Examinado el expediente incoado a instancia de Avelino Vegas, S.A. (A40008575) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Santiuste de San Juan Bautista (Segovia), por un volumen máximo anual de 32.074,3 m³, un caudal máximo instantáneo de 3,80 l/s, y un caudal medio equivalente de 1,15 l/s, con destino a riego y uso industrial, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 5 de noviembre de 2024, lo siguiente:
Anular las inscripciones que constan en la Sección C del Registro de Aguas a nombre de Dña. Manuela Calvo Luquero con referencia PRSG189010 y a nombre de Avelino Vegas, S.A. con referencias PRSG189140 y PRSG189009.
Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Avelino Vegas, S.A. (A40008575)
Tipo de uso: Riego de 6,04 ha de leñosos (viñedo y setos) y de 0,67 ha de zonas verdes y un uso industrial (bodega)
Uso consuntivo: Si
Volumen máximo anual (m³): 32.074,3
Volumen máximo mensual (m³): 4.033,4
Caudal máximo instantáneo (l/s): 3,80
Caudal medio equivalente (l/s): 1,15
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400045 – Los Arenales – Tierra de Pinares
Plazo por el que se otorga: Hasta el 31 de diciembre de 2035
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el sondeo correspondiente al expediente de referencia PRSG189009 sito en la parcela 69 del polígono 1, de la localidad de Santiuste de san Juan Bautista del término municipal de Santiuste de San Juan Bautista (Segovia), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes alas aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Servicio al Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 8 de noviembre de 2024.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto Jesús De Luis Rivera.
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