Está Vd. en

Documento BOE-A-2025-1123

Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la Casa Sindical, situada en el municipio de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2025, páginas 9488 a 9493 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2025-1123

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y disposiciones complementarias, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; en el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes ha adoptado la resolución siguiente:

Visto el expediente con referencia BIC_005_2022, relativo a la declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la Casa Sindical, situada en el municipio de Madrid y teniendo en cuenta lo siguiente:

Antecedentes

La Casa Sindical es el edificio proyectado por los arquitectos Francisco de Asís Cabrero y Rafael Aburto, inaugurado en 1955. Hoy en día, alberga el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el Ministerio de Juventud e Infancia.

Por su parte, ambos arquitectos también llevaron a cabo la ampliación de la Casa Sindical, proyecto realizado en 1960 y terminado en 1964, cuya fachada se plantea como una extensión de dicho edificio hacia la calle Lope de Vega, lindando con la sede del Consejo Económico y Social, antiguo Diario Pueblo y con el edificio de viviendas del Banco de España. Actualmente, alberga la sede de Comisiones Obreras en Madrid.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas, ha iniciado de oficio las acciones oportunas para llevar a cabo su protección legal, aumentar el conocimiento del bien y tomar las medidas adecuadas para su correcta conservación.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Ministerio de Cultura ha recabado informe a la Universidad Politécnica de Madrid, para la incoación como bien de interés cultural (BIC), en la categoría de Monumento, de la Casa Sindical.

La Casa Sindical a su vez se ubica dentro de los límites del Paseo del Prado y Buen Retiro, Paisaje de las Artes y las Ciencias, bien declarado Patrimonio Mundial. Dicho bien fue inscrito en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO desde julio de 2021, en calidad de Paisaje Cultural, un paisaje modelado por el hombre a lo largo de la historia con un valor excepcional.

El informe de la Universidad Politécnica de Madrid señala la idoneidad de declarar BIC el conjunto de la Casa Sindical por sus valores patrimoniales, arquitectónicos, culturales e inmateriales.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Visto el informe y los antecedentes reunidos en el expediente, queda de manifiesto que la Casa Sindical constituye un bien integrante del Patrimonio Histórico Español, de interés histórico, científico y técnico (artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio), valores culturales suficientes para su declaración como bien de interés cultural.

Segundo.

En virtud del artículo 6.º b) de la vigente Ley 16/1985, de 25 de junio, los organismos de la Administración del Estado serán los competentes respecto de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración del Estado o que formen parte del Patrimonio Nacional.

Tercero.

Los inmuebles integrantes de la Casa Sindical forman parte del patrimonio sindical acumulado. El patrimonio sindical acumulado está compuesto por inmuebles cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 8 de enero, de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado, y en su reglamento, se ceden en uso gratuito a las organizaciones sindicales y empresariales para que puedan satisfacer sus necesidades de funcionamiento y organización que les reconoce el ordenamiento jurídico.

En lo relativo a los usuarios, en el inmueble del Paseo del Prado 18, se encuentran el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el Ministerio de Juventud e Infancia. Por otra parte, en el edificio de la calle Lope de Vega 38, como usuario de la Ampliación de la Casa Sindical, se encuentra la sede de Comisiones Obreras de Madrid.

La gestión del régimen de cesiones en uso a los sindicatos y asociaciones empresariales del patrimonio sindical acumulado, así como la gestión del patrimonio sindical histórico sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores y directivos del Ministerio de Trabajo corresponde a la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social. Al tratarse la Casa Sindical y su ampliación de bienes adscritos a un servicio público gestionado por la Administración General del Estado las competencias para la ejecución de la Ley de Patrimonio Histórico Español corresponden a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias que en materia de Patrimonio Histórico tenga la Comunidad de Madrid.

Cuarto.

En virtud del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, el órgano competente para conocer del presente asunto es esta Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.

Todo ello justifica plenamente su declaración como bien de interés cultural, en la categoría de Monumento, a favor de la Casa Sindical, situada en el municipio de Madrid correspondiendo al Ministerio de Cultura la competencia para efectuar dicho procedimiento,

Por lo que esta Dirección General resuelve:

Primero.

Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la antigua Casa Sindical, en el municipio de Madrid.

Segundo.

De conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, así como del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se dispone la apertura de un periodo de información pública, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las dependencias de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey 1, Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos se pondrá a disposición en la sede electrónica correspondiente, con el fin de alegar lo que estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Se procederá a dar traslado de esta resolución en virtud de lo establecido en el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y se concede trámite de audiencia, según lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede trámite de audiencia al Ayuntamiento de Madrid, al Ministerio de Sanidad, al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, al Ministerio de Juventud e Infancia, al Ministerio de Trabajo y Economía Social, y a la Comunidad de Madrid y a la Unión Sindical de Madrid Región de CCOO. Así mismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» con el anexo técnico adjunto.

