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Documento BOE-B-2024-41260

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «Reforma de L.A.M.T "Loja-Algarinejo" entre apoyo A651125 y apoyo A651087 sita en parajes "Las Rozuelas", "Fuente del Lino", "Duende" y "Cortijo Viejo". t.m. de Loja y Zagra (Granada)» (Expte. E-6029).

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2024, páginas 64402 a 64408 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2024-41260

TEXTO

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-6029) los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 28 de abril de 2022, por parte de E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., con CIF B82846817 y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Escudo del Carmen, 31 de Granada, se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública respecto del proyecto denominado «Reforma de L.A.M.T "Loja-Algarinejo" entre apoyo A651125 y apoyo A651087 sita en parajes "Las Rozuelas", "Fuente del Lino", "Duende" y "Cortijo Viejo". t.m. de Loja y Zagra (Granada)». Respecto de dicho proyecto, se hallaba en trámite en esta Delegación el procedimiento para su autorización administrativa previa y de construcción.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitieron las respectivas separatas del proyecto, solicitando informe, a las siguientes entidades y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Loja, Ayuntamiento de Zagra, Diputación Provincial de Granada, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Telefónica de España S.A.U. Recibidos los informes, o bien, transcurrido el plazo sin contestación, no existe objeción o condición que formular.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 23 de septiembre de 2023, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 21 de septiembre de 2023 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 26 de septiembre del 2023. Del mismo modo, se publicó en el diario Granada Hoy el día 22 de septiembre de 2023, se expuso en los respectivos tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Loja y de Zagra por el plazo establecido y se publicó el anuncio y su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

CUARTO.- Durante la información pública, se recibieron dos escritos de alegaciones. En primer lugar, por parte del Ayuntamiento de Zagra, que manifestaba que una de las parcelas afectadas por la actuación resulta de su propiedad y, en la cual, «está previsto la construcción de una edificación destinada a equipamientos que puede no ejecutarse debido al paso de la línea de media tensión por encima de la misma». Añade que «por parte del ayuntamiento se ha solicitado a E-distribución Redes Digitales S.L. la posibilidad del cambio del transformador actual (en estado obsoleto) a una ubicación dentro de la misma parcela mediante un nuevo transformador y el soterramiento de la línea» y que «E-distribución Redes Digitales S.L. ha suministrado a este Ayuntamiento un presupuesto para el cambio del transformador y está en proceso de estudio», solicitando, finalmente que «tenga en consideración la petición de este ayuntamiento y soterre las líneas proyectadas a su paso por el suelo urbano debido a las molestias que genera a los afectados». Remitido dicho escrito a la promotora, contestó manifestando lo siguiente: «Que, E-Distribución Redes Digitales S.L.U en el trazado de la línea eléctrica del proyecto ha ponderado tanto el interés general como los intereses particulares de los titulares afectados, primando, no obstante, el interés general de mejorar la prestación de un servicio de carácter esencial y el cumplimiento de la obligación legal impuesta como distribuidora de energía eléctrica en el artículo 36. 3. de Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Que, E- Distribución Redes Digitales S.L.U en la elaboración del proyecto ha tenido en cuenta la legislación vigente sobre la materia, así como los criterios técnicos universalmente aceptados en este tipo de instalaciones; Que para que E- Distribución Redes Digitales S.L.U proceda al soterramiento de la línea proyectada a su paso por el núcleo urbano, el interesado deberá realizar una nueva solicitud de cambio de variante, tras el cual se realizará un estudio técnico con su correspondiente presupuesto». Solicita, finalmente, que se resuelva concediendo la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto.

Por otro lado, se recibió escrito procedente de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, manifestando que la finca afectada por el proyecto identificada como parcela catastral 9034 del polígono 1 de Zagra no es de su titularidad por cuanto no se corresponde con ninguna carretera de la Red del Estado. A dicho escrito contestó la promotora mediante otro en el que manifiesta que «habida cuenta del error de titularidad en el registro catastral, ha solicitado la autorización de la parcela afectada a la Delegación de Obras Públicas y Vivienda. Servicio de Carreteras de la Diputación de Granada».

