D. Enrique Díaz Revorio, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 664 /2014 G y NIG n.º 07040 47 1 2014 0001054 se ha dictado en fecha 22 de septiembre de 2015 concurso necesario ordinario del deudor Nueva Masyc, S.L., con n.º de CIF: B57663577, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle San Fernando n.º 20, bajos, de Mahón, Menorca.
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
3.º Se ha designado como administración concursal al Abogado don Josep Rebollo Melcio, quien en fecha 8 de octubre de 2015 ha aceptado el cargo.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Degollador, n.º 91-2, planta baja, 07760 de Ciutadella de Menorca o dirección de correo electrónico, nuevamasyc@rmconcursales.com en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).
Palma, 9 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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