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Documento BOE-A-2025-957

Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan, por el sistema de concurso, plazas reservadas para personas con discapacidad, para la contratación de personal laboral fijo de los grupos profesionales M3, M2, M1, E2, 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas e Instituto de Salud Carlos III.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2025, páginas 8493 a 8520 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-957

TEXTO ORIGINAL

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tuvo por objeto situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento en el conjunto de las administraciones públicas españolas, actuando la reforma en tres dimensiones: Adopción de medidas inmediatas para remediar la elevada temporalidad existente, articulación de medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad a futuro y, por último, potenciación de la adopción de herramientas y una cultura de la planificación para una mejor gestión de los recursos humanos. Todo ello en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo componente 11, relativo a la Modernización de las Administraciones Públicas, contempla la reforma referida a la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Entre las medidas a adoptar, la ley había previsto, en primer lugar, un proceso de estabilización del empleo temporal en las administraciones públicas que se estructuró a través de un tercer proceso, adicional al de los previstos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018, permitiendo el acceso al empleo público mediante el sistema de concurso-oposición y, en segundo lugar y como cauce único y excepcional, la posibilidad de convocar determinadas plazas por el sistema de concurso.

Sobre esta base jurídica se aprobó por Consejo de Ministros el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La articulación de estos procesos selectivos autorizados por la oferta de empleo público garantiza, en todo caso, el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y, además, se han tomado medidas de agilización para lograr que esta medida contra la temporalidad esté totalmente implementada antes de finales de 2024.

Al contrario que en las plazas destinadas a ser cubiertas mediante el sistema de concurso-oposición, las plazas ofertadas por el sistema de concurso no prevén un cupo de reserva para personas con discapacidad. La razón para ello fue que cuando se produce una selección mediante el régimen excepcional de concurso lo que se valoran son méritos ya obtenidos, en estricta igualdad de condiciones entre todas las personas aspirantes que ya reúnen dichos méritos, sin que medien las barreras que justifican las acciones positivas en favor de las personas con discapacidad que se aplican en los procesos que incluyen una fase de oposición. Son, además, méritos profesionales obtenidos después de superar procesos selectivos que siguen el régimen general de oposición o concurso-oposición, en los que ya había previsión de las cláusulas de acciones positivas de acceso al empleo público establecidas en el artículo 59 del TREBEP para personas con discapacidad.

Sin embargo, con fecha 1 de febrero de 2024 la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo dictó la sentencia número 162/2024, de 1 de febrero, del Tribunal Supremo, resolviendo el recurso interpuesto contra el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, y concluyó que la aprobación de 573 plazas, para la Subescala de Secretaría-Intervención mediante el sistema de concurso no respetaba la reserva legal impuesta en el artículo del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a favor de las personas con discapacidad.

En este mismo sentido se ha vuelto a pronunciar el Tribunal Supremo con fecha de 16 de julio de 2024 a través de la sentencia número 1273/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, en la que de nuevo se ha declarado la nulidad del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo en la medida en que para las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso no prevé la reserva legal para personas con discapacidad.

Finalmente, el 13 de junio de 2024 la sentencia número 1052/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, ha declarado la nulidad del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, en relación con la aprobación de la convocatoria de ochenta y cuatro plazas del Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia mediante el sistema de concurso, contraviniendo así la reserva de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que no admite entre los sistemas selectivos el concurso para este cuerpo, y, además, las nueve plazas restantes por no respetar la reserva reglamentaria del 5 % para personas con discapacidad determinada en el Reglamento del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Examinado el contenido de dichas sentencias en relación con la ausencia de un cupo específico para el acceso de personas con discapacidad en los procesos de estabilización por concurso, se hizo necesario dictar instrucciones, por parte de la Secretaría de Estado de Función Pública, para que las convocatorias oferten el número de plazas reservadas a personas con discapacidad en número suficiente para garantizar la reserva de discapacidad que no previó el Real Decreto 408/2022. Dicho número debe equivaler al 7 % del total de plazas ofertadas en la modalidad de concurso, por ser ése el porcentaje de reserva vigente a la fecha de aprobación del real decreto.

A fecha de hoy, los procesos selectivos derivados del Real Decreto 408/2022 correspondientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades se han convocado y en varios de ellos los tribunales han finalizado las actuaciones de valoración de méritos y publicación de las resoluciones con el resultado de dicha valoración. Algunos de esos procesos ya han publicado las resoluciones de adjudicación de las plazas, por lo que los procesos han concluido y han generado derechos a las personas aspirantes. Establecer una reserva de discapacidad en dichos procesos, reduciendo el número de plazas del turno ordinario en favor de las plazas reservadas a personas con discapacidad, significaría alterar las características esenciales de las convocatorias, lo que obligaría a retrotraer actuaciones y reabrir plazos de presentación de solicitudes para todas las personas aspirantes.

Para evitar el potencial perjuicio ocasionado a las personas aspirantes en dichos procesos, la Secretaría de Estado de Función Pública resolvió, con fecha 4 de octubre de 2024, en ejecución de las sentencias arriba citadas y previo informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos sobre el impacto presupuestario, la adición de plazas suficiente hasta alcanzar el 7 % del total de plazas convocadas por el Real Decreto 408/2022 por el sistema de concurso.

El contenido de las bases de las convocatorias deberá ser el mismo que el de las convocatorias que se publicaron para el turno ordinario. Las convocatorias tendrán que ser informadas previamente por la Dirección General de la Función Pública y los órganos convocantes y los órganos de selección de las convocatorias ya publicadas continuarán sus actuaciones independientemente de las convocatorias extraordinarias, y podrán resolver los procesos y adjudicar las plazas, aunque no hayan finalizado los procesos de las convocatorias extraordinarias.

