En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE del 3 de julio de 2024), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024, que incluye 115 plazas de personal estatutario fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa, de las cuales se convocan cincuenta y siete de la categoría de Enfermero/a, cuatro de la categoría de Fisioterapeuta, dos de la categoría de Terapeuta Ocupacional, y una de la categoría de Matrona,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha resuelto convocar proceso selectivo para ingreso en la condición de personal estatutario fijo en la Red Hospitalaria de la Defensa.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 9, del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, anteriormente mencionado, las plazas no cubiertas durante la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. En este sentido, durante el proceso correspondiente a la oferta de empleo de 2022, se constata que han quedado sin cubrir cuarenta y siete plazas de cupo general y dos plazas de reserva para personas con discapacidad, correspondientes todas ellas a la OEP 2022, en la categoría de Enfermero/a, que se convocarán junto con las plazas de la oferta de empleo de 2024.
Estas bases, que regirán el proceso selectivo del personal estatutario fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa, han sido negociadas en la Mesa Delegada del Ministerio de Defensa, y no contravienen lo dispuesto en la Ley 55/2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco de los servicios de salud.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado (BOE del 22), así como por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.
Bases específicas
La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es.
Normativa aplicable
La normativa de aplicación a las personas aspirantes que superen las pruebas selectivas será la declarada vigente en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como la que se dicte en su desarrollo, y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en las disposiciones que sean de aplicación, e igualmente el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en la normativa que sea de aplicación y en las cuantías fijadas para cada ejercicio presupuestario.
El régimen de prestación de servicios será el establecido en la normativa vigente.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan cincuenta y siete plazas a cubrir de la categoría de Enfermero/a; cuatro plazas a cubrir de la categoría de Fisioterapeuta; dos plazas a cubrir de la categoría de Terapeuta Ocupacional, y una plaza a cubrir de la categoría de Matrona, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 apartado 9 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, las plazas no cubiertas durante la ejecución del proceso correspondiente a la oferta de empleo de 2022 han sido cuarenta y nueve plazas en la categoría de Enfermero/a, de las cuales dos eran plazas reservadas para personas con discapacidad, por lo que se convocan nuevamente al no haber transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta, resultando un total de 106 plazas de la categoría de Enfermero/a.
Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por cien, se reservarán en este proceso de acceso libre seis plazas de la categoría de Enfermero/a correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2024, a las que se añaden las dos plazas reservadas para personas con discapacidad no cubiertas durante la ejecución del proceso selectivo de la oferta de empleo de 2022, haciendo un total de ocho plazas reservadas para personas con discapacidad en esta convocatoria.
En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total de plazas convocadas, se reservarán cincuenta y cinco plazas de la categoría de Enfermero/a, una plaza de la categoría de Fisioterapeuta, y una plaza de la categoría de Terapeuta Ocupacional, para los militares profesionales de tropa y marinería que hayan cumplido, como mínimo, cinco años de tiempo de servicios a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y para las personas reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por disponibilidad en la cuantía y condiciones previstas en el artículo 19.1 de la citada ley, y reúnan los requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más de cinco años de servicios en las Fuerzas Armadas a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que reúnan los requisitos establecidos.
De este cupo de cincuenta y cinco plazas en la categoría de Enfermero/a, se reservarán diez plazas para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años de compromiso.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de la lista de personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de personas aspirantes aprobadas.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán del siguiente modo: en primer lugar, se acumularán entre sí las plazas reservadas al personal militar, y cuando éstas no se cubran, se acumularán a las de acceso general.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no podrán acumularse a los turnos ordinarios de acceso.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por una de las categorías y cupos previstos en esta base.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de categoría ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
Distribución territorial plazas por Categorías/especialidades convocatoria OEP 2024
Categoría |
Cupo general destino |
Reserva discapacidad destino |
Plazas reserva militar | Total | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Últimos 10 años compromiso destino |
Resto destino |
Últimos 10 años compromiso destino |
Resto destino |
||||||
HCD Madrid | HGD Zaragoza | HCD Madrid | HGD Zaragoza | HCD Madrid | HCD Madrid | HGD Zaragoza | HGD Zaragoza | ||
Enfermero/a. | 18 | 3 | 6 | 0 | 5 | 21 | 1 | 3 | 57 |
Fisioterapeuta. | 2 | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | 0 | 4 |
Terapeuta Ocupacional. | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | 0 | 2 |
Matrona. | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Distribución territorial plazas por Categorías/especialidades convocatoria OEP 2022
Categoría |
Cupo general destino |
Reserva discapacidad destino |
Plazas reserva militar | Total | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Últimos 10 años compromiso destino |
Resto destino |
Últimos 10 años compromiso destino |
Resto destino |
||||||
HCD Madrid | HGD Zaragoza | HCD Madrid | HGD Zaragoza | HCD Madrid | HCD Madrid | HGD Zaragoza | HGD Zaragoza | ||
Enfermero/ a. | 22 | 0 | 2 | 0 | 4 | 21 | 0 | 0 | 49 |
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
2.2 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso.
2.3 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre esta convocatoria deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos años de su publicación y la fase de oposición en un año, salvo causa motivada que deberá justificarse ante el departamento ministerial con competencias en materia de función pública, estando previsto que la fase de oposición de la presente convocatoria tenga una duración no superior a ocho meses.
El desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos, se declara inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos de este proceso selectivo.
El ejercicio de la fase de oposición de este proceso selectivo se realizará en la provincia de Madrid, si bien el tribunal podrá optar por realizar el mismo ejercicio con actuaciones simultáneas tanto en Madrid como en Zaragoza el mismo día, siempre que el tribunal así lo determine en función del número de solicitudes presentadas para cada provincia.
La fecha de celebración del ejercicio de la fase de oposición podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta resolución.
4. Requisitos de las personas aspirantes
Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo convocado deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos generales de participación:
4.1 Nacionalidad.
4.1.1 Tener la nacionalidad española.
4.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que las personas con nacionalidad española:
a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) La persona cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar las personas descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como las extranjeras incluidas en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
4.2 Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario o Grado en Enfermería o equivalente, para la categoría de Enfermero/a, expedido por el órgano competente, o bien el título de Diplomado Universitario o Grado en Fisioterapia, o equivalente, para esta categoría, o bien el título de Diplomado Universitario o Grado en Terapia Ocupacional, o equivalente, para esta categoría o bien el título de Diplomado Universitario o Grado en Enfermería o equivalente, junto al título de especialización en Obstetricia y Ginecología, para la categoría de Matrona, expedido por el órgano competente, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, al terminar el plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, BOE del 22).
4.3 Capacidad. Poseer la capacidad funcional física y psicológica para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.
4.4 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4.5 Habilitación. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, ni, en su caso, para el ejercicio de la correspondiente profesión.
En caso de las personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitada, por sanción o pena o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria para el ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni haber sido separada por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.
4.6 No tener la condición de personal estatutario fijo de la categoría/especialidad en la que participe, cualquiera que sea su situación administrativa y en cualquier servicio de salud.
4.7 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido persona condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
4.8 Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellas personas aspirantes que estén exentas legal o reglamentariamente, según se establece en la base 6.6 de esta convocatoria.
5. Acceso de personas con discapacidad
5.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por cien y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
5.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
5.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen el ejercicio con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos, salvo actualización normativa.
6. Solicitudes
6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips).
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, tal y como se contempla en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.
6.2 La presentación de la solicitud vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la información básica al respecto:
Responsable: Ministerio de Defensa (DPD). Paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid (DPD).
Correo: estatutarios-defensa@oc.mde.es
Delegado de Protección de datos: dpd@mde.es
Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal estatutario.
Legitimación: Artículo 8 de la citada ley.
Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y cuatro caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Defensa y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, en la forma que determina la disposición adicional séptima de la mencionada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Derechos: Las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de la persona aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, dichas solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente código IBAN ES49-0182-2370-4102-0169-5537, BIC/SWIFT BBVAESMMXXX, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción, los participantes deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias de la aplicación IPS disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS
6.3 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Defensa (Subdirección General de Personal Civil). El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
6.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar por una de las categorías y uno de los cupos previstos en el presente proceso selectivo. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de categoría ni de cupo de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
6.5 Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuran en el Anexo IV de la presente convocatoria.
El ingreso del importe se realizará en modo electrónico, haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
6.6 Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento. La condición de discapacidad, cuando haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas. En caso de que la persona interesada se opusiera en su solicitud al tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa para ello, deberá presentar anexo a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:
– Que no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acción de promoción, formación o reconversiones profesionales.
Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se opusiera en su solicitud al tratamiento de sus datos. En este caso la persona interesada deberá solicitar en la oficina de servicios públicos la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que cumple con los requisitos señalados, con referencia a la fecha de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», y deberá presentar anexo a la solicitud el citado certificado.
– Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en la correspondiente casilla de la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud, certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2023 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el siguiente enlace:
https://www. agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. De esta forma, tendrán derecho a una exención del cien por cien de la tasa los miembros de familia de categoría especial, y a una bonificación del cincuenta por ciento los miembros de las familias de categoría general.
La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de sus datos alegando una causa para ello, deberá presentar anexo a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.
d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos o fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro de plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
6.7 Admisión de las personas aspirantes.
6.7.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, aunque, en atención al número previsto de solicitudes de participación, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio.
6.7.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6.7.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador es el que figura como Anexo III a esta resolución. El órgano convocante publicará un breve curriculum profesional de las personas que formen parte del citado tribunal en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es.
El proceso de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como en las demás disposiciones vigentes, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad de las personas que sean miembros y tenderán en su composición a la paridad entre mujeres y hombres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo (BOE del 23) para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 60.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Asimismo, el Tribunal publicará en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.
7.3 El Tribunal calificador no podrá introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas que no estén expresamente previstas en estas bases.
Estará formado por una persona que ejercerá su presidencia, tres vocales y una persona que ejercerá la secretaría, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes.
El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personas asesoras especialistas quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que son la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Estas personas asesoras deberán poseer titulación académica de nivel igual o superior al exigido en la convocatoria.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo al que hayan concurrido en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
Las personas miembros del tribunal, tanto titulares como suplentes, tal y como contempla el artículo 31.8 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco de los Servicios de Salud, deberán ostentar la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud, o de personal laboral de los centros vinculados al Sistema Nacional de Salud, en plaza o categoría para la que se exija poseer titulación del nivel académico igual o superior a la exigida para el ingreso en la categoría que se convoca.
Las personas aspirantes podrán recusar a algún miembro del tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos, Escalas y categorías análogas a las que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de personas opositoras del Cuerpo, Escala o categoría a la que pertenecen las plazas convocadas.
No podrán formar parte de los órganos de selección el personal de elección o designación política, personal funcionario interino, ni personal eventual o interino estatutario, así como tampoco quienes tengan la consideración de alto cargo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
La pertenencia a los tribunales, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.
Corresponde al Tribunal calificador:
Las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y la calificación y valoración de las personas aspirantes, tanto en la fase de oposición como en la de concurso.
La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del ejercicio, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime conveniente.
En el llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Se habilita a los tribunales para que adopten las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir en el uso de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los procesos mediante la territorialización, según la lista de personas admitidas.
Conforme al artículo 3.15 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, se permite la existencia de varias configuraciones del mismo tribunal en este mismo proceso selectivo con actuaciones simultáneas. El tribunal podrá optar por realizar el mismo ejercicio tanto en Madrid como en Zaragoza el mismo día, siempre que el tribunal así lo determine en función del número de solicitudes presentadas para cada provincia y de personas admitidas.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el correo electrónico del Tribunal es: recursoshumanosOPE-HCD@mde.es y el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (Calle Princesa núm. 32-36, 28071 Madrid/teléfonos 914546281-914546199.
8. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE de 31 de julio), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.2 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de ellas no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa audiencia de la persona interesada.
8.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en el proceso selectivo para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
8.4 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de las personas aprobadas del proceso selectivo, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a la fase de concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad con la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa (Subdirección General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
8.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados en el plazo señalado supondrá la no valoración a la persona aspirante en la fase de concurso.
8.6 El tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes en función de la documentación presentada, sin que pueda admitirse la presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará relación con la valoración definitiva de la fase de concurso, considerándose contestadas todas las alegaciones con la publicación de las calificaciones definitivas.
8.7 Superación del proceso selectivo.
8.7.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total del proceso selectivo, en los medios de publicación señalados en la presente convocatoria.
8.7.2 La relación de personas aprobadas del proceso selectivo se elevará a la autoridad convocante para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la documentación que figura en el Anexo V.
8.7.3 Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de personal estatutario fijo de un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas en el proceso selectivo.
8.7.4 No obstante lo anterior, y de conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, siempre que los tribunales calificadores hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir de los tribunales calificadores relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
8.7.5 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al procedimiento que se establezca.
8.7.6 La adjudicación de plazas a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se realizará en función del orden definitivo de la puntuación total obtenida y la petición efectuada de plazas de entre las descritas en la Base 1.
8.7.7 Una vez superado el proceso selectivo al que hayan concurrido, las personas que hayan sido admitidas en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada.
8.8 Nombramiento y toma de posesión.
8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de Defensa, mediante la respectiva resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión de la plaza adjudicada de entre las descritas en la Base 1, como Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de quince días naturales, que será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución citada, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.
8.8.3 Cuando alguna persona aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el órgano convocante, previa audiencia de la persona interesada.
9. Lista de personas candidatas
El Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas candidatas con todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la selección de personal estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10. Norma final
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Defensa, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.
I. Proceso selectivo
El proceso selectivo por el sistema general de acceso libre constará de las siguientes fases:
– Oposición.
– Concurso.
I.1 Fase de oposición.
a) Constará de un ejercicio eliminatorio que consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test de cien preguntas, más diez de reserva, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, sobre el temario.
b) Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 120 minutos.
De acuerdo con el artículo 114.3 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, teniendo en cuenta la experiencia acumulada en la realización de procesos selectivos de esta categoría, se considera que el formato del ejercicio es adecuado y consigue un correcto equilibrio entre la celeridad, la acreditación del mérito y la capacidad y la garantía de objetividad e imparcialidad del proceso, tomando en consideración la naturaleza del ejercicio con respuestas alternativas y la posibilidad de impugnar sus preguntas o las respuestas otorgadas. Además, el formato cumple lo previsto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, cuyo artículo 5, en relación específicamente con la promoción interna, menciona la realización de ejercicios de respuesta alternativa. Aunque este proceso sea de acceso libre, se considera que el formato de ejercicio de respuesta alternativa también es adecuado por los motivos expuestos, permitiendo la acreditación de los conocimientos teóricos necesarios y su aplicación práctica de forma objetiva, sin olvidar su generalización en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
I.2 Fase de concurso.
En la fase de concurso sólo se valorará a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
II. Valoración
II.1 Fase de oposición.
a) Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna y las preguntas contestadas erróneamente restarán un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. La puntuación máxima posible, correspondiente a cien aciertos, será de cincuenta puntos.
b) Para superar el ejercicio será necesario alcanzar la puntuación mínima de veinticinco puntos y deberá garantizar la idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas.
c) Las respuestas otorgadas por el tribunal se publicarán en los siguientes medios electrónicos: Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y página del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es, en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la finalización del examen. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la plantilla de respuestas provisionales, para plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el tribunal. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede de los tribunales, considerándose contestadas mediante la publicación de las plantillas definitivas.
d) Una vez comprobadas las impugnaciones presentadas, el tribunal correspondiente hará pública la relación de personas aspirantes aprobadas, cuyo número puede ser superior al de plazas convocadas, con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase, y de la relación de las personas aspirantes aprobadas que pasan a la siguiente fase de concurso.
e) A las personas que obtengan en el ejercicio una nota que supere como mínimo el cincuenta por ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos, salvo actualización normativa. Si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
f) Aquellas personas aspirantes que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran superado el sesenta por ciento de la puntuación máxima del primer ejercicio obligatorio y no hubieran superado el proceso selectivo, podrán hacer uso del derecho a la exención de la realización de dichos ejercicios de la presente convocatoria, siempre y cuando el programa, contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se pueda conservar la nota sean análogos.
