En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, y con el fin de atender las necesidades de recursos humanos que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, el Consejo Económico y Social acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo de tres plazas de la categoría de Técnico/a Superior en el Área de la Gerencia y en el Departamento de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
La presente convocatoria tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, de conformidad con el artículo 103.3 de la Constitución Española y el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (BOE de 1 de enero de 2021) y cuyas bases se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General de la Administración (administración.gob.es), se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas de la categoría de Técnico/a Superior del Consejo Económico y Social, por el sistema general de acceso libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2024.
1.2 La descripción de las plazas se detalla en el anexo I de esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo II.
1.4 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que haya obtenido mayor puntuación en cada una de las plazas, una vez hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratadas con carácter fijo, como personal laboral del Consejo Económico y Social.
1.5 Todas las publicaciones referentes a la presente convocatoria se efectuarán en el tablón de anuncios de la sede del Consejo Económico y Social calle Huertas, 73, 28014 Madrid, en la página web (www.ces.es), y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).
2. Requisitos de las personas candidatas
Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1 Nacionalidad:
2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 Ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.
2.1.3 Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2.1.4 Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.5 Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidas en el apartado 2.1.1 así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado 2.1.2, siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Titulación: Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.3 Edad: tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.4 Compatibilidad funcional: poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.5 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el anexo V de esta convocatoria.
3.2 Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Las personas aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero o por concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada, no puedan realizar este trámite de forma telemática, podrán cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria, a través de medios electrónicos, por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), o en el Registro del Consejo Económico y Social de España, sito en calle Huertas, 73 de Madrid (C. P. 28014), o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y se dirigirán al Presidente del Consejo Económico y Social de España.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3.3 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar, junto a su solicitud, Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad, según lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo Económico y Social dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos y excluidos y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo de la fase de oposición.
En dicha resolución, en el caso de que existan solicitantes excluidos, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado, en su caso, la exclusión u omisión de la persona aspirante.
4.2 Finalizado dicho plazo, el Presidente del Consejo Económico y Social dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas solicitantes admitidas.
5. Órgano de selección
5.1 La composición del Tribunal de este proceso selectivo figura en el anexo IV de esta convocatoria. Se publicará en la página web (www.ces.es), junto con la presente convocatoria, un breve currículo profesional de las personas que forman parte del órgano de selección.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán pertenecer a un Grupo Profesional igual o superior al de la categoría de los puestos convocados. Se deberá respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición del Tribunal, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas.
5.5 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes. Asimismo, el Órgano de Selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.6 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.
5.7 El órgano de selección, una vez constituido, hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.
5.8 El Tribunal adoptará las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de las aspirantes.
5.9 El Tribunal calificador podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de los ejercicios de la fase de oposición, pudiendo establecer para ello, el uso de los medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Consejo Económico y Social, calle Huertas, 73, 28014 Madrid, teléfonos 914292156 y 911911850.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El proceso selectivo se realizará, para cada plaza, mediante una fase de oposición, según figura en el anexo II.
6.2 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
6.3 La presente convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y la fase de oposición en un año, salvo causa justificada.
6.4 Las personas aspirantes serán convocadas a los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.5 El orden de actuación de los candidatos y de las candidatas en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. (BOE de 31 de julio de 2024).
6.6 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio de éste, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.7 Concluido los ejercicios de la oposición, el Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
6.8 Los resultados de la fase de oposición, así como la puntuación final del proceso selectivo serán hechos públicos en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).
6.9 La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios de la fase de oposición.
6.10 En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo.
6.11 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si tuviera conocimiento de que alguno de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Órgano de Selección elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo.
Dichas relaciones serán conformadas atendiendo al orden de la puntuación obtenida por las personas candidatas en la oposición, para cada una de las plazas señaladas en el anexo I.
El Órgano de Selección publicará dichas relaciones en el tablón de anuncios de la sede del Consejo Económico y Social, en su página web (www.ces.es), y en el Punto de Acceso.