Esta convocatoria se realiza en ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo que declararon la nulidad del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, en la medida en que para las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso no prevé la reserva legal para personas con discapacidad, siguiendo las instrucciones dictadas por Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que, en ejecución de sentencias, se dictan instrucciones para establecer una reserva de discapacidad en los procesos selectivos convocados por el sistema de concurso derivados del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo. Las plazas recogidas en esta convocatoria son plazas adicionales a las convocadas por Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación (BOE de 31 de diciembre), corregida mediante Resoluciones de 7 y 24 de febrero de 2023 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

En cumplimiento de la Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que, en ejecución de sentencias, se dictan instrucciones para establecer una reserva de discapacidad en los procesos selectivos convocados por el sistema de concurso derivados del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se procede a la convocatoria, mediante el sistema de concurso, de plazas reservadas para personas con discapacidad para la contratación laboral con carácter fijo, de los grupos profesionales M3, 1G, M2, 2G, M1, 3G, E2 y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en el marco de estabilización de empleo temporal con destino en los organismos Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) e Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) con el fin de estabilizar el empleo temporal.

La presente convocatoria tiene por objeto articular las bases que regirán y desarrollarán el proceso selectivo para la contratación laboral con carácter fijo, para personas con discapacidad, de los grupos profesionales M3, 1G, M2, 2G, M1, 3G, E2 y 4G sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el marco de estabilización de empleo temporal que se incorporará a la plantilla de los organismos CSIC, CIEMAT e ISCIII de acuerdo con lo estipulado en las mismas, así como en la normativa vigente y, en especial, en el contrato de trabajo que vincule a quienes superen el proceso selectivo y sean contratados.

Esta convocatoria se regirá y desarrollará, además de por las bases que se exponen a continuación, por la Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que, en ejecución de sentencias, se dictan instrucciones para establecer una reserva de discapacidad en los procesos selectivos convocados por el sistema de concurso derivados del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo; por lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; así como la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Reglamento General de Ingreso aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 22 de noviembre de 2001, por la que se establecen criterios para la selección de personal laboral temporal; la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública, de 17 de noviembre de 2010, en cuanto no se oponga al mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015; el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE de 24 de diciembre), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE de 12 de enero), sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración socia,l y el resto de la normativa vigente en la materia.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar proceso selectivo para la contratación de personal laboral con carácter fijo para personas con discapacidad de los grupos profesionales M3, 1G, M2, 2G, M1, 3G, E2 y 4G sujetos al Convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal.

La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de la convocatoria

La presente convocatoria, se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso general: administracion.gob.es, así como en la página web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades www.ciencia.gob.es, en la de la Agencia Estatal CSIC, www.csic.es, en la del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, www.ciemat.es, y en la del Instituto de Salud Carlos III, www.isciii.es.

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir las plazas que se indican a continuación por el sistema general de acceso libre para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Grupo profesional N.º de plazas CSIC N.º de plazas CIEMAT N.º de plazas ISCIII TOTAL
M3 50 1 3 54
M2 8 1 0 9
M1 3 5 3 11
E2 0 2 0 2
1G 11 0 0 11
2G 2 0 0 2
3G 14 1 0 15
4G 6   0 6
 Total. 94 10 6 110

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, para las 110 plazas descritas en el anexo II y, de acuerdo con el procedimiento y valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.3 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada grupo profesional, especialidad y programa, serán contratadas en la modalidad de personal laboral fijo.

1.4 El mes de agosto se declarará inhábil a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.

1.5 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, con otros procesos selectivos.

2. Requisitos de las personas candidatas

2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, la persona cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar las personas ascendientes directas y las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidos en el apartado a) así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña en el anexo II, o la titulación equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se requerirá copia del certificado de equivalencia, para los grupos M3, 1G, M2 y 2G, u homologación, para todos los grupos profesionales, de la titulación recogida en el anexo II.

2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.7 Las personas aspirantes habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

2.1.8 Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, todas aquellas que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: https://ips.redsara.es, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (https://ips.redsara.es), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial.

– Anexar documentos a la solicitud.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

La documentación adicional que, según lo previsto en el apartado 3.4, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes se dirigirán, como órgano gestor, a la Secretaría General Adjunta de Recursos Humanos del CSIC.

En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias, Apartado «Contacto»: cau.060@correo.gob.es.

3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.4 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

– Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración, en el caso de aspirantes que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, que dictaminó el grado de discapacidad.

– Documento acreditativo de nacionalidad. Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

3.5 Las personas aspirantes estarán exentas de abonar el importe de la tasa por derechos de examen, pero deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

La justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante, siendo estos casos subsanables en el plazo que se concede para la rectificación de errores.

En ningún caso, la exención total del pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

3.6 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante, en la cual deberá incluirse también un único perfil del anexo II. Cada perfil está identificado en el anexo II con el «N.º de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo I. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles (números de orden) o la falta de reflejo de éste supondrá su exclusión, sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.

3.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o en la documentación aportada con ella.

3.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por delegación de la Presidencia del CSIC (Resolución de 21 de enero de 2021, BOE de 28 de enero de 2021) dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el »Boletín Oficial del Estado» y en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es, se indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

5. Tribunales

5.1 La composición definitiva de los Tribunales calificadores y sus sedes se hará pública junto a las listas definitivas de admitidos y excluidos, y en los mismos lugares de los indicados en la base 4, en la sede de los Tribunales y en otros lugares que se considere oportuno.

5.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 El procedimiento de actuación de cada Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de cada Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4 Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada Tribunal tendrá su sede en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), Área de Personal Laboral, SGARH, calle Serrano 117, 28006, Madrid, gestion_laboral@csic.es.

5.6 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las personas aspirantes que aparecieran en las listas finales de admitidos, dispondrán de un plazo de treinta días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en dicho concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.

6.2 Cada Tribunal publicará en la sede del mismo, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en la página https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias-personal, así como en cuantos lugares considere oportuno, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la valoración obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo cada Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso.

6.3 Cada Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso, quien ostente la presidencia de cada Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para la superación del proceso selectivo por orden de puntuación. El órgano convocante dictará resolución con la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y la adjudicación de plazas.

7.2 Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso general: administracion.gob.es, así como en la página web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades www.ciencia.gob.es, en la de la Agencia Estatal CSIC, www.csic.es, en la sede de cada Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden del anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.4 El contrato se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.2.

7.5 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.

7.6 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá que superar un período de prueba de tres meses para los grupos profesionales M3, 1G, M2 y 2G, y de un mes para los demás trabajadores o trabajadoras, excepto para el personal sin titulación, para el que será de quince días laborables, de acuerdo con el artículo 32 del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna. Quedan exentos del período de prueba las personas trabajadoras que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. En el caso de que alguna de las personas candidatas propuestas no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a la que se refiere la base 7.1.

7.7 Si una vez formalizado el contrato, alguna de las personas trabajadoras causara baja, se podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se refiere la base 7.1, en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos.

7.8 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por cada Tribunal, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por la persona interesada la concurrencia de las circunstancias previstas en la norma de aplicación.

8. Encomienda de gestión

8.1 La Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

8.2 La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección de las pruebas selectivas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

8.3 El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de veinticuatro meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la reseña de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

8.4 La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

8.5 Es responsabilidad del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en lo que proceda de conformidad su disposición transitoria tercera; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de cada Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 26 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y Universidades, Carlos Marco Estellés.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo para acceder a las plazas descritas en el anexo III consistirá en una fase de concurso con las valoraciones que se detallan a continuación:

Fase de concurso

Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Méritos profesionales: La valoración se realizará contabilizando los servicios efectivos prestados en un periodo máximo de diez años. Se valorarán los servicios efectivos prestados y la antigüedad alcanzada hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

1. Servicios efectivos prestados como personal laboral en el ámbito organizacional de destino de la plaza a la que se opta, con la misma clasificación profesional del Convenio único de personal laboral de la AGE, y con funciones vinculadas con la agrupación de funciones descritas en el anexo II para la plaza a la que se opta: 0,5 puntos por mes completo, hasta un máximo de 60 puntos.

2. Servicios efectivos prestados como personal laboral en la Administración General del Estado, en diferente ámbito organizacional que el de destino de la plaza, con la misma clasificación profesional del Convenio único de personal laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones vinculadas con la agrupación de funciones descritas en el anexo IV para la plaza a la que se opta: 0,3 puntos por mes completo, hasta un máximo de 36 puntos.

3. Servicios efectivos prestados como personal laboral en la Administración General del Estado, con una clasificación profesional diferente de la plaza a la que se opta, en el ámbito de otros convenios, con funciones equivalentes vinculadas con la agrupación de funciones descritas en el anexo II para la plaza a la que se opta: 0,275 puntos por mes completo, hasta un máximo de 33 puntos.

4. Servicios efectivos prestados como personal laboral en otros organismos de la Administración General del Estado, con distinta clasificación profesional del Convenio único de personal laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones distintas vinculadas con la agrupación de funciones descritas en el anexo II para la plaza a la que se opta: 0,258 puntos por mes completo, hasta un máximo de 31 puntos.

5. Servicios efectivos prestados como empleado o empleada público en otras Administraciones Públicas, Órganos Constitucionales o equivalentes de las Comunidades Autónomas, Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, en la Administración Pública de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; en trabajos con funciones distintas pero relacionadas con las de la agrupación de funciones descritas en el anexo IV para la plaza a la que se opta: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 30 puntos.

Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la completa se computarán de forma proporcional.

En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble valoración por un mismo período de prestación.

La forma de acreditación será el certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, cuyo modelo se adjunta en el anexo IV.

b) Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos: Hasta un máximo de 40 puntos:

1. Tener otra titulación oficial superior o de igual nivel a la exigida en la convocatoria, 10 puntos.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los diez años anteriores a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de 25 puntos, a razón de:

i. 5 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a quince horas.

ii. 5 puntos por cada curso impartido con un mínimo de dos horas de impartición.

Se valorarán únicamente aquellos cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la clasificación profesional y funciones de la plaza a la que se opta así como los que versen sobre materia de igualdad de género y de prevención de riesgos laborales, siempre que hayan sido desarrollados en el marco del acuerdo de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación interna de los distintos Ministerios y Organismos de la Administración General del Estado.

No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración y fecha de realización.

Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.

La forma de acreditación de los méritos académicos será mediante copia autenticada de los títulos o certificados.

Asimismo, se valorarán los artículos científicos publicados, congresos científicos, patentes o actividades de divulgación científica con participación directa como ponente debidamente acreditada, con una puntuación de 2,5 puntos por actividad, hasta un máximo de 5.

3. Superación, en los últimos cinco años (a computar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes), de uno o más ejercicios integrantes de los procesos selectivos convocados para el acceso a la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder: 5 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso.

Para superar el proceso será necesario obtener la puntuación mínima que, en ningún caso, será inferior al 20 % de la puntuación total.

En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se resolverán atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma clasificación profesional objeto de convocatoria.

2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la Administración General del Estado.

3. Mayor puntuación en méritos profesionales.

4. Mayor puntuación en méritos académicos.

5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real Decreto 364/1995). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo. Se seguirán las reglas del Registro Central de Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los nombres y los apellidos.

