Con fecha 21 de marzo de 2019, la Secretaría General de Infraestructuras aprobó provisionalmente el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1".
Con fecha 28 de marzo de 2019 se publicó en el «BOE» núm. 160, el anuncio por el que se somete a información pública el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1".
El 24 de abril de 2020, se remitió la documentación del expediente al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, solicitando el inicio de la evaluación ambiental ordinaria, de acuerdo con el artículo 39 de la ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Con fecha 25 de junio de 2020, se recibió un escrito de la Subdirección General de Evaluación Ambiental de "Requerimiento de información adicional" relativa a diferentes aspectos del estudio de impacto ambiental. Entre otros apartados, el requerimiento entiende que la variante de trazado en el entorno de Ortuella sería una modificación significativa y relevante de los trazados previos y por tanto de sus afecciones medioambientales, por lo que haría necesaria una nueva información pública y audiencia de administraciones de acuerdo con la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Con fecha 1 de octubre de 2021, la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, resolvió aprobar provisionalmente el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1. Variante en Ortuella".
Con fecha 16 de octubre 2021 se publicó en el «BOE» núm. 248, el anuncio por el que se sometía a Información Pública y Audiencia el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1. Variante en Ortuella".
Mediante Resolución de 16 de abril de 2024 («BOE» núm. 101, de 25 de abril de 2024), de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se ha formulado la declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1" y del "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1. Variante de Ortuella".
Con fecha 14 de noviembre de 2024, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto:
Primero. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en lo relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.
Segundo. Constatar que el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1", en virtud del artículo 5.4 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario, cuenta con la autorización para su aprobación del Consejo de Ministros de fecha 11 de noviembre de 2024.
Tercero. Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1" y su complementario "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1. Variante de Ortuella". La solución definitivamente aprobada se corresponde a la "Alternativa 1" del estudio principal, conjuntamente a la "Alternativa B" para la variante de Ortuella.
No obstante, el proceso de optimización aún no ha concluido y se deberá seguir profundizando durante la elaboración de los proyectos constructivos en una mejor inserción de la actuación en el entorno.
Cuarto. Durante la redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras, cuya competencia recae en el administrador de la infraestructura ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, deberán tenerse en cuenta las prescripciones siguientes:
➢ Las establecidas en la Resolución de 16 de abril de 2024 («BOE» núm. 101, de 25 de abril de 2024), de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental a la realización de los proyectos "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1" y "Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase 1. Variante de Ortuella".
➢ Las establecidas en el estudio informativo y en el expediente de información pública y audiencia.
➢ Las establecidas en el expediente de consulta con la entidad local disconforme, el cual ha servido de base a la autorización por parte del Consejo de Ministros de fecha 11 de noviembre de 2024.
La definición gráfica de la solución definitivamente aprobada puede consultarse en la siguiente página web:
https://www.transportes.gob.es/ferrocarriles/estudios-de-planificacion
Quinto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 15 de noviembre de 2024.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Francisco Javier Sánchez Ayala.
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