Está Vd. en

Documento BOE-A-2025-5585

Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la revisión salarial para el año 2024 y el incremento salarial para el año 2025 del Convenio colectivo para las industrias del frío industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2025, páginas 37510 a 37513 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-5585
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/03/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la Comisión negociadora del Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial (código de convenio 99002255011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de enero de 2025, por la que se aprueba la revisión salarial para el año 2024 y el incremento salarial para el año 2025, acta que ha sido suscrita con fecha 31 de enero de 2025, de una parte, por la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logística y Distribución de España (ALDEFE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT (UGT-FICA) y CC.OO. Industria, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de marzo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL FRÍO INDUSTRIAL PARA LA REVISIÓN SALARIAL DE 2024 Y EL INCREMENTO SALARIAL DE 2025

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 31 de enero de 2025, se reúnen en los locales de ALDEFE (calle Ríos rosas núm. 2 de Madrid) los representantes empresariales y sindicales firmantes del citado convenio colectivo, al objeto de discutir el siguiente orden del día:

I. Revisión Salarial año 2024.

II. Incremento Salarial año 2025.

Abierta la sesión, la Comisión Negociadora llega a los siguientes acuerdos:

I. Revisión Salarial año 2024.

Habiéndose constatado que el Índice de Precios al Consumo acumulado (IPC general) establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a fecha 31 de diciembre de 2024 es del 2,8 %, es decir, un 0,2 % por debajo del 3 % pactado en la disposición adicional primera, punto A, del Convenio Colectivo de ámbito Estatal para las Industrias del Frio Industrial (2024-2026), por tanto la Comisión Negociadora entiende que no procede efectuar revisión salarial en el referido año.

En consecuencia, se confirman para el año 2024 los incrementos del 4,50 % realizado y las tablas salariales firmadas.

II. Incremento Salarial año 2025.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera punto B del citado convenio colectivo, procede aplicar un incremento salarial para 2025 del 4,50 %.

Igual porcentaje de incremento del 4,50 % se aplica sobre las tablas salariales, compensación de trabajo a distancia del artículo 13 y el Plus de Disponibilidad del artículo 25.

Se anexan las tablas salariales del año 2025.

Por último, se apodera a José Vicente Canet Juan para que realicen las gestiones oportunas para el registro de la presente Acta en la Dirección General de Trabajo y su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión y de ella la correspondiente Acta que, una vez leída y encontrada de conformidad, se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

Por ALDEFE, Por FICA-UGT, Por CCOO Industria,
 

Tablas Salariales 2025

Categoría

Salario Base

Euros

Plus Convenio

Euros

Total mes

Euros

Total anual

Euros

Cuatrienios

Euros

Grupo A) Técnicos titulados          
Con título superior. 1.796,84 569,41 2.366,25 35.493,75 65,15
Con título no superior. 1.504,02 511,79 2.015,81 30.237,15 55,20
Jefe Técnico de fabricación. 1.504,60 511,41 2.016,01 30.240,15 54,90
Jefe de reparto y venta. 1.382,86 481,91 1.864,77 27.971,55 50,77
Encargado general. 1.232,50 456,84 1.689,34 25.340,10 45,53
Jefe de maquinas. 1.138,23 434,57 1.572,80 23.592,00 42,25
Encargado de depósito y sección. 1.088,81 427,76 1.516,57 22.748,55 40,14
Jefe de primera. 1.341,53 475,26 1.816,79 27.251,85 49,33
Jefe de segunda. 1.257,38 458,17 1.715,55 25.733,25 46,46
Oficial de primera. 1.131,20 434,18 1.565,38 23.480,70 42,03
Oficial de segunda. 1.046,20 417,05 1.463,25 21.948,75 39,09
Auxiliar. 919,46 393,87 1.313,33 19.699,95 35,12
Vigilante de cámara. 922,29 393,38 1.315,67 19.735,05 34,81
Vigilante. 858,71 387,74 1.246,45 18.696,75 32,55
Portero. 858,71 387,74 1.246,45 18.696,75 32,55
Ordenanza. 859,25 387,74 1.246,99 18.704,85 32,61
Grupo D) Obreros          
 Oficios propios de la industria del frío          
Maquinista. 1.011,17 410,64 1.421,81 21.327,15 37,83
Ayudante de maquinista. 889,36 387,60 1.276,96 19.154,40 33,87
 Oficios auxiliares          
Oficial de primera. 1.032,38 414,05 1.446,43 21.696,45 38,59
Oficial de segunda. 982,63 403,42 1.386,05 20.790,75 36,90
Oficial de tercera. 932,01 392,63 1.324,64 19.869,60 35,12
 Peonaje          
Capataz encargado de operarios. 924,38 391,89 1.316,27 19.744,05 32,41
Peón especializado. 890,47 387,74 1.278,21 19.173,15 33,65
Peón. 858,71 387,74 1.246,45 18.696,75 32,55
Peón manipulador u operario. 859,25 387,74 1.246,99 18.704,85 32,61
 Personal de limpieza          
Las dos primeras horas a. 4,34 2,00 6,34    
Las restantes a. 3,75 1,24 4,99    
 Artículo 44          
Dieta por comida. 15, 68   15, 68    
Dieta por cena. 15,68   15,68    
Dieta por alojamiento y desayuno. 31,35   31,35    
Dieta total diaria. 62,70   62,70    
Complemento conductor repartidor. 2,4   2,4    
 Artículo 25          
Plus Disponibilidad. 31,25        
 Artículo 13          
Trabajo a distancia. 3,66€/día        

Tabla de convergencia 2025

    Euros
Grupo 1  
Nivel 1. Personal Técnico con título superior. 2.366,25
Nivel 2. Jefatura Técnica de Fabricación. 2.016,01
Nivel 3. Jefatura de reparto y ventas. 1.864,77
Grupo 2  
Nivel 1. Jefatura de 1.ª Administración. 1.816,79
Nivel 2. Jefatura de 2.ª Administración. 1.715,55
Nivel 2. Encargado/a General. 1.689,34
Nivel 3. Profesional de jefatura de máquinas. 1.572,80
Nivel 4. Personal Encargado Deposito. 1.516,57
Grupo 3  
Nivel 1. Oficialía de 1.ª administrativa. 1.565,38
Nivel 2. Oficialía 2 ª Administrativa. 1.463,25
Nivel 2. Maquinista. 1.421,81
Nivel 2. Oficialia de 1.ª/Personal de conducción/reparto C. 1.446,43
Nivel 3. Oficialía de 2.ª/Personal de conducción/reparto B. 1.386,05
Nivel 4. Oficialía 3.ª. 1.324,64
Nivel 4. Capataz. 1.316,27
Grupo 4  
Nivel 1. Personal Auxiliar Administrativo. 1.313,33
Nivel 2. Ayudante de máquina. 1.276,96
Nivel 2. Peón especializado. 1.278,21
Grupo 5  
Nivel 1. Peón manipulador u operario, Portero, Ordenanza, Vigilante, Peón). 1.246,99
Nivel 2. Personal de limpieza (en proporción a las horas trabajadas). SMI
Nivel 3. En formación.  

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/03/2025
  • Fecha de publicación: 20/03/2025
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 31 de diciembre de 2024 (Ref. BOE-A-2025-574).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Frío industrial

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid