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Documento BOE-A-2025-6149

Resolución de 20 de marzo de 2025, conjunta de la Universidad de Cádiz y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2025, páginas 41309 a 41320 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-6149

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado parcialmente por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias, se suscribió el oportuno Convenio Marco entre las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y las Universidades Andaluzas (Acuerdo de fecha 3 de octubre de l995 del Consejo de Gobierno) y, en su desarrollo, el Concierto específico entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Cádiz (Acuerdo de 22 de julio de 1998), para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la investigación y la docencia.

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos, fijada en un máximo del 120 %, por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el 2024 («Boletín Oficial del Estado» n.º 308, de 24 de diciembre); igualmente por la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 248, de 29 de diciembre); a la vista del contenido de la Resolución de 23 de abril de 2024, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal de esta Universidad para el año 2024 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 85, de 3 de mayo), aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 22 de abril de 2024 («Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» n.º 409, de 2 de mayo), y autorizada la convocatoria de las plazas, en ejecución de la mencionada Oferta de Empleo Público, por Orden de 27 de mayo de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía; y en la que, según lo acordado por la Comisión Mixta de Seguimiento del Concierto Específico de la Junta de Andalucía y la Universidad de Cádiz, de 10 de julio de 2024, se dispone que las plazas a convocar corresponden a la tasa de reposición de la Universidad de Cádiz del año 2024.

Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario («Boletín Oficial del Estado» n.º 70, de 23 de marzo); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio («Boletín Oficial del Estado» n.º 213, de 6 de septiembre), por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 207, de 28 de octubre); el Rector de la Universidad de Cádiz y el Director General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,

Resuelven convocar a concurso de acceso a plazas del Cuerpo docente de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad, con vinculación clínica al Sistema Sanitario Público de Andalucía, que se detallan en el anexo I de la presente Resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; Resolución de 14 de noviembre de 2023, por la que se crean las comisiones de acreditación y áreas de conocimiento asignadas a cada una de ellas; la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 281/2003, de 7 octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento UCA/CG02/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los concursos de acceso entre acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz; el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la administración de esta Universidad; la legislación general de personal funcionario civil del estado; las presentes bases de convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

1.2 Las plazas convocadas son de la especialidad y el área asistencial al que está adscrito el Servicio Jerarquizado correspondiente, especificado en el anexo I de la presente Resolución.

1.3 La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado en cada momento el Servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste, indistintamente de mañana o tarde.

1.4 Las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz convocadas quedan vinculadas orgánicamente al servicio jerarquizado correspondiente y funcionalmente al Área Asistencial al que esté adscrito dicho Servicio Jerarquizado.

1.5 La vinculación de las plazas de Cuerpos Docentes con el Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. En el caso de que el concursante que obtuviera la plaza se encontrase en ejercicio activo, en el momento de la toma de posesión, con una plaza de Jefe de Departamento, Servicio o Sección, obtenida a través de concurso-oposición, en el mismo Centro y especialidad de la plaza a concurso, se mantendrá en el cargo que viniese desempeñando. Para los que obtuvieron las plazas de Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la entrada en vigor de la Orden Ministerial de 5 de febrero de 1985 será de aplicación, para el mantenimiento del cargo, el sistema de provisión de cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud recogido en el capítulo III del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

2. Requisitos de participación

Podrán formar parte del proceso selectivo las personas aspirantes que reúnan los siguientes requisitos generales y específicos:

2.1 Requisitos generales.

2.1.1 Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

2.1.4 No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

2.1.5 Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

2.1.6 Las personas nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia.

2.2 Requisitos específicos.

2.2.1 Podrán presentarse a los concursos las personas que hayan sido acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 5, así como en las Disposiciones Adicionales Tercera, Cuarta, Quinta del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.

2.2.2 Asimismo, podrán presentarse a los concursos quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que las personas habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.

2.2.3 Igualmente, puede participar el personal funcionario del Cuerpo correspondiente o de un Cuerpo Docente Universitario de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso de acceso en otra Universidad, de conformidad con el artículo 35.º4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.

