Examinado el expediente incoado a instancia de Comunidad de Regantes Olloqui (G75655837) solicitando la modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Cantalpino (Salamanca), por un volumen máximo anual de 34.100 m³, un caudal máximo instantáneo de 11,08 l/s, y un caudal medio equivalente de 2,19 l/s, con destino a Riego, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 9 de enero de 2024-, lo siguiente:
Autorizar la modificación de características de concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Comunidad de Regantes "OLLOQUI" (G75655837)
Tipo de uso: Riego de 6,9351 ha de cultivos herbáceos en rotación dentro de un perímetro de 25,5662 ha
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m3): 34.100
Volumen máximo mensual (m3): 16.828,7
Caudal máximo instantáneo (l/s): 11,08
Caudal medio equivalente (l/s): 2,19
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400048 – Los Arenales – Tierra del Vino
Plazo por el que se otorga: 33 años desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución de Concesión Administrativa.
Observación: Asimismo, el titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente los cuatro pozos sitos en las parcelas 5028 y 76 del polígono 510, en la parcela 5041 del polígono 513 y en la parcela 5128 del polígono 504 del término municipal de Cantalpino (Salamanca), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno de los mismos y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento
Título que ampara el derecho: La Resolución de Concesión Administrativa de Concesión, CP-20040-SA, de fecha 9 de mayo de 1991. Confederación Hidrográfica del Duero, O.A; La presente Resolución de Modificación de Características de Concesión.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 10 de enero de 2025.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto Jesús de Luis Rivera.
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