Para las personas aspirantes que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II

Relación de las plazas convocadas

La distribución por grupo profesional y especialidad de cada una de las 110 plazas convocadas es la siguiente:

CSIC

N.º de orden Grupo profesionaL Especialidad Agrupación de funciones Plazas convocadas Centro Titulación requerida
1 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. 1 CENTRO DE AUTOMATICA Y ROBOTICA. INGENIERIA/ LICENCIATURA/GRADO+MÁSTER.
2 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO DE ASTROBIOLOGIA. LICENCIATURA EN DERECHO.
3 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. 1 CENTRO DE BIOLOGIA MOLECULAR SEVERO OCHOA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
4 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES. LICENCIATURA EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y DE LA SALUD/ LICENCIATURA EN CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS.
5 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO DE EDAFOLOGIA Y BIOLOGIA APLICADA DEL SEGURA. LICENCIATURA EN ADMINISTRACION Y DIRECCION DE EMPRESAS.
6 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS AGRARIAS. 1 CENTRO DE EDAFOLOGIA Y BIOLOGIA APLICADA DEL SEGURA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
7 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. GRADO+MÁSTER EN PERIODISMO.
8 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. 1 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
9 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS ISLA DE LA CARTUJA. LICENCIATURA EN DERECHO.
10 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGIA. LICENCIATURA EN DERECHO.
11 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES METALURGICAS. LICENCIATURA EN HUMANIDADES.
12 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 DELEGACION DEL CSIC EN ANDALUCIA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
13 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 GABINETE DE PRESIDENCIA. LICENCIATURA EN PERIODISMO.
14 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 GEOCIENCIAS BARCELONA. LICENCIATURA EN GEOLOGIA/LICENCIATURA EN BIOLOGIA/LICENCIATURA EN CIENCIAS AMBIENTALES.
15 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS DE LA TIERRA. 1 INSTITUTO ANDALUZ DE CIENCIAS DE LA TIERRA. LICENCIATURA EN QUIMICA.
16 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. 1 INSTITUTO CAJAL. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
17 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE. LICENCIATURA EN ADMINISTRACION Y DIRECCION DE EMPRESAS/INGENIERIA AGRONOMA.
18 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE AGROQUIMICA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS. LICENCIATURA EN CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS/LICENCIATURA EN BIOLOGIA/INGENIERIA AGRONOMA.
19 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. LICENCIATURA EN FISICA.
20 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. 1 INSTITUTO DE BIOLOGIA EVOLUTIVA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
21 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE BIOLOGIA FUNCIONAL Y GENOMICA. LICENCIATURA EN BIOTECNOLOGIA.
22 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR DE BARCELONA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
23 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR DE BARCELONA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
24 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE CARBOQUIMICA. LICENCIATURA EN QUIMICA.
25 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. INGENIERIA/LICENCIATURA EN CIENCIAS/GRADO+MÁSTER EN CIENCIAS.
26 M3 INVESTIGACION. TRANSFERENCIA. 1 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. INGENIERIA/LICENCIATURA EN CIENCIAS/GRADO+MÁSTER EN CIENCIAS.
27 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID. LICENCIATURA EN QUIMICA/LICENCIATURA EN FISICA.
28 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. 1 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID. LICENCIATURA EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y DE LA SALUD/INGENIERIA/ARQUITECTURA.
29 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE SEVILLA. LICENCIATURA EN ECONOMIA.
30 M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS AMBIENTALES. 1 INSTITUTO DE DIAGNOSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. LICENCIATURA EN QUIMICA.
31 M3 INVESTIGACION. INFORMATICA. 1 INSTITUTO DE FISICA CORPUSCULAR. INGENIERIA INFORMATICA.
32 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE FISICA CORPUSCULAR. LICENCIATURA EN DERECHO.
33 M3 INVESTIGACION. ARQUEOLOGIA. 1 INSTITUTO DE HISTORIA. LICENCIATURA EN FILOSOFÍA Y LETRAS.
34 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMEDICAS ALBERTO SOLS. LICENCIATURA EN ADMINISTRACION Y DIRECCION DE EMPRESAS/LICENCIATURA EN BIOLOGIA/LICENCIATURA EN BIOQUIMICA.
35 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 INSTITUTO DE LENGUAS Y CULTURAS DEL MEDITERRANEO Y ORIENTE PROXIMO. LICENCIATURA EN FILOLOGIA.
36 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE NANOCIENCIA Y MATERIALES DE ARAGON. LICENCIATURA EN FISICA.
37 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE ROBOTICA E INFORMATICA INDUSTRIAL. INGENIERÍA EN TELECOMUNICACIONES.
38 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. 1 INSTITUTO DE SINTESIS QUIMICA Y CATALISIS HOMOGENEA. LICENCIATURA EN QUIMICA.
39 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE AREAS CIENTIFICO-TECNICAS. LICENCIATURA EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PUBLICAS.
40 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE PROGRAMACION CIENTIFICA. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
41 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE PROGRAMACION CIENTIFICA. LICENCIATURA EN QUIMICA.
42 M3 INVESTIGACION. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA-VICEDIRECCION DE INVESTIGACION. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
43 M3 INVESTIGACION. COORDINACIÓN DE RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. 1 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE VIGO. LICENCIATURA EN BIOLOGIA.
44 M3 INVESTIGACION. COORDINACIÓN DE RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. 1 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-MADRID. LICENCIATURA EN BIOLOGIA/LICENCIATURA EN CIENCIAS DEL MAR/ LICENCIATURA EN CIENCIAS AMBIENTALES.
45 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. DIVULGACIÓN. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN.
46 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. DIVULGACIÓN. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. LICENCIATURA EN GEOLOGIA.
47 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. EVALUACIÓN CIENTÍFICA Y GESTIÓN DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. LICENCIATURA EN GEOLOGIA.
48 M3 INVESTIGACION. ASTROFISICA. 1 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. INGENIERIA INFORMATICA.
49 M3 INVESTIGACION. ASTROFISICA. 1 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. LICENCIATURA EN FISICA.
50 M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE BARCELONA. LICENCIATURA EN FILOLOGIA.
51 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. GRADO EN ADMINISTRACION Y DIRECCION DE EMPRESAS.
52 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. GRADO EN INFORMACION Y DOCUMENTACION.
53 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGIA. GRADO EN GESTION Y ADMINISTRACION PUBLICA.
54 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE DIAGNOSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. GRADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES.
55 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 INSTITUTO DE SINTESIS QUIMICA Y CATALISIS HOMOGENEA. GRADO EN QUIMICA.
56 M2 INFORMATICA. INFORMATICA. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. INGENIERIA INDUSTRIAL.
57 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE AREAS CIENTIFICO-TECNICAS. GRADO EN PEDAGOGIA.
58 M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. 1 VICEPRESIDENCIA DE RELACIONES INTERNACIONALES. GRADO EN DERECHO.
59 M1

ORGANIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO.

