Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:
1.º- Que en el procedimiento concursal número 31/2009, por auto de fecha 26/05/2011 se ha acordado lo siguiente:
Declarar la conclusión del concurso 31/09, en el que figuraban como concursados David González Suárez y Beatriz Rodríguez González, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Contra este auto no cabrá recurso alguno. Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Líbrese oficio al Registro Civil de San Martín del Rey Aurelio.
La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo. Doy fe.
Oviedo, 15 de junio de 2011.- El/la Secretario Judicial.
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