BDNS(Identif.):822743
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/822743)
Primero. Objeto de la subvención.- Subvenciones para el desarrollo de otros programas formativos de formación profesional vinculados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, destinados a colectivos con necesidades específicas, de los referidos en el artículo 73 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Segundo. Beneficiarios.- Las organizaciones sindicales y entidades privadas sin fines lucrativos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Tercero. Bases reguladoras.- Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Cuantía.- Importe máximo 1.250.000,00 euros. El número máximo de programas formativos específicos que se pueden implantar en cada ciudad autónoma no superará la cuantía económica de 625.000,00 euros. Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez recibirán 62.500,00 euros. Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación profesional de grado básico o de un certificado profesional de nivel 1, asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 50.000,00 euros. Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores o introduzcan en la oferta módulos específicos no incluidos con anterioridad y asociados al área de Comunicación y Ciencias Sociales y/o de Ciencias Aplicadas, recibirán 37.500,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.- Quince días naturales, comenzando a las 0:00 horas del día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizando a las 23:59 horas del último día del plazo.
Sexto. Otros datos.- Estas ayudas quedan exoneradas de la constitución del régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 18 de marzo de 2025.- La Ministra de Educación Formación Profesional, P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE 26/01/2021), Secretaria General de Formación Profesional, Esther Monterrubio Ariznabarreta.
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