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Documento BOE-A-2025-6255

Resolución de 3 de diciembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones para la prevención integral de la Violencia de Género, 2018-2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2025, páginas 41827 a 41909 (83 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2025-6255

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 3 de diciembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actuaciones para la prevención integral de la Violencia de Género, 2018-2022, acuerda:

1. Asumir el contenido y las conclusiones del Informe de fiscalización de las actuaciones para la prevención integral de la Violencia de Género, 2018-2022.

2. Aprobar el Informe de fiscalización de las actuaciones para la prevención integral de le Violencia de Género, 2018-2022.

3. Instar al Gobierno a:

– Reforzar a las delegaciones del Gobierno en materia de erradicación de la Violencia de Género.

– Reconsiderar si el rango de Dirección General de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género es adecuado para ejercer las funciones que le atribuye el artículo 29 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, considerando que ha de formular la propuesta de política pública en materia de Violencia de Género, impulsar y coordinar a otros departamentos ministeriales y trabajar en colaboración y coordinación con las comunidades autónomas y entidades locales en el impulso, de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia. Incidir en la convergencia estadística con la Unión Europea, manteniendo los indicadores que permitan analizar la evolución de la violencia.

– Impulsar un proceso de evaluación que identifique los desequilibrios a nivel autonómico en la asistencia a las víctimas.

– Elaborar una estrategia nacional de sensibilización que refuerce la colaboración entre administraciones públicas, especialmente en el ámbito educativo.

– Valorar alternativas de actuación en las entidades locales de menor tamaño.

– Mejorar el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (sistema VioGén).

– Minimizar el impacto de las redes sociales en los menores.

– Mejorar la asistencia jurídica gratuita y servicios jurídicos a las víctimas por Violencia de Género, así como mejorar las herramientas y aumentar presupuesto en la materia.

4. Instar al Ministerio de Hacienda a trabajar con los ministerios, entidades y administraciones, salvaguardando las competencias de éstas, para que todos los gastos asociados a la política pública de erradicación de la Violencia de Género, y particularmente los relativos al Pacto de Estado contra la Violencia de Género, se identifiquen de una forma inequívoca que facilite su cuantificación de forma automatizada, corrigiendo la dispersión actual que impide disponer de información agregada en tiempo y con suficientes garantías de fiabilidad.

5. Instar al Ministerio de Igualdad a:

– Habilitar un canal permanente que permita recabar propuestas de la sociedad civil.

– Impulsar que se cubran las vacantes y reforzar el personal de las unidades de violencia sobre la mujer.

– Evaluar la estructura y los medios humanos de las Unidades de Violencia sobre la Mujer, ampliando su número de manera que sea suficiente en aquellas provincias en las que el número de casos atendidos lo requiera.

– Habilitar un canal permanente que permita recabar propuestas de la sociedad civil.

– Impulsar, junto a las comunidades autónomas, en el marco de la Conferencia Sectorial de Igualdad, un proceso de evaluación de los resultados de la aplicación del Pacto de Estado que analice los avances y desequilibrios existentes en las prestaciones y servicios de asistencia a las víctimas, con especial interés en los colectivos de mujeres más vulnerables, en el mundo rural y en los tipos de violencia definidos en el Convenio de Estambul.

6. Instar al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y al Ministerio de Igualdad a:

– Impulsar los procedimientos necesarios para cubrir, con la mayor celeridad posible, los puestos que se encuentran vacantes en las unidades de violencia sobre la mujer.

– Revaluar la estructura y los medios humanos de las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer, en atención a la medida 94 del Pacto de Estado, y redefinir los perfiles de las personas que deben ocupar los puestos de trabajo, ajustando las retribuciones al nivel de sus funciones, grado de dedicación y responsabilidades.

