BDNS(Identif.):804003
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/804003)
Primero.- Requisitos de las personas beneficiarias
Cualquier persona que posea la nacionalidad española, la de un país miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. También podrán solicitar las becas los extranjeros residentes legalmente en España, de conformidad con las previsiones del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Haber finalizado sus estudios, y tener o estar en condiciones de obtener el correspondiente título universitario oficial de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto o ingeniero técnico, en este último caso solo si posteriormente se ha obtenido el título universitario oficial de máster, en los cuatro años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segundo.- Finalidad
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de ayudas para la formación e investigación en los campos de la astronomía, la geodesia, la geofísica, la cartografía y la geomática.
Tercero.- Bases Reguladoras
Orden TRM/764/2024, de 7 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional (BOE 22/07/2024)
Cuarto.- Importe
La asignación económica mensual de la beca será de 1.200 euros. Si la formación se lleva a cabo en el Centro Geofísico de Canarias el importe mensual será de 1.300 euros al mes.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado ".
Sexto.- Otros datos
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica utilizando el procedimiento habilitado al efecto en la Sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, para lo cual será necesario que el solicitante esté en posesión del oportuno certificado electrónico de persona física válido.
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/instituto-geografico-nacional/becas
Madrid, 17 de diciembre de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, PD Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, (BOE 25.09.2021), el Subsecretario de Transportes, y Movilidad Sostenible, Rafael Guerra Posadas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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