BDNS(Identif.):795913
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/795913)
Primero: Beneficiarios.
Serán beneficiarias de las ayudas las FFDDEE no olímpicas y no paralímpicas que no están incluidas en los actuales programas deportivos de los JJOO y JJPP de París 2024 y de los JJPP de Invierno Milán-Cortina d´Ampezzo 2026, y que no hubiesen sido beneficiarios anteriormente de ningún plan estratégico a través de la Resolución de la presidencia del CSD, por la que se clasifican los deportistas y equipos españoles en los Programas Deportivos TEAM ESPAÑA ELITE de las Federaciones Deportivas Españolas para el año 2024 y que tengan alguna especialidad incluida en la última Resolución publicada por la que se aprueba el catálogo de modalidades, especialidades y pruebas deportivas financiables en las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
La finalidad de esta convocatoria es destinar ayudas a las FFDDEE no olímpicas y no paralímpicas para optimizar la preparación y rendimiento de deportistas y equipos nacionales, en los gastos inherentes a las concentraciones y actividades de preparación en competiciones internacionales.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la Resolución de convocatoria y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo imputable a la subvención será de 1.500.000,00 €, con cargo al crédito presupuestario 18.101.336A.483.22, "Ayudas para actividades a federaciones deportivas españolas no olímpicas y no paralímpicas", del Consejo Superior de Deportes, ejercicio 2024.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la Resolución convocante.
Las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite nº 051210). Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la Ley 39/2015.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de la actividad subvencionada y sin exigencia de garantía.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. La justificación se presentará antes del 31 de marzo de 2025.
Madrid, 10 de noviembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
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