QUINTO.- Con fecha 30 de noviembre de 2023 se ha dictado por esta Delegación Territorial resolución concediendo, respecto de dicho proyecto, la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de la Ley 24/2013 establece lo siguiente: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica promovida por la entidad E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. denominada «Reforma de L.A.M.T "Loja-Algarinejo" entre apoyo A651125 y apoyo A651087 sita en parajes "Las Rozuelas", "Fuente del Lino", "Duende" y "Cortijo Viejo". t.m. de Loja y Zagra (Granada)», según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Anexo: Relación de Bienes y Derechos afectados por el "Proyecto de reforma de L.A.M.T "Loja-Algarinejo" entre apoyo A651125 y apoyo A651087 sita en parajes "Las Rozuelas", "Fuente del Lino", "Duende" y "Cortijo Viejo". t.m. de Loja y Zagra (Granada)" Expte. Núm. E-6029; 13221/AT

PLA

S/P

Titular Catastral

Término Municipal

Nº políg.

s/catast.

parcela s/catast.

Paraje

Cultivo

Longitud zona serv. (m)

Sup.

zona afección(m²)

Sup. zona seguridserv. (m²)

Apoyo nº

Apoy.

Sup. (m²)

Ocup.

Temp.

(m²)

Tiempo Ocup. Temp

(días)

