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Documento BOE-A-2024-26337

Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para la distribución y venta de publicaciones editadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2024, páginas 173336 a 173338 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2024-26337

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS) y el Ministerio de Cultura para la distribución y venta de publicaciones editadas por el MNCARS, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada encomienda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de diciembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Cadenas Lázaro.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión entre Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Ministerio de Cultura para la distribución y venta de publicaciones editadas por el museo

En Madrid, 26 de noviembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Segade Lodeiro, Director del organismo público Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante MNCARS), nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 240, de 5 de octubre), y el artículo 9.2 del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 86, de 6 de abril), con domicilio a efectos de la suscripción del presente instrumento en Madrid, en la calle Santa Isabel, 52 distrito postal 28012, CIF: Q28280321.

De otra parte, doña María del Carmen Páez Soria, Subsecretaria de Cultura, en virtud de las facultades que tiene conferidas por el titular del departamento por Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias, en nombre y representación de la Administración del Estado (Ministerio de Cultura), con domicilio a efectos efectos de la suscripción del presente instrumento en Madrid, en la plaza del Rey, 1, distrito postal 28004, CIF: S2800239B.

Ambas partes intervienen en razón de sus respectivas competencias y se reconocen capacidad legal suficiente para formalizar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el MNCARS y el Ministerio de Cultura,

EXPONEN

Primero.

Que el MNCARS se encarga de la edición, publicación y distribución de las publicaciones que figuran en su programa editorial. Para mejorar la difusión y venta de publicaciones, con el doble objetivo de mejorar la rentabilidad y facilitar la venta y difusión de las mismas, se posibilitará a la ciudadanía la adquisición de las obras editadas por el MNCARS en cualquier soporte, a través de su página Web, de los puntos de venta y de los distribuidores del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de que el MNCARS tenga otros puntos de venta.

Segundo.

Que, según el Real Decreto 118/2001, de ordenación de publicaciones oficiales, corresponde a los Centros de Publicaciones, dependientes de las Secretarías Generales Técnicas, gestionar la edición, distribución y venta, en su caso, de las publicaciones oficiales, en coordinación con los organismos y entidades con actividad editorial.

Tercero.

Que, según el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado para el año 2024, «las publicaciones oficiales deben servir de instrumento para la transparencia de la Administración General del Estado y de medio para la divulgación de la información y documentación que en ella se generan en beneficio de la ciudadanía y los agentes sociales y económicos».

Por cuanto antecede, ambas partes firman el presente acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

Este acuerdo de encomienda de gestión se regirá por lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda.

Las publicaciones editadas por el MNCARS figurarán en el catálogo en línea de publicaciones del Ministerio de Cultura, en un apartado bien diferenciado de las publicaciones del Ministerio.

Tercera.

El MNCARS mantendrá al día la base de datos del catálogo de publicaciones del Ministerio de Cultura donde se facilitarán los datos bibliográficos, incluido un resumen del contenido de la publicación y una imagen de la cubierta. Asimismo, se podrá alojar un pdf de la misma para ponerla a disposición del público.

Cuarta.

El MNCARS depositará en el Servicio de Distribución y Venta de Publicaciones del Ministerio de Cultura situado en la c/ Abdón Terradas, 7, quince ejemplares como mínimo de cada una de las publicaciones editadas en cualquier soporte, con el fin de mantener un fondo cuya finalidad sea la venta, cantidad que será renovada por indicación del Ministerio de Cultura.

Quinta.

Los ingresos por la venta de las publicaciones del MNCARS irán directamente a la cuenta del Banco Santander ES51 0049 0001 5323 1183 1569 a través de la cuenta de propósito específico que gestiona la Subdirección de Atención a la Ciudadanía, Documentación y Publicaciones por la venta de publicaciones del Ministerio de Cultura. El Ministerio hará un informe semestral donde se recogerá la gestión de las ventas.

Sexta.

Las publicaciones editadas por el MNCARS tendrán el precio de venta al público que este Organismo fije, siendo asimismo competente para reducir los precios en aquellos casos en que lo considere útil para conseguir una mayor comercialización, siempre que la legislación al respecto lo permita y lo comunique al Ministerio con un mínimo de tres semanas de antelación.

Séptima.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación de la presente encomienda, deberán de solventarse por acuerdo de las partes. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

Octava.

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su firma, teniendo un plazo de vigencia anual. Se entenderá prorrogado tácitamente por anualidades sucesivas salvo denuncia de alguna de las partes, formulada como mínimo con tres meses de antelación a la fecha de vencimiento.

Anualmente podrá realizarse una revisión del presente acuerdo por si fuera necesario realizar algún ajuste del mismo.

A la vista de lo anterior, las partes

ACUERDAN

Suscribir la encomienda de gestión entre el MNCARS y el Ministerio de Cultura en materia de distribución y comercialización de las publicaciones oficiales del MNCARS.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Acuerdo de encomienda de gestión en duplicado en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–El Director del MNCARS, Manuel Segade Lodeiro.–La Subsecretaria del Ministerio de Cultura, María del Carmen Páez Soria.

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