7. Instar a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a:

– Establecer un procedimiento normalizado para mantener actualizada la información de la aplicación para el seguimiento y evaluación del Pacto de Estado, facilitando de este modo un soporte para la toma de decisiones sobre la suficiencia de los recursos estructurales de las instituciones y órganos especializados y promoviendo una asignación eficiente de los créditos presupuestarios.

– Incidir en el diseño de una macroencuesta de violencia sobre la mujer que, siendo acorde con la metodología estadística consolidada en la Unión Europea, permita mantener los indicadores más relevantes de las macroencuestas anteriores, al objeto de facilitar el instrumento necesario para conocer y evaluar la evolución de los tipos de violencia sobre la mujer, con especial interés en los colectivos más vulnerables.

– Elaborar un plan nacional de sensibilización y prevención de la Violencia de Género que sirva para reforzar la colaboración entre las distintas administraciones públicas y órganos involucrados, especialmente en el ámbito educativo.

– Facilitar con la mayor brevedad posible la información económica y de ejecución de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género recabada de los ministerios y de las comunidades autónomas. a fin de que pueda proporcionarse en la evaluación que ha de realizar la Comisión de Seguimiento del Pacto de Estado tras los cinco primeros años de vigencia.

8. Instar a la Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a:

– Reconsiderar si el rango de Dirección General de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género es adecuado para ejercer las funciones que le atribuye el artículo 29 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, considerando que ha de formular la propuesta de política pública en materia de Violencia de Género, impulsar y coordinar a otros departamentos ministeriales y trabajar en colaboración y coordinación con las comunidades autónomas y entidades locales en el impulso de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

– Facilitar con la mayor brevedad posible la información económica y de ejecución de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género recabada de los ministerios y de las comunidades autónomas, a fin de que pueda proporcionarse en la evaluación que ha de realizar la Comisión de Seguimiento del Pacto de Estado tras los cinco primeros años de vigencia.

– Impulsar anualmente una actualización de la información.

– Que la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género establezca un procedimiento normalizado para mantener actualizada la información de la aplicación para el seguimiento y evaluación del Pacto de Estado, facilitando de este modo un soporte para la toma de decisiones sobre la suficiencia de los recursos estructurales de las instituciones y órganos especializados y promoviendo una asignación eficiente da los créditos presupuestarios.

– Revaluar la estructura y los medios humanos de las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y Unidades de Violencia sobre la Mujer, así como redefinir los perfiles de las personas que deben ocupar los puestos de trabajo, ajustando las retribuciones al nivel de sus funciones, grado de dedicación y responsabilidades.

– Habilitar un canal permanente que permitiera recabar protestas de la sociedad civil.

– Continuar trabajando en la mejora del diseño de una macroencuesta de violencia sobre la mujer que, evolucione según lo dispuesto en le Directiva UE/2024/1385 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de mayo de 2024 sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica y acorde con la metodología en el que está trabajando Eurostat y que permita mantener los indicadores más relevantes de las macroencuestas anteriores, al objeto de facilitar el instrumento necesario para conocer y evaluar la evolución de los tipos de violencia sobre la mujer, con especial interés en los colectivos más vulnerables.

– Priorizar la evaluación del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Genero, para el qua el artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y disponer su carácter permanente, que debería servir para reforzar la colaboración entre las distintas administraciones públicas y órganos involucrados, especialmente en el ámbito educativo.

– Impulsar un proceso de evaluación de los resultados de la aplicación del Pacto de Estado que analice los avances y desequilibrios existentes en las prestaciones y servicios de asistencia a las víctimas, con especial interés en los colectivos de mujeres más vulnerables, en el mundo rural y en los tipos de violencia definidos en el Convenio de Estambul.

– Valorar otras alterativas de redistribución de los fondos del Pacto de Estado en las entidades locales, especialmente en las de menor tamaño. Evitar que el reparto del fondo se diluya en pequeñas cantidades que no faciliten la consecución de los fines del Pacto de Estado, considerándose que serían más eficaces otros repartos soportados en economías de escala.

Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.

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