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Documento BOE-A-2024-26194

Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la cuarta Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Sobrado, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en Friera, Sobrado (León)».

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 16 de diciembre de 2024, páginas 172522 a 172525 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-26194

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la cuarta adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)», otorgada el 3 de diciembre de 2024, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 4 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Cuarta adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)»

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018 de 8 de mayo, BOE de 11 de mayo de 2018), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, don Antonio Moldes Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, nombrado en Pleno de 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 28 de diciembre de 2018 (BOE núm. 44, de 20 de febrero de 2019), se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)», con una duración hasta el 31 de diciembre de 2020 y un plazo de ejecución previsto para las anualidades 2018 y 2019.

II. Que en fecha 29 de noviembre de 2019 (BOE núm.14, de 16 de enero de 2020) se suscribió una adenda modificativa por la que se reajustaban las anualidades inicialmente establecidas, se ampliaba el plazo de ejecución y se modificaba la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022.

III. Que en fecha 18 de octubre de 2021 (BOE núm. 258, de 28 de octubre de 2021) se otorgó una segunda adenda por la que se acordaba la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2024 y se reajustaban de nuevo las anualidades establecidas.

IV. Que en fecha 9 de enero de 2023 (BOE núm. 15, de 18 de enero de 2023), se otorgó la tercera adenda modificativa por la que se incrementaba el importe y se reajustaban las anualidades.

V. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del referenciado convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

VI. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

VII. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

VIII. Que según lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la citada Ley 40/2015, los convenios se perfeccionan por la prestación del consentimiento de las partes y resultarán eficaces una vez inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal; el convenio objeto de esta adenda está en vigor desde el 20 de febrero de 2019.

IX. Que debido a la realización de una obra complementaria se ha incrementado el importe del convenio por lo que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, esta confederación hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede prorrogar de nuevo la duración del convenio, respetando el límite máximo de ocho años, incrementar el importe del convenio así como reajustar las anualidades para la buena marcha y ejecución del mismo.

X. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es prorrogar la duración del convenio, incrementar su importe, reajustar las anualidades y modificar la cláusula relativa a la Comisión de Seguimiento del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, TM de Sobrado (León)».

Segunda. Prórroga del convenio.

Se prorroga la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2026, previa inscripción en REOICO de esta prórroga antes de la fecha de extinción del convenio.

Tercera. Modificación de la cláusula cuarta, coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica el primer apartado de la cláusula cuarta que queda redactado del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 526.575,47 euros. Esta inversión será asumida íntegramente por la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, O.A.».

Cuarta. Modificación de la cláusula quinta, anualidades y aportaciones.

Se modifica la cláusula quinta que queda redactada del siguiente modo:

«Las aportaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., quedan establecidas en los siguientes importes:

Año

CHMS, O.A.

Euros

2018 9.940,15
2019 0,00
2020 0,00
2021 0,00
2022 44.073,78
2023 359.842,01
2024 28.719,53
2025 84.000,00
Total 526.575,47

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda».

Quinta. Modificación de la cláusula decimotercera, Comisión de Seguimiento.

Se modifica la redacción de la cláusula decimotercera que queda redactada del siguiente modo:

«Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por un representante de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y otro representante del Ayuntamiento de Sobrado, que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las partes. Por parte de la Confederación Hidrográfica el representante será el Director Técnico o persona en quien delegue y por parte del Ayuntamiento de Sobrado, será el Alcalde o persona en quien delegue.

Esta comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Le corresponde igualmente a la comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta».

Sexta. Eficacia.

La presente adenda de modificación y prórroga resultará eficaz tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, Antonio Moldes Rodríguez.

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