1

ORTIZ CAMPAÑA MIGUEL ANGEL

LOJA

4

119

Las Rozuelas

Olivos secano/Improductivo

12,21

53,66

122,23

1

2,19

100

15

2

OSUNA ALMIRON CARMEN

LOJA

4

116

Las Rozuelas

Olivos secano

31,05

264,46

312,67

3

JIMENEZ PACHECO ANTONIO

LOJA

4

115

Las Rozuelas

Olivos secano/Matorral

201,86

2764,86

2035,53

2

2,82

100

15

4

MATAS JIMENEZ JOSEFA

LOJA

4

114

Las Rozuelas

Pastos

34,76

1142,89

376,23

5

AYUNTAMIENTO DE LOJA

LOJA

4

9002

Camino

Vía de comunicación de dominio público

7,00

245,50

67,02

6

MATAS JIMENEZ JOSEFA

LOJA

4

113

Las Rozuelas

Olivos secano

12,08

353,10

58,57

7

COBOS JIMENEZ ANTONIO FRANCISCO

LOJA

4

112

Las Rozuelas

Matorral

9,66

361,97

125,25

8

MARTIN GAMIZ JOSE

LOJA

4

168

Las Rozuelas

Labor o labradío regadío

18,46

408,71

0,00

8.1

EL BARDAI MONEIR

LUB IONICA DANIELLA

LOJA

4

169

Las Rozuelas

Labor o labradío regadío

0,00

184,26

167,05

9

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9003

Arroyo Las Rozuelas

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

7,99

310,21

89,41

10

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR

ZAGRA

2

9020

Arroyo Las Rozuelas

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

2,81

100,48

26,66

11

PADILLA JIMENEZ REMEDIOS

ZAGRA

2

176

Las Rozuelas

Pastos/olivos secano

54,08

1716,65

545,07

12

HEREDEROS DE TORRES DELGADO RAFAELA

ZAGRA

2

177

Las Rozuelas

Pastos

134,09

1907,12

1385,08

3

1,93

100

15

13

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9010

Camino

Vía de comunicación de dominio público

8,22

113,48

68,24

14

HEREDEROS DE TORRES DELGADO RAFAELA

ZAGRA

2

179

Las Rozuelas

Olivos secano/Pastos

60,06

951,81

534,19

15

TORRES SANCHEZ JUANA

ZAGRA

2

170

Las Rozuelas

Olivos secano/Pastos

54,52

704,74

595,12

16

PACHECO SILLERO ROMUALDO JOSE

ZAGRA

2

168

Las Rozuelas

Olivos secano

27,56

147,84

220,52

4

1,64

16.1

JIMENEZ COBOS JUAN

ZAGRA

2

180

Las Rozuelas

Olivos secano

0,00

0,00

57,30

17

PACHECO SILLERO ROMUALDO JOSE

ZAGRA

2

167

Las Rozuelas

Olivos secano

61,35

831,46

616,79

18

CALVO RUBIO JOSE

ZAGRA

2

166

Las Rozuelas

Olivos secano

41,10

765,55

408,12

19

MARTINEZ PLAZA ANTONIO

ZAGRA

2

165

Las Rozuelas

Olivos secano

31,44

540,52

316,44

20

ROPERO AVILA MANUEL

ZAGRA

2

164

Las Rozuelas

Olivos secano/Pastos

82,22

689,33

827,22

5

1,93

21

JIMENEZ RODRIGUEZ JOSE

ZAGRA

2

163

Las Rozuelas

Olivos secano

83,98

593,64

838,41

6

1,37

22

COCA MORENO FRANCISCO

CAMPAÑA ROPERO MANUEL

ZAGRA

2

142

Las Rozuelas

Olivos secano

69,38

606,37

696,98

23

ALCARAZ CANO PIEDAD

ZAGRA

2

144

Las Rozuelas

Matorral/Olivos secano

87,26

774,11

874,46

7

1,64

24

ALCARAZ CANO PIEDAD

CAMPAÑA ROPERO MANUEL

ZAGRA

2

147

Fuente del Lino

Olivos secano

54,04

422,55

541,36

25

JIMENEZ RAMOS JORGE

MONTILLA COBOS HILARIA

ZAGRA

2

149

Fuente del Lino

Matorral

41,75

394,01

417,05

26

COOPERATIVA SAN LORENZO ZAGRA

ZAGRA

2

150

Fuente del Lino

Patos

44,47

251,63

445,08

27

JIMENEZ GARCIA ANTONIO

ZAGRA

2

151

Fuente del Lino

Olivos secano

61,46

413,43

614,83

28

CERVERA BERMUDEZ ANTONIA

ZAGRA

2

152

Fuente del Lino

Pastos/olivos secano

59,24

368,13

567,52

8

1,93

28.1

HEREDEROS DE MUÑOZ RUIZ FRANCISCO

ZAGRA

2

111

Fuente del Lino

Olivos secano

0,00

0,00

27,57

29

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9006

Carril de Rozuelas

Vía de comunicación de dominio público

10,70

123,27

107,87

30

SEVILLA PEREZ MANUEL

ZAGRA

2

110

Fuente del Lino

Matorral/Olivos secano

94,20

1485,35

942,21

31

CASTELLANO SOLORZANO MANUEL

ZAGRA

2

109

Fuente del Lino

Olivos secano

29,01

369,40

244,27

31.1

JIMENEZ OTERO FRANCISCO

