Antecedentes de hecho
La fundación citada fue constituida por la entidad Partido Socialista Obrero Español (PSOE), según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Luis Máiz Cal, el 6 de mayo de 2024, con el número 923 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el notario de la misma capital, don Luis Enrique García Labajo, el 1 de octubre de 2024, protocolo 1.918.
El domicilio de la fundación quedó establecido en la calle de Ferraz, n.º 66, C.P. 28008, de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Fomentar y colaborar en el rearme ideológico en defensa de la democracia y de una visión progresista, y detener la ola reaccionaria que avanza ya en diversas regiones del mundo, Europa incluida.
Acometer un análisis riguroso basado en la evidencia científica de temas que son relevantes y centrales en el debate político español, europeo e internacional.
Generar y contribuir a diseminar de modo eficaz y extensivo y en diversos formatos los resultados del trabajo intelectual realizado por la fundación para lograr el rearme ideológico progresista basado en el análisis riguroso.
Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, don Óscar Arias Sánchez, don Luis Arroyo Martínez, doña Anna Bossman, doña Meritxell Batet Lamaña, don Manuel Cruz Rodríguez, doña María Luisa Carcedo Roces, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, don Luis García Montero, doña Arancha González Laya, doña Lina Gálvez Muñoz, don Bernardino León Reyes, don Marc López Plana, doña Cristina Monge Lasierra, doña Ibrahim Assane Mayaki, don Sami Naïr, doña Eloísa del Pino Matute, doña Hanna Halloul Muro y don Manuel Escudero Zamora.
Cargos:
Presidente: Don Manuel Escudero Zamora.
Vicepresidenta: Doña Hanna Halloul Muro.
Secretario no patrono: Don Alberto Cachinero Capitán.
Vocales: Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, don Óscar Arias Sánchez, don Luis Arroyo Martínez, doña Anna Bossman, doña Meritxell Batet Lamaña, don Manuel Cruz Rodríguez, doña María Luisa Carcedo Roces, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, don Luis García Montero, doña Arancha González Laya, doña Lina Gálvez Muñoz, don Bernardino León Reyes, don Marc López Plana, doña Cristina Monge Lasierra, doña Ibrahim Assane Mayaki, don Sami Naïr, doña Eloísa del Pino Matute.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 30 de octubre de 2024.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Laboratorio de Ideas Avanza patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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