Cuarto.

Dicha incoación será comunicada al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva, según dispone el artículo 12.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Quinto.

Continuar la tramitación del expediente de declaración de bien de interés cultural de acuerdo con la legislación vigente.

Madrid, 10 de enero de 2025.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.

ANEXO
Descripción del bien y justificación de los valores que lo hacen merecedor de su declaración como bien de interés cultural

Introducción histórica

La Casa Sindical fue proyectada por Francisco de Asís Cabrero y Rafael Aburto. Se construyó entre los años 1950 y 1957, inaugurándose en 1955. Por otra parte, se llevó a cabo por los mismos arquitectos la obra de Ampliación de la Casa Sindical, cuyo proyecto se redactó en 1960. Ambos edificios son similares tanto constructiva como formalmente, ocupando distintas parcelas catastrales. La magnitud del programa unida a las dimensiones del solar daba como resultado un edificio de gran volumen.

En 1949 se convocó el «Concurso de Anteproyectos de la Casa Sindical para la instalación de todos sus servicios y organismos de carácter nacional y provinciales de Madrid». Dieciocho anteproyectos fueron presentados entre los que se encontraban el Francisco Asís Cabrero y el de Rafael Aburto. Asís Cabrero propuso una organización modular. El anteproyecto proponía un cuerpo central, concebido como una torre cúbica y dos brazos laterales. De tal modo que el edificio quedaría distribuido simétricamente en forma de U alrededor de un patio de entrada hacia el Paseo del Prado que se abría albergando una torre a cada lado. El acceso principal se resolvió con un gran dintel.

La propuesta dejaba a un lado el lenguaje neoclásico apostando por la modernidad en aspectos como la simplicidad de formas y volúmenes y el empleo de materiales como el hormigón armado, granito y el ladrillo.

Por su parte Aburto, centró su propuesta en la introducción del programa exigido. En planta el edificio se solucionaba a través de dos brazos que albergan un cuerpo central. En el exterior planteaba la combinación de ladrillo y granito, un pórtico de entrada con un frontón y grandes estatuas.

Finalmente, resultarían ambos proyectos ganadores, del primero se valoró positivamente el lenguaje arquitectónico y la composición, mientras que de Aburto se destacó la adecuación al programa. De este modo, se fijó que el proyecto de Francisco de Asís Cabrero sería el que se desarrollaría, con la utilización del módulo de una oficina tipo, y que se solucionaría por parte de los dos arquitectos las cuestiones relativas al programa, distribución y comunicaciones, entre otros.

En lo relativo a la Ampliación de la Casa Sindical, Asís Cabrero y Aburto presentaron en 1959 el anteproyecto de «Ampliación de la Casa Sindical Diario Pueblo» en los solares detrás de la Casa Sindical. El proyecto se dividió en dos partes: la considerada Ampliación de la Casa Sindical hacia la calle Lope de Vega, mientras que el resto del volumen, hacia la calle Huertas, sería ocupado por el Diario Pueblo.

De este modo, el cuerpo que se proyectó hacia la calle Lope de Vega y que continuaba con el tratamiento de fachada de la Casa Sindical, es lo que se considera la Ampliación de la Casa Sindical.

Descripción del bien objeto de la incoación

La Casa Sindical es el resultado del proyecto desarrollado por Asís Cabrero y Aburto. Formalmente, se compone de una torre cúbica y dos brazos laterales. En la fachada posterior aparecen tres cabezas salientes. En planta, se distribuye simétricamente en forma de U alrededor de un patio de entrada hacia el Paseo del Prado que se abre albergando una torre a cada lado. Estructuralmente se utilizó el hormigón armado.

Como indica José de Coca en su informe «La Casa Sindical se resuelve estructuralmente mediante la definición de tres módulos y sus múltiplos. En sentido norte-sur, el módulo correspondiente a los huecos al paseo del Prado de la torre será de 2,92 m y su doble 5,84 m. Los cuerpos intermedios de enlace tendrán 2,81 m y los cuerpos laterales 3,50 m a cada lado y 11,50 m en el centro para permitir vigas que liberen estos espacios para salas de reuniones y la de exposiciones en el brazo derecho en la calle Lope de Vega. Así mismo, las tres cabezas posteriores que sustituyen a los 6 peines del anteproyecto, se organizan como los cuerpos laterales con dos extremos de 3,50 m y un vano de 11,50 m que termina en un voladizo curvo. En la dirección este-oeste, para la torre y las cabezas posteriores el módulo será 2,80 m y su doble 5,60 m en la zona de unión con el cuerpo central».

Perimetralmente, debido al nivel freático, se proyectó una cámara bufa de 2 m de ancho cubierta con losas de hormigón. Los núcleos de escaleras se disponen en la unión del cuerpo central con los laterales, así como en el eje del cuerpo central, en la que se puede observar la escalera de geometría helicoidal con terminación de pavés de vidrio.

