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Documento BOE-A-2024-26319

Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad de Ceuta, para la realización de actividades culturales y académicas conjuntas en el año 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2024, páginas 173245 a 173247 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2024-26319

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 5 de diciembre de 2024 se suscribió la Primera Adenda de prórroga del convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta suscrito el 19 de febrero de 2024 para la realización de actividades culturales y académicas conjuntas para el año 2025.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de diciembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANEXO
Primera Adenda de prórroga del convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta suscrito el 19 de febrero de 2024 para la realización de actividades culturales y académicas conjuntas en el año 2025

Madrid, 5 de diciembre de 2024.

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y, de otra parte, doña Pilar Orozco Valverde, Consejera de Educación, Cultura y Juventud de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de su nombramiento por Decreto de 23 de junio de 2023, de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, y Presidenta de la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrada por acuerdo del Patronato de dicha Fundación, en su sesión de 19 de octubre de 2023, que fue elevado a público mediante la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía D. José Eduardo García Pérez, el 20 de noviembre de 2023, con el número 2.684 de su protocolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de sus Estatutos, actúa en nombre y en representación de la citada Fundación, con domicilio a los efectos de la presente adenda en Centro Cultural Estación del Ferrocarril, Av. de Madrid s/n, 51001, de Ceuta, y con NIF G-51000024.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron, el 19 de febrero de 2024, un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación colaborase en la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán, Marruecos.

II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que las partes pueden suscribir acuerdos de prórroga por años naturales que se incorporarán al mismo progresivamente, a medida que se vayan formalizando. En dichos acuerdos se detallarán las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y desean prorrogarla.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 18 de noviembre de 2024.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar el convenio a que se refiere el Exponendo I anterior y detallar las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC para 2025.

La finalidad exclusiva de la ayuda de la Fundación será la de contribuir a sufragar los gastos originados por el intercambio y/o itinerancia de las actividades que se señalan a continuación y que tanto el IC, a través de su centro en Tetuán, como la Fundación llevarán a cabo durante la vigencia de la presente adenda:

– Organizar y promover conferencias, seminarios, jornadas, congresos y manifestaciones artísticas y culturales de todo género.

– Desarrollar y promover toda clase de actividades teatrales y musicales.

– Colaborar, junto con otras instituciones, en la organización de cursos de formación en español.

– Publicar documentos de investigación de carácter sociocultural, que permitan el conocimiento mutuo.

Segunda. Aportación para 2025.

La Fundación destinará la cantidad de nueve mil quinientos euros (9.500,00 €) para colaborar en los gastos que se deriven de la realización de las actividades mencionadas en la cláusula anterior, con cargo a su presupuesto para el año 2025, supeditado a sus disponibilidades presupuestarias para dicho ejercicio.

El Instituto Cervantes destinará los recursos humanos y materiales para la realización de las actividades objeto del convenio, a desarrollar en Tetuán, estimados en un máximo de nueve mil euros (9.000,00 €) dotados en su presupuesto para 2025.

Tercera. Prórroga del convenio.

Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 19 de febrero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.

El resto de condiciones reguladas en el citado convenio permanecen vigentes.

Cuarta. Eficacia de la presente adenda.

La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la extinción del convenio. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero, 5 de diciembre de 2024.–Por la Fundación Premio Convivencia, la Presidenta, Pilar Orozco Valverde, 3 de diciembre de 2024.

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