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Documento BOE-A-2025-3252

Resolución de 23 de enero de 2025, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Técnico Especialista en Delineación, Grupo III.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2025, páginas 23015 a 23028 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-3252

TEXTO ORIGINAL

Conforme a los artículos 14 y 18 del primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, para la provisión de vacantes de personal laboral fijo han de seguirse una serie de fases que son, por este orden, el reingreso de excedentes voluntarios y de otros trabajadores con derecho preferente de reingreso, el concurso de traslado, el concurso oposición restringido y el concurso oposición libre. Resueltas las tres primeras fases sin que se haya producido la provisión del puesto, procede poner en marcha la última fase de provisión, es decir, el concurso oposición libre objeto de esta convocatoria.

Así pues, vacante en la plantilla del personal laboral de esta Universidad, una plaza perteneciente al Grupo Retributivo III, con la categoría de Técnico Especialista en Delineación, que se encuentra incluida la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2022, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2022, publicado en el BOPA de fecha 30 de diciembre de 2022, y siendo necesaria su provisión,

Este Rector, en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como en el artículo 65 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 77/2024, de 5 de diciembre, del Principado de Asturias, resuelve convocar la cuarta y última fase del proceso de provisión de la plaza de Técnico Especialista en Delineación, Grupo III –puesto con número de orden 203 de la RPT de personal laboral– con destino en el Servicio de Infraestructuras de la Universidad de Oviedo, mediante este concurso oposición libre, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen, que han sido elaboradas por la Gerencia, previo acuerdo con el Comité de Empresa:

Bases de la convocatoria

1.ª Normas de aplicación

Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2.ª Características de la plaza y funciones a desarrollar

Características de la plaza:

Puesto con número de orden 203 en la RPT 2023 de personal laboral (280 RPT 2024 de personal laboral).

Categoría: Técnico Especialista en Delineación.

Destino: Unidad Técnica de Mantenimiento e Instalaciones del Servicio de Infraestructuras.

Localidad: Oviedo.

Familia profesional: Edificación y Obra Civil.

Titulación exigida para el acceso: Formación profesional de 2.º grado o equivalente en la familia profesional Edificación y Obra Civil.

Funciones:

– Actualizar la información documental, gráfica y digital de las propiedades, parcelas, edificios universitarios y sus instalaciones reflejando obras y reformas.

– Interpretar y hacer croquis, toma de datos de campo para la realización de proyectos u otro tipo de documento administrativo o técnico.

– Medición, tomar datos de campo y calcular magnitudes para la elaboración de pliegos técnicos, memorias, presupuestos, proyectos o cualquier otro tipo de documento técnico.

– Catalogar, gestionar, administrar y archivar los proyectos o cualquier tipo de documentación técnica, digital, gráfica o escrita de los edificios e instalaciones de la Universidad.

– Completar, gestionar y actualizar el inventario de los edificios de la Universidad de Oviedo y sus instalaciones, los servicios urbanísticos, las infraestructuras urbanas y servicios afectados de las parcelas universitarias, con características principales y datos estadísticos.

– Escaneo, ploteo y tratamiento de archivos de documentación gráfica diversa. Crear, modificar y generar copias impresas y digitales.

– Atender las peticiones de información sobre los edificios de la Universidad por parte de la comunidad universitaria y empresas externas.

– Dominio de técnicas manuales de dibujo y asistido por ordenador(CAD) y mediante tecnología BIM, tratamiento de imágenes mediante programas y aplicaciones específicas para su inclusión en documentos y presentaciones, Diseño gráfico 3d para producción modelos tridimensionales, visores cartográficos y fotográficos en línea, Sistemas de Información Geográfica (GIS) y de Modelización Digital del Terreno (MDT).

– Colaborar en el desarrollo y actualización del GIS de la Universidad de Oviedo.

– Elaborar propuestas y colaborar con las realizadas por la Unidad Técnica sobre gestión de espacios, redistribuciones y reforma de espacios y colaborar con las realizadas por otras unidades de la Universidad.

– Colaborar en la realización de la supervisión técnica de los proyectos asignados a la unidad, así como elaborar y garantizar la presentación de entregables.

