Con fecha 25/01/2024 tuvo entrada en este Organismo un escrito de la UTE ACCIONA CONSTRUCCIÓN S.A. y FERROVIAL CONSTRUCCIÓN S.A., con CIF U09739624, solicitando autorización para la adecuación del perfil longitudinal y la sección transversal (con extracción de material árido) en la rambla de Nogalte, Términos Municipales de Lorca y Puerto Lumbreras (Murcia), presentando posteriormente nueva versión del proyecto con fecha 15/07/2024.
De acuerdo a la documentación presentada, el proyecto tiene como objeto una adecuación de la rambla para mejorar las condiciones de su funcionamiento hidráulico. Para ello, se propone la retirada de zonas de acumulación de sedimentos trasegados en avenidas anteriores (extracciones de material árido) y la regularización homogénea del lecho del cauce, tanto en perfil longitudinal como en sección transversal. Además de las zonas de extracción de material árido en el lecho del cauce, en ciertas zonas se procederá a practicar rellenos puntuales para conseguir la referida regularización del lecho.
El material detraído (de acuerdo al proyecto, 767.523 m³) será utilizado para la ejecución de las obras de la plataforma del AVE en el tramo Lorca-Pulpí.
La actuación quedaría regulada en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), y en concreto, en su Título II "De la utilización del Dominio Público Hidráulico", Capítulo II "Usos comunes y privativos", Sección 5.ª. "Usos comunes especiales que por su especial afección del dominio público hidráulico puedan dificultar la utilización del recurso por terceros", artículo 76 "Autorizaciones de extracción de áridos".
Visto que la competencia para autorizar la actuación corresponde a la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.a) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), y que por tanto ostenta la categoría de órgano sustantivo, y a los artículos 53.3.a) del RDPH, 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 36.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se procede a someter el proyecto al completo (memoria hidráulica, proyecto de explotación y estudio de impacto ambiental) a información pública por un plazo de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES, así como a solicitar informe a las Administraciones públicas afectadas.
Los documentos obrantes en el expediente se encuentran publicados en la web oficial de este Organismo: https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/
Asimismo, podrá examinarse el expediente, previa cita, en el Servicio de autorizaciones en ramblas (C/ Acisclo Díaz, 5a; 30005 Murcia), en horario de atención al público.
Se deja a continuación la ficha resumen de los datos indicados en el artículo 76.2 del RDPH:
- Cauce: Rambla de Nogalte.
- Zona de extracción: Entre los puntos aproximados de coordenadas en sistema de referencia ETRS 89 UTM 30 N X1: 605.487, Y1: 4.157.625 – X2: 611.968, Y2: 4.155.947.
- Término Municipal: Lorca y Puerto Lumbreras.
- Emplazamiento de las instalaciones de clasificación y acopio: No se lleva a cabo.
- Puntos de salida y acceso de la red de carreteras: No procede, salida directa a la traza.
- Volumen en metros cúbicos: 767.523.
- Plazo en que ha de realizarse la extracción: UN (1) AÑO.
- Medios que se utilizarán en la extracción y en el trasporte: Equipo de obra civil (retroexcavadora, camión basculante, etc).
- Tarifa de venta: No se produce venta posterior, aprovechamiento en trazado de línea AVE.
Murcia, 12 de diciembre de 2024.- El Comisario de Aguas, Francisco Javier García Garay.
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