Juan Antonio Córdoba Murcia, José María Córdoba Murcia y Carlos Córdoba Murcia, han solicitado la extinción de la concesión de aguas que se reseña a continuación, de la cual figura como titular.
Por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 7 de diciembre del 2000, se concedió a D. Francisco Córdoba Pérez y Dª. María Josefa Cecilia Mateos, el aprovechamiento de un caudal continuo de 2,52 l/s, equivalentes a 3,78 l/s en jornada de 16 horas, sin que pueda sobrepasarse un volumen anual de 2.500 m³ a derivar del Río Guadiana, con destino a riego de 4-20-00 ha, en el término municipal de Badajoz (Badajoz).
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 de abril, modificado por el artículo 53 del Real Decreto 665/2023 de 18 de julio, a fin de que, en el plazo de veinte días, contado a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", los que tengan la condición de interesados puedan examinar el expediente y documentos técnicos tanto en el portal de internet del organismo de cuenca como por medios electrónicos o físicos, previa solicitud, para aquellos documentos que no puedan publicarse en el portal de internet del organismo de cuenca, a donde deberán dirigir por escrito las alegaciones pertinentes, por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dentro del mismo plazo.
Badajoz, 12 de enero de 2025.- La Comisaria de Aguas, María Hayas López.
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