En alzado, el cuerpo central consta de 18 plantas y los laterales de 9, empleando como material en las fachadas el ladrillo visto con basamentos de granito. El acceso se resuelve con un gran dintel en la puerta, también de granito, que posee remates de piedra de Colmenar. En algunos puntos de las fachadas posteriores se observan en los huecos lamas de aluminio.

En lo relativo a los espacios de la Casa Sindical, destacamos el salón de actos que fue reformado posteriormente, así como la cafetería-comedor. Se conservan los talleres de carpintería y metalistería en la planta sótano.

Por otra parte, se proyectó la Ampliación de la Casa Sindical hacia la calle Lope de Vega como un cuerpo de unión que continuaba con el tratamiento de fachada de la Casa Sindical, en cuanto al ladrillo, huecos y proporciones, con estructura, en este caso, sobre rasante metálica. Se concibió como un edificio puente de cuatro planas dejando dos libres hacia la calle interior.

Asimismo, la Ampliación se conecta a nivel de plantas subterráneas mediante rampas.

Enumeración de partes integrantes

La antigua Casa Sindical es el edificio cuyo acceso principal se realiza desde el Paseo del Prado y es el resultado del concurso de arquitectura de 1949 cuyo proyecto de ejecución se encargó a los arquitectos Rafael Aburto y Francisco de Asís Cabrero.

Por su parte, la Ampliación de la Casa Sindical es el edificio con entrada por la calle Lope de Vega, realizado en 1960 y terminado en 1964.

Cada uno de los dos edificios se sitúa en una parcela catastral distinta.

Estado de conservación

El conjunto ha sufrido desde su inauguración, algunas intervenciones de las cuales destacaremos las más importante.

Las fachadas conservan en líneas generales su aspecto original, en buen estado, excepto en lo relativo a las dobles ventanas originales que han sido sustituidas por aluminio. En la fachada posterior se conservan en buen estado las lamas de protección solar. Según el informe de José de Coca, no parecen originales, aunque las replican fielmente. El pórtico de entrada mantiene su despiece.

Las fachadas de la Ampliación de la Casa Sindical, mantienen su aspecto original al igual que las carpinterías de acero y vidrio exteriores. Sin embargo, las interiores se han sustituido por otras de aluminio, excepto en la zona de baños donde se conservan las dobles ventanas de acero.

El vestíbulo de acceso ha conservado su composición original, con algunos añadidos y modificaciones como el suelo o el cortavientos interior. Mientras que el vestíbulo de la Ampliación ha sido totalmente transformado.

En cuanto a las escaleras, conservan en general su estado original. La escalera de geometría helicoidal, por su parte, mantiene su cerramiento de vidrio. En la Ampliación los peldaños han sido recubiertos conservando debajo las piezas originales.

En la Casa Sindical espacios como el salón de actos y la cafetería han sido completamente modificados. En la Ampliación también se ha transformado el salón de actos, manteniendo algunas butacas en la zona de palco que, según el informe de José Coca, pueden ser originales.

Asimismo, existe una sala de juntas en la segunda planta que también se cree que mantiene algunos elementos originales.

Criterios de intervención

Los criterios de intervención en el Bien serán los establecidos en el artículo 39 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, para los bienes inmuebles. Las actuaciones irán encaminadas a su conservación, consolidación y rehabilitación y evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando se utilicen partes originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, las adiciones deberán ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas. Así mismo, las restauraciones de los bienes respetarán las aportaciones de todas las épocas existentes. La eliminación de alguna de ellas sólo se autorizará con carácter excepcional y siempre que los elementos que traten de suprimirse supongan una evidente degradación del bien y su eliminación fuere necesaria para permitir una mejor interpretación histórica del mismo. Las partes suprimidas quedarán debidamente documentadas.

Delimitación del bien y del entorno de protección

Los elementos que, bajo la figura de bien de interés cultural se considera necesario proteger, están constituidos por el conjunto de la Casa Sindical y su ampliación, correspondiendo a dos parcelas catastrales distintas: 1140504VK4714A0001KI y 1140502VK4714A0001MI, respectivamente.

El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural, en este caso la delimitación de dicho entorno, coincide con la del bien de interés cultural cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas:

Coordenada X Coordenada Y
-411219,69 4926261,11
-411238,65 4926256,93
-411238,05 4926255,14
-411280,15 4926245,29
-411280,75 4926247,38
-411352,11 4926231,55
-411340,77 4926178,85
-411285,08 4926195,43
-411264,63 4926128,10
-411262,24 4926128,99
-411235,82 4926122,12
-411235,67 4926120,93
-411189,68 4926109,14
-411174,31 4926114,06

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid