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Documento BOE-A-2025-346

Real Decreto 1/2025, de 7 de enero, por el que se crea el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2025, páginas 3766 a 3770 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2025-346
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2025/01/07/1

TEXTO ORIGINAL

La conquista y consolidación de la democracia en España puede considerarse como el logro histórico más significativo de la sociedad española, siendo los principios y valores democráticos consagrados en la Constitución Española de 1978 claves para la construcción de una sociedad más fuerte y una apuesta para la convivencia.

Conocer la trayectoria de nuestra democracia, desde sus orígenes a la actualidad, así como los sacrificios de los hombres y las mujeres de España en la lucha por las libertades y la democracia es un deber ineludible. De acuerdo con lo anterior, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, estableció el conocido como «Deber de Memoria», cuarto eje vertebrador de la ley, con respecto a las personas que fueron perseguidas, encarceladas, torturadas e incluso perdieron sus bienes y hasta su propia vida en defensa de la democracia y la libertad.

Para ello, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, mandata a la Administración General del Estado para promover las políticas de memoria democrática, así como para adoptar acciones orientadas al fomento de los valores democráticos y de convivencia. De este modo, la Administración General del Estado promoverá el conocimiento de la memoria democrática española mediante programas específicos de divulgación que incluirán el relato de las víctimas, y específicamente la memoria de las mujeres, difundiendo lo sucedido.

El 20 de noviembre de 2025 se cumplen 50 años de la muerte del dictador Francisco Franco, fecha simbólica que abrió la esperanza en amplias capas de la ciudadanía de poner fin a la dictadura franquista e iniciar un proceso de transición para la recuperación de la democracia y las libertades en España. Con 50 años de España en Libertad se pretende celebrar la conquista de las libertades y la democracia que se inició con la Transición y la Constitución de 1978 y los grandes avances y transformaciones políticas y sociales experimentadas a lo largo de esas décadas que han convertido a nuestro país en uno de los más avanzados del mundo. Esta fecha simbólica refleja el gran cambio que supuso dejar atrás un país sin libertades ni derechos, de atraso, de represión física, moral y cultural, para comenzar a proyectar una España con libertades políticas plenas, que diese cauce a las ansias de modernización social y cultural, que incorporase como reto la mejora de las condiciones de vida del conjunto de la población, que trazase un nuevo modelo en la estructura territorial del Estado acorde con su realidad histórica y aspiraciones sociales, y que permitiese la incorporación a Europa.

De acuerdo con lo anterior, mediante este real decreto se establece la creación del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con rango de Subsecretaría y dependiente de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, cuya función principal será la de coordinar los actos logísticos y operativos precisos para la celebración de los diferentes actos conmemorativos de los últimos 50 años de ejercicio de libertades en España, en el ámbito de la Administración General del Estado y sin perjuicio de la colaboración que pueda llevar a cabo a este respecto con el resto de las administraciones públicas.

Asimismo, cabe señalar que bajo la dependencia del Comisionado existirá, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, la Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, que desempeñará funciones de apoyo técnico al Comisionado.

Las mencionadas actuaciones se llevarán a cabo en coordinación con la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en cuanto a la definición y determinación de actuaciones en el marco de aplicación de la política del Gobierno en materia de memoria democrática.

Este Comisionado, así como su Oficina, tienen carácter temporal dado que dejarán de existir una vez hayan concluido las actuaciones relacionadas con los actos conmemorativos del 20 de noviembre de 2025.

Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De este modo, la norma se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, dado que crea un órgano que se encargará del impulso y coordinación de las actuaciones relacionadas con los actos conmemorativos del 20 de noviembre de 2025, coadyuvando así al cumplimiento del mandato establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, con relación al fomento y divulgación de las políticas de memoria democrática. A este respecto, se considera que la creación de este órgano específico con las funciones y potestades atribuidas por este real decreto es la manera más efectiva de asegurar el deber de memoria democrática establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre.

Del mismo modo, la norma es proporcionada en el cumplimiento de este propósito, dado que se trata de una norma organizativa que no afecta a los derechos y deberes de los ciudadanos. Se ajusta al principio de seguridad jurídica, pues resulta plenamente coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y en particular con la Ley 20/2022, de 19 de octubre, cuyos fines coadyuva a cumplir, así como con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por lo que respecta a la creación de órganos. Cumple también con el principio de transparencia, ya que quedan claramente definidos los objetivos y los motivos a los que responde la norma. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas y trata de asignar los recursos públicos de la mejor manera para alcanzar los objetivos previstos.

Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se dicta en virtud de la potestad de autoorganización de la Administración, prevista en el artículo 103.2 de la Constitución Española, y en el artículo 5.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de enero de 2025,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

Se crea el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad (el Comisionado), con rango de Subsecretaría, que se encargará de impulsar y coordinar las actividades de la Administración General del Estado para conmemorar los 50 años transcurridos desde el inicio del proceso para la transición a la democracia.

Artículo 2. Dependencia orgánica y funcional.

La persona titular del Comisionado desempeñará sus funciones bajo la dependencia orgánica y funcional de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

Artículo 3. Funciones.

1. El Comisionado llevará a cabo las siguientes funciones:

a) Elaborar el programa de actividades de la Administración General del Estado que conmemoren los 50 años de España en libertad.

b) Coordinar a los distintos departamentos ministeriales, así como a sus organismos públicos y entidades vinculadas o dependientes para asegurar el correcto desarrollo de las actividades previstas en el programa al que se refiere el párrafo anterior.

c) Realizar el seguimiento de las referidas actividades, en especial las desarrolladas por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

d) Promover las actuaciones necesarias para la puesta en marcha y difusión de los actos conmemorativos.

e) Impulsar la colaboración con el resto de las administraciones públicas para el desarrollo de las actividades en conmemoración de los 50 años de España en libertad.

f) En general, todas aquellas otras funciones que contribuyan a la consecución de la finalidad recogida en el artículo 1, y que le sean encomendadas por la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

2. Las actuaciones referidas en el apartado anterior se desarrollarán con el apoyo de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, en el marco de la dirección y gestión de la política del Gobierno en materia de conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática.

3. En el ejercicio de sus funciones el Comisionado estará asistido por un Comité Científico de asesoramiento, con naturaleza de grupo de trabajo, que se creará por orden de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, así como por la Comisión Interministerial que se crea con dicho motivo.

Artículo 4. Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.

Dependiente del Comisionado existirá, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, la Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con naturaleza de División, que desempeñará funciones de apoyo técnico al Comisionado.

Artículo 5. Vigencia temporal.

Tanto el Comisionado como la Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, existirán con carácter temporal hasta que terminen las actuaciones relacionadas con los actos conmemorativos del 20 de noviembre de 2025.

Disposición adicional primera. Suplencia del Comisionado.

En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la persona titular del Comisionado será suplida por la persona titular de la Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, salvo que la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática establezca expresamente otra suplencia.

Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.

Por el Ministerio de Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de crédito necesarias para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Se introduce un párrafo F) en el artículo 11.1 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, con la siguiente redacción:

«F) El Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con rango de Subsecretaría».

Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

El Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática queda modificado como sigue:

Uno. Se añaden dos nuevos párrafos f) y g) en el apartado 2 del artículo 1, que quedan redactados como sigue:

«f) El Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, con rango de Subsecretaría.

g) El Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con rango de Subsecretaría».

Dos. Se modifica el párrafo k) del artículo 7.2, que queda redactado como sigue:

«k) El apoyo al Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad en la propuesta, impulso y coordinación de las actuaciones de la Administración General del Estado para conmemorar los 50 años transcurridos desde el inicio de la transición a la democracia».

Tres. El párrafo c) del artículo 8 bis.1 queda redactado como sigue:

«c) La preparación de actos de reconocimiento y reparación simbólica a las víctimas de la Guerra o de la Dictadura, particularmente los referidos a los días oficiales de recuerdo y homenaje, o conmemoración de los hechos representativos de la Memoria Democrática, así como el apoyo en aquellos actos relacionados con la conmemoración de los 50 años de ejercicio de libertades en España con la colaboración de la Dirección General de Atención a las Víctimas».

Cuatro. Se introduce un artículo 13 con la siguiente redacción:

«Artículo 13. Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.

1. Bajo la dependencia directa de la persona titular del Departamento, existirá un Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con las funciones y estructura establecidas en el Real Decreto 1/2025, de 7 de enero, por el que se crea el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.

2. Dependerá del Comisionado, con funciones de apoyo técnico y con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo del Departamento, la Oficina del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, con naturaleza de División».

Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 7 de enero de 2025.

FELIPE R.

El Ministro para la Transformación Digital
y de la Función Pública,

ÓSCAR LÓPEZ ÁGUEDA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/01/2025
  • Fecha de publicación: 08/01/2025
  • Fecha de entrada en vigor: 08/01/2025
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • los arts. 1.2, 7.2, 8 bis.1 y AÑADE el 13 al Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2024-5481).
    • el art. 11.1 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-24842).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
  • CITA Ley 20/2022, de 19 de octubre (Ref. BOE-A-2022-17099).
Materias
  • Conmemoraciones
  • Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
  • Organización de la Administración del Estado

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