General (www.administracion.gob.es), en la que se anunciará que las primeras personas aspirantes de cada plaza dispondrán de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
8. Adjudicación de plazas
8.1 La adjudicación de las plazas se efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación total obtenida, mediante resolución de la autoridad convocante que será, asimismo, publicada.
8.2 Únicamente se formalizará un contrato para cada puesto de trabajo convocado.
8.3 Las personas aspirantes contratadas deberán superar un período de prueba de seis meses durante el cual la Dirección del Área de la Gerencia y el Departamento de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones, en cada caso, evaluarán el correcto desempeño del puesto de trabajo de los que de ellos dependan.
8.4 En el caso de que un candidato o candidata no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, la certificación emitida por el Área o Departamento de la que dependa orgánicamente la plaza sobre el correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, o renuncie durante dicho período de prueba, el puesto se adjudicará al siguiente candidato o candidata de la relación a la que se refiere la base 7.1.
9. Listas de personas candidatas para el nombramiento de personal laboral temporal
9.1 Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo, para permitir la contratación como personal laboral temporal en la categoría de Técnico/a Superior, el Órgano de Selección elaborará una relación con aquellas personas candidatas que, habiendo participado en el proceso selectivo y habiendo alcanzado la puntuación mínima para superarlo, no hayan obtenido plaza. La lista de personas candidatas será ordenada de mayor a menor puntuación total obtenida en el proceso selectivo.
9.2 La lista de personas candidatas tendrán una validez de dieciocho meses desde su publicación o hasta la publicación de nuevas listas resultantes del desarrollo de nuevos procesos selectivos ordinarios.
9.3 La gestión de la lista de personas candidatas estará encomendada a la Dirección del Área de la Gerencia del Consejo Económico y Social y el procedimiento de gestión se hará público en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es).
9.4 La inclusión en la relación de personas candidatas servirá para la contratación de personal temporal para sustituir a trabajadoras y trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo, mientras dure ésta, o para contrataciones temporales autorizadas expresamente o con carácter general.
9.5 Cuando exista una vacante para cubrirla temporalmente, y una vez formalizada, en su caso, la preceptiva autorización para la contratación temporal, se ofertará el contrato temporal por riguroso orden de los integrantes de la relación de personas candidatas. La comunicación del puesto vacante que le corresponda a la persona candidata se realizará por medios electrónicos a través de la plataforma «Notifica» y se entenderá rechazada ésta cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Aceptada la comunicación electrónica, la persona candidata deberá aportar, en el plazo de tres días hábiles, los documentos que acrediten la posesión de todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.
9.6 En el caso de que no se localizase a la persona candidata o rechace la comunicación, no se presentase en el día y hora indicados, no cumpliese con los requisitos o rechazase ocupar el puesto ofertado, decaerán en su derecho de permanecer en la lista y la contratación se ofertará a la persona candidata que ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente hasta la cobertura de la plaza.
9.7 Las personas que, en el momento del llamamiento, se encuentren en situación de maternidad o de embarazo de riesgo, serán llamadas en las mismas condiciones que el resto de las personas candidatas de la lista, haciéndose igualmente efectiva su contratación.
9.8 Serán causas de exclusión de las relaciones de las personas candidatas:
a) Rechazar una oferta de contratación.
b) Haber sido convocado o convocada y no comparecer para la formalización de la contratación, salvo que la persona trabajadora alegue enfermedad y lo justifique con el correspondiente informe médico.
c) No haber superado el período de prueba.
d) Haber sido objeto de despido.
9.9 Mantendrán su número de orden en la lista y podrán acceder a la siguiente contratación que se genere:
– Quienes se encuentren en situación de enfermedad, siempre que acrediten dicha situación mediante la documentación médica oficial correspondiente o concurra alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada.
– Quienes en el momento del llamamiento se encuentren prestando servicios en el sector público o privado.
9.10 Una vez finalizado su contrato temporal, la persona candidata volverá a la relación de candidatos en el mismo puesto que tenía y le será ofertada, cuando surja una nueva necesidad, otra nueva contratación, siguiendo el mismo procedimiento, hasta completar seis meses en conjunto con los sucesivos contratos, pasando en ese momento a ocupar el último puesto de todas las relaciones en que figure, y siendo llamada para la próxima contratación la siguiente persona de la relación.
9.11 En los supuestos de sustitución, cuando la persona titular del puesto de trabajo se reincorpore o cambie su situación laboral perdiendo el derecho a reserva del puesto, se producirá la extinción del contrato de trabajo temporal de la persona sustituta.
10. Norma final
10.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
10.2 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos que se deriven de aquélla y de las actuaciones del Órgano de Selección, serán susceptibles de impugnación mediante los recursos administrativos que procedan, en función de si los actos administrativos ponen fin o no a la vía administrativa o bien directamente ante el orden jurisdiccional social, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
10.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 12 de diciembre de 2024.–El Presidente del Consejo Económico y Social, Antonio Costas Comesaña.
Plaza núm. 1
Categoría profesional: Técnico/a Superior.
Área funcional: Área de la Gerencia.
Área profesional: Recursos Humanos.
Oferta Empleo Público: 2024.
Titulación: Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado.
Funciones y tareas principales:
Corresponde al puesto de Técnico/a Superior de Recursos Humanos asumir las siguientes funciones y tareas:
– Elaboración, tramitación y pago de las nóminas del personal del Consejo Económico y Social.
– Gestión de las cotizaciones a la Seguridad Social.
– Apoyo en la gestión de los procesos selectivos de personal, en la elaboración de contratos y en la gestión de los planes de acción social, de la formación del personal y de igualdad de género.
– Gestión y tramitación de los expedientes de gasto.
– Elaboración de documentos contables a través de las aplicaciones informáticas de la IGAE (Sorolla2 y Docelweb).
– Redacción de informes en las materias competencias al Departamento de Recursos Humanos.
– Apoyo técnico a la Dirección del Área de la Gerencia.
Competencias del puesto:
– Conocimientos de la Ley 21/1991, de 17 de junio, de creación del Consejo Económico y Social y del Reglamento de Organización y Funcionamiento del CES aprobado por el Pleno del Consejo en fecha 25 de febrero de 1993 (BOE 13 de abril de 1992).
– Conocimientos del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Conocimientos del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 3 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
– Conocimientos del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
– Conocimientos de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
– Capacidad de redacción de informes y otros contenidos relativos a las competencias del Área.
Plazas núm. 2 y núm. 3
Categoría profesional: Técnico/a Superior.
Área funcional: Departamento de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones.
Área profesional: Informática.
Oferta Empleo Público: 2024.
Titulación: Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado.
Funciones y tareas principales:
Corresponde a los puestos de Técnico/a de Informática asumir las siguientes funciones y tareas:
– Instalación, configuración y actualización de equipamiento de la infraestructura de soporte de los sistemas de información corporativos (servidores, equipos de comunicaciones y de seguridad).
– Mantenimiento preventivo, correctivo y evolutivo del centro de procesamiento de datos (CPD), así como del resto de dispositivos que conforman la red informática y las comunicaciones del CES.
– Ejecución de las tareas derivadas de la aplicación de la política de seguridad y protección de los datos.
– Gestión de contenidos. Creación, edición, organización y publicación de contenido web.
– Instalación, configuración y actualización de Software para los puestos de trabajo de los usuarios (ordenadores, dispositivos móviles, impresoras, etc.).
– Apoyo en el mantenimiento de los sistemas de información del CES y de segundo nivel para la correcta asistencia técnica a los usuarios.
– Apoyo técnico al Departamento de Tecnologías de las Información y las Telecomunicaciones del CES.