2.2.4 Estar en posesión del título oficial de especialista que se corresponda con la plaza convocada.

Todos los requisitos establecidos en el punto 2 de las presentes bases deberán cumplirse a fecha fin del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos, lo solicitarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la UCA https://sedelectronica.uca.es/ y más concretamente en el siguiente enlace: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=502

La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados los documentos requeridos y méritos a valorar, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente.

Posteriormente, se deberá pulsar el botón de «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por la persona interesada, por lo que ésta no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, éste será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de la persona aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

3.3.1 Copia del documento nacional de identidad para quien posea la nacionalidad española. En caso de no poseer la nacionalidad española y tener derecho a participar, se deberá presentar fotocopia del documento que acredite la nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.3.2 Copia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos específicos señalados en la base segunda de esta convocatoria.

3.4 La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente para el acceso a la Función Pública se realizará por quienes hayan obtenido plaza, antes de su nombramiento.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de la persona interesada.

4. Admisión de personas aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de quince días hábiles, el Rector dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de las personas admitidas y excluidas a los distintos concursos de acceso. Dicha Resolución, junto con las listas completas de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, se publicarán en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.

4.2 Contra dicha Resolución, se podrá presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada Resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, incluyendo no haber firmado y presentado la solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo de presentación establecido, así como para alegar la omisión en la relación de personas admitidas y excluidas. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a su inclusión en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización del proceso selectivo.

4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida.

4.4 Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Comisiones de selección

5.1 Las Comisiones de selección serán designadas por el Rector conforme a lo establecido en el artículo 8.2 del Reglamento de UCA/CG02/2024, de 22 de abril, que se incluirán como anexo II.

5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz, que deberá resolver en el plazo de diez días desde la recepción de la renuncia.

5.3 A los efectos previstos en el artículo 32, punto 4, del Real Decreto 678/2023, cada miembro seleccionado deberá declarar sus posibles conflictos de intereses y renunciar, en su caso, a formar parte de la comisión. El conflicto de interés motivará la renuncia cuando concurra alguna de las circunstancias recogidas en el citado punto, respecto de alguna de las personas candidatas.

En todo caso, cada miembro de la Comisión deberá abstenerse cuando concurra alguna de las causas de abstención reconocidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrán ser recusados conforme al artículo 24 de la misma Ley.

En los supuestos de abstención, recusación o de cualquier otra causa que impida la actuación de los miembros de la Comisión Titular, éstos serán sustituidos por sus respectivos suplentes.

Si en el miembro suplente concurriera alguno de los supuestos de abstención o recusación lo suplirá el de mayor categoría y antigüedad entre los suplentes. Si agotadas estas posibilidades no fuera posible constituir la Comisión, se procederá al nombramiento de una nueva Comisión.

5.4 La Comisión deberá constituirse en el plazo de treinta días hábiles desde el siguiente al de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Para ello, la Presidencia titular de la Comisión convocará a los miembros titulares y en su caso a los suplentes para proceder al acto de constitución de la Comisión, fijando fecha y lugar de celebración. Asimismo, la Presidencia de la Comisión dictará Resolución convocando a todos las personas candidatas admitidas para realizar el acto de presentación, con señalamiento de día, hora y lugar de celebración, que habrá de ser inmediatamente posterior al de constitución de la Comisión. En el expediente, a entregar en el Área de Personal, deberá constar la justificación de la recepción de las notificaciones, convocando a los miembros de la Comisión y a las personas candidatas.

Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la Comisión, la Presidencia Titular quedará sustituida a todos los efectos por la Presidencia Suplente.

Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a las personas destinatarias con una antelación de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son convocadas.

5.5 La Comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de provisión de plaza requiere, al menos, tres votos favorables.

6. Prueba

6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador de la persona candidata, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y el debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.

6.2 Las personas aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de la Comisión.

6.3 El acto de Presentación será público. Deberá entregarse la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae, por quintuplicado, en el que se detalle su historial académico, docente, investigador y asistencial, así como un ejemplar de las publicaciones y los documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

b) Proyecto docente e investigador, por quintuplicado, sobre lo que se propone desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.

En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial académico, docente e investigador de la persona aspirante, su proyecto docente e investigador, así como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de las personas candidatas, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas candidatas.

Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.

En el mismo acto de Presentación, la Presidencia de la Comisión hará público el plazo fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por el resto con anterioridad al inicio de la prueba.