Para hacer uso de esta conservación o exención, las personas aspirantes deben haber presentado solicitud de participación en la presente prueba selectiva y reunir el resto de los requisitos que establecían la convocatoria que generó la exención y la presente convocatoria. No obstante, si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedarán sin efecto los resultados obtenidos en la convocatoria inmediata anterior, aplicándose la nota que se obtenga en la presente convocatoria.
A estos efectos se hace constar que las categorías de la presente convocatoria en las que Sí es posible conservar la nota del ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior son Enfermero/a, Fisioterapeuta, Y Matrona.
Los Tribunales publicarán un listado de aquellas personas aspirantes que, en cada categoría/especialidad, puedan optar por conservar la nota de la convocatoria inmediatamente anterior.
II.2 Fase de concurso.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se evaluarán hasta un máximo de 50 puntos las competencias profesionales de las personas aspirantes y consistirá en la valoración por los tribunales, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes méritos y conforme al siguiente baremo:
1. Experiencia profesional (máximo, 37,5 puntos).
a) 0,60 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad que se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
b) 0,30 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo.
c) 0,10 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad que se solicita en la Sanidad Privada y el ámbito sociosanitario privado.
d) 0,10 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad que se solicita, en la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.
e) 0,05 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo.
También se tendrán en cuenta, con la misma puntuación prevista en los apartados a), b) y c), los servicios prestados como personal estatutario temporal por meses completos trabajados en la misma categoría y especialidad que se solicita.
2. Formación (máximo 12,50 puntos).
Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de los siguientes apartados:
2.1 Formación académica (máximo 5 puntos).
a) Por cada título de Doctor/a: 2 puntos.
b) Por cada título de Enfermero/a en cualquiera de las especialidades previstas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, o aquellas que están recogidas en la Orden DEF/2892/2015, de 17 de diciembre, se puntuará de la siguiente forma:
b.1) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación como Residente o equivalente en la Red Hospitalaria de la Defensa: 2,00 puntos.
b.2) Por cada título de la especialidad requerida con período completo de formación como Residente o equivalente en otros Centros de ámbito Nacional o Extranjero: 2,00 puntos.
b.3) Por cada título de la especialidad requerida, obtenido por otra vía distinta: 0,50 puntos.
c) Por otros títulos de Licenciatura o Grado en carreras relacionadas con Ciencias de la Salud: 1,00 punto por cada título.
2.2 Formación continuada (máximo 5 puntos).
Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a cursos, expertos y máster, cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que se opta, cuando estén organizados por el Ministerio de Defensa o por las entidades señaladas en este Anexo I. Se valorarán dichos cursos siempre que se certifique debidamente: 0,50 puntos por cada crédito. A los efectos anteriores un crédito equivale a diez horas de formación. Cuando en un mismo certificado se indiquen los créditos y horas de duración, la valoración se realizará siempre por los créditos que figuren.
2.3 Docencia (máximo 2,5 puntos).
a) Por participar como Profesor/a, con designación oficial, en centros universitarios impartiendo enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado o Diplomatura en Enfermería, en Fisioterapia, en Terapia Ocupacional, o en otros Grados o Diplomaturas universitarias de carácter sanitario, por cada curso académico: 0,50 puntos.
b) Por participar como tutor/a con designación oficial en la formación especializada del personal residente de Enfermería en Instituciones Sanitarias acreditada para la docencia mediante certificación expedida por la Dirección de la correspondiente Institución, por cada curso académico: 0,50 puntos.
c) Por servicios prestados como colaborador/a de prácticas en la formación de profesionales y/o especialistas citados en los apartados a) y b) en Instituciones sanitarias concertadas con la Universidad mediante certificación expedida por la Dirección de Enfermería del Hospital o por la Gerencia, por cada cien horas de colaborador: 0,08 puntos.
d) Por impartir cursos de Formación de posgrado y formación continuada para el empleo cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que opta, y sean organizados por el Ministerio de Defensa o por las entidades señaladas en este Anexo I: 0,050 puntos por cada 10 horas de formación impartida. Si de un mismo curso realizado se impartieran varias ediciones en un período de un año, solo se baremará una vez.
Para la valoración del apartado 1 relativo a la «Experiencia profesional» se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. A los efectos de valoración del apartado «Experiencia profesional», un mismo período de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados, tomándose en consideración el más beneficioso para la persona aspirante, excepto los servicios prestados a tiempo parcial en un mismo período, que se computarán hasta completar el cien por cien de la jornada laboral, sin que el exceso de jornada pueda ser valorado.
2. El cómputo de los servicios prestados a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los períodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada.
3. Se entiende por mes el conjunto de treinta días naturales. Para el cómputo de los servicios prestados, se sumarán en días todos los períodos y se dividirán por treinta, despreciándose del resultado final los que sean inferiores a treinta.
4. Los servicios prestados en la Red Hospitalaria de la Defensa, el HCD Gómez Ulla Centro Sanitario de Vida y Esperanza, y el HGD de Zaragoza Orad y Gajías, se acreditarán mediante certificado de la Subdirección General de Personal Civil a aquellas personas candidatas que superen la fase de oposición, enviando el mismo al respectivo tribunal. Los servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud se certificarán por la autoridad competente en el mismo, acompañados de copias del nombramiento como personal empleado público. En el caso de la Sanidad privada el certificado irá acompañado de copias de los contratos de trabajo. En todos los casos deberá acompañarse del informe de vida laboral, que será condición imprescindible para la valoración de la experiencia laboral recogida en el punto 1.
Para la valoración del apartado 2 relativo a la «Formación» se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a cursos cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que se opta, cuando estén organizados por:
– Ministerio de Defensa.
– Órganos o instituciones dependientes de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, o de las Administraciones de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.
– Universidades.
– Órganos o instituciones dependientes de las administraciones sanitarias públicas.
– Organizaciones sindicales al amparo del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
– Cualquier entidad pública o privada cuando se trate de cursos que hayan sido acreditados por la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas o entidad autonómica equivalente.
2. A los efectos anteriores un crédito equivale a diez horas de formación. Cuando en un mismo certificado se indiquen los créditos y horas de duración, la valoración se realizará siempre por los créditos que figuren.
3. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión y aportar copia de la documentación que acredite su homologación y reconocimiento por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Los documentos que deberán remitirse a los respectivos tribunales, ordenados siguiendo el modelo de índice que se publicará en la página web del Ministerio de Defensa (http://www.defensa.gob.es), y que se anexará junto a la documentación aportada, son los siguientes:
a) Autovaloración de los méritos que la persona aspirante considera valorables de conformidad con el baremo de méritos. El impreso de autovaloración estará disponible en la página web del Ministerio de Defensa (http://www.defensa.gob.es).
En ningún caso esta autoevaluación vinculará al Tribunal, teniendo un carácter meramente orientativo.
b) Documentación original o copias acreditativas de los méritos alegados.
c) Los diplomas o certificados acreditativos de los cursos organizados por Universidades o por organismos de la Administración Educativa o Sanitaria Central o Autonómica deberán estar expedidos por la autoridad que ostente legalmente la representación de los mismos.
d) Certificado de vida laboral.
e) Certificado de servicios prestados.
El tribunal podrá requerir a las personas interesadas cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente.
El tribunal sólo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos alegados en tiempo y forma por las personas concursantes, pudiendo asimismo solicitar copia traducida por traductor/a jurado respecto de los méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto a los oficiales de España.
En aplicación del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, que desarrolla la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los tribunales equipararán, según su propio criterio colegiado, los méritos valorables que acrediten las personas aspirantes comunitarias a las puntuaciones del baremo de méritos, con sujeción a los principios constitucionales de igualdad de acceso a la Función Pública y no discriminación por razón de la nacionalidad.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
III. Superación del proceso selectivo y orden definitivo
El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación y por su orden en los distintos apartados del baremo de la fase de concurso.
3. De continuar el empate se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2024 establece el orden de actuación de las personas aspirantes y que es la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 31 de julio).
Temas comunes
Tema 1. El derecho a la protección de la salud en la Constitución española de 1978 y en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Tema 2. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias: objeto, ámbito de aplicación, ejercicio de las profesiones sanitarias, formación y desarrollo profesional. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: objeto y ámbito de aplicación; clasificación de personal estatutario; derechos y deberes; situaciones; selección, incompatibilidades; régimen disciplinario y modelo de desarrollo profesional.
Tema 3. Estructura, organización y competencias del Ministerio de Defensa. Resolución 400/38239/2009, de 23 de octubre, de la Subsecretaría, por la que se delegan competencias en materia de personal estatutario de la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa.
Tema 4. La ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección en el ámbito sanitario; derechos de las funcionarias públicas. Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley; integración del principio de igualdad en la política de salud; modificaciones de la Ley General de Sanidad. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Tema 5. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: derechos y obligaciones; consulta y participación de los trabajadores.
Tema 6. Principios fundamentales de la Bioética: dilemas éticos. Código deontológico.
Tema 7. Plan de calidad para el Sistema Nacional de Salud: áreas de actuación; estrategias y objetivos. Estrategia 8: mejorar la seguridad de los pacientes atendidos en los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud.
Tema 8. Técnicas y habilidades de comunicación y relación interpersonal. Trabajo en equipo. Entrevista clínica: concepto y características. Identificación de necesidades de apoyo emocional y psicológico al paciente, cuidador principal y familia. Colaboración con otros profesionales.
Tema 9. El secreto profesional: concepto y regulación jurídica El consentimiento informado. Derechos y deberes de los ciudadanos en el Sistema de Salud. La protección de datos. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos): objeto, ámbito territorial, definiciones. Condiciones para el consentimiento. Tratamiento de categorías especiales de datos personales. Tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales. Derecho de acceso del interesado.
Tema 10. Metodología de Investigación Básica e Investigación Aplicada. Estudios descriptivos y analíticos. Estudios de procesos y resultados. Estructura metodológica de un trabajo científico. Fuentes de datos.
Tema 11. Estadística descriptiva. Tipos de distribución y parámetros que la definen. Estadística inferencial: intervalos de confianza. Los test de hipótesis.
Temas específicos
Enfermero/a
Tema 12. Enfermería basada en la evidencia: niveles de evidencia y grados de recomendación. Búsqueda de evidencias científicas: bases de datos bibliográficas, fuentes documentales de evidencia y revisión bibliográfica. Instrumentos de la evidencia científica. Formulación de preguntas y búsqueda de respuestas sobre la práctica clínica. Evaluación y síntesis de los hallazgos de la revisión bibliográfica. Guías de práctica clínica.
Tema 13. Planificación sanitaria: Plan de salud. Identificación de problemas Fuentes de información. Indicadores demográficos, socioeconómicos, del nivel de salud y medioambientales. Elaboración de programas de salud y su evaluación.
Tema 14. Prevención y promoción de la salud: concepto. Detección precoz de los problemas de salud: concepto. Factores de riesgo para la salud en las distintas etapas de la vida (infancia, adolescencia, adulto y anciano): identificación de factores de riesgo y cuidados enfermeros.
Tema 15. Higiene en centros sanitarios: conceptos generales. Antisépticos. Aislamiento: concepto, tipos y descripción. Gestión de residuos sanitarios. Medidas de precaución para prevención de infecciones hospitalarias.
Tema 16. Organización de los cuidados de enfermería en Atención Primaria y Atención Hospitalaria. Coordinación entre distintos ámbitos de atención.
Tema 17. Metodología de Enfermería. Concepto y fase del Proceso de Enfermería. Valoración según Patrones Funcionales de Salud (M. Gordon) y Necesidades humanas (V. Henderson). Diagnóstico de Enfermería: concepto y tipos según taxonomía NANDA. Problemas de autonomía. Problemas de colaboración o interdependientes. Planificación y ejecución: formulación de objetivos, intervenciones (taxonomía NIC). Evaluación: clasificación de resultados en enfermería (taxonomía NOC). Criterios de resultados. Indicadores. Desinfectantes. Esterilización. Infección nosocomial. Medidas preventivas.
Tema 18. Inmunizaciones: concepto. Clasificación y tipos de vacunas. Contraindicaciones. Complicaciones. Conservación, administración y pautas de vacunación. Calendario de vacunaciones.
Tema 19. La educación para la salud individual, grupal y comunitaria: concepto, metodología y técnicas didácticas. Técnicas de educación para la salud. Fomento del autocuidado y promoción de la salud del paciente, cuidador principal y familia. Criterios para la elaboración de Programas de Educación para la Salud. Grupos de autoayuda: concepto. Formación de Agentes de Salud.
Tema 20. Desarrollo de la conducta humana: etapas del desarrollo. Tipos de personalidad. Hábitos. Motivación. Factores socioculturales: su incidencia en la salud. Problemas psicosociales y de adaptación del paciente hospitalizado.
Tema 21. Sexualidad. Reproducción. Métodos anticonceptivos. Prevención de enfermedades de transmisión sexual. Cuidados a personas con patrones sexuales inefectivos o disfunción sexual: valoración integral.
Tema 22. Cuidados de enfermería en la mujer gestante: alimentación, higiene y cambios fisiológicos. Educación maternal. Problemas más frecuentes durante la gestación: aborto, placenta previa, desprendimiento prematuro de placenta, diabetes gestacional, incompatibilidad de Rh. Valoración y cuidados de enfermería en la puérpera. Cambios fisiológicos y psicológicos. Lactancia natural.
Tema 23. Cuidados de enfermería a mujeres en el climaterio: cambios. Fomento de hábitos saludables. Prevención y control de riesgos. Educación para la salud individual y grupal.
Tema 24. Cuidados de enfermería al recién nacido sano. Cuidados generales. Parámetros de desarrollo y crecimiento. Detección precoz de enfermedades congénitas y metabólicas.
Tema 25. Cuidados de enfermería al recién nacido enfermo. Cuidados del recién nacido de bajo peso y prematuro. Crisis Convulsivas. Insuficiencia respiratoria aguda. Problemas gastrointestinales agudos. Deshidratación. Valoración integral. Identificación de problemas más prevalentes del niño y de la familia.
Tema 26. Cuidados en la infancia. Etapas de desarrollo. Alimentación y nutrición. Dieta equilibrada. Higiene. Salud bucodental. Detección y protocolo de malos tratos. Adquisición de hábitos saludables: el papel de la familia.
Tema 27. Cuidados en la adolescencia: características de la adolescencia. Adquisición de hábitos saludables. Alimentación y dieta equilibrada. Alteraciones alimentarías: anorexia, bulimia y obesidad. Prevención de hábitos tóxicos: alcohol, tabaco y drogas. Iniciación a la sexualidad. Métodos anticonceptivos. Prevención de enfermedades de transmisión sexual.
Tema 28. Valoración y cuidados de enfermería en el anciano. Principales cambios en el proceso de envejecimiento: fisiológicos, psicológicos y sociales. Valoración geriátrica integral: clínica, funcional, mental y social. Plan Gerontológico Nacional: generalidades. Prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal: factores de riesgo. Automarginación e inactividad en los mayores de sesenta y cinco años. Abordaje multidisciplinar. Atención enfermera a personas en situación de dependencia.
Tema 29. Valoración y cuidados de enfermería en el enfermo terminal. Cuidados de enfermería en los principales problemas. Dolor, características y escalas de medida. Atención al paciente y familia. Duelo: tipo y manifestaciones. Apoyo al cuidador principal y familia.
