El 27 de febrero de 2025, la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia de Valencia remitió a la Inspección Fiscal propuesta sobre nombramiento del Ilmo. Sr. don Ricardo Olivares Juan, como Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la citada Fiscalía.
La Fiscalía Provincial de Valencia no contaba con el nombramiento de un Fiscal Delegado de la especialidad de Delitos Económicos, habiendo hecho sus veces un fiscal coordinador de la materia. Para la cobertura del cargo, la Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentaron dos solicitudes para asumir la delegación, las de los Ilmos. Srs. Don Ricardo Olivares Juan y don Jesús Carrasco Ferrán. El 17 de febrero de 2025, la Fiscal Jefe formuló propuesta de designación en favor del Sr. Olivares, por su experiencia en la especialidad al haber sido el coordinador de la misma, así como por su formación en la materia.
Mediante informe de fecha 11 de marzo de 2025, el Fiscal de Sala Delegado de Delitos Económicos no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 RD 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los fiscales delegados, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
La misma norma prevé a los efectos referidos, que el Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla, y que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida en la Inspección Fiscal, se dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.
Finalmente se dispone que el nombramiento y cese de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Ricardo Olivares Juan, Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la Fiscalía Provincial de Valencia.
2. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Poner de manifiesto que contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, núm. 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, a 19 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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