DE MAQUINARIA DE BUQUES Y EMBARCACIONES.

ORGANIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA DE BUQUES Y EMBARCACIONES. 1 UNIDAD DE TECNOLOGIA MARINA. TECNICO SUPERIOR EN ORGANIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA DE BUQUES Y EMBARCACIONES.
60 M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. APOYO A LA RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. 1 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE MURCIA. TÉCNICO SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD.
61 M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. APOYO A LA RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. 1 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE VIGO. TÉCNICO SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD.
62 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 ASESORIA JURIDICA. LICENCIATURA EN DERECHO.
63 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 CENTRO DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES. LICENCIATURA EN CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS.
64 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. LICENCIATURA/ INGENIERIA/GRADO+MÁSTER.
65 1G ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS. BIBLIOTECONOMIA Y DOCUMENTACION. 1 INSTITUTO DE LENGUAS Y CULTURAS DEL MEDITERRANEO Y ORIENTE PROXIMO. LICENCIATURA EN FILOLOGIA.
66 1G INFORMATICA. INFORMATICA. 1 INSTITUTO DE MICROELECTRONICA DE SEVILLA. GRADO EN INFORMATICA.
67 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. GRADO EN ECONOMIA.
68 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. LICENCIATURA EN GEOGRAFIA E HISTORIA.
69 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. LICENCIATURA EN DERECHO.
70 1G INFORMATICA. INFORMATICA. 1 VICEPRESIDENCIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA. INGENIERIA INFORMATICA/LICENCIATURA EN FISICA/LICENCIATURA EN MATEMATICAS.
71 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA Y ALIMENTARIA. LICENCIATURA EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y DE LA SALUD/ LICENCIATURA EN CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS/ INGENIERIA.
72 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. LICENCIATURA EN DERECHO.
73 2G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 CENTRO MEDITERRANEO DE INVESTIGACIONES MARINAS Y AMBIENTALES. GRADO EN GESTION Y ADMINISTRACION PUBLICA.
74 2G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. GRADO EN CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS.
75 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. BACHILLERATO.
76 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 ESTACION BIOLOGICA DE DOÑANA. BACHILLERATO.
77 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
78 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE AGROQUIMICA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
79 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR DE PLANTAS PRIMO YUFERA. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
80 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE BIOMEDICINA Y BIOTECNOLOGIA DE CANTABRIA. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
81 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS Y NUTRICION. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
82 3G INFORMATICA. INFORMATICA. 1 INSTITUTO DE CIENCIAS MATEMATICAS. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
83 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE HISTORIA. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
84 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
85 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
86 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. BACHILLERATO, TÉCNICO SUPERIOR.
87 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA Y ALIMENTARIA. BACHILLERATO.
88 3G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. BACHILLERATO.
89 4G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. 1 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA.
90 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO CAJAL. GRADUADO EN EDUCACION SECUNDARIA.
91 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 INSTITUTO DE PRODUCTOS NATURALES Y AGROBIOLOGIA. GRADUADO EN EDUCACION SECUNDARIA.
92 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. GRADUADO EN EDUCACION SECUNDARIA.
93 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. GRADUADO EN EDUCACION SECUNDARIA.
94 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. 1 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. GRADUADO EN EDUCACION SECUNDARIA.

ISCIII

N.º de orden Grupo profesional Especialidad Agrupación de funciones Plazas convocadas Centro Titulación requerida
95 M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON ENFERMEDADES INFECCIOSAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. 1 ISCIII-CENTRO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA. INGENIERIA SUPERIOR/LICENCIATURA O GRADO EN CIENCIAS O CIENCIAS DE LA SALUD.
96 M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD HUMANA EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. 1 ISCIII-CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA. INGENIERIA SUPERIOR/LICENCIATURA O GRADO EN CIENCIAS O CIENCIAS DE LA SALUD O CIENCIAS SOCIALES.
97 M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON SISTEMAS SANITARIOS DOCENTES. 1 ISCIII-ESCUELA NACIONAL DE SANIDAD. INGENIERIA SUPERIOR/LICENCIATURA O GRADO EN CIENCIAS O CIENCIAS DE LA SALUD O CIENCIAS SOCIALES.
98 M1 QUIMICA Y SALUD AMBIENTAL. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A SANIDAD AMBIENTAL EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. 1 ISCIII-CENTRO NACIONAL DE SANIDAD AMBIENTAL. TÉCNICO SUPERIOR EN QUÍMICA Y SALUD AMBIENTAL.
99 M1 LABORATORIO CLINICO Y BIOMEDICO/SANIDAD. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A ENFERMEDADES RARAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. 1 ISCIII-INSTITUTO DE INVESTIGACION DE ENFERMEDADES RARAS. TÉCNICO SUPERIOR EN LABORATORIO CLÍNICO Y BIOMÉDICO.
100 M1 LABORATORIO CLINICO Y BIOMEDICO/SANIDAD. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A ENFERMEDADES INFECCIOSAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. 1 ISCIII-CENTRO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA. TÉCNICO SUPERIOR EN LABORATORIO CLÍNICO Y BIOMÉDICO.