ZAGRA

2

108

Fuente del Lino

Olivos secano

0,00

0,00

35,42

32

CAMPAÑA JIMENEZ VICTORIANO

ZAGRA

2

105

Fuente del Lino

Matorral/Olivos secano/improductivo

176,71

2246,90

1823,50

9

2,19

33

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9007

Camino

Vía de comunicación de dominio público

8,52

121,01

107,2

34

SEVILLA SANCHEZ CIRILO

ZAGRA

2

442

Fuente del Lino

Olivos secano

47,26

378,93

433,63

10

1,93

35

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9011

Camino

Vía de comunicación de dominio público

6,73

39,91

125,26

36

MACIAS GONZALEZ MIGUEL

ZAGRA

2

100

Fuente del Lino

Cultivo/Aprovechamiento

178,73

2947,00

948,08

36.1

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9007

Fuente del Lino

Cultivo/Aprovechamiento

0,00

76,67

179,97

36.2

MACIAS GONZALEZ MIGUEL

ZAGRA

2

101

Fuente del Lino

Olivos secano

0,00

0,00

77,3

37

RODRIGUEZ MUÑOZ BRIGIDA

ZAGRA

2

99

Fuente del Lino

Olivos secano

20,85

559,98

557,67

37.1

GUERRERO RAMIRO JOSE ANTONIO

LOPEZ SILLERO MARIA JOSEFA

ZAGRA

2

98

Fuente del Lino

Olivos secano

0,00

18,70

103,91

38

ROPERO AVILA MANUEL

ZAGRA

2

926

Duende

Olivos secano

130,30

886,07

1207,14

11

2,19

39

PEREZ ARENAS MANUEL

ZAGRA

2

96

Fuente del Lino

Almendro secano

15,27

63,94

154,7

12

2,53

40

LEON SEVILLA ANTONIA

ZAGRA

2

91

Las Cabezuelas

Olivos secano

33,34

264,86

354,64

41

MONTALBAN JIMENEZ MARIA

ZAGRA

2

93

Las Cabezuelas

Olivos secano

110,42

923,04

1435,71

13

1,93

42

PEREZ ARENAS MANUEL

ZAGRA

2

81

Las Cabezuelas

Olivos secano

97,70

794,14

944,32

43

CASTELLANO MUÑOZ FRANCISCA

ZAGRA

2

80

Las Cabezuelas

Olivos secano

28,90

137,53

303,32

14

1,93

44

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9009

Camino

Vía de comunicación de dominio público

5,06

22,57

50,52

45

PEREZ AGUILERA ISIDRO

ZAGRA

2

515

Duende

Olivos secano

47,45

190,83

457,41

15

1,93

100

15

46

PEREZ AGUILERA MIGUEL

ZAGRA

2

516

Duende

Olivos secano

76,37

401,63

743,48

16

1,93

100

15

47

FIESTAS SABATEL BALTASAR

ZAGRA

2

517

Duende

Olivos secano

11,64

115,22

119,71

48

COBOS PACHECO JOSEFA

NOGALES COBOS JOSE MANUEL

NOGALES COBOS MARIA INMACULADA CONCEPCION

ZAGRA

2

518

Duende

Olivos secano

14,50

176,88

121,67

48.1

JIMENEZ GARCIA JUAN

ZAGRA

2

519

Duende

Olivos secano

0,00

0,00

49,05

49

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR

ZAGRA

2

9008

Arroyo de Zagra

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

8,96

124,48

87,70

50

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR

ZAGRA

1

9032

Arroyo de Zagra

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

10,56

139,65

69,89

50.1

JIMENEZ GARCIA FRANCISCO

ZAGRA

1

798

Cortijo nuevo

Olivos secano

0,00

0,00

49,4

51

PEREZ REPISO MARIA

ZAGRA

1

797

Cortijo nuevo

Olivos secano

103,14

1283,80

994,89

52

PEREZ REPISO MARIA

ZAGRA

1

796

Cortijo nuevo

Olivos secano

30,67

140,88

316,68

17

1,93

100

15

53

CIMENTADOS3 SA

ZAGRA

1

Bo. San Lorenzo

Suelo sin edif.

40,97

220,89

383,59

54

CIMENTADOS3 SA

ZAGRA

27

Pza.Eras,27

Industrial

14,33

58,36

166,09

55

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

15,95

81,67

171,07

56

DELGADO TRASSIERRA MANUEL

ZAGRA

1

Bo. San Lorenzo

Suelo sin edif.

9,73

67,35

76,39

56.1

PEREZ AGUILERA ANTONIO JOSE

RUBIO PEREZ FRANCISCA ESTELA

ZAGRA

4

AV. Guardia Civil

Residencial

0,00

7,70

55,90

57

CORDERO LOPEZ ANTONIA

ZAGRA

3

Bo. San Lorenzo

Almacén, Estac.

20,17

154,95

94,94

57.1

RUIZ GARCIA ANTONIO

CORDERO LOPEZ ANTONIA

ZAGRA

6

AV. Guardia Civil

Residencial

0,00

2,35

63,70

58

JIMENEZ CORDERO ANTONIO

ZAGRA

5

Bo. San Lorenzo

Suelo sin edif.

