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Documento BOE-A-2024-26741

Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación EOI, F.S.P., para las intervenciones de transferencia de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el Plan Estratégico de la PAC (2023-2027).

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 21 de diciembre de 2024, páginas 176351 a 176353 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-26741

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación y el Director General de la Fundación EOI, F.S.P., han suscrito una adenda de prórroga y modificación del convenio para las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el Plan Estratégico de la PAC (2023-2027).

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 13 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación EOI, F.S.P. para las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el Plan Estratégico de la PAC (2023-2027)

7 de noviembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Begoña García Bernal, Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, y actuando en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en lo sucesivo MAPA) y –a su vez– nombrada en virtud del Real Decreto 118/2023, de 12 de diciembre, por el que se nombra Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación a doña María Begoña García Bernal (BOE 297 de 13 de diciembre de 2023).

Y, de otra parte, don José Bayón López, Director General de la Fundación EOI, F.S.P. (en lo sucesivo, EOI), actuando en nombre y representación de la EOI, con domicilio social en Madrid, avenida Gregorio del Amo, 6 y CIF G-81718249, en virtud de las facultades conferidas por el Patronato de la Fundación EOI, F.S.P., las cuales constan en escritura pública autorizada por la Notaria de Madrid, doña María del Rosario Algora Wesolowski, con el núm. 290 de su protocolo.

Actuando ambas en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose capacidad jurídica suficiente para formalizar la presente adenda de prórroga y modificación, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Con fecha 27 de diciembre de 2023 se suscribió el convenio entre el MAPA y la EOI, para llevar a cabo las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el plan estratégico de la PAC (2023-2027), conforme a lo señalado en el Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.

Segundo.

En la cláusula novena se estipula que «la vigencia del convenio será hasta el 15 de diciembre del 2024 sin perjuicio de la posibilidad de prórroga, tal como indica el artículo 49 apartado g), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En cuanto al régimen de modificación el convenio podrá ser modificado de mutua conformidad entre las partes, mediante suscripción de la oportuna adenda, que deberá efectuarse con anterioridad a la expiración del plazo de duración del presente convenio y con los mismos requisitos y condiciones que han sido exigidas para la aprobación del texto inicial».

Tercero.

Para dar continuidad a esta iniciativa y asegurar que se cumplen los objetivos del convenio, ambas partes, de común acuerdo, han decidido ampliar la vigencia del convenio y, en consecuencia, la distribución temporal de la compensación económica, para un correcto desarrollo de las actividades previstas en el convenio.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación al convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La presente adenda tiene como objeto ampliar la vigencia del convenio y, en consecuencia, la distribución temporal de la compensación económica, para un correcto desarrollo de las actividades previstas en el convenio.

Segunda.

Se modifica la cláusula séptima del convenio «Compensación económica», en cuanto a la distribución de anualidades, pasando a ser:

2024

Euros

2025

Euros

120.000 70.000
Tercera.

Se modifica la vigencia del convenio contenida en la cláusula novena «Duración y modificación del convenio», ampliando la misma hasta el 15 de diciembre de 2025.

Cuarta.

El resto de las cláusulas suscritas en el convenio firmado el 27 de diciembre de 2023 quedan vigentes e inalterables durante la presente adenda.

Quinta.

La presente adenda de prórroga y modificación se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), siempre que se produzca antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman electrónicamente la presente adenda de prórroga y modificación.–La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, Begoña García Bernal.–El Director General de Fundación EOI, F.S.P., José Bayón López.

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