Se ha otorgado la concesión para ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y concordantes del Reglamento, en relación con la finca inscrita con el n° 23.541, en el Registro de la Propiedad de Valencia n°11, en el T.M. de Valencia (Valencia).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152.12 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se hace público que, por Orden Ministerial de 20 de mayo de 2024, la Dirección General de la Costa y el Mar, por delegación de la Excma. Sra. Ministra, ha otorgado la concesión de referencia, con las siguientes condiciones principales:
Titular: D. Diego Casanova Sánchez y Dª. Rosario Funset Bádenas.
Destino: Vivienda y zona ajardinada.
Superficie: Ciento sesenta y nueve metros, noventa y ocho decímetros cuadrados.
Plazo: treinta (30) años, a contar desde el 21 de diciembre de 2007, prorrogables por otros treinta (30) años. Y derecho de preferencia por un periodo de sesenta (60) años para la obtención de las concesiones, para nuevos usos y aprovechamientos que pudieran otorgarse sobre la totalidad de la finca de referencia.
Valencia, 10 de febrero de 2025.- El jefe de la Demarcación de Costas en Valencia, Javier Estevan Sanchis.
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