BDNS(Identif.):807101
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/807101)
La Orden ECE/1050/2019, de 14 de octubre, (BOE número 255 de 23/10/2019), establece las bases reguladoras para la concesión por el Instituto Nacional de Estadística (INE) de becas de postgrado en Estadística (en adelante Bases Reguladoras). Esta Orden ha sido modificada en su artículo 5.5 por la Orden ETD/721/2022, de 14 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado con fecha 28 de julio de 2022.
Con esta Orden, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través del Instituto Nacional de Estadística, desarrolla un programa de subvenciones, por medio de becas, destinadas a la formación de postgraduados que deseen iniciarse en los métodos y técnicas utilizados en la investigación estadística.
Mediante la presente Resolución se procede a la convocatoria de estas becas en los términos previstos en la Orden mencionada.
En su virtud, he resuelto:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, de 18 becas con la finalidad formativa de postgraduados que deseen iniciarse en los métodos y técnicas utilizados en la investigación estadística.
Segundo. Beneficiarios.
Personas físicas que estén en posesión o en condiciones de obtener el título de grado universitario, que deberá haberse obtenido durante los tres últimos años anteriores a la fecha de publicación de la Resolución de convocatoria de becas.
Tercero. Finalidad.
Formativa de postgraduados que deseen iniciarse en los métodos y técnicas utilizados en la investigación estadística.
Cuarto. Bases Reguladoras.
Orden ECE/1050/2019, de 14 de octubre (BOE número 255 de 23/10/2019), modificada por Orden ETD/721/2022, de 14 de julio (BOE número 180 de 28 de julio de 2022).
Quinto. Cuantía y duración.
El periodo de disfrute de cada una de las becas será de un máximo de doce meses, iniciándose el día indicado en la comunicación de la concesión de la beca y terminando el día 31 de diciembre de 2025.
En caso de existir crédito presupuestario, adecuado y suficiente, la duración de las becas podrá ser prorrogada por periodos de seis (6) meses hasta completar un periodo que en ningún caso podrá superar los veinticuatro (24) meses, previa propuesta motivada del tutor de la acción formativa que será elevada a la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística (INE) para su resolución.
La cuantía íntegra mensual de cada beca ascenderá a novecientos dieciséis con cuarenta céntimos (916,40 €).
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Séptimo. Otros datos.
Las becas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 27.101.923C.483 "Becas de postgrado para formación de estadísticos" del Presupuesto de gastos del Instituto Nacional de Estadística correspondiente a los ejercicios 2025 y 2026.
La dotación global prevista para las becas objeto de la presente convocatoria asciende a 197.942,40 euros, siendo la distribución por anualidades la siguiente:
2025: 181.447,20 euros
2026: 16.495,20 euros
Madrid, 12 de diciembre de 2024.- La Presidenta del Instituto Nacional de Estadística, Elena Manzanera Díaz.
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