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Documento BOE-B-2015-19279

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2015, páginas 26814 a 26814 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-19279

TEXTO

Edicto.

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1003/2014 en el que se ha dictado con fecha 10 de diciembre de 2014 auto declarando en estado de concurso a D.ª Olga Ramírez Abellán, con NIF 38066918D, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8008495.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Olga Ramírez Abellán, con domicilio en c/ Pirineus, n.º 3, 1.º 2.ª, Sant Vicenç dels Horts (Barcelona).

Administrador concursal: D. Xavier García Esteve, con domicilio en Passeig de Gràcia, 122, 3.º 1.ª Barcelona. Tel. 934871020, fax 934871012, con correo electrónico xaviergarcia@arcoabogados.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial. Fdo.: José María Valls Soriano.

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