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Documento BOE-A-2025-283

Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de enero de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2025, páginas 3426 a 3435 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2025-283

TEXTO ORIGINAL

La Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2024 y enero de 2025, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2024 y el mes de enero de 2025 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2023. Dicho calendario se publicó por Resolución de 23 de enero de 2024 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2024 y el mes de enero de 2025.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 9 de enero y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100, vencimiento 30 de julio de 2031, Obligaciones del Estado a quince años indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 2,05 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2039 y Obligaciones del Estado al 2,90 por 100, vencimiento el 31 de octubre de 2046, con una vida residual en torno a veintiún años y diez meses.

Asimismo, se considera conveniente poner en oferta Bonos del Estado a tres años, emisión que se formalizará en una nueva referencia, dado el volumen en circulación alcanzado por la emisión de Bonos a ese plazo que se viene emitiendo. La nueva referencia que se emite, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997, tendrá la calificación de Bonos segregables.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/25/2024, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de enero de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, en la Resolución de 23 de enero de 2024 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 Emisión de Bonos del Estado a tres años.

El tipo de interés nominal anual será el 2,40 por 100 y los valores emitidos se amortizarán por su importe nominal el 31 de mayo de 2028. Los cupones tendrán vencimiento el 31 de mayo de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 31 de mayo de 2025, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el primer cupón que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden ECM/25/2024, tendrá un periodo de devengo comprendido entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del cupón. El importe bruto de este primer cupón, expresado en tanto por ciento del saldo nominal redondeado a seis decimales, será del 0,900822 por 100, calculado mediante la siguiente expresión:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2025/5/283_15178665_1.png

donde «I» es el tipo de interés nominal expresado en tanto por ciento y «d» es el número de días del periodo de devengo, computándose como primer día la fecha de emisión y como último el día anterior a la fecha vencimiento.

2.2 Emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100.

El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100, vencimiento 30 de julio de 2031. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2025.

2.3 Emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la inflación.

El cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ETD/1132/2023 y ETD/1135/2023 de 17 y 18 de octubre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 2,05 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2039. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de noviembre de 2025.

2.4 Emisión de Obligaciones del Estado al 2,90 por 100.

El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECC/297/2016 y ECC/309/2016 de 8 y 9 de marzo, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 2,90 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2046. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre de 2025.

2.5 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,40 por 100 y en las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 9 de enero de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, es el 1,43 por 100 en las Obligaciones a siete años al 3,10 por 100, el 0,25 por 100 en las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100 indexadas a la inflación y el 0,60 por 100 en las Obligaciones al 2,90 por 100. La emisión de la nueva referencia de Bonos a tres años, en este primer tramo, se efectúa sin cupón corrido al no haberse iniciado el periodo de devengo del primer cupón. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ETD/1132/2023, es el 1,06181.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 14 de enero de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero.

Madrid, 3 de enero de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 2,40 %, vto. 31 de mayo de 2028

(Subasta del día 9 de enero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

98,75 2,796
98,80 2,780
98,85 2,764
98,90 2,748
98,95 2,732
99,00 2,716
99,05 2,701
99,10 2,685
99,15 2,669
99,20 2,653
99,25 2,637
99,30 2,622
99,35 2,606
99,40 2,590
99,45 2,574
99,50 2,559
99,55 2,543
99,60 2,527
99,65 2,512
99,70 2,496
99,75 2,480
99,80 2,465
99,85 2,449
99,90 2,433
99,95 2,418
100,00 2,402
100,05 2,386
100,10 2,371
100,15 2,355
100,20 2,340
100,25 2,324
100,30 2,309
100,35 2,293
100,40 2,277
100,45 2,262
100,50 2,246
100,55 2,231
100,60 2,215
100,65 2,200
100,70 2,184
100,75 2,169
100,80 2,154
100,85 2,138
100,90 2,123
100,95 2,107
101,00 2,092
101,05 2,076
101,10 2,061
101,15 2,046
101,20 2,030
101,25 2,015
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 %, vto. 30 de julio de 2031

(Subasta del día 9 de enero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

100,75 2,970
100,80 2,961
100,85 2,953
100,90 2,944
100,95 2,936
101,00 2,927
101,05 2,919
101,10 2,910
101,15 2,902
101,20 2,894
101,25 2,885
101,30 2,877
101,35 2,868
101,40 2,860
101,45 2,851
101,50 2,843
101,55 2,835
101,60 2,826
101,65 2,818
101,70 2,809
101,75 2,801
101,80 2,793
101,85 2,784
101,90 2,776
101,95 2,768
102,00 2,759
102,05 2,751
102,10 2,743
102,15 2,734
102,20 2,726
102,25 2,718
102,30 2,709
102,35 2,701
102,40 2,693
102,45 2,684
102,50 2,676
102,55 2,668
102,60 2,659
102,65 2,651
102,70 2,643
102,75 2,635
102,80 2,626
102,85 2,618
102,90 2,610
102,95 2,601
103,00 2,593
103,05 2,585
103,10 2,577
103,15 2,568
103,20 2,560
103,25 2,552
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años €i al 2,05 %, vto. 30 de noviembre de 2039

(Subasta del día 9 de enero)

Precio

Ex-cupón

Ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

106,75 1,539
106,80 1,535
106,85 1,532
106,90 1,528
106,95 1,524
107,00 1,521
107,05 1,517
107,10 1,513
107,15 1,510
107,20 1,506
107,25 1,503
107,30 1,499
107,35 1,495
107,40 1,492
107,45 1,488
107,50 1,485
107,55 1,481
107,60 1,477
107,65 1,474
107,70 1,470
107,75 1,466
107,80 1,463
107,85 1,459
107,90 1,456
107,95 1,452
108,00 1,448
108,05 1,445
108,10 1,441
108,15 1,438
108,20 1,434
108,25 1,430
108,30 1,427
108,35 1,423
108,40 1,420
108,45 1,416
108,50 1,413
108,55 1,409
108,60 1,405
108,65 1,402
108,70 1,398
108,75 1,395
108,80 1,391
108,85 1,388
108,90 1,384
108,95 1,380
109,00 1,377
109,05 1,373
109,10 1,370
109,15 1,366
109,20 1,363
109,25 1,359
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 2,90 %, vto. 31 de octubre de 2046

(Subasta del día 9 de enero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

89,25 3,621
89,30 3,617
89,35 3,614
89,40 3,610
89,45 3,606
89,50 3,603
89,55 3,599
89,60 3,596
89,65 3,592
89,70 3,588
89,75 3,585
89,80 3,581
89,85 3,578
89,90 3,574
89,95 3,571
90,00 3,567
90,05 3,563
90,10 3,560
90,15 3,556
90,20 3,553
90,25 3,549
90,30 3,546
90,35 3,542
90,40 3,539
90,45 3,535
90,50 3,531
90,55 3,528
90,60 3,524
90,65 3,521
90,70 3,517
90,75 3,514
90,80 3,510
90,85 3,507
90,90 3,503
90,95 3,500
91,00 3,496
91,05 3,493
91,10 3,489
91,15 3,486
91,20 3,482
91,25 3,479
91,30 3,475
91,35 3,472
91,40 3,468
91,45 3,465
91,50 3,461
91,55 3,458
91,60 3,454
91,65 3,451
91,70 3,447
91,75 3,444
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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