Tema 30. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas de salud mental: Alzheimer. Otras alteraciones psíquicas: cuadros de angustia/ansiedad, hipocondría y depresión. Prevención y control ante el riesgo de suicidio. Valoración de la situación familiar y social. Apoyo al cuidador principal y familia.
Tema 31. Conceptos de Urgencia y Emergencia. Valoración y cuidados de enfermería ante situaciones críticas: politraumatizados, quemados, shock, intoxicaciones agudas. Parada cardiorrespiratoria. Reanimación cardiopulmonar básica y avanzada. Cuidados postresucitación. Priorización y triage en situaciones de múltiples víctimas y catástrofes.
Tema 32. Valoración y cuidados de enfermería en pacientes con procesos infectocontagiosos. Procedimientos y técnicas de enfermería. Medidas de prevención y control.
Tema 33. Clasificación general de los medicamentos: Absorción y eliminación de los fármacos. Toxicidad y efectos colaterales. Fármaco-vigilancia. Condiciones de conservación de los medicamentos. Farmacología en urgencias. Administración de medicamentos.
Tema 34. Precauciones previas a la administración de un fármaco. Vías de administración: definición y tipos. Puntos de elección, técnicas y problemas más frecuentes. Cálculo de dosis Manipulación de citostáticos. Notificación de reacciones adversas.
Tema 35. Promoción de la actividad física y alimentación equilibrada: clasificación de los alimentos, frecuencia de consumo, elaboración de dietas relacionadas con la edad y momento vital.
Tema 36. Dietas terapéuticas. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas de desnutrición, deshidratación, anorexia, bulimia y obesidad. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con nutrición enteral y parenteral. Técnicas de administración. Protocolos de actuación.
Tema 37. Cuidados de enfermería del paciente quirúrgico: preoperatorio, intraoperatorio y postquirúrgico en cirugía mayor ambulatoria y cirugía menor. Valoración e intervenciones de enfermería. Seguimiento de pacientes por vía telefónica.
Tema 38. Cuidados de enfermería del paciente quirúrgico: preoperatorio, intraoperatorio y postquirúrgico en cirugía con hospitalización. Valoración e intervenciones de enfermería.
Tema 39. Atención y hospitalización domiciliaria: definición, la organización de la atención domiciliaria: Coordinación con otros profesionales, niveles y ámbitos socio-sanitarios.
Tema 40. Valoración y cuidados de enfermería en pacientes con problemas en la piel. Cuidados generales de la piel. Valoración integral del deterioro de la integridad cutánea. Las úlceras por presión: concepto, factores de riesgo, localización. Procesos de formación y estadios. Escala de Braden, Norton modificada y EMINA. Medidas de prevención y tratamiento. Heridas y quemaduras.
Tema 41. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas neurológicos y del sistema nervioso: accidente cerebrovascular, epilepsia, esclerosis múltiple y lateral amiotrófica, coma y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería.
Tema 42. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas respiratorios: insuficiencia respiratoria aguda, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, tromboembolismo pulmonar, asma y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería: oxigenoterapia, drenaje torácico, broncoscopia, aerosolterapia. Cuidados de enfermería apersonas con vías aéreas artificiales: intubación endotraqueal y traqueotomías. Tipos de ventilación mecánica.
Tema 43. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas cardiovasculares: insuficiencia cardiaca, síndrome coronario agudo, hipertensión arterial, pericarditis aguda, aneurisma aórtico, arteriosclerosis de las extremidades inferiores y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería.
Tema 44. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas en el sistema renal y urológico: Incontinencia urinaria, insuficiencia renal aguda, infección urinaria, prostatitis, cáncer de próstata, litiasis renoureteral y otros. Cateterismo vesical: concepto, indicaciones y contraindicaciones del sondaje vesical. Tratamiento sustitutivo de la función renal. Diálisis peritoneal. Hemodiálisis. Trasplante. Procedimientos e intervenciones de enfermería.
Tema 45. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas endocrinológicos: diabetes y sus complicaciones bocio, hipotiroidismo, hipertiroidismo y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería.
Tema 46. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas en el sistema músculo-esquelético: osteoporosis, tumores óseos, artrosis, artritis reumatoide, fractura, amputación, esguince, luxación y otros. Procedimientos de enfermería: vendajes, inmovilizaciones y otras intervenciones.
Tema 47. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas gastrointestinales: abdomen agudo, úlcera gastroduodenal, gastritis, obstrucción intestinal, cáncer colorectal y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería: ostomias, sondaje nasogástrico, lavado gástrico y otras.
Tema 48. Valoración y cuidados de enfermería en los problemas oftalmológicos: conjuntivitis, queratitis, glaucoma, retinopatía diabética, desprendimiento de retina, cataratas y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería: aplicación de gotas y pomadas oculares, irrigación del ojo, recogida de muestras conjuntivales.
Tema 49. Valoración y cuidados de enfermería en los problemas otorrinolaringológicos: otitis, presbiacusias, enfermedad de Meniere, sinusitis y otros. Procedimientos e intervenciones de enfermería: acumetría, audiometría, recogida de frotis nasal.
Tema 50. Cuidados, procedimientos e intervenciones de enfermería: Básicos, monitorización de constantes vitales, oxigenotera, venoclisis y punción arterial, manejo de reservorios y vías centrales, aspiración vías altas y endotraqueal, recogida de muestras y otras.
Fisioterapeuta
Tema 12. Papel del fisioterapeuta en la prevención y control de las infecciones nosocomiales. Medidas preventivas de eficacia probada. Aislamiento en el hospital.
Tema 13. Coordinación de la actividad fisioterapéutica con los distintos servicios y departamentos del hospital. Coordinación entre niveles asistenciales. Protocolos conjuntos, informes al alta, etc.
Tema 14. Metodología de intervención en fisioterapia asistencial. Examen general, valoración fisioterapéutica, historia clínica en fisioterapia.
Tema 15. Prevención. Desarrollo del planteamiento preventivo en las patologías más frecuentes susceptibles de tratamiento fisioterapéutico.
Tema 16. Actuación del fisioterapeuta en situaciones críticas. Parada cardiorrespiratoria. Obstrucción de las vías aéreas. Reanimación cardiopulmonar básica. Fases.
Tema 17. Fisioterapia Respiratoria. Valoración fisioterapéutica. Objetivos Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes. Fisioterapia respiratoria domiciliaria en pacientes con ventilación mecánica no invasiva.
Tema 18. Fisioterapia en UCI, valoración y tratamiento del paciente crítico en ventilación mecánica. Preparación para el destete.
Tema 19. Fisioterapia Cardiovascular. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 20. Fisioterapia en traumatología. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico.
Tema 21. Tratamiento fisioterapéutico en las patologías óseas y de partes blandas en las diferentes articulaciones. Procedimientos fisioterapéuticos basados en terapias manuales.
Tema 20. Fisioterapia en las malformaciones congénitas. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 23. Patologías pediátricas, cuello y deformidades del miembro inferior.
Tema 24. Fisioterapia en las patologías vertebrales. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 25. Fisioterapia en reumatología. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes (Artropatías inflamatorias, Reumatismos degenerativos, Periartritis escapulohumeral, Síndromes dolorosos).
Tema 26. Fisioterapia en neurología. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes del Sistema Nervioso Central: Grandes síndromes neurológicos, enfermedades y lesiones de la médula espinal, lesiones cerebrales.
Tema 27. Fisioterapia en neurología. Valoración fisioterapéutica. Objetivos. Plan de tratamiento fisioterapéutico en las afecciones neurológicas periféricas. Poliomielitis anterior aguda, lesiones del plexo braquial y miembro inferior. Parálisis periféricas tronculares.
Tema 28. Valoración fisioterapéutica del desarrollo psicomotor del niño normal.
Tema 29. Valoración fisioterapéutica de la Parálisis cerebral (PC); valoración de los trastornos motores y de los trastornos asociados. Educación terapéutica del PC.
Tema 30. Electroterapia: Concepto. Clasificación de las corrientes eléctricas más utilizadas en fisioterapia. Acoplamiento entre el aparato de electroterapia y el paciente. Factores a valorar. Normas de seguridad en el manejo de aparatos de electroterapia.
Tema 31. Técnicas electroterápicas con corrientes de baja, media y alta frecuencia. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones. Factores a tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas electroterápicas.
Tema 32. Técnicas electroterápicas con ultrasonidos, radiaciones infrarrojas y ultravioletas, láser y campos magnéticos. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones. Factores a tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas electroterápicas.
Tema 33. Técnicas eléctricas musculares. Fortalecimiento y elongación muscular por medio de corrientes eléctricas. Técnicas de las corrientes alternas más utilizadas para el fortalecimiento y la elongación muscular. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones.
Tema 34. Masoterapia: Concepto. Influencia del masaje sobre el cuerpo humano. Consideraciones técnicas y generalidades en la aplicación del masaje. Maniobras fundamentales en masoterapia (roce, fricción, presión, amasamiento, vibración, percusión).
Tema 35. Técnicas especiales de masoterapia: Masaje de fricción profunda, Masaje torácico, Drenaje linfático manual. Indicaciones y contraindicaciones de la masoterapia.
Tema 36. Cinesiterapia: Conceptos, clasificación y efectos fisiológicos de la movilización en general y ante la ausencia de ésta. Valoración analítica y funcional articular y muscular. Valoración de la piel y tejidos subyacentes.
Tema 37. Cinesiterapia activa: Concepto, modalidades, metodología, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 38. Cinesiterapia pasiva: Concepto, modalidades, metodología, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 39. Aplicación de poleoterapia y mecanoterapia a las distintas modalidades de cinesiterapia.
Tema 40. Evaluación analítica y funcional. Coeficiente funcional de movilidad articular.
Tema 41. Modalidades de actuación muscular. Cadenas musculares. Sinergias.
Tema 42. Evaluación de la marcha normal y patológica. Reeducación en las diferentes patologías.
Tema 43. Principios de reeducación propioceptiva. Aplicaciones.
Tema 44. Hidroterapia. Conceptos. Estudio físico del agua. Función de la piel. Técnicas hidroterápicas, balneoterapia. Procedimientos hidrocinéticos. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 45. Termoterapia y crioterapia. Conceptos. Efectos fisiológicos y terapéuticos. Técnicas de aplicación. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 46. Papel de la fisioterapia en la tercera edad. Medidas preventivas y educativas. La atención y asistencia fisioterapéutica en el anciano patológico.
Tema 47. Los accidentes en el anciano. Atención domiciliaria.
Tema 48. El papel de la fisioterapia en la atención ginecológica y obstétrica. Medidas preventivas y educativas.
Tema 49. Ergonomía: Definición y objetivos. Diseño del puesto de trabajo. Posturas viciosas durante el trabajo. Métodos de movilización de enfermos e incapacitados.
Tema 50. El vendaje funcional y neuromuscular. Teoría y definición. Material necesario. Métodos. Indicaciones y contraindicaciones.
Terapeuta Ocupacional
Tema 12. Definición de terapia ocupacional.
Tema 13. Bases conceptuales de terapia ocupacional: conceptos básicos, paradigma de terapia ocupacional.
Tema 14. Concepto de ocupación. Diferencias entre ocupación, actividad y tarea.
Tema 15. Rol, competencias y funciones del terapeuta ocupacional en el equipo interdisciplinar en los diferentes ámbitos de intervención.
Tema 16. Evaluación en terapia ocupacional.
Tema 17. Diferencias entre evaluación y valoración.
Tema 18. Evaluación inicial, durante y al final del tratamiento.
Tema 19. Abordajes de intervención en terapia ocupacional: promoción de la salud, restauración, mantenimiento, modificación y prevención de la discapacidad.
Tema 20. Educación para la salud individual, grupal y comunitaria en terapia ocupacional: concepto, metodología y técnicas didácticas.
Tema 21. Métodos e instrumentos para valoración sensitiva y sensorial.
Tema 22. Tacto superficial. Dolor.
Tema 23. Temperatura. Parestesia.
Tema 24. Tacto en movimiento. Discriminación de dos puntos estáticos y en movimiento.
Tema 25. Esterognosia. Propiocepción.
Tema 26. Cinestesia. Monofilamentos.
Tema 27. Análisis de la actividad. Modelos para el análisis de la actividad. La graduación de la actividad.
Tema 28. Actividades de la vida diaria: definición y clasificación. Relación con la terapia ocupacional.
Tema 29. Instrumentos estandarizados para su valoración.
Tema 30. Actividades productivas en terapia ocupacional.
Tema 31. Intervención en terapia ocupacional en las patologías de salud mental más frecuentes: esquizofrenia y trastornos maníaco-depresivos, trastornos de la conducta alimentaria.
Tema 32. Intervención en terapia ocupacional en las patologías de salud mental más frecuentes: trastornos del estado de ánimo, trastornos relacionados con sustancias.
Tema 33. Terapia Ocupacional en los Programas de Entrenamiento en Habilidades Sociales (HHSS) en el marco de la salud mental.
Tema 34. Líneas actuales y definición de las HHSS.
Tema 35. Importancia del entrenamiento de las HHSS para personas con Trastorno Mental Grave.
Tema 36. Principios del aprendizaje en HHSS. Evaluación y planteamiento de objetivos en HHSS.
Tema 37. Intervención de la terapia ocupacional en las personas afectadas de esclerosis múltiple, Parkinson, enfermedad de la motoneurona.
Tema 38. Intervención de la terapia ocupacional en la enfermedad cardiaca y respiratoria.
Tema 39. Intervención de la terapia ocupacional en la patología de origen reumatológico, osteo-articular y de partes blandas: artritis, artrosis y osteoporosis.
Tema 40. Terapia Ocupacional en los Programas Psicoeducativos con personas que padecen Trastorno Mental Grave.
Tema 41. Justificación de los programas de psicoeducación. Evaluación. Técnicas de intervención.
Tema 42. Estrategias de intervención en el dolor crónico.
Tema 43. Alteraciones congénitas del aparato locomotor (I). Agenesia bilateral de miembros superiores: utilización y manejo de prótesis. Agenesia unilateral de miembros superiores: utilización y manejo de prótesis.
Tema 44. Alteraciones congénitas del aparato locomotor (II). Agenesia bilateral de miembros inferiores: utilización y manejo de prótesis, silla de ruedas y bastones.
Tema 45. Alteraciones congénitas del aparato locomotor (III). Agenesia vertebral y Escoliosis congénita: manejo de órtesis.
Tema 46. Intervención de la terapia ocupacional en los síndromes geriátricos de mayor incidencia: deterioro funcional, inmovilismo, caídas, incontinencia urinaria y demencia.
Tema 47. Intervención de la terapia ocupacional en las personas afectadas por lesiones medulares.
Tema 48. Intervención de la terapia ocupacional en pacientes terminales.
Tema 49. Intervención de la terapia ocupacional en pérdidas sensoriales: visuales y auditivas.
Tema 50. Sistema de comunicación aumentativa y alternativa.
Matrona
Tema 12. Enfermería basada en la evidencia: niveles de evidencia y grados de recomendación. Búsqueda de evidencias científicas: bases de datos bibliográficas, fuentes documentales de evidencia y revisión bibliográfica. Instrumentos de la evidencia científica. Formulación de preguntas y búsqueda de respuestas sobre la práctica clínica. Evaluación y síntesis de los hallazgos de la revisión bibliográfica. Guías de práctica clínica.
Tema 13. Organización de los cuidados obstétrico-ginecológicos en Atención Primaria y Atención Hospitalaria: consulta de Matrona. Coordinación de cuidados obstétrico ginecológicos entre ambos niveles asistenciales. Programas y planificación de cuidados obstétrico-ginecológicos.
Tema 14. La docencia como actividad necesaria para el desarrollo profesional. Participación de la Matrona en la formación de pregrado y postgrado. Formación continuada.
Tema 15. Administración de los servicios obstétrico-ginecológicos. Elaboración de objetivos. Sistemas de registro. Historia clínica.
Tema 16. La Matrona como agente de Educación Sanitaria. Sistemas de comunicación e información en la educación para la salud de la mujer. Educación para la salud de la mujer y el neonato. Aplicación de la dinámica de grupos en los programas educativos para la salud de la mujer. Educación para la prevención del consumo de sustancias adictivas.
Tema 17. Reproducción humana. Gametogénesis: ovogénesis y espermatogénesis. Conceptos generales sobre reproducción humana. Estructura y funciones del sistema reproductor masculino y femenino. Ciclo ovárico, ciclo endometrial, ciclo menstrual.
Tema 18. Consejo genético, diagnóstico prenatal: nociones básicas de genética, enfermedades genéticas y malformaciones genéticas. Identificación prenatal de cromosomopatías. Técnicas de diagnóstico prenatal. Técnicas básicas de determinación de cariotipo y biología molecular.
Tema 19. Anatomía del aparato reproductor femenino. Pelvis ósea. Pelvis blanda. Órganos genitales internos y externos. Vascularización. Ligamentos. Inervación.
Tema 20. Desarrollo prenatal humano: fecundación; período pre embrionario. Período embrionario: diferenciación de las hojas germinativas. Período fetal: desarrollo. Características morfológicas y funcionales de la placenta, hormonas placentarias. Circulación fetoplacentaria.
Tema 21. Fecundación artificial. Fecundación múltiple. La pareja con problemas de infertilidad: causas de esterilidad, valoración clínica, alternativas a la esterilidad. Esterilidad/infertilidad. Diagnóstico prenatal/postnatal. Técnicas de reproducción asistida.
Tema 22. Concepto de embarazo. Anatomía y fisiología del embarazo. Cambios estructurales, funcionales, emocionales y psicológicos en la mujer. Diagnóstico del embarazo. Pruebas de embarazo. Autocuidados derivados del embarazo. Alimentación, eliminación, actividad/descanso, aseo y vestido.
Tema 23. Consulta prenatal. Atención a la mujer gestante. Objetivos de control prenatal. Historia de la embarazada. Exploración general y obstétrica: las maniobras de Leopold. Identificación de problemas. Control y seguimiento de la embarazada. Valoración del bienestar fetal: métodos clínicos, monitorización biofísica, ecografía, doppler, amnioscopia, otras técnicas.
Tema 24. Factores que inciden en el desarrollo de la gestación: alcohol, tabaco. Drogodependencia. Sustancias tóxicas. Radiaciones. Estrés. Fármacos en la gestación Asesoramiento a la gestante.
Tema 25. Prevención de infecciones en el embarazo. Inmunización activa o pasiva. La embarazada con problemas derivados del SIDA y/o de la hepatitis B y C. Cuidados en embarazo, parto, posparto, lactancia. Educación sanitaria.
Tema 26. Educación sanitaria de la gestante. Programas de educación para la maternidad: contenido teórico y práctico. Ejercicios físicos, del suelo pélvico y estática corporal. Ejercicios respiratorios y de relajación.
Tema 27. Atención y cuidados a la mujer en el parto normal: el partograma, signos y síntomas. Exploraciones al ingreso. Monitorización interna y externa. Amniorrexis. Etapas del trabajo del parto: fisiología del parto, adaptación del organismo materno al trabajo del parto, adaptación del feto al canal del parto. Mecanismo de parto en presentación de vértice. Biomecánica del parto. Valoración materna y fetal.
Tema 28. La episiotomía: indicaciones y procedimientos. Episiorrafia. Aspectos psicológicos de la mujer durante el parto. Alternativas al parto tradicional. El parto en casa. Atención y cuidados de la mujer en el alumbramiento; la inspección placentaria.
Tema 29. Farmacoterapia durante el proceso de parto. La dilatación inducida: problemas y complicaciones. Métodos no farmacológicos de alivio del dolor. Mórficos. Anestésicos locales. Óxido nitroso. Anestesia regional. Anestesia general.
Tema 30. Asistencia y cuidados de la mujer en el parto dirigido: Inducción de parto. Fármacos uteroestimulantes: oxitocina, prostaglandinas. Estimulación del parto: amniorrexis artificial, maniobra de Hamilton. Complicaciones en el trabajo de parto y alumbramiento: parto distócico. Distocias dinámicas, mecánicas y de la estática fetal. Fiebre intraparto. Instrumentación: fórceps, espátulas de Thierry, ventosa, cesárea.
Tema 31. Situaciones especiales de urgencia obstétrica: procidencia, prolapso de cordón, distocia de hombros, embolias, reanimación cardiopulmonar. Conducta obstétrica. Atención de la Matrona.
Tema 32. Atención inmediata al recién nacido. Valoración inicial, registros y cuidados inmediatos. Examen general: test de Apgar. Valoración neurológica. Identificaciones de situaciones de riesgo. Adaptación del recién nacido a la vida extrauterina. Cuidados al recién nacido: aporte de oxígeno, termorregulación, bienestar y seguridad. Alimentación, eliminAción, actividad, sueño. Vacunación. Vínculos de relación madre/pareja/recién nacido. Cribaje de metabolopatías. Orientación a los padres sobre sus cuidados. Asesoramiento al alta.
Tema 33. Donación de sangre de cordón. Definición, procedimiento, aspectos legales.
Tema 34. Atención a la mujer durante el puerperio. Puerperio normal. Modificaciones físicas y psicológicas. Molestias posparto. Atención al puerperio inmediato. Exploración general, identificación de problemas y prevención de los mismos. Autocuidados derivados del puerperio: alimentación, actividad y descanso, eliminación, seguridad, bienestar, adaptación al nuevo rol. Control y seguimiento en el puerperio: visita a domicilio, programas de control puerperal y del recién nacido. Revisión posparto.
Tema 35. Situaciones de riesgo en el puerperio. Concepto, factores etiológicos y concurrentes. Complicaciones generales: hemorragias, enfermedad tromboembólica. Infección puerperal: profilaxis, atención y cuidados de la mujer. Complicaciones locales: mastitis. Infección urinaria. Dehiscencias de suturas, hematomas perineales. Cuidados de Matrona. Adaptación psicosocial de la puérpera: depresión posparto.
Tema 36. Lactancia materna. Fisiología de la secreción láctea: problemas más frecuentes. Supresión de la lactancia. Educación sanitaria y promoción de la lactancia materna.
Tema 37. Atención a la mujer con complicaciones durante el embarazo: anemia, tuberculosis, cardiopatías, listeriosis, nefritis, rubeola. Problemas hemorrágicos en el primer y segundo trimestre: aborto, amenaza de aborto, embarazo ectópico y molar. Signos de alarma. Implicaciones, intervenciones específicas. Hemorragias en el tercer trimestre. Placenta previa, abruptio placentae. Implicaciones materno-fetales. Intervenciones específicas.
Tema 38. Embarazo de riesgo I: concepto. Situaciones de riesgo. Clasificación, descripción, planificación de los cuidados obstétricos-ginecológicos. Implicaciones maternofetales. Intervenciones y valoración de la situación en los trastornos cardiovasculares, respiratorios, digestivos, hematológicos, músculoesqueléticos y neurológicos durante el embarazo.
Tema 39. Embarazo de riesgo II. Hiperemesis. Hipertensión. Diabetes. Problemas de isoinmunización: valoración. Implicaciones materno-fetales. Intervenciones específicas.
Tema 40. Complicaciones fetales durante la gestación: valoración del crecimiento y desarrollo fetal. Valoración de la madurez fetal. Intervenciones específicas. Problemas derivados de los anejos fetales: anomalías de placenta, del cordón, membranas y líquido amniótico.