Competencias del puesto:
– Conocimientos de la Ley 21/1991, de 17 de junio, de creación del Consejo Económico y Social y del Reglamento de Organización y Funcionamiento del CES aprobado por el Pleno del Consejo en fecha 25 de febrero de 1993 (BOE 13 de abril de 1992).
– Conocimientos de la política de protección de datos de carácter personal. El Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Principios y derechos. Obligaciones.
– Conocimientos en análisis, especificación de requisitos y diseño técnico.
– Conocimientos en administración de sistemas, datos, redes de comunicaciones y seguridad.
– Gestión de contenidos y desarrollos web y capacidad de administración de sistemas.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de ésta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio. El primer ejercicio de la fase de oposición consistirá en la realización de un cuestionario de preguntas que versarán sobre el contenido del temario del anexo III. El cuestionario constará de 50 preguntas, 30 basadas en las materias comunes que figuran en el programa y de 20 preguntas basadas en las materias específicas de cada plaza convocada.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es la correcta. Las respuestas correctas se valorarán con 0,80 puntos y las respuestas erróneas se penalizarán con 0,20 puntos. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de cincuenta minutos.
Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 40 puntos, debiendo obtener los candidatos al menos el 50 % de la puntuación resultante de la media aritmética de las 3 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes en esta prueba. En consecuencia, el Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria que se debe alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.
Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de dos días hábiles, a contar desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquéllas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en éstas.
Segundo ejercicio. Constará de dos partes:
– La primera parte consistirá en contestar por escrito 5 preguntas relacionadas con el bloque de las materias específicas de cada plaza convocada. Cada pregunta se deberá contestar en el espacio determinado de la hoja del examen destinada al efecto.
– La segunda parte consistirá en la resolución por escrito de un supuesto de carácter práctico relacionado con las funciones de cada una de las plazas convocadas y que se recogen en el anexo I de las bases de la convocatoria.
Su realización será conjunta y tendrá una duración máxima de dos horas y media.
El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Órgano de Selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. En todo caso, se garantizará la autenticidad, integridad y conservación de los documentos.
El ejercicio será leído públicamente por las personas opositoras ante el Tribunal. Tras la lectura, el Tribunal podrá abrir un diálogo con la persona opositora, durante un tiempo máximo de diez minutos, sobre cualquiera de los aspectos de su exposición.
La convocatoria para la lectura pública se hará mediante Resolución del Tribunal que se publicará en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es), en la página web del CES (www.ces.es) y en el tablón de anuncios de la sede del CES en la calle Huertas, 73, de Madrid, con al menos setenta y dos horas de antelación a la fecha de celebración.
Las personas candidatas será convocadas en llamamiento único, para la lectura del examen.
Este segundo ejercicio de la fase de oposición se valorará con una puntuación máxima de 60 puntos. La valoración de la primera parte de este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 30 puntos con un máximo de 6 puntos por pregunta. La valoración de la segunda parte tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.
Las personas candidatas deberán obtener al menos 30 puntos para superar el segundo ejercicio.
En todo caso, el tribunal calificará este ejercicio valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad de expresión escrita, el rigor analítico y la sistemática, así como su forma de presentación y exposición.
La calificación total de la fase de oposición será de 100 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.
Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
Tema 2. La Corona. Atribuciones. El refrendo.
Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y funciones.
Tema 4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
Tema 5. El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. Las funciones del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno.
Tema 6. Órganos constitucionales: El Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. La función consultiva: El Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.
Tema 7. El Consejo Económico y Social. Naturaleza, composición y funciones.
Tema 8. Tipología de los trabajos y análisis del Consejo Económico y Social: Dictámenes, Informes y Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral de España.
Tema 9. La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos superiores y directivos. Órganos territoriales.
Tema 10. Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del régimen jurídico del sector público. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.
Tema 11. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los empleados públicos. Incompatibilidades.
Tema 12. Políticas de modernización de la Administración General del Estado. La Administración electrónica. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La Agenda Digital para España. La calidad de los servicios públicos y de atención al ciudadano.
Tema 13. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España: La Ley 31/1995, de 8 de noviembre: La integración de la prevención, el plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva. Los deberes de información y formación. Medidas de emergencia.
Tema 14. Políticas de igualdad y contra la violencia de género: régimen jurídico. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico.
Temario materias específicas
Plaza núm. 1. Técnico/a Superior de Recursos Humanos
Tema 1. El personal al servicio de las administraciones públicas: concepto y clases. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Régimen jurídico. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de aplicación.
Tema 2. Derechos y deberes del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y procedimiento. Las incompatibilidades.
Tema 3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la administración pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público. Principios constitucionales.
Tema 4. El contrato de trabajo. Contenido, duración y suspensión. Negociación laboral, conflictos y convenios colectivos.
Tema 5. Las retribuciones e indemnizaciones del personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Retribuciones básicas. Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos.
Tema 6. El régimen general de la Seguridad Social. Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones, afiliación y cotizaciones.
Tema 7. El régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE y las clases pasivas.
Tema 8. Los Presupuestos Generales del Estado. Contenido, elaboración y estructura.
Tema 9. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Relación con la elaboración y pago de las nóminas y otras remuneraciones.
Tema 10. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: modos y perceptores. El pago de las retribuciones del personal en activo. Formas de pago.
Plazas núm. 2 y núm. 3. Técnico/a Superior Informática
Tema 1. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.
Tema 2. Arquitectura de ordenadores. Componentes internos de los equipos microinformáticos. Periféricos. Elementos de almacenamiento, de visualización e impresión.
Tema 3. Diseño y programación orientada a objetos. Elementos y componentes software: objetos, clases, herencia, métodos, sobrecarga. Lenguaje de modelado unificado (UML).
Tema 4. Aplicaciones web. Desarrollo web front-end y en servidor, multiplataforma y multidispositivo. Lenguajes: HTML, XML y sus derivaciones. Navegadores y lenguajes de programación web. Lenguajes de script. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad.
Tema 5. Sistemas operativos. Administración del Sistema operativo y software de base. Actualización, mantenimiento y reparación del sistema operativo. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux. Sistemas operativos para dispositivos móviles.
Tema 6. Bases de Datos. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales, orientados a objetos y NoSQL. Administración de bases de datos.
Tema 7. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico.
Tema 8. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Técnicas criptográficas y protocolos seguros. Mecanismos de firma digital. Infraestructura física de un CPD: acondicionamiento y equipamiento. Sistemas de gestión de incidencias. Control remoto de puestos de usuario.
Tema 9. Comunicaciones. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación. Redes de comunicaciones. Redes Locales. Redes privadas virtuales (VPN). Protocolos TCP/IP.
Tema 10. La red Internet: arquitectura de red. Principales servicios. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL/TLS. Sistemas de gestión documental y de contenidos. Sindicación de contenido. Búsqueda de información: robots, spiders, otros. Posicionamiento y buscadores (SEO).
1.1 Tribunal titular
Presidenta: Alicia Pastor Mor. Licenciada en Derecho.
Vocales:
M. Milagros Guerra Esperanza. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales.
Francisco Martínez Sánchez. Licenciado en Historia.
José Antonio Díaz Aliseda. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología.
Secretario (con voz y sin voto): José Ignacio Casado Medrano. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
1.2 Tribunal suplente
Presidente: Juan Manuel Martínez Parrondo. Ingeniero en Informática.
Vocales:
Jorge Carbajo Centeno. Licenciado en Filología Hispánica.
Brígida Cebrián Águila. Licenciada en Geografía e Historia.
Marina Sánchez Finistrosa. Licenciada en Geografía e Historia.
Secretaria (con voz y sin voto): Marta Rodríguez Nieto. Máster Universitario en Abogacía.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid