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Documento BOE-B-2011-38520

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2011, páginas 99340 a 99340 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-38520

TEXTO

Dña. María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores núm. 540/09 de la mercantil F. Vercher SL con CIF. B-46454922 habiéndose dictado en fecha 1 de septiembre de 2011 auto por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil numero 3 de Valencia, cuya Parte Dispositiva, dice:

Parte Dispositiva

Se decreta la conclusión del concurso y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda, de conformidad con el artículo 178.3 LC, la extinción de la mercantil F.Vercher, S.L., con domicilio en Gandía (Valencia), Carrer Mayor. 18-4-7 y C.I.F. número B-46454922, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 L.C) y tiene carácter de Firme.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal, D. Vicente Antonio Salom Alborch, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en informe de fecha 31 de mayo de 2011.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art. 23 y 24 de la LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos.Despachados que serán entregados para su diligenciamiento al Procurador de los Tribunales, José Alberto López Segovia.

Nofifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177. 1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez Firma del Secretario.

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 177 de la LC, se expide el presente

Valencia, 1 de septiembre de 2011.-

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