Advertidos dos errores en la Orden DSA/1184/2023, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden SCB/801/2019, de 11 de julio, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de Cruz Roja Española, se solicita efectuar las siguientes rectificaciones:
1) En el cuarto párrafo de la página 143805, donde dice: «Entre las facultades del Consejo de Protección de Cruz Roja Española, de acuerdo con el artículo 9.3.d) de los Estatutos de la Institución se encuentra la de informar favorablemente las modificaciones de los Estatutos de la Institución, disponiendo su posterior publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.», debe decir: «Entre las facultades del Consejo de Protección de Cruz Roja Española, de acuerdo con el artículo 9.3.d) del Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española, se encuentra la de informar favorablemente las modificaciones de los Estatutos de la Institución, disponiendo su posterior publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.»
2) De igual manera, en párrafo séptimo de la misma página 143805, inmediatamente anterior al artículo único, donde dice: «En su virtud, de acuerdo con el artículo 9.3.d) de los Estatutos de la Institución en relación con su artículo 32, dispongo:», debe decir: «En su virtud, de acuerdo con el artículo 9.3.d) del Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, en relación con su artículo 32 de la Orden SCB/801/2019, de 11 de julio, dispongo:»
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