A los efectos de lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de Información Pública la solicitud de modificación de la Autorización Administrativa Previa y la solicitud de Autorización Administrativa de Construcción del PROYECTO MODIFICADO 2024 de la Planta Solar Fotovoltaica «Barcina Garoña Vega II» de 63,57 MW de potencia nominal instalada (equivalente a 68,9832 MW de potencia pico), y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Valle de Tobalina, en la provincia de Burgos.
Órgano competente, a los efectos de autorizar la instalación de energía eléctrica indicada: Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Órgano tramitador, a los efectos del trámite de Información Pública y alegaciones, consultas y recepción de los informes que son resultado de dichas consultas: Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, Calle Vitoria, 34, 09004 Burgos.
Promotor-peticionario: «VEGA LYRA Promociones Fotovoltaicas, S.L.», con CIF - B90445172, con domicilio a efectos de notificaciones postales en la Calle Rioja, 25, 1º, 41001, Sevilla, y de notificaciones electrónicas ( notificaciones@grupoedora.com ).
Objeto de la solicitud: modificación de la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción del PROYECTO MODIFICADO 2024 de la Planta Solar Fotovoltaica «Barcina Garoña Vega II» de 63,57 MW de potencia instalada (equivalente a 68,9832 MW de potencia pico), y sus infraestructuras de evacuación.
Finalidad de la instalación de energía eléctrica indicada: la generación de energía eléctrica por medio de una Planta Solar Fotovoltaica, así como su evacuación a la red de transporte de energía eléctrica.
Término municipal: Valle de Tobalina, en la provincia de Burgos.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha formulado Declaración de Impacto Ambiental del proyecto «Instalaciones fotovoltaicas Barcina Garoña Vega I de 69 MWp/57,53 MWn, y Barcina Garoña Vega II, de 69 MWp y 57 MWn, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Burgos», mediante Resolución de fecha 9 junio de 2023, en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias; condiciones ambientales que resultan de la evaluación ambiental practicada, que se exponen en dicha Resolución, y en las que se debe desarrollar dicho proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales. Dicha Resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 146 de 20 de junio de 2023.
El 30 de septiembre de 2023 la Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto otorgar, a «VEGA LYRA Promociones Fotovoltaicas, S.L.», la Autorización Administrativa Previa para «la planta solar fotovoltaica BARCINA GAROÑA VEGA II, de 68,9832 MW de potencia pico, 63,57 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Valle de Tobalina (Burgos)». Dicha Resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 243 de 11 de octubre de 2023.
Como consecuencia de las condiciones que establece la Resolución por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental, de fecha 9 junio de 2023; condiciones en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, el promotor-peticionario ha incorporado modificaciones en el proyecto tales que no se cumplen todas las condiciones detalladas en el artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000. Por lo tanto, el PROYECTO MODIFICADO 2024 que resulta requiere una nueva autorización administrativa previa, siendo de aplicación los artículos 125, 126 y 127 del Real Decreto 1955/2000.
Mediante comunicación de fecha 30 de abril de 2024 la Subdirección General de Energía Eléctrica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Subdirección que pertenece a la Dirección General de Política Energética y Minas) ha instado a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos que realice un nuevo trámite de Información Pública y consultas, en los términos previstos en los artículos 125, 126, 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, al objeto de que la Dirección General de Política Energética y Minas modifique la Autorización Administrativa Previa y otorgue Autorización Administrativa de Construcción al PROYECTO MODIFICADO 2024 de la de la instalación de energía eléctrica objeto de este Anuncio, a los efectos y según lo previsto en los artículos 128 y 131 del referido Real Decreto 1955/2000.
Asimismo, el 18 de octubre de 2024, considerando lo previsto en el artículo 122 del Real Decreto 1955/2000, «VEGA LYRA Promociones Fotovoltaicas, S.L.» ha presentado, ante la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, solicitud dirigida a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para que se realice un nuevo trámite de Información Pública y consultas, en los términos previstos en los artículos 125, 126, 127 y 131 de tal Real Decreto 1955/2000, al objeto de que dicha Dirección General de Política Energética y Minas modifique la Autorización Administrativa Previa y otorgue Autorización Administrativa de Construcción al PROYECTO MODIFICADO 2024 de la instalación de energía eléctrica objeto de este Anuncio, a los efectos y según lo previsto en los artículos 128 y 131 del referido Real Decreto 1955/2000. En dicha solicitud, en concreto, se indica lo siguiente:
«A la vista de lo expuesto,
SOLICITO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS DEL
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO que, teniendo por presentado este escrito, junto con los documentos abajo referenciado que lo acompañan y se sirva de admitirlo
1. Solicitud de modificación de expediente Vega I
2. Valoración de No sustancialidad VEGA I_signed.pdf
3. Valoración de No sustancialidad VEGA II_signed.pdf
En su virtud:
(i) Tenga por formuladas las alegaciones que en él se contienen;
(ii) Tenga por modificada la documentación técnica que obra en este expediente en los términos descritos en este escrito (inclusión de la SET Vega 30/400 kV y Línea Subterránea de 400kV entre la Set Vega 30/400 kV y la Set Garoña REE 400kV en el marco del expediente PFot-639);
(iii) Someta al trámite de información pública y de consultas a organismos afectados la solicitud de modificación de la autorización administrativa previa y la solicitud de autorización administrativa de construcción;
(iv) Autorice, previos los trámites oportunos, la modificación de la autorización administrativa previa y otorgue la autorización administrativa de construcción de la PFV Vega II, Set Vega 30/400kV y Línea Subterránea de 400kV entre la SET Vega 30/400 kV entre la SET Garoña REE 400kV y
(v) Tenga a la Sociedad por desistida de la solicitud de declaración de utilidad pública de la PFV Vega II presentada ante esta Administración en fecha 24 de febrero de 2024;»
Características generales de la instalación de energía eléctrica objeto de este Anuncio:
1. Planta Solar Fotovoltaica «Barcina Garoña Vega II», de 63,57 MW de potencia nominal instalada (equivalente a 68,9832 MW de potencia pico), formada por módulos fotovoltaicos, estructuras de soporte de tales módulos, inversores, centros de transformación, así como por las líneas eléctricas subterráneas, en baja tensión, que conectan los módulos fotovoltaicos con los inversores y éstos con los centros de transformación, y las líneas eléctricas subterráneas, en alta tensión a 30 kV, que conectan los centros de transformación con un centro de seccionamiento ubicado en dicha planta solar fotovoltaica. Término municipal de Valle de Tobalina.
2. Línea eléctrica de alta tensión a 30 kV, subterránea, con origen en un centro de seccionamiento ubicado en la Planta Solar Fotovoltaica «Barcina Garoña Vega II» y final en la Subestación COLECTORA VEGA. Término municipal de Valle de Tobalina.
3. Subestación COLECTORA VEGA 30/400 kV. Término municipal de Valle de Tobalina.
4. Línea eléctrica de alta tensión a 400 kV, subterránea, con origen en la Subestación COLECTORA VEGA y final en la Subestación BARCINA GAROÑA 400 Kv. Esta última subestación, que está en servicio, es propiedad de «Red Eléctrica de España, S.A.». Término municipal de Valle de Tobalina
La instalación de energía eléctrica objeto de este Anuncio estará ubicada en el entorno de las siguientes coordenadas HUSO 30 ETRS 89 (X: Y):
Coordenadas del centro de dicha Planta Solar Fotovoltaica (477.103: 4.740.204)
Coordenadas de la Subestación COLECTORA VEGA (482.631: 4.736.062)
Lo que se hace público para que puedan ser consultados los documentos técnicos del proyecto de la instalación de energía eléctrica objeto de este Anuncio, en la página WEB de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, en su apartado de «Proyectos, Campañas e Información», en su epígrafe dedicado a los «procedimientos de Información Pública» de instalaciones de energía eléctrica, o en la dirección URL/WEB ( http://run.gob.es/tramitacion ), o bien en la Subdelegación del Gobierno en Burgos, Calle Vitoria, 34, 09004 Burgos, de lunes a viernes y en horario de 9 a 13:00 horas.
El plazo para formular las alegaciones que se estimen oportunas, a los efectos y según lo previsto en los artículos 125 y 126 del Real Decreto 1955/2000, será de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio. Las alegaciones serán enviadas a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos.
Burgos, 21 de octubre de 2024.- Jefe de la Dependencia de Industria y Energía, Iñigo de Sebastián Arnáiz.
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