6.4 La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por la persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados en su curriculum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador. Seguidamente la Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.

Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada una de las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la Comisión.

6.5 Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.

6.6 La propuesta elegida se hará pública en el lugar donde se haya efectuado la prueba, así como en la página web del Área de Personal.

7. Propuesta de provisión

7.1 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

7.2 En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión, la Secretaría de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el punto 1 del artículo 14.º del Reglamento UCA/CG19/2008.

Los documentos entregados por las personas concursantes permanecerán depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que se hubiera retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.

7.3 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, las personas concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dichas propuestas. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.

7.4 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquélla. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.

Las resoluciones de esta Comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución del Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se retrotraerá el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión evaluadora formular una nueva propuesta.

8. Presentación de documentos y nombramientos

8.1 Las personas propuestas para la provisión de plazas deberán presentar en cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en los veinte días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión, excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz, esté prestando servicios en la misma y los haya entregado con anterioridad, los siguientes documentos:

8.1.1 Copia compulsada o copia electrónica auténtica del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

8.1.2 Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesorado de Universidad.

8.1.3 Declaración jurada de no haber sido separada de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitada para el ejercicio de la Función Pública. Las personas nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

Quien tuviera la condición de personal funcionario público de carrera en activo, estará exento de justificar los documentos de los apartados 8.1.2 y 8.1.3, debiendo presentar certificación del Ministerio y Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

8.2 El nombramiento como personal funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, con posterioridad a que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en el punto anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de Conocimiento, así como su código de plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y comunicados a la Secretaría General del Consejo de Universidades.

8.3 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOE, la persona propuesta deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo docente que corresponda, con los derechos y deberes que le son propios.

8.4 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra Universidad.

9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal

9.1 De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es

9.2 La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3 En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4 En cualquier momento la persona interesada podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (www.consejodetransparencia.es).

10. Norma final

10.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión juzgadora, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

10.2 La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304.

10.3 Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión juzgadora, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.

Cádiz, 20 de marzo de 2025.–El Rector, P.D. (Resolución de 26 de enero de 2024), el Vicerrector de Profesorado, José Antonio Perales Vargas-Machuca.–El Director General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, José Luís Sedeño Ferrer.

ANEXO I
Plazas del cuerpo docente de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad

1. Cuerpo docente al que pertenece la plaza: Profesoras y Profesores Titulares de Universidad. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de área. Área de conocimiento a la que corresponde: «Fisioterapia» (DF5575). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud. Departamento al que está adscrita: Enfermería y Fisioterapia. Centro: Facultad de Enfermería y Fisioterapia. Centro asistencial: Distrito Bahía de Cádiz-La Janda. Perfil docente: Docencia en el área de conocimiento. Especialidad/perfil asistencial: Fisioterapia. Línea de investigación preferente: Fisioterapia oncológica. Uso de dispositivos electrónicos en Fisioterapia.

2. Cuerpo docente al que pertenece la plaza: Profesoras y Profesores Titulares de Universidad. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de área. Área de conocimiento a la que corresponde: «Medicina» (DF5576). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud. Departamento al que está adscrita: Medicina y Cirugía. Centro: Facultad de Medicina. Centro asistencial: Hospital Universitario Puerta del Mar. Perfil docente: Docencia en el área de conocimiento. Especialidad/perfil asistencial: Endocrinología y Nutrición. Línea de investigación preferente: Endocrinología. Diabetes Mellitus y Embarazo.

3. Cuerpo docente al que pertenece la plaza: Profesoras y Profesores Titulares de Universidad. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de área. Área de conocimiento a la que corresponde: «Obstetricia y Ginecología» (DF5577). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud. Departamento al que está adscrita: Materno-Infantil y Radiología. Centro: Facultad de Medicina. Centro asistencial: Hospital Universitario Puerta del Mar. Perfil docente: Docencia en el área de conocimiento. Especialidad/perfil asistencial: Obstetricia y Ginecología. Línea de investigación preferente: Menopausia, Ginecología y Obstetricia Bio-Psicosocial y Oncología Ginecológica y Mamaria.

