El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid anuncia:
En el procedimiento de concurso voluntario abreviado seguido en este Juzgado bajo el número 903/10 se ha dictado auto en fecha 29 de octubre de 2014, acordando:
1.- Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Ingeniería de Fachadas Ferrotec, S.L., con CIF B84671171, y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.
2.- La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
3.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
4.- Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente,
Madrid, 29 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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