De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante Resolución de la Universidad Rovira i Virgili (BOE número 267, de 5 de noviembre de 2024) y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña y en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, de acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña GOV/40/2022, de 8 de marzo, por el cual se aprueba el Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili y se dispone la publicación de su texto íntegro; y de acuerdo con la Normativa de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y a plazas de profesorado contratado permanente de la Universitat Rovira i Virgili, de 20 de junio de 2024, resuelvo:
Nombrar profesora Titular de Universidad a la Dra. Maria Lourdes Rubio Rico, en el área de conocimiento de «Enfermería» del Departamento de Enfermería de esta Universidad.
La persona candidata deberá tomar posesión de la plaza en el plazo máximo de veinte días a partir del día siguiente a la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», delante de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
No obstante, la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tarragona, 20 de marzo de 2025.–El Rector, Josep Pallarès Marzal.
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