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Documento BOE-A-2025-953

Resolución de 13 de enero de 2025, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2025, páginas 8438 a 8441 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2025-953

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como con el artículo 25.1 apartado i) del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.

Esta Agencia, en uso de las facultades conferidas ha resuelto anunciar para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la División de Administración de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, plaza Sagrados Corazones, 7, 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria: AESF-Sede Electrónica, o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Los aspirantes acompañarán el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto de trabajo que vinieran desempeñando.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo Órgano que lo ha dictado (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribual Superior de Justicia de Madrid a elección del recurrente, en el plazo de dos meses (artículos 10.1.i), 14.1 Segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 13 de enero de 2025.–El Director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, Pedro María Lekuona García.

ANEXO I

N.º

orden

Denominación del puesto Código puesto Localidad

Niv.

CD

Complemento

especifico

Adscripción

TIT.

Funciones a realizar
AD GR Cuerpo
1 DIRECTOR/A DE DIVISIÓN. 5342189 MADRID 30 29.112,02 euros AE A1 EX11  

– Elaboración y tramitación de normas de ámbito ferroviario y apoyo jurídico general a la dirección de la agencia.

– Coordinación de relaciones con los tribunales de justicia.

– Tramitación de contestaciones a preguntas de transparencia.

– Dirección y coordinación de la tramitación de expedientes sancionadores.

– Dirección y coordinación de la tramitación de expedientes para la obtención de licencia de empresa ferroviaria.

– Dirección y coordinación de la tramitación de expedientes para la homologación de centros de formación y médicos de personal ferroviario.

– Dirección e impulso de la elaboración e implantación de programas, aplicaciones y material TIC.

– Dirección de recursos humanos (altas, bajas, formación, acción social, concursos, nóminas).

– Dirección e impulso de la tramitación de contratos.

– Dirección de gestión económica y presupuestaria: gastos, ingresos, contabilidad y rendición de cuentas.

– Dirección y coordinación de servicios comunes: mantenimiento del edificio, servicios de seguridad y prevención.

– Elaboración y revisión de procedimientos y guías de actuación relacionadas con las funciones de la unidad.

ANEXO II

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