CIEMAT

N.º de orden Grupo profesional Especialidad Agrupación de funciones Plazas convocadas Formación específica Centro Titulación requerida
101 M2 INVESTIGACIÓN. OPERACIÓN DE INSTALACIONES RADIACTIVAS EN LABORATORIO DE METROLOGIA RADIACIONES IONIZANTES. 1 LICENCIA DE OPERADOR EN INSTALACION ES RADIACTIVAS EN EL CAMPO DE RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL. CIEMAT. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. MADRID. DIPLOMADO/A, INGENIERO/A O ARQUITECTO/A TÉCNICA.
102 M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. 1   CIEMAT. DEPARTAMENTO DE ENERGÍA. MADRID. TÍTULO DE BACHILLERATO, BACHILLERATO UNIFICADO POLIVALENTE, FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICO SUPERIOR O TÉCNICO ESPECIALISTA.
103 M1 PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA. TÉCNICAS DE FABRICACIÓN, PROGRAMACIÓN, VERIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA CALIDAD EN TALLERES DE MECANIZADO DE I+D. 1   CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. TÉCNICO SUPERIOR EN PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA.
104 M1 QUIMICA Y SLUD AMBIENTAL. LABORATORIO DE SUELOS. 1   CIEMAT. DEPARTAMENTO DE MEDIOMABIENTE. MADRID. TÉCNICO SUPERIOR EN QUÍMICA Y SALUD AMBIENTAL.
105 3G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN.     CIEMAT. DEPARTAMENTO DE ENERGÍA. MADRID. TÍTULO DE BACHILLERATO, BACHILLERATO UNIFICADO POLIVALENTE, FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICO SUPERIOR O TÉCNICO ESPECIALISTA.
106 E2 EVALUACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIFUSIÓN DE I+D+i. GESTÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA PUESTOS CIENTÍFICOS; SOPORTE TÉCNICO EN EQUIPOS INFORMÁTICOS.     CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. GRADUADO/A EN EDUCACIÓN SECUNDARIA, EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA O FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICO/A, TÉCNICO/A AUXILIAR, TÉCNICO/A ESPECIALISTA.
107 M3 QUÍMICA. PREPARACIÓN, ANÁLISIS RADIOQUÍMICO Y GESTIÓN DE MUESTRAS DE PROGRAMAS DE VIGILANCIA RADIOLÓGICA AMBIENTAL. 1   CIEMAT. DEPARTAMENTO DE MEDIOAMBIENTE. MADRID. LICENCIADO/A-GRADO SUPERIOR A 300 ETCS. GRADO. MÁSTER EN QUÍMICA Y FÍSICA.
108 M1 SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICOS. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE REDES DE PUESTOS INFORMÁTICOS; GESTIÓN DE SISTEMAS Y SERVIDORES. 1   CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. TÍTULO DE BACHILLERATO, BACHILLERATO UNIFICADO POLIVALENTE, FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICO SUPERIOR O TÉCNICO ESPECIALISTA O EQUIVALENTE.
109 M1

SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS.

REALIZACIÓN INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y NORMATIVO EN INFRAESTRUCTURA DE AT Y BT. 1   CIEMAT. SECRETARÍA GENERAL. MADRID. TÉCNICO ESPECIALISTA EN MANTENIMIENTO ELÉCTRICO. ELECTROMECÁNICO O EQUIVALENTE.
110 E2 EVALUACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIFUSIÓN DE I+D+I. ESTAFETA Y REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE I+D+I.     CIEMAT. SECRETARÍA GENERAL. MADRID. GRADUADO/A EN EDUCACIÓN SECUNDARIA, EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA O FORMACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICO/A O TÉCNICO/A AUXILIAR O EQUIVALENTE.

Descripción de las plazas convocadas

CSIC

N.º de orden Centro directivo Grupo profesional Especialidad Agrupación de funciones Provincia Complementos Jornada
1 CENTRO DE AUTOMATICA Y ROBOTICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
2 CENTRO DE ASTROBIOLOGIA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
3 CENTRO DE BIOLOGIA MOLECULAR SEVERO OCHOA. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. MADRID.   COMPLETA.
4 CENTRO DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
5 CENTRO DE EDAFOLOGIA Y BIOLOGIA APLICADA DEL SEGURA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MURCIA.   COMPLETA.
6 CENTRO DE EDAFOLOGIA Y BIOLOGIA APLICADA DEL SEGURA. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS AGRARIAS. MURCIA.   COMPLETA.
7 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. MADRID.   COMPLETA.
8 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
9 CENTRO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS ISLA DE LA CARTUJA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. SEVILLA.   COMPLETA.
10 CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGIA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
11 CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES METALURGICAS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
12 DELEGACION DEL CSIC EN ANDALUCIA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. SEVILLA.   COMPLETA.
13 GABINETE DE PRESIDENCIA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. MADRID.   COMPLETA.
14 GEOCIENCIAS BARCELONA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. BARCELONA.   COMPLETA.
15 INSTITUTO ANDALUZ DE CIENCIAS DE LA TIERRA. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS DE LA TIERRA. GRANADA.   COMPLETA.
16 INSTITUTO CAJAL. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. MADRID.   COMPLETA.
17 INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. CÓRDOBA.   COMPLETA.
18 INSTITUTO DE AGROQUIMICA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. VALENCIA.   COMPLETA.
19 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. GRANADA.   COMPLETA.
20 INSTITUTO DE BIOLOGIA EVOLUTIVA. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE LABORATORIO DE BIOQUIMICA, BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR. BARCELONA.   COMPLETA.
21 INSTITUTO DE BIOLOGIA FUNCIONAL Y GENOMICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. SALAMANCA.   COMPLETA.
22 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR DE BARCELONA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. BARCELONA.   COMPLETA.
23 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR DE BARCELONA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. BARCELONA.   COMPLETA.
24 INSTITUTO DE CARBOQUIMICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. ZARAGOZA.   COMPLETA.
25 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
26 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. M3 INVESTIGACION. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
27 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. MADRID.   COMPLETA.
28 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
29 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE SEVILLA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. SEVILLA.   COMPLETA.
30 INSTITUTO DE DIAGNOSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. M3 INVESTIGACION. TECNICAS DE CIENCIAS AMBIENTALES. BARCELONA.   COMPLETA.
31 INSTITUTO DE FISICA CORPUSCULAR. M3 INVESTIGACION. INFORMATICA. VALENCIA.   COMPLETA.
32 INSTITUTO DE FISICA CORPUSCULAR. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. VALENCIA.   COMPLETA.
33 INSTITUTO DE HISTORIA. M3 INVESTIGACION. ARQUEOLOGIA. MADRID.   COMPLETA.
34 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMEDICAS ALBERTO SOLS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
35 INSTITUTO DE LENGUAS Y CULTURAS DEL MEDITERRANEO Y ORIENTE PROXIMO. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. MADRID.   COMPLETA.
36 INSTITUTO DE NANOCIENCIA Y MATERIALES DE ARAGON. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. ZARAGOZA.   COMPLETA.
37 INSTITUTO DE ROBOTICA E INFORMATICA INDUSTRIAL. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. BARCELONA.   COMPLETA.
38 INSTITUTO DE SINTESIS QUIMICA Y CATALISIS HOMOGENEA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. DIVULGACION. ZARAGOZA.   COMPLETA.
39 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE AREAS CIENTIFICO-TECNICAS. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
40 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE PROGRAMACION CIENTIFICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
41 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE PROGRAMACION CIENTIFICA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
42 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA VICEDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN. M3 INVESTIGACION. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
43 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE VIGO. M3 INVESTIGACION. COORDINACIÓN DE RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. PONTEVEDRA.   COMPLETA.
44 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-MADRID. M3 INVESTIGACION. COORDINACIÓN DE RECOGIDA DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. MADRID.   COMPLETA.
45 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. DIVULGACIÓN. MADRID.   COMPLETA.
46 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. DIVULGACIÓN. MADRID.   COMPLETA.
47 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+i. EVALUACIÓN CIENTÍFICA Y GESTIÓN DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
48 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. M3 INVESTIGACION. ASTROFISICA. GRANADA.   COMPLETA.
49 INSTITUTO DE ASTROFISCA DE ANDALUCIA. M3 INVESTIGACION. ASTROFISICA. GRANADA.   COMPLETA.
50 INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE BARCELONA. M3 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. BARCELONA.   COMPLETA.
51 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
52 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. TRANSFERENCIA. MADRID.   COMPLETA.
53 CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGIA. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
54 INSTITUTO DE DIAGNOSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. BARCELONA.   COMPLETA.
55 INSTITUTO DE SINTESIS QUIMICA Y CATALISIS HOMOGENEA. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. ZARAGOZA.   COMPLETA.
56 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. M2 INFORMATICA. INFORMATICA. MADRID.   COMPLETA.
57 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE AREAS CIENTIFICO-TECNICAS. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
58 VICEPRESIDENCIA DE RELACIONES INTERNACIONALES. M2 EVALUACION, TRANSFERENCIA Y DIFUSION DE I+D+I. EVALUACION CIENTIFICA Y GESTION DE PROYECTOS. MADRID.   COMPLETA.
59 UNIDAD DE TECNOLOGIA MARINA. M1 ORGANIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA DE BUQUES Y EMBARCACIONES. ORGANIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA DE BUQUES Y EMBARCACIONES. BARCELONA.   COMPLETA.
60 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE MURCIA. M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. APOYO A LA RECOGIDA Y GESTIÓN DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. MURCIA.   COMPLETA.
61 INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA-CENTRO OCEANOGRÁFICO DE VIGO. M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. APOYO A LA RECOGIDA Y GESTIÓN DE DATOS DEL ÁREA DE PESQUERÍAS. PONTEVEDRA.   COMPLETA.
62 ASESORIA JURIDICA. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
63 CENTRO DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
64 INSTITUTO DE CATALISIS Y PETROLEOQUIMICA. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
65 INSTITUTO DE LENGUAS Y CULTURAS DEL MEDITERRANEO Y ORIENTE PROXIMO. 1G ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS. BIBLIOTECONOMIA Y DOCUMENTACION. MADRID.   COMPLETA.
66 INSTITUTO DE MICROELECTRONICA DE SEVILLA. 1G INFORMATICA. INFORMATICA. SEVILLA.   COMPLETA.
67 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
68 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
69 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
70 VICEPRESIDENCIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA. 1G INFORMATICA. INFORMATICA. MADRID.   COMPLETA.
71 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA - DIRECCIÓN. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
72 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. 1G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
73 CENTRO MEDITERRANEO DE INVESTIGACIONES MARINAS Y AMBIENTALES. 2G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. BARCELONA.   COMPLETA.
74 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. 2G GESTION ADMINISTRATIVA. GESTION ADMINISTRATIVA. MADRID.   COMPLETA.
75 CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS MARGARITA SALAS. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
76 ESTACION BIOLOGICA DE DOÑANA. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. SEVILLA.   COMPLETA.
77 INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. CÓRDOBA.   COMPLETA.
78 INSTITUTO DE AGROQUIMICA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. VALENCIA.   COMPLETA.
79 INSTITUTO DE BIOLOGIA MOLECULAR Y CELULAR DE PLANTAS PRIMO YUFERA. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. VALENCIA.   COMPLETA.
80 INSTITUTO DE BIOMEDICINA Y BIOTECNOLOGIA DE CANTABRIA. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. CANTABRIA.   COMPLETA.
81 INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS Y NUTRICION. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
82 INSTITUTO DE CIENCIAS MATEMATICAS. 3G INFORMATICA. INFORMATICA. MADRID.   COMPLETA.
83 INSTITUTO DE HISTORIA. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
84 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
85 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
86 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
87 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGRARIA – VICEDIRECCION DE INVESTIGACION. 3G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
88 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. 3G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. MADRID.   COMPLETA.
89 INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA. 4G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. MADRID.   COMPLETA.
90 INSTITUTO CAJAL. 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
91 INSTITUTO DE PRODUCTOS NATURALES Y AGROBIOLOGIA. 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. S.C. TENERIFE.   COMPLETA.
92 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ACTUACION ECONOMICA. 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
93 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.
94 SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS HUMANOS. 4G ADMINISTRACION. ADMINISTRACION. MADRID.   COMPLETA.

