Ignacio Cuadrado Zuloaga, Notario del ilustre Colegio de Castilla y león, con residencia en Valladolid,
Hago saber: Que en mi notaría, sita en calle María de Molina, número 7, 2.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Vivienda letra B de la planta segunda de la casa número catorce de la calle Calderón de la Barca de Valladolid. Consta de varias dependencias y servicios y ocupa una superficie útil de 55,28 metros cuadrados y consta de comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de aseo, hall, pasillo, galería en patio y balcón exterior.
Linda: derecha entrando, con vivienda número nueve; izquierda, con casa número dieciséis de la calle Calderón de la Barca, fondo, con terreno de constructora imperial y frente con patio de luces y caja de escalera.
Cuota: 4,17 %.
Inscripción: Dicha hipoteca fue inscrita, en el Registro de la Propiedad número tres de los de Valladolid, al tomo 610, libro 201, folio 137, finca registral 19.282, inscripción 6.ª, de fecha veintinueve de marzo de dos mil diez.
Referencia catastral: 6538224UM5163H0010GP.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaria. La 1.ª subasta el trece de junio de dos mil once, a las diez horas, siendo el tipo base el de 98.769,32 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día seis de julio de dos mil once, a las diez horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, y la 3ª subasta el día uno de agosto de dos mil once, a las diez horas, sin sujeción a tipo.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la l.ª y 2.ª subastas y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Valladolid, 9 de mayo de 2011.- Ignacio Cuadrado Zuloaga, Notario.
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