1,60

29,27

64,70

59

QUINTANA DELGADO ISABEL

ZAGRA

789

Cortijo nuevo

Olivos secano

57,90

543,79

561,38

59.1

MUÑOZ COBOS JOSE ANTONIO

ZAGRA

8

AV. Guardia Civil

Suelo sin edif.

0,00

0,00

26,03

60

QUINTANA DELGADO MARIA JOSEFA

ZAGRA

1

853

Cortijo nuevo

Olivos secano

31,01

180,47

308,53

61

MUÑOZ RUIZ FRANCISCO

ZAGRA

1

788

Cortijo nuevo

Olivos secano

12,52

53,10

129,65

18

2,53

100

15

62

CARVAJAL JIMENEZ JUAN MANUEL

CARVAJAL JIMENEZ JOSE EMILIO

CARVAJAL JIMENEZ FRANCISCO

ZAGRA

1

785

Cortijo nuevo

Olivos secano

11,40

72,85

114,32

63

SOLORZANO AGUILERA MARIA

ZAGRA

1

784

Cortijo nuevo

Labor o labradío regadío

59,32

581,12

571,62

64

DELEG PROV DE LA VIVIENDA EN GRANADA-MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

ZAGRA

1

9034

Carretera

Vía de comunicación de dominio público

12,27

127,08

124,87

65

SORLOZANO AGUILERA JUAN

ZAGRA

1

658

Cortijo nuevo

Labor o labradío regadío

11,23

107,82

115,00

66

PEREZ CAMPAÑA AMPARO

ZAGRA

1

659

Cortijo nuevo

Olivos secano

90,26

654,60

905,09

19

2,82

100

15

67

MONTORO ORTEGA ANTONIO

ZAGRA

1

665

Cortijo nuevo

Olivos secano

17,35

186,90

173,47

68

COBOS GARCIA DEMETRIO

ZAGRA

1

666

Cortijo nuevo

Olivos secano

19,30

208,88

196,15

69

COBOS GARCIA DEMETRIO

ZAGRA

1

894

Cortijo nuevo

Olivos secano

10,36

104,23

100,40

70

SORLOZANO COBOS MARIA DEL CARMEN

ZAGRA

1

671

Cortijo nuevo

Olivos secano

14,38

130,06

143,82

71

HEREDEROS DE COBOS GAMIZ JOSEFA

ZAGRA

1

672

Cortijo nuevo

Olivos secano

15,66

111,73

157,10

72

CORDERO CRESPILLO FRANCISCO ANTONIO

ZAGRA

1

673

Cortijo nuevo

Olivos secano

8,55

43,94

85,98

73

MATEOS GARCIA FELISA

ZAGRA

1

678

Cortijo nuevo

Labor o labradío regadío

34,06

130,42

324,92

20

1,93

100

15

74

PEREZ AGUILERA ISIDRO

ZAGRA

2

515

Duende

Olivos secano

7,10

28,66

71,51

75

PEREZ AGUILERA MIGUEL

ZAGRA

2

516

Duende

Olivos secano

67,02

503,03

627,93

76

FIESTAS SABATEL BALTASAR

ZAGRA

2

517

Duende

Olivos secano

46,99

286,78

366,16

21

1,93

100

15

76.1

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9009

Camino

Vía de comunicación de dominio público

0,00

0,00

136,84

77

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

2

9006

Carril de Rozuelas

Vía de comunicación de dominio público

11,32

47,17

121,94

78

JIMENEZ COBOS ANTONIO

ZAGRA

2

75

Las Cabezuelas

Improductivo

11,52

54,78

113,29

79

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR

ZAGRA

2

9005

Arroyo de Zagra

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

4,70

25,79

38,00

80

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR

ZAGRA

1

9027

Arroyo de Zagra

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

4,86

25,51

34,65

81

MATEOS GARCIA FELISA

ZAGRA

1

808

Cortijo nuevo

Olivos secano

9,74

46,61

65,25

81.1

AYUNTAMIENTO DE ZAGRA

ZAGRA

1

9030

Camino

Vía de comunicación de dominio público

0,00

0,00

42,17

Granada, 16 de octubre de 2024.- Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.

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