En cumplimiento de lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, que trasponen la Directiva 2002/49/CE, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, con fecha 6 de diciembre de 2024 he resuelto:
1. Aprobar provisionalmente los MAPAS ESTRATÉGICOS DE RUIDO DE LOS GRANDES EJES VIARIOS DE LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO CON PEAJE AL USUARIO (CUARTA FASE), con tráfico superior a 3 millones de vehículos por año, en las autopistas AP-36, AP-46, AP-51, AP-53, AP-6, AP-61, AP-66, AP-68, AP-7, AP-71, AP-9, M-12, R-2, R-3, R-4 y R-5.
2. Someter a información pública los Mapas Estratégicos de Ruido citados en el punto anterior, a los efectos del artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Durante un período de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, los documentos constitutivos de los Mapas Estratégicos de Ruido estarán disponibles para ser examinados por las personas que lo deseen en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica (proyectos no normativos).
En ese periodo, se podrán presentar a través de la citada página web las alegaciones y observaciones que se estimen oportunas en el espacio habilitado al efecto en la citada página web, por escrito dirigido a la Subdirección General de Conservación y Gestión de Activos indicando como referencia "Información pública. Mapas Estratégicos de Ruido 4ª Fase. Peaje" o por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.- El Director General de Carreteras, Juan Pedro Fernández Palomino.
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