ISCIII

N.º de orden Centro directivo Grupo profesional Especialidad Agrupación de funciones Provincia Complementos Jornada
95 ISCIII -CENTRO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA. M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON ENFERMEDADES INFECCIOSAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. MADRID.   COMPLETA.
96 ISCIII -CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA. M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD HUMANA EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. MADRID.   COMPLETA.
97 ISCIII -ESCUELA NACIONAL DE SANIDAD. M3 INVESTIGACIÓN. FUNCIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS RELACIONADOS CON SISTEMAS SANITARIOS DOCENTES. MADRID.   COMPLETA.
98 ISCIII - CENTRO NACIONAL DE SANIDAD AMBIENTAL. M1 QUIMICA Y SALUD AMBIENTAL. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A SANIDAD AMBIENTAL EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. MADRID.   COMPLETA.
99 ISCIII -INSTITUTO DE INVESTIGACION DE ENFERMEDADES RARAS. M1 LABORATORIO CLINICO Y BIOMEDICO/SANIDAD. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A ENFERMEDADES RARAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. MADRID.   COMPLETA.
100 ISCIII -CENTRO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA. M1 LABORATORIO CLINICO Y BIOMEDICO/SANIDAD. TÉCNICAS DE LABORATORIO APLICADAS A ENFERMEDADES INFECCIOSAS EN BIOMEDICINA Y SALUD HUMANA. MADRID.   COMPLETA.

CIEMAT

N.º de orden Centro directivo Grupo profesional Especialidad Agrupación de funciones Provincia Complementos Jornada
101 CIEMAT. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. MADRID. M2 INVESTIGACIÓN. OPERACIÓN DE INSTALACIONES RADIACTIVAS EN LABORATORIO DE METROLOGIA RADIACIONES IONIZANTES. MADRID.   COMPLETA.
102 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE ENERGÍA. MADRID. M1 LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. LABORATORIO DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD. MADRID.   COMPLETA.
103 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. M1 PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA. TÉCNICAS DE FABRICACIÓN, PROGRAMACIÓN, VERIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA CALIDAD EN TALLERES DE MECANIZADO DE I+D. MADRID.   COMPLETA.
104 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE MEDIOAMBIENTE. MADRID. M1 QUÍMICA Y SALUD AMBIENTAL. LABORATORIO DE SUELOS. MADRID.   COMPLETA.
105 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE ENERGÍA. MADRID. 3G ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. MADRID.   COMPLETA.
106 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. E2 EVALUACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIFUSIÓN DE LA I+D. GESTIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA PUESTOS CIENTÍFICOS; SOPORTE TÉCNICO EN EQUIPOS INFORMÁTICOS. MADRID.   COMPLETA.
107 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE MEDIOAMBIENTE. MADRID. M3 QUÍMICA. PREPARACIÓN, ANÁLISIS RADIOQUÍMICO Y GESTIÓN DE MUESTRAS DE PROGRAMAS DE VIGILANCIA RADIOLÓGICA AMBIENTAL. MADRID.   COMPLETA.
108

CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA.

MADRID.

M1 SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICOS. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE REDES DE PUESTOS INFORMÁTICOS; GESTIÓN DE SISTEMAS Y SERVIDORES. MADRID.   COMPLETA.
109 CIEMAT. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. MADRID. M1 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS. REALIZACIÓN INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y NORMATIVO EN INFRAESTRUCTURA DE AT Y BT. MADRID.   COMPLETA.
110 CIEMAT. SECRETARÍA GENERAL. MADRID. E2 EVALUACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIFUSIÓN DE I+D+I. ESTAFETA Y REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE I+D+I. MADRID.   COMPLETA.
ANEXO III
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará: «Ciencia, Innovación y Universidades». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Consejo Superior de Investigaciones Científicas». En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará el Grupo Profesional de la plaza a la que se opta. En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará «E» (Estabilización). En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará «Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades». En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 19, en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», se deberá indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado.

En el recuadro 22, «Reserva discapacidad», las personas aspirantes consignarán «SI».

Los aspirantes deberán indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce la condición de discapacidad en el recuadro 24.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación requerida que se posee para participar en el proceso selectivo.

En el recuadro 27 «Campos propios asociados a la convocatoria», se consignará en «N.º de orden de la plaza» el número de orden de la plaza a la que desea presentarse, de entre los que figuran en el anexo II, indicando solamente un único N.º de orden.

En el recuadro 27, «Datos A», se consignará el «Centro de Directivo» relacionado en el anexo II según corresponda a la plaza solicitada.

Las solicitudes suscritas en el extranjero se dirigirán, como órgano gestor, a la Secretaría General Adjunta de Recursos Humanos del CSIC.

ANEXO IV
Certificado de requisitos y méritos

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/12/2024
  • Fecha de publicación: 21/01/2025
  • Convocatoria. 110 plazas.

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