4. Cuerpo docente al que pertenece la plaza: Profesoras y Profesores Titulares de Universidad. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de área. Área de conocimiento a la que corresponde: «Obstetricia y Ginecología» (DF5578). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud. Departamento al que está adscrita: Materno-Infantil y Radiología. Centro: Facultad de Medicina. Centro asistencial: Hospital Universitario Puerta del Mar. Perfil docente: Docencia en el área de conocimiento. Especialidad/perfil asistencial: Obstetricia y Ginecología. Línea de investigación preferente: Diabetes y embarazo. Metabolismo placentario.

5. Cuerpo docente al que pertenece la plaza: Profesoras y Profesores Titulares de Universidad. Categoría asistencial: Facultativo Especialista de área. Área de conocimiento a la que corresponde: «Pediatría» (DF5579). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud. Departamento al que está adscrita: Materno-Infantil y Radiología. Centro: Facultad de Medicina. Centro asistencial: Hospital Universitario Puerta del Mar. Perfil docente: Docencia en el área de conocimiento. Especialidad/perfil asistencial: Pediatría. Línea de investigación preferente: Neurología neonatal.

ANEXO II
Comisiones de selección

1. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad del área de conocimiento de «Fisioterapia» (DF5575)

Comisión titular

Presidenta: Prof.ª Dra. doña Inmaculada Concepción Carnicer Fuentes, TU, Universidad de Cádiz.

Vocal: Prof. Dr. don Manuel Albornoz Cabello, TU, Universidad de Sevilla.

Vocal SAS: Dra. doña María Paz Gómez Jiménez, Fisioterapeuta, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don Rafael García León, Fisioterapeuta, Distrito Bahía de Cádiz-La Janda de Cádiz.

Secretaria: Prof.ª Dra. doña Rita Pilar Romero Galisteo, TU, Universidad de Málaga.

Comisión suplente

Presidenta 1: Prof.ª Dra. doña María José Santi Cano, TU, Universidad de Cádiz.

Presidente 2: Prof. Dr. don Francisco Javier Ordóñez Muñoz, CU, Universidad de Cádiz.

Vocal 1: Prof. Dr. don José Jesús Jiménez Rejano, TU, Universidad de Sevilla.

Vocal 2: Prof. Dr. don Rafael Lomas Vega, TU, Universidad de Jaén.

Vocal SAS: Dra. doña Carmen Puerma Castillo, Fisioterapeuta, H.U. San Cecilio de Granada.

Vocal SAS Dr. don Francisco Javier González Espinosa de los Monteros, Fisioterapeuta, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretaria 1: Prof.ª Dra. doña Guadalupe Molina Torres, TU, Universidad de Almería.

Secretario 2: Prof.ª Dra. doña Esther Medrano Sánchez, TU, Universidad de Sevilla.

2. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad del área de conocimiento de «Medicina» (DF5576)

Comisión titular

Presidente: Prof. Dr. don Manuel Muñoz Torres, CU, Universidad de Granada.

Vocal: Prof.ª Dra. doña María Luisa Fernández Soto, TU, Universidad de Granada.

Vocal SAS: Dra. doña María del Mar Roca Rodríguez, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don Francisco Javier Vílchez López, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretaria: Prof.ª Dra. doña María José Soto Cárdenas, TU, Universidad de Cádiz.

Comisión suplente

Presidente 1: Prof. Dr. don José López Miranda, CU, Universidad de Córdoba.

Presidente 2: Prof. Dr. don Francisco José Tinahones Madueño, CU, Universidad de Málaga.

Vocal 1: Prof.ª Dra. doña Anna María Wägner, TU, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Vocal 2: Prof.ª Dra. doña Mónica Marazuela Azpiroz, CU, Universidad de Autónoma de Madrid.

Vocal SAS: Dra. doña Inmaculada Gavilán Villarejo, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don José Ortego Rojo, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretaria 1: Prof.ª Dra. doña Rocío Toro Cebada, TU, Universidad de Cádiz.

Secretario 2: Prof. Dr. don Alipio Mangas Rojas, CU, Universidad de Cádiz.

3. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad del área de conocimiento de «Obstetricia y Ginecología» (DF5577)

Comisión titular

Presidente: Prof. Dr. don Ángel Plácido Llaneza Coto, CU, Universidad de Oviedo.