Tema 41. Problemas relacionados con la duración de la gestación: amenaza de parto prematuro, embarazo prolongado. Intervenciones específicas.
Tema 42. Embarazo múltiple y parto múltiple. Valoración y cuidados de la matrona. Parto de riesgo: concepto, factores etiológicos y contribuyentes. Situaciones psicosociales de riesgo: mujer adolescente, mujer sola. Muerte intraparto: concepto, intervenciones específicas. Atención de la Matrona.
Tema 43. Recién nacido de riesgo: prematuro, dismaduro, posmaduro, bajo peso. Clasificación de los problemas. Anoxía del recién nacido. Reanimación cardiopulmonar básica y avanzada del recién nacido. Hiperbilirrubinemia: causas, prevención de complicaciones. Cuidados específicos. Sepsis neonatal: causas y prevención de complicaciones. Problemas neurológicos y renales. El recién nacido con malformaciones.
Tema 44. Educación sanitaria en planificación familiar, concepto. Métodos anticonceptivos: naturales, de barrera, hormonales, DIU, quirúrgicos. Contracepción. Contracepción en situaciones especiales. Interrupción voluntaria del embarazo.
Tema 45. Plan integral de asistencia a la mujer. Programa de atención a la mujer: Exploración ginecológica: citología y toma de muestra. Exploración mamaria. Atención y cuidados de la mujer: en la adolescencia, menarquía y pubertad. Aspectos psicológicos y sociales. Problemas ginecológicos de la mujer en edad fértil. Sexualidad: conceptos generales. Psicofisiología de la respuesta sexual. La sexualidad en las diferentes etapas de la vida. Disfunciones sexuales. Mutilación genital femenina. Fomento de hábitos saludables, prevención y control de riesgos. Delitos contra la libertad sexual.
Tema 46. Enfermedades de transmisión sexual: sífilis, gonorrea, herpes genital, tricomoniasis, candidiasis. Otras enfermedades: sida y hepatitis. Diagnóstico y tratamiento. Prevención. Control. Educación para la salud. Las enfermedades de transmisión sexual como problema de salud pública. Epidemiología.
Tema 47. Climaterio y menopausia. Cronología del climaterio. Evolución morfológica y biológica. Aspectos psicológicos y sociales. Problemas de salud más frecuentes. Tratamiento farmacológico y no farmacológico. Programa de menopausia.
Tema 48. Cuidados a la mujer con problemas ginecológicos. Alteraciones del ciclo menstrual. La mujer con problemas estructurales del sistema reproductor. Procesos inflamatorios e infecciones del sistema reproductor. Incontinencias urinarias.
Tema 49. Diagnóstico precoz del cáncer genital y de mama. Programas de prevención. Epidemiología. Pautas de asistencia. Atención y cuidados a la mujer con cáncer ginecológico.
Tema 50. Demografía sanitaria maternal y reproductiva. Inscripción del recién nacido. Estructura de la población. Índices demográficos. Morbilidad reproductiva. Propuestas de la Organización Mundial de la Salud.
Tribunal Calificador para la categoría de Enfermero/a
Tribunal titular
Presidente: Comandante Enfermero, don Tomás Herrera Iglesias.
Vocales:
Enfermera doña María José García Pérez.
Enfermera doña Yolanda Barrios Zurita.
Enfermero don Álvaro Alonso Aguado.
Secretaria: Enfermera doña Sagrario Leonor Rodríguez.
Tribunal suplente
Presidente: Enfermero don Iván Ruíz Martín.
Vocales:
Enfermera doña Esther Flores Jiménez.
Enfermero don José María Perdigón Luengo.
Enfermero don Alejandro de Frutos Martínez.
Secretaria: Enfermera doña Mercedes Marañón Esteban.
Tribunal Calificador para la categoría de Fisioterapeuta
Tribunal titular
Presidente: Fisioterapeuta, don Mariano Pontones Torrero.
Vocales:
Fisioterapeuta don Alejandro García Salmoral.
Fisioterapeuta don Juan Manuel Martínez Cuenca.
Fisioterapeuta doña Pilar Soriano Sánchez.
Secretaria: Fisioterapeuta doña Cristina Sáenz Jiménez.
Tribunal suplente
Presidenta: Fisioterapeuta doña Micaela Naranjo Alhambra.
Vocales:
Fisioterapeuta doña Mercedes Collado Pérez.
Fisioterapeuta don Mariano Pedro Casanova López.
Fisioterapeuta doña Ángela de Frutos Arranz.
Secretario: Fisioterapeuta don Ángel Manuel Labrador Cerrato.
Tribunal Calificador para la categoría de Terapeuta Ocupacional
Tribunal titular
Presidenta: Fisioterapeuta, doña Marta García Fernández.
Vocales:
Terapeuta Ocupacional, doña Margarita Guijarro Barbas.
Terapeuta Ocupacional, doña María José Padilla Jiménez.
Terapeuta Ocupacional, don Alfonso Riaza Arroyo.
Secretaria: Terapeuta Ocupacional, doña Ana Isabel Pérez Moreno.
Tribunal suplente
Presidenta: Fisioterapeuta, doña Pilar Peñaranda Ortiz.
Vocales:
Terapeuta Ocupacional, don Sergio Martínez Zujeros.
Terapeuta Ocupacional, doña Verónica María Muñoz Valverde.
Terapeuta Ocupacional, doña Marta Rubio Martín.
Secretaria: Enfermera, doña Ana Forjan González.
Tribunal Calificador para la categoría de Matrona
Tribunal titular
Presidenta: Enfermera, doña Yolanda María Palau Blancas.
Vocales:
Matrona doña María Isabel Rodríguez-Bobito Serrano.
Matrona doña Magdalena Luque Díaz.
Matrona doña Fátima Zohra M´Rabet Mouaouia.
Secretario: Matrono, don Álvaro López Mansilla.
Tribunal suplente
Presidenta: Enfermera, doña María Provencio Sarro.
Vocales:
Matrona doña Silvia Margarita González Andreu.
Matrona doña Laura Fernández Celáa.
Matrona doña María Jesús López Carrero.
Secretario: Enfermero, don Miguel Luis Martín Rodríguez.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Defensa».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará la Categoría Profesional o especialidad a la que optan.
No es necesario cumplimentar el apartado 16, «Especialidad, área o asignatura».
El recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes claves:
«L» Acceso Libre.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Defensa».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid» o «Zaragoza».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» podrán indicar si se desea participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, siempre y cuando la persona aspirante presente un grado de minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, tal como se señala en la Base «5. Acceso de personas con discapacidad».
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea o esté en condiciones de obtener, y que habilite para presentarse a estas pruebas.
En el recuadro 27, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» en Datos A, las personas aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo por cualquiera de los cupos de reserva para personal militar deberán así indicarlo, consignando en dicha casilla las letras mayúsculas «RM. Cupo General» para quienes participen por el cupo de reserva general establecido para el personal militar o «RM. Cupo Últimos 10 años compromiso», para quienes participen por el cupo de reserva para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso.
Asimismo, quienes no participen por estos cupos de reserva establecidos para personal militar, seleccionarán en esta casilla «Cupo de Acceso General».
Las solicitudes se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 23,33 euros, y de 11,67 euros para las familias numerosas.
Las causas de exención de pago de tasas son las recogidas en la base específica 6.6.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere la base 8.7.2., para la presentación ante la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa de la siguiente documentación:
a) Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa a la Administración española, declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
c) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico.
d) Certificación expedida por los servicios médicos de los Servicios de Salud, acreditativa de la capacidad funcional física y psicológica necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento. Si la dirección de cada hospital estimase que esta certificación de la capacidad funcional necesaria debería complementarse con un reconocimiento médico a realizar por el propio Servicio de Prevención, previo a la toma de posesión, este será obligatorio. La toma de posesión quedará supeditada a la superación de este requisito.
e) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el precepto legal.
f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa o Servicio de Salud de origen, en la categoría y especialidad a la que se accede.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, alguna persona aspirante no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 4, se declarará la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo.
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