aplicación de las normas. La jerarquía de las fuentes. Los principios de ordenación jerárquica. Principio de norma mínima, principio de norma más favorable, condición más beneficiosa. La interpretación. La integración del Derecho del Trabajo.
Tema 71. Los conflictos de trabajo. Modos de exteriorización del conflicto colectivo: La huelga y el cierre patronal. Otros aspectos colectivos de alteración de la relación laboral. Garantías de prestación de los servicios públicos en las entidades públicas. Los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo: Su regulación en España. La mediación. Arbitraje.
Tema 72. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica. Objeto y causa del contrato de trabajo. Nacimiento del contrato de trabajo. La forma del contrato de trabajo. El período de prueba. Trabajos exceptuados y excluidos.
Tema 73. Los sujetos del contrato de trabajo. El trabajador y el empresario. La capacidad contractual. Derechos y deberes. El poder de dirección. El poder disciplinario. El Estado y otros entes públicos como empresarios. Prestaciones del contrato de trabajo. Prestaciones del trabajador. El lugar de la prestación.
Tema 74. Régimen de los extranjeros en España. Derecho de asilo y condición de refugiado. El trabajo de los extranjeros: regulación vigente, régimen de trabajo y establecimiento de los extranjeros en España. Particularidades en materia de Seguridad Social.
Tema 75. Relaciones laborales de carácter especial: Servicios en el hogar familiar. El trabajo directivo: socios, administradores y alta dirección. Empleados públicos. Artistas y deportistas profesionales. Trabajadores con discapacidad. Representantes de comercio. Trabajos penitenciarios.
Tema 76. El salario. Liquidación y pago del salario. El salario mínimo interprofesional y el IPREM. La protección del crédito salarial. El Fondo de Garantía Salarial. Salarios de tramitación. Jornada laboral. Vacaciones. Horas extraordinarias y horas complementarias.
Tema 77. La novación del contrato de trabajo. La modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Movilidad funcional y movilidad geográfica. La suspensión del contrato de trabajo. Incapacidad Temporal. Nacimiento y cuidado del menor. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Adopción y acogimiento. Permisos. Interrupciones de la prestación laboral. Las excedencias.
Tema 78. La extinción del contrato de trabajo: concepto y efectos. Enumeración de sus causas. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo. El despido disciplinario: causas; forma, lugar y tiempo; indemnizaciones.
Tema 79. Los despidos colectivos: causas y procedimiento; particularidades derivadas del nuevo régimen concursal. La extinción del contrato de trabajo por causas objetivas: motivos, forma y efectos. Estudio de las restantes causas de extinción del contrato de trabajo y sus efectos.
Tema 80. Garantías por cambio de empresario: sucesión de empresas, contratas y subcontratas, cesión ilegal de trabajadores. Grupos de Empresa. Uniones Temporales de Empresa. Agrupaciones de Interés Económico. Levantamiento del velo: «doctrina del empresario aparente». Fórmulas Economía Social: Cooperativas y Sociedades Laborales. Las empresas de trabajo temporal.
Tema 81. Modalidades del contrato de trabajo. Contratos formativos. Contrato de trabajo a tiempo parcial, contrato fijo discontinuo y de relevo; jubilación parcial. Contratos por circunstancias de la producción y sustitución. Contrato de puesta a disposición. Fomento de la contratación indefinida.
Tema 82. La Prevención de Riesgos Laborales. Normativa de aplicación. Especialidades de la prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado. Los servicios de prevención. Evaluación de riesgos y planificación preventiva.
Tema 83. La igualdad de trato y no discriminación por razón de género en el ámbito socio-laboral. Especial referencia a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de mayo. La normativa de la Unión Europea en materia social y de empleo respecto de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Tema 84. Ámbito y competencias de los Juzgados de lo Social, Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo. Capacidad, legitimación y representación de las partes. Conciliación obligatoria previa en el procedimiento laboral. La reclamación previa en materia de Seguridad Social.
Tema 85. El proceso ordinario. Idea general de su tramitación. Modalidades procesales. Procesos de Seguridad Social. Normas comunes. Normas relativas a accidentes de trabajo y otras contingencias.
Tema 86. El recurso de suplicación: decisiones impugnables, motivos del recurso. El recurso de casación. El recurso de casación para la unificación de doctrina: decisiones impugnables, motivos del recurso.
Tema 87. Ejecución definitiva de sentencias. Condena a Entes Públicos. Ejecución provisional de sentencias. Sentencias condenatorias en materia de Seguridad Social.
Tribunal 1
Titulares
Presidenta: Doña Carmen del Castellar López Hidalgo, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Eduardo Ayuso Gaya, del Cuerpo de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Alicia Dolores Domínguez Martín, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Soledad Ramos García, del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Doña M.ª Antonia Rodrigo Ramírez, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Don Andrés Ramón Trillo García, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don Luis Vilar Muñoz, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Suplentes
Presidenta: Doña Fátima Suanzes Caamaño, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Doña Susana María de Antona Martín, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Don Alfonso Benito García, Cuerpo Superior Técnicos de la Administración de la S. Social.
Don Ángel Cubo Mayo, del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Doña María Dolores Segura de la Encina, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.
Don Álvaro Juan Vadillo Prieto, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Claudia Sánchez Conrado, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Tribunal 2
Titulares
Presidente: Don Rodrigo Francisco Mares Ramírez, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Doña Alba Ballesteros Sastre, del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Doña María Luisa Baro Pazos, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Seguridad Social.
Doña Nieves Ciruelos Carrasco, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Don Jaime Cruz Rojo, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Don Luis Navas López, del Cuerpo de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Amaia Orón Larrabeiti, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Suplentes
Presidente: Doña Mariana Vega Martinho, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Enrique Calvo Muñoz, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Seguridad Social.
Don Mario Gil Villanueva, del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Doña María Jesús Merodio Sotillo, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Elena Quintanilla Pisón, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Don Manuel Redondo Toraño, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Sonia Ruiz Casana, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1604».
En el recuadro 17, «Forma de Acceso», los aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los que participen por promoción interna señalarán la letra «P».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado.
En el recuadro 19 se consignará la fecha del BOE en que se haya publicado la presente convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la sede de preferencia para la realización de los ejercicios de la oposición, entre las que seguidamente se señalan: Barcelona y Madrid. Esta selección es vinculante para el interesado.
En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas, o en el supuesto de que se supere la capacidad de examen en alguna de las sedes descentralizadas, el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen. En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado».
Los aspirantes de promoción interna harán constar en el recuadro 27 A) «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», el código del Cuerpo a que pertenecen.
En el recuadro 27 B), se consignará la opción de evaluación del conocimiento de idioma, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita o, «TITULACIÓN» si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo VI que acredite el nivel de idioma.
En el recuadro 27 C) del epígrafe «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» se hará constar el idioma elegido por el aspirante (francés o inglés).
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre.
Para los aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros.
Para los miembros de familias numerosas de categoría general que participen por el sistema general de acceso libre, la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros y para los que participen por el sistema de promoción interna la tasa será de 7,78 euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
La solicitud se dirigirá a: «Sra. Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones».
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
First Certificate of English: B2.
Advanced: C1.
Proficiency: C2.
Linguaskill B2: B2.
Linguaskill C1: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS):
TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council:
Overall CEFR Grade B2, B2.
Overall CEFR Grade C, C1.
Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
Certificado B2, B2.
Certificado C1, C1.
– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
CLES 2, B2.
CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):
Certificate of Competency in English (ECCE), B2.
Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
Integrated Skills in English II, B2.
Integrated Skills in English III, C1.
Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
Nivel 3, B2.
Nivel 4, C1.
Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
General, Level 3, B2.
General, Level 4, C1.
General, Level 5, C2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
IELCA General CEF B2, B2.
IELCA General CEF C1, C1.
IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
Advanced, B2.
AcCEPT/Proficiency, C1.
Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
Communicator B2, B2.
Expert C1, C1.
Mastery C2, C2.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Centre International d’Études Pédagogiques:
DELF B2, B2.
DALF C1, C1.
DALF C2, C2.
– Alliance Française:
Diplôme de Langue Française (DLS), B2.
Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS), C1.
Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF), C2.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
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