– Apoyar la creación, planificación y gestión del proceso de digitalización del Archivo técnico del Servicio.

– Colaborar con los técnicos de la Unidad Técnica en la realización de planimetrías y demás documentos, además de facilitar cualquier tipo de dato técnico, que dentro de ámbito de sus competencias se le requiera.

– Colaborar en aquellas tareas de divulgación y formación relacionadas con las temáticas propias de la Unidad técnica.

– Cualquier otra función acorde con la categoría y el perfil de la plaza.

3.ª Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) Estar en posesión del Título de Formación Profesional de 2.º grado o equivalente en la rama profesional Edificación y Obra Civil. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

4.ª Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán solicitarlo mediante instancia, según modelo que figura como anexo I de esta convocatoria, que se presentará en el Registro General de la Universidad (plaza de Riego, n.º 4, planta baja, Oviedo), en los Registros Auxiliares, cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio de Administración del Campus de Mieres, en el Servicio de Administración del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus de El Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, c/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez), en el Centro de Servicios Universitarios de Avilés (c/ La Ferrería, n.º 7-9) y en el Servicio de Administración del Campus de El Milán (c/ Teniente Alfonso Martínez s/n, 33011, Oviedo) y, electrónicamente, sólo a través del tramitador electrónico de la Universidad d Oviedo, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo. La instancia se facilitará gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en la página web de la Universidad de Oviedo.

4.2 Los derechos de examen serán de 28 euros, y se ingresarán UNICAJA, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, «Puesto 203, Técnico Especialista en Delineación». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

4.3 A la solicitud se acompañará:

– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española.

– Curriculum vitae según modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso.

– Justificante de haber abonado los derechos de examen.

– Fotocopia de la titulación requerida.

4.4 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la posible bolsa de trabajo.

5.ª Admisión de aspirantes

5.1 En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará resolución, por la que se hará pública en la página web de la Universidad la lista provisional de admitidos y excluidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5.2 Seguidamente, mediante resolución del Rector de la Universidad de Oviedo se hará pública en la página web de la Universidad la lista definitiva de admitidos y excluidos, y se señalarán la fecha, el lugar y la hora de realización de las pruebas.

Dicha resolución podrá ser impugnada ante los juzgados de lo social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.ª Sistema de selección

A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por cada concursante, según puntuación que figura en el anexo III de esta convocatoria.

B. Fase de oposición:

Esta fase constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Teórico.

Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el anexo IV.

Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:

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N = Nota sobre 35.

A = Aciertos.

E = Errores.

d = Opciones a cada pregunta.

n = N.º de ítems.

Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 17,5 puntos.

Segundo ejercicio: Práctico.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o pruebas teórico-prácticas relacionadas con el programa y especialidad de la plaza convocada.

Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 17,5 puntos.

La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7.ª Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como anexo V de esta convocatoria.

7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.

7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas.

Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad.

El Presidente sólo votará en caso de empate.

7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

8.ª Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados

8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V». En el supuesto de que no existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra inmediata siguiente del abecedario, y así sucesivamente.

8.2 En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

8.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para el ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.

Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la Comisión.

8.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la resolución de exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de reposición ante el Rector.

8.5 Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública en la página web de la Universidad y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada.

8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la adjudicación de la plaza al candidato seleccionado.

9.ª Formalización del contrato

9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:

a) Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.

9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato y, hasta tanto no se formalice, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

10.ª Incorporación y período de prueba

10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

10.2 El candidato que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

11.ª Norma final

La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas ante los juzgados de lo social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, 23 de enero de 2025.–El Rector, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez.

ANEXO I
Modelo de solicitud para acceso a plazas de personal laboral

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ANEXO II
Curriculum vitae para la provisión de una plaza de Técnico Especialista en Delineación, Grupo III, con destino en el Servicio de Infraestructuras

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ANEXO III
Baremo aplicable a concurso-oposición libre para la provisión de una plaza de Técnico Especialista en Delineación, Grupo III, con destino en el Servicio de Infraestructuras

Puntuación: máximo 100 puntos.

Fase de oposición: 70 puntos.

Para superar la fase de oposición deberá alcanzarse una nota igual o superior a 35 puntos, debiendo superarse cada uno de los ejercicios, al menos con el 50 % de la puntuación que corresponda a cada uno de ellos.