Vocal: Prof.ª Dra. doña María Luisa Sánchez Ferrer, TU, Universidad de Murcia.

Vocal SAS: Dra. doña Ana Isabel Mangano Armada, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don José Román Broullón Molanes, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario: Prof. Dr. don Aníbal Nieto Díaz, CU, Universidad de Murcia.

Comisión suplente

Presidente 1: Prof. Dr. don Alfonso María Lechuga Sancho, TU, Universidad de Cádiz.

Presidente 2: Prof. Dr. don Tirso Pérez Medina, CU, Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal 1: Prof.ª Dra. doña María Isabel Acién Sánchez, TU, Universidad Miguel Hernández de Elche.

Vocal 2: Prof.ª Dra. doña Nieves Luisa González González, CU, Universidad de La Laguna.

Vocal SAS: Dra. doña Victoria Melero Jiménez, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS Dr. don Manuel David Menor Almagro, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario 1: Prof. Dr. don Antonio Cano Sánchez, TU, Universidad de Valencia (Estudi General).

Secretario 2: Prof. Dr. don Pluvio Jesús Coronado Martín, TU, Universidad Complutense.

4. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad del área de conocimiento de «Obstetricia y Ginecología» (DF5578)

Comisión titular

Presidente: Prof. Dr. don Francisco Javier Ordóñez Muñoz, CU, Universidad de Cádiz.

Vocal: Prof.ª Dra. doña Montserrat Palacio Riera, TU, Universidad de Barcelona.

Vocal SAS: Dra. doña Ana Isabel Mangano Armada, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don José Román Broullón Molanes, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario: Prof. Dr. don José Antonio Sainz Bueno, TU, Universidad de Sevilla.

Comisión suplente

Presidenta 1: Prof.ª Dra. doña Esther María Berrocoso Domínguez, CU, Universidad de Cádiz.

Presidenta 2: Prof.ª Dra. doña Mónica García Alloza, CU, Universidad de Cádiz.

Vocal 1: Prof.ª Dra. doña María Luisa Sánchez Ferrer, TU, Universidad de Murcia.

Vocal 2: Prof.ª Dra. doña Delia Rosa Báez Quintana, TU, Universidad de La Laguna.

Vocal SAS: Dra. doña Victoria Melero Jiménez, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS Dr. don Manuel David Menor Almagro, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario 1: Prof. Dr. don Guillermo Antiñolo Gil, CU, Universidad de Sevilla.

Secretario 2: Prof. Dr. don Eduard Gratacós Solsona, CU, Universidad de Barcelona.

5. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad del área de conocimiento de «Pediatría» (DF5579)

Comisión titular

Presidente: Prof. Dr. don Alfonso María Lechuga Sancho, TU, Universidad de Cádiz.

Vocal: Prof.ª Dra. doña María Rosaura Leis Trabazo, CU, Universidad de Santiago de Compostela.

Vocal SAS: Dra. doña Pamela Zafra Rodríguez, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS: Dr. don Simón Pedro Lubián López, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario: Prof. Dr. don Carlos Jesús Ruiz Cosano, TU, Universidad de Granada.

Comisión suplente

Presidente 1: Prof. Dr. don Manuel Aguilar Diosdado, CU, Universidad de Cádiz.

Presidente 2: Prof. Dr. don Manuel Antonio Rodríguez Iglesias, CU, Universidad de Cádiz.

Vocal 1: Prof.ª Dra. doña María Mercedes Gil Campos, CU, Universidad de Córdoba.

Vocal 2: Prof.ª Dra. doña Julia Colomer Revuelta, TU, Universidad de Valencia (Estudi General).

Vocal SAS: Dra. doña Paula Méndez Abad, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Vocal SAS Dr. don Antonio Segado Arenas, FEA, H.U. Puerta del Mar de Cádiz.

Secretario 1: Prof. Dr. don Ignacio Jesús Dávila González, CU, Universidad de Salamanca.

Secretario 2: Prof. Dr. don José Ignacio Labarta Aizpún, TU, Universidad de Zaragoza.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/03/2025
  • Fecha de publicación: 27/03/2025
  • Convocatoria. Profesoras y Profesores Titulares de Universidad 5 plazas.

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