Fase de concurso: 30 puntos.

Méritos profesionales: 15 puntos, con el límite de veinte años.

a) Experiencia en puestos del mismo grupo y familia profesional, ámbito de conocimiento o titulación preferente con las mismas o similares funciones en la Universidad de Oviedo: 0,32 puntos y en otra Administración Pública: 0,106 puntos, por cada mes o fracción superior a quince días.

b) Experiencia en puestos de distinto grupo y misma familia profesional o ámbito de conocimiento o una titulación preferente con las funciones similares en la Universidad de Oviedo: 0,06 puntos y en otra Administración Pública: 0,02 puntos, por cada mes o fracción superior a quince días.

c) Experiencia, no valorada en otro apartado, en puestos de la Universidad de Oviedo: 0,02 puntos y en otra Administración Pública: 0,006 puntos, por cada mes o fracción superior a quince días.

Méritos académicos: 15 puntos.

a) Méritos específicos por adecuación al perfil del puesto, referidos a los conocimientos adquiridos en una familia profesional, un ámbito de conocimiento o una titulación preferente de las establecidas en la Relación de Puestos de Trabajo: 15 puntos.

b) Titulación académica oficial, no valorada en otro apartado, relacionada con las funciones específicas de la plaza, de nivel igual o superior, teniendo esta puntuación el carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de titulaciones valorables de que se disponga:

Titulación Bachillerato o equivalente

Nivel 1 MECES:

Técnico Superior o equivalente

Nivel 2 MECES:

Grado/Diplomado o equivalente

Nivel 3 MECES:

Máster/Licenciado o equivalente

Nivel 4 MECES:

Doctorado o equivalente

Puntos. 1 2 3 5 7

El Doctorado se computará únicamente para los Grupos I y II y siempre que los estudios de acceso (Grado de al menos 300 créditos, Máster Universitario o Licenciatura) estén vinculados con las funciones de la plaza.

c) Titulación académica oficial no relacionada con las funciones específicas de la plaza, no valorada en otro apartado, de nivel igual o superior, teniendo esta puntuación el carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de titulaciones valorables de que se disponga:

Titulación Bachillerato o equivalente

Nivel 1 MECES:

Técnico Superior o equivalente

Nivel 2 MECES:

Grado/Diplomado o equivalente

Nivel 3 MECES:

Máster/Licenciado o equivalente

Nivel 4 MECES:

Doctorado o equivalente

Puntos. 0,5 1 1,5 2 2,5

d) Cursos de formación y perfeccionamiento superados e impartidos, acreditados por la Universidad de Oviedo, por otras Administraciones públicas, o por las organizaciones sindicales en el marco de los Acuerdos de formación en las Administraciones públicas o de entidades de reconocido prestigio descritas en la convocatoria, con el límite de 10 puntos:

– 7 puntos: cursos de formación y perfeccionamiento, no obligatorios, vinculados a las funciones específicas de la plaza y de Prevención de Riesgos Laborales: 0,055 puntos por hora. También serán computables, con la puntuación del apartado b) las titulaciones oficiales, vinculadas a las funciones específicas de la plaza, que no hayan sido valoradas en otros apartados de méritos. Los certificados que no conste acreditada la duración se valorarán a 0,3 puntos por curso.

En los certificados MCERL del idioma inglés, la puntuación tendrá carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de certificados valorables de que se disponga:

Nivel o equivalente A1 A2 B1 B2 C1 C2
Puntos. 1 1,5 2 2,5 3 4

– 3 puntos: cursos no obligatorios, correspondientes a formación transversal, realizada en los quince años anteriores a la publicación de la convocatoria, de informática, idiomas, igualdad, calidad, promoción de la salud, medio ambiente y eficiencia energética: 0,027 puntos por hora. Los certificados que no conste acreditada la duración se valorarán a 0,2 puntos por curso.

En los certificados MCERL del idioma oficial extranjero diferente al inglés, la puntuación tendrá carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de certificados valorables de que se disponga:

Nivel o equivalente A1 A2 B1 B2 C1 C2
Puntos 0,5 0,75 1 1,25 1,5 2

En caso de producirse un empate en las puntuaciones obtenidas en aplicación del baremo, se resolverá atendiendo a la mayor nota en la fase de oposición y, en caso de persistir el empate, a la mayor experiencia en el puesto con mismas o similares funciones.

ANEXO IV
Temario

Tema 1. Realización de croquis, toma de medidas y datos. Conceptos de cartografía: Planos y mapas. Escalas. Proyecciones. Proyección UTM. Cartografía digital: Formatos ráster y vector. Formatos CAD y GIS. Capas. Resolución.

Tema 2. Diseño asistido por ordenador: Principales sistemas existentes dibujo y modelado. Elementos, clases de archivos, configuración y generalidades. Características básicas relativas al ordenador, el monitor, las tarjetas gráficas, el plotter y resto de periféricos. Informática y Arquitectura, sistemas de CAD: Unidades de entrada y unidades de salida, plotter y ficheros PLT, reproducción y plegado de planos.

Tema 3. Metodología BIM. Conceptos fundamentales. Objetivos. Fases del ciclo de vida de un activo. Usos BIM. Modelos de información. Entregables. Entorno común de datos. Soluciones tecnológicas. Formatos propietarios y abiertos.

Tema 4. Proyectos de Urbanización: Definición y características generales. Proyectos de obras ordinarias de urbanización.

Tema 5. Proyectos de Edificación: definición. Clases de obras de edificación. Obras en los edificios. Obras de demolición. Obras de Nueva edificación. Condiciones de Proyectos. Proyectos de Instalación de actividades.

Tema 6. Edificación. Plantas, alzados, secciones, detalles: interpretación y correlación. Perspectivas y sombreado. Secciones fugadas.

Tema 7. Código Técnico de la Edificación. RD 314/2006. Nociones básicas. Contenidos.

Tema 8. Anejo I. Real Decreto Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006. Documentos de proyecto y documentación del seguimiento de obra.

Tema 9. Real Decreto 1627/97 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Documentación y agentes necesarios en materia de seguridad y salud en cualquier obra con proyecto.

Tema 10. Protección contra incendios. Concepto parte activa y pasiva. DB SI Seguridad en caso de Incendio Evacuación de Ocupantes e Instalaciones de protección contra incendios.

Tema 11. Decreto 37/2003, de 22 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de la ley del Principado de Asturias 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras, en los ámbitos urbanístico y arquitectónico. Accesibilidad en espacios uso público. Vados, Pasos de peatones, Escaleras y Rampas. Edificios de Uso Público. Comunicación horizontal y vertical. Espacios higiénico-sanitarios.

Tema 12. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulos III, IV y V: Derechos y Obligaciones. Servicio de Prevención. Consulta y participación de los trabajadores. Prevención de riesgos relativos a los lugares de trabajo y a los PVDS.

Tema 13. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo: Personal de Administración y Servicios.

Tema 14. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo: Naturaleza, fines, competencias, estructura y organización de la Universidad de Oviedo. Órganos Colegiados de Gobierno y Representación de la Universidad de Oviedo. Órganos Unipersonales de la Universidad de Oviedo. La Comunidad Universitaria: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

Tema 15. El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.

Tema 16. Referencias al personal laboral en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

ANEXO V
Comisión calificadora designada para la provisión de una plaza de Técnico Especialista en Delineación, Grupo III, con destino en el Servicio de Infraestructuras

Titulares

Presidente: Don Jesús García Manrique.

Vocales:

1.º Don Alfonso Suárez Saro.

2.º Don Javier Morales Arboleya.

3.º Don Ramón Jesús Argüelles Fraga.

4.º Doña Yolanda de la Roca Pascual.

Secretaria: Doña M.ª Josefa Castaño Fernández, con voz y sin voto.

Suplentes

Presidente: Doña María Virtud Uría Paíno.

Vocales:

1.º Doña Adela Batalla Pérez.

2.º Don Antonio Fernández López.

3.º Doña Natalia Vicente Fole.

4.º Doña Asunción Huerta Nosti.

Secretaria: Doña M.ª del Carmen Martínez Fernández, con voz y sin voto.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/01/2025
  • Fecha de publicación: 19/